ESTATUTO TRIBUTARIO

 

(DECRETO 624 DE 1989)

 

IMPUESTOS ADMINISTRADOS POR LA DIRECCIÓN

GENERAL DE IMPUESTOS NACIONALES

 

 

ÍNDICE

TITULO PRELIMINAR

OBLIGACIÓN TRIBUTARIA.    

Artículo 1º. Origen de la obligación sustancial.

SUJETOS PASIVOS.   

Artículo 2º. Contribuyente

Artículo 3º. Responsables

Artículo 4º. Sinónimos

LIBRO PRIMERO.       

IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS.

   DISPOSICIONES GENERALES.           

Artículo 5º. El impuesto sobre la renta y sus complementarios constituyen un solo impuesto.

Artículo 6º. El impuesto de los no declarantes es igual a las retenciones

SUJETOS PASIVOS.   

Artículo 7º. Las personas naturales están sometidas al impuesto

Artículo 8º. Los cónyuges se gravan en forma individual

Artículo 9º. Impuesto de las personas naturales, residentes y no residentes

Artículo 10. Residencia para efectos fiscales

Artículo 11. Bienes destinados a fines especiales

Artículo 12. Sociedades y entidades sometidas al impuesto

Artículo 13. Sociedades limitadas y asimiladas

Artículo 14. Las sociedades anónimas y asimiladas están sometidas al impuesto

Artículo 14-1. Efectos tributarios de la fusión de sociedades

Artículo 14-2. Efectos tributarios de la escisión de sociedades.

Artículo 15. Entidades cooperativas que son contribuyentes

Artículo 16. Entidades contribuyentes

Artículo 17. Los Fondos Públicos y Telecom son contribuyentes

Artículo 18. Renta de los consorcios y uniones temporales

Artículo 18-1. Fondos de inversión de capital extranjero

Artículo 19. Contribuyentes del régimen tributario especial

Artículo 19-1. Retención en la fuente sobre rendimientos financieros a cargo de contribuyentes del régimen tributario especial

Artículo 19-2. Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta

Artículo 19-3. Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios

Artículo 20. Las sociedades extranjeras son contribuyentes

Artículo 21. Concepto de sociedad extranjera

 

NO CONTRIBUYENTES.    

      

Artículo 22. Entidades que no son contribuyentes

Artículo 23. Otras entidades que no son contribuyentes.

Artículo 23-1. No son contribuyentes los fondos de inversión, los fondos de valores y los fondos comunes          

Artículo 23-2. No son contribuyentes los fondos de pensiones y los de cesantías

 

 

 

INGRESOS DE FUENTE NACIONAL Y DE FUENTE EXTRANJERA 

 

Artículo 24. Ingresos de fuente nacional

Artículo 25. Ingresos que no se consideran de fuente nacional

 

         TÍTULO I. RENTA.       

 

CAPÍTULO I. INGRESOS

 

Artículo 26. Los ingresos son base de la renta líquida

Artículo 27. Realización del ingreso

Artículo 28. Causación del ingreso

Artículo 29. Valor de los ingresos en especie

Artículo 30. Definición de dividendos o utilidad

Artículo 31. Valor de los ingresos en acciones y otros títulos

Artículo 32. Ingresos en divisas extranjeras

Artículo 32-1. Ingreso por diferencia en cambio

Artículo 33. Ingresos en divisas del personal diplomático

Artículo 34. Ingresos de las madres comunitarias

Artículo 35. Las deudas por préstamos en dinero de las sociedades a cargo de los socios generan intereses presuntivos

Artículo 35-1. Límite a los ingresos no constitutivos de renta

Artículo 36. La prima por colocación de acciones

Artículo 36-1. Utilidad en la enajenación de acciones

Artículo 36-2. Distribución de utilidades o reservas en acciones o cuotas de interés social

Artículo 36-3. Capitalizaciones no gravadas para los socios o accionistas

Artículo 36-4. Procesos de democratización

Artículo 37. Utilidad en venta de inmuebles

Artículo 38. El componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas

Artículo 39. Componente inflacionario de los rendimientos financieros que distribuyan los fondos de inversión, mutuos de inversión y de valores

Artículo 40. El componente inflacionario en rendimientos financieros percibidos por los demás contribuyentes.       

Artículo 40-1. Componente inflacionario de los rendimientos financieros

Artículo 41. A quiénes no se aplica el tratamiento anterior

Artículo 42. Recompensas

Artículo 43. Los premios en concursos nacionales e internacionales

Artículo 44. La utilidad en la venta de casa o apartamento de habitación

Artículo 45. Las indemnizaciones por seguro de daño

Artículo 46. Los terneros nacidos y enajenados dentro del año

Artículo 46-1. Indemnizaciones por destrucción o renovación de cultivos, y por control de plagas

Artículo 47. Los gananciales

Artículo 47-1. Donaciones para partidos, movimientos y campañas políticas

Artículo 47-2. Primas de localización y vivienda

Artículo 48. Las participaciones y dividendos

Artículo 49. Determinación de los dividendos y participaciones no gravados

Artículo 50. Utilidades en ajustes por inflación o por componente inflacionario

Artículo 51. La distribución de utilidades por liquidación

Artículo 52. Incentivo a la Capitalización Rural (ICR)

Artículo 53. Tratamiento especial para servicios técnicos, de asistencia técnica, servicios personales y regalías.  

Artículo 53. Aportes de entidades estatales, sobretasas e impuestos para financiamiento de sistemas de servicio público de transporte masivo de pasajeros

Artículo 54. Pagos por intereses y servicios técnicos en zonas francas

Artículo 55. Contribuciones abonadas por las empresas a los trabajadores en un fondo mutuo de inversión:       

Artículo 56. Rendimientos de los fondos mutuos de inversión, fondos de inversión y fondos de valores provenientes de la inversión en acciones y bonos convertibles en acciones

Artículo 56-1. Aportes a los fondos de pensiones y pago de las pensiones

Artículo 56-2. Aportes del empleador a Fondos de Cesantías

Artículo 57. Exoneración de impuestos para la zona del nevado del Ruiz

 

 

 

CAPITULO II. COSTOS.

Artículo 58. Realización de los costos

Artículo 59. Causación del costo

 

 

NATURALEZA DE LOS ACTIVOS.

 

Artículo 60. Clasificación de los activos enajenados

Artículo 61

 

 

 

COSTO DE LOS ACTIVOS MOVIBLES

 

 

Artículo 62. Sistema para establecer el costo de los activos movibles enajenados

Artículo 63. Limitación a la valuación en el sistema de juego de inventarios

Artículo 64. Disminución del inventario final por faltantes de mercancía

Artículo 65. Gradualidad en el desmonte de la provisión UEPS o LIFO

Artículo 66. Determinación del costo de los bienes muebles

Artículo 67. Determinación del costo de los bienes inmuebles

Artículo 68

 

 

COSTO DE LOS ACTIVOS FIJOS.  

 

Artículo 69. Costo de los activos fijos.

Artículo 70. Ajuste al costo de los activos fijos

Artículo 71. Utilidad en la enajenación de inmuebles

Artículo 72. Avalúo como costo fiscal

Artículo 73. Ajuste de bienes raíces, acciones y aportes que sean activos fijos de personas naturales.      

Artículo 74. Costo de los bienes incorporales

Artículo 75. Costo de los bienes incorporales formados

Artículo 76. Costo promedio de las acciones

Artículo 76-1. Ajuste al costo fiscal de acciones y participaciones

 

 

OTRAS NORMAS COMUNES AL COSTO DE ACTIVOS FIJOS Y MOVIBLES

 

 

Artículo 77. Requisitos para su aceptación

Artículo 78. Paz y salvo por cuotas de fomento arrocero, cerealista y cacaotero

Artículo 79. Determinación del valor de los pagos en especie que constituyen costo

Artículo 80. Determinación del valor de costos en divisas extranjeras

Artículo 81. Parte del componente inflacionario no constituye costo

Artículo 81-1. Componente inflacionario que no constituye costo

Artículo 82. Determinación de costos estimados y presuntos

Artículo 83. Determinación del costo de venta en plantaciones de reforestación

Artículo 84. Determinación del costo en venta de acciones de sociedades anónimas abiertas

 

 

LIMITACIONES ESPECÍFICAS A LA SOLICITUD DE COSTOS.   

 

 

Artículo 85. No deducibilidad de los costos originados en pagos realizados a vinculados económicos no contribuyentes

Artículo 86. Prohibición de tratar como costo el impuesto a las ventas

Artículo 87. Limitación de los costos a profesionales independientes y comisionistas

Artículo 87-1. Otros gastos originados en la relación laboral no deducibles

Artículo 88. Limitación de costos por compras a proveedores ficticios o insolventes

Artículo 88-1. Desconocimiento de costos y gastos por campañas de publicidad de productos extranjeros. 

 

 

CAPÍTULO III. RENTA BRUTA.

 

Artículo 89. Composición de la renta bruta

Artículo 90. Determinación de la renta bruta en la enajenación de activos

Artículo 90-1. Valor de enajenación de los bienes raíces

Artículo 90-2. Saneamiento de bienes raíces

 

 

CAPÍTULO IV. RENTAS BRUTAS ESPECIALES.  

RENTA DE LOS SOCIOS, ACCIONISTAS O ASOCIADOS. 

 

Artículo 91. La renta bruta de los socios o accionistas es la parte gravable de los dividendos o participaciones percibidos

 

 

 

RENTAS PECUARIAS

Artículo 92. Definición de negocio de ganadería

Artículo 93. Renta bruta en negocio de ganadería.

Artículo 94. Costo del ganado vendido

VENTAS A PLAZOS.

 

Artículo 95. Determinación de la renta bruta en ventas a plazos

 

 

ACTIVIDADES DE SEGUROS Y CAPITALIZACIÓN

 

Artículo 96. Renta bruta en compañías de seguros de vida

Artículo 97. Renta bruta en compañías de seguros generales

Artículo 98. Reserva matemática y reserva técnica

Artículo 99. Ingresos netos y primas netas

 

RENTA VITALICIA Y FIDUCIA MERCANTIL

 

Artículo 100. Determinación de la renta bruta en contratos de renta vitalicia

Artículo 101. Las sumas pagadas como renta vitalicia son deducibles

Artículo 102. Contratos de fiducia mercantil

Artículo 102-1. Titularización

Artículo 102-2. Distribución de los ingresos en el transporte terrestre automotor

Artículo 102-3. Distribución de los ingresos en las Cooperativas de Trabajo Asociado

 

 

RENTAS DE TRABAJO.

Artículo 103. Rentas de trabajo

 

CAPÍTULO V. DEDUCCIONES

ASPECTOS GENERALES. 

 

Artículo 104. Realización de las deducciones

Artículo 105. Causación de la deducción

Artículo 106. Valor de los gastos en especie

 

 

DEDUCCIONES GENERALES.

 

Artículo 107. Las expensas necesarias son deducibles

 

 

 

SALARIOS.

 

Artículo 108. Los aportes parafiscales son requisito para la deducción de salarios

Artículo 108-1. Deducción por pagos a viudas y huérfanos de miembros de las fuerzas armadas muertos en combate, secuestrados o desaparecidos.

Artículo 108-2. Prueba de requisitos para la deducción por pagos a viudas y huérfanos de miembros de las Fuerzas Armadas

Artículo 108-3. Cuotas de manejo de tarjetas

 

 

PRESTACIONES SOCIALES

 

Artículo 109. Deducción de cesantías pagadas

Artículo 110. Deducción de cesantías consolidadas

Artículo 111. Deducción de pensiones de jubilación e invalidez

Artículo 112. Deducción de la provisión para el pago de futuras pensiones

Artículo 113. Cómo se determina la cuota anual deducible de la provisión

 

 

 

APORTES.

 

Artículo 114. Deducción de aportes

 

 

IMPUESTOS DEDUCIBLES

 

 

Artículo 115. Deducción de impuestos pagados

Artículo 115-1. Deducción del impuesto sobre las ventas pagado en la adquisición de activos fijos

 

 

 

IMPUESTOS, REGALÍAS Y CONTRIBUCIONES DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS. 

 

Artículo 116. Deducción de impuestos, regalías y contribuciones pagados por los organismos descentralizados.   

 

 

 

INTERESES.

 

Artículo 117. Deducción de intereses

Artículo 118. El componente inflacionario no es deducible

Artículo 119. Deducción de intereses sobre préstamos para adquisición de vivienda

 

 

 

AJUSTES POR DIFERENCIA EN CAMBIO.

 

 

Artículo 120. Deducción de ajustes por diferencia en cambio

 

 

 

GASTOS EN EL EXTERIOR. 

 

Artículo 121. Deducción de gastos en el exterior

Artículo 122. Limitación a los costos y deducciones

Artículo 123. Requisitos para su procedencia

Artículo 124. Los pagos a la casa matriz son deducibles

Artículo 124-1. Otros pagos no deducibles

Artículo 124-2. Pagos a Paraísos Fiscales

 

 

DONACIONES Y CONTRIBUCIONES.

 

 

Artículo 125. Deducción por donaciones

Artículo 125-1. Requisitos de los beneficiarios de las donaciones

Artículo 125-2. Modalidades de las donaciones

Artículo 125-3. Requisitos para reconocer la deducción

Artículo 125-4. Requisitos de las deducciones por donaciones

Artículo 126. Deducción de contribuciones a fondos mutuos de inversión

Artículo 126-1. Deducción de contribuciones a fondos de pensiones de jubilación e invalidez y fondos de cesantías.  

Artículo 126-2. Deducción por donaciones efectuadas a la Corporación General Gustavo Matamoros D'costa.    

Artículo 126-3. Deducción por inversiones o donaciones para proyectos de investigación o desarrollo científico o tecnológico

Artículo 126-4. Incentivo al ahorro de largo plazo para el fomento de la construcción

 

 

DEPRECIACIÓN.

 

Artículo 127. Beneficiarios de la deducción

Artículo 127-1. Contratos de Leasing

Artículo 128. Deducción por depreciación

Artículo 129. Concepto de obsolescencia

Artículo 130. Constitución de reserva

Artículo 131. Base para calcular la depreciación

Artículo 131-1. Base para calcular la depreciación por personas jurídicas

Artículo 132

Artículo 133. Ajustes por inflación a la depreciación a partir del año 1992

Artículo 134. Sistemas de cálculo

Artículo 135. Bienes depreciables

Artículo 136. Depreciación de bienes adquiridos en el año

Artículo 137. Facultad para establecer la vida útil de bienes depreciables

Artículo 138. Posibilidad de utilizar una vida útil diferente

Artículo 139. Depreciación de bienes usados

Artículo 140. Depreciación acelerada

Artículo 141. Registro contable de la depreciación

 

 

AMORTIZACIÓN DE INVERSIONES

 

 

Artículo 142. Deducción por amortización de inversiones

Artículo 143. Término para la amortización de inversiones

Artículo 144. Obligación del cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley

 

 

CARTERA MOROSA O PERDIDA.

 

 

Artículo 145. Deducción de deudas de dudoso o difícil cobro

Artículo 146. Deducción por deudas manifiestamente perdidas o sin valor

Artículo 147. Compensación de pérdidas fiscales de sociedades

 

 

         PÉRDIDAS.

 

 

Artículo 148. Deducción por pérdidas de activos

Artículo 149. Pérdidas en la enajenación de activos

Artículo 150. Pérdidas sufridas por personas naturales en actividades agrícolas

Artículo 151. No son deducibles las pérdidas, por enajenación de activos a vinculados económicos:

Artículo 152. No son deducibles las pérdidas, por enajenación de activos de sociedades a socios

Artículo 153. No es deducible la pérdida en la enajenación de acciones o cuotas de interés social

Artículo 154. No son deducibles las pérdidas por enajenación de bonos de financiamiento presupuestal.  

Artículo 155. No son deducibles las pérdidas, por enajenación de bonos de financiamiento especial

Artículo 156. Las pérdidas no pueden afectar rentas de trabajo

 

 

DEDUCCIONES ESPECIALES POR INVERSIONES

 

 

Artículo 157. Deducción por inversiones en nuevas plantaciones, riegos, pozos y silos

Artículo 158. Deducción por amortización en el sector agropecuario

Artículo 158-1. Deducción por inversiones en investigaciones científicas o tecnológicas

Artículo 158-2. Deducción por inversiones en control y mejoramiento del medio ambiente

Artículo 158-3. Deducción del valor de inversiones

Artículo 159. Deducción por inversiones amortizables en la industria petrolera y el sector minero

Artículo 160. Deducción por exploración de petróleos en contratos vigentes al 28 de octubre de 1974.    

Artículo 161. Deducción por agotamiento en explotación de hidrocarburos, en contratos vigentes a octubre 28 de 1974

Artículo 162. Sistemas para su determinación

Artículo 163. Agotamiento normal a base de porcentaje fijo

Artículo 164. Determinación del valor bruto del producto natural

Artículo 165. Limitación a la deducción

Artículo 166. Deducción por factor especial de agotamiento en explotación de hidrocarburos

Artículo 167. Deducción por agotamiento en explotaciones de minas, gases distintos de los hidrocarburos y depósitos naturales en contratos vigentes a octubre 28 de 1974

Artículo 168. Quienes tienen derecho a la deducción

Artículo 169. Factores que integran el costo

Artículo 170. Sistema para su determinación

Artículo 171. Deducción por amortización de inversiones en exploraciones de gases y minerales

Artículo 172

 

 

PRESUNCIÓN DE DEDUCCIÓN

 

Artículo 173. Las deducciones en plantaciones de reforestación

 

 

PAGOS POR RENTA VITALICIA.

 

Artículo 174. Deducción por sumas pagadas como renta vitalicia

 

 

DEDUCCIÓN POR RENTA PRESUNTIVA.

 

Artículo 175. Deducción del exceso de renta presuntiva sobre renta líquida ordinaria

 

 

LIMITACIONES COMUNES A COSTOS Y DEDUCCIONES.

 

 

Artículo 176. Deducciones en el negocio de ganadería

Artículo 177. Las limitaciones a costos se aplican a las deducciones

Artículo 177-1. Límite de los costos y deducciones

Artículo 177-2. No aceptación de costos y gastos

 

 

 

CAPÍTULO VI. RENTA LÍQUIDA. 

 

Artículo 178. Determinación de la renta líquida

Artículo 179. La utilidad en la enajenación de activos fijos poseídos por menos de dos años es renta líquida.  

 

         

RENTAS LÍQUIDAS ESPECIALES. 

 

RENTA PRESUNTIVA. NORMAS APLICABLES PARA 1989.

 

Artículos 180 a 187

 

RENTA PRESUNTIVA. - NORMA APLICABLE A PARTIR DE 1990. 

 

 

Artículo 188. Bases y porcentajes de renta presuntiva

Artículo 188-1

Artículo 189. Depuración de la base de cálculo y determinación

 

 

    NORMAS COMUNES. 

 

 

Artículo 190. El Conpes podrá fijar las tasas diferenciales por efecto de los avalúos catastrales.

Artículo 191. Exclusiones de la renta presuntiva

Artículo 192. Reducción por situación anormal geográfica o económica

Artículo 193. Concepto de valor patrimonial neto

Artículo 194. Exclusión de los inmuebles gravemente afectados por el nevado del Ruiz

 

 

RECUPERACIÓN DE DEDUCCIONES.

 

 

Artículo 195. Deducciones cuya recuperación constituyen renta líquida

Artículo 196. Renta líquida por recuperación de deducciones en bienes depreciados

Artículo 197. Recuperación de la deducción en las provisiones de pensiones de jubilación

Artículo 198. Recuperación de deducciones por amortización

Artículo 199. Recuperación por pérdidas compensadas modificadas por la liquidación de revisión

 

 

CONTRATOS DE SERVICIOS AUTÓNOMOS. 

 

Artículo 200. Renta líquida en contratos de servicios autónomos

Artículo 201. Opciones en la determinación de la renta líquida

Artículo 202. Aplicación a la industria de la construcción

 

 

TRANSPORTE INTERNACIONAL

 

Artículo 203. Determinación de la renta líquida

 

 

EXPLOTACIÓN DE PELÍCULAS.

 

 

Artículo 204. Porcentaje que constituye renta líquida

Artículo 204-1. Renta en explotación de programas de computador

 

 

CERTIFICADOS DE DESARROLLO TURÍSTICO.

 

Artículo 205. Renta gravable por certificados de desarrollo turístico

 

 

CAPITULO VII - RENTAS EXENTAS DE TRABAJO

 

 

Artículo 206. Rentas de trabajo exentas

Artículo 207. Exención de prestaciones provenientes de un Fondo de Pensiones

Artículo 207-1. Exención de cesantías pagadas por Fondos de Cesantías

Artículo 207-2. Otras rentas exentas:

 

DERECHOS DE AUTOR 

 

Artículo 208. Transitorio

 

EMPRESAS COMUNITARIAS.

 

Artículo 209. Renta exenta de las empresas comunitarias

Artículo 210. Extensión de la exención

Artículo 211. Exención para empresas de servicios públicos domiciliarios

Artículo 211-1. Rentas exentas de loterías y licoreras

Artículo 211-2. Utilidades exentas de empresas industriales y comerciales del estado del orden nacional.  

 

 

ZONAS FRANCAS.

 

 

Artículo 212. Renta exenta de las zonas francas

Artículo 213. Renta exenta de los usuarios de las zonas francas

 

 

FONDO DE GARANTÍAS.

 

 

Artículo 214. Exención para el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras

Artículo 215. Condición para mantener exención en explotación de hidrocarburos

Artículo 216. Renta exenta para contratos vigentes a octubre 28 de 1974

 

 

FONDOS GANADEROS.  

 

Artículo 217. Renta exenta para Fondos Ganaderos organizados como sociedades anónimas abiertas.  

 

 

INTERESES.

 

 

 

Artículo 218. Intereses, comisiones y demás pagos para empréstitos y títulos de deuda externa

Artículo 219. Intereses de Cédulas B. C. H .emitidas con anterioridad al 30 de septiembre de 1974

Artículo 220. Intereses de bonos de financiamiento presupuestal y de bonos de financiamiento especial

Artículo 221. Intereses por enajenación de inmuebles destinados a la reforma urbana

Artículo 222. Intereses por deudas y bonos de la reforma agraria, e intereses sobre pagarés y cédulas de reforma urbana

 

 

SEGUROS DE VIDA.

Artículo 223. Indemnizaciones por seguros de vida

 

EMPRESAS EN LA ZONA DEL NEVADO DEL RUIZ. 

 

Artículo 224. Renta exenta para nuevas empresas en la zona del Nevado del Ruiz

Artículo 225. Concepto de nueva empresa en la zona del Nevado del Ruiz

Artículo 226. Renta exenta para empresas que reanuden actividades en la zona del Nevado del Ruiz.

Artículo 227. Renta exenta para empresas de tardío rendimiento en la zona del Nevado del Ruiz

Artículo 228. Extensión del beneficio a los socios en la zona del Nevado del Ruiz

 

EMPRESAS EDITORIALES.

 

Artículo 229 y 230. Empresas editoriales

Artículo 231

Artículo 232

 

PARA EXTRANJEROS

 

Artículo 233. Rentas exentas de personas y entidades extranjeras

 

INTRANSFERIBILIDAD DE LAS RENTAS EXENTAS.

 

 

Artículo 234. Las rentas exentas de las sociedades no son transferibles

Artículo 235. Las exenciones sólo benefician a su titular

Artículo 235-1. Límite de las rentas exentas

 

 

CAPÍTULO VIII. RENTA GRAVABLE ESPECIAL.

COMPARACIÓN PATRIMONIAL.

 

Artículo 236. Renta por comparación patrimonial

Artículo 237. Ajustes para el cálculo

Artículo 238. Diferencia patrimonial en la primera declaración

Artículo 239. No habrá lugar a la comparación patrimonial

Artículo 239-1. Renta líquida gravable por activos omitidos o pasivos inexistentes

 

 

CAPITULO IX.- TARIFAS DEL IMPUESTO DE RENTA.

 

Artículo 240. Tarifa para sociedades nacionales y extranjeras

Artículo 240-1. Régimen especial de estabilidad tributaria

Artículo 241. Tarifa para las personas naturales y extranjeras residentes y asignaciones y donaciones modales.

Artículo 242. Forma de reajustar la tabla

Artículo 243. Facultad para fijar el procedimiento de ajuste de la tabla

Artículo 244. Excepción de los no declarantes

Artículo 245. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidos por extranjeros no residentes ni domiciliados

Artículo 246. Tarifa especial para dividendos y participaciones recibidos por sucursales de sociedades extranjeras

Artículo 246-1. Tarifas para inversionistas extranjeros en la explotación o producción de hidrocarburos.

Artículo 247. Tarifa del impuesto de renta para personas naturales extranjeras sin residencia

Artículo 248. Tarifa especial para algunos pagos al exterior efectuados por constructores colombianos. 

Artículo 248-1

 

 

CAPITULO X. DESCUENTOS TRIBUTARIOS.  

 

 

Artículo 249. Descuento por donaciones

Artículo 250. Descuento tributario por la generación de empleo

Artículo 251

Artículo 252

Artículo 253. Por reforestación

Artículo 254. Por impuestos pagados en el exterior.

Artículo 255

Artículo 256. A empresas colombianas de transporte internacional

Artículo 257. Por Cert

Artículo 258. Descuento por colocación de acciones o conversión de bonos.

Artículo 258-1. Descuento por impuesto sobre las ventas pagado en la adquisición de activos fijos.

Artículo 258-2. Impuesto sobre las ventas en la importación de maquinaria pesada para industrias básicas.

Artículo 259. Límite de los descuentos

Artículo 260. Intransferibilidad de los descuentos tributarios.

 

CAPITULO XI

      Precios de transferencia       

 

Artículo 260-1. Operaciones con vinculados económicos y partes relacionadas

Artículo 260-2. Métodos para determinar el precio o margen de utilidad en las operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas

Artículo 260-3. Criterios de comparabilidad entre vinculados económicos y partes independientes

Artículo 260-4. Documentación comprobatoria

Artículo 260-5. Ajustes

Artículo 260-6. Paraísos fiscales

Artículo 260-7. Costos y deducciones

Artículo 260-8. Obligación de presentar declaración informativa

Artículo 260-9. Acuerdos anticipados de precios

Artículo 260-10. Sanciones relativas a la documentación comprobatoria y a la declaración informativa.  

Artículo 260-11. Sobretasa a cargo de los contribuyentes obligados a declarar el impuesto sobre la renta.   

 

   

TÍTULO II. PATRIMONIO.

 

CAPÍTULO I. PATRIMONIO BRUTO.

 

BIENES Y DERECHOS QUE LO INTEGRAN.  

 

Artículo 261. Patrimonio bruto

Artículo 262. Qué son derechos apreciables en dinero

Artículo 263. Qué se entiende por posesión

Artículo 264. Presunción de aprovechamiento económico

Artículo 265. Bienes poseídos en el país

Artículo 266. Bienes no poseídos en el país

 

VALOR PATRIMONIAL DE LOS ACTIVOS. 

 

 

Artículo 267. Regla general

Artículo 267-1. Valor patrimonial de los bienes adquiridos por leasing

Artículo 268. Valor de los depósitos en cuentas corrientes y de ahorro

Artículo 269. Valor patrimonial de los bienes en moneda extranjera

Artículo 270. Valor patrimonial de los créditos

Artículo 271. Valor patrimonial de los títulos, bonos y seguros de vida

Artículo 271-1. Valor patrimonial de los derechos fiduciarios

Artículo 272. Valor de las acciones, aportes, y demás derechos en sociedades

Artículo 273. Acciones cotizadas en bolsa

Artículo 274. Acciones de las sociedades que no se cotizan en bolsa

Artículo 275. Valor patrimonial de las mercancías vendidas a plazos

Artículo 276. Valor de los semovientes

Artículo 277. Valor patrimonial de los inmuebles

Artículo 278. Costo mínimo de los inmuebles adquiridos con préstamos

Artículo 279. Valor de los bienes incorporales

 

AJUSTES A LOS ACTIVOS PATRIMONIALES

 

Artículo 280. Ajustes patrimoniales por inflación

Artículo 281. Efectos de los ajustes patrimoniales por inflación

 

CAPÍTULO II. PATRIMONIO LÍQUIDO

 

Artículo 282. Concepto

 

CAPÍTULO III. DEUDAS

 

Artículo 283. Requisitos para su aceptación

Artículo 284. Pasivos de compañías de seguros

Artículo 285. Pasivos en moneda extranjera

Artículo 286. Pasivos en ventas a plazos

Artículo 287. Deudas que constituyen patrimonio propio

 

CAPÍTULO IV. BIENES EXENTOS DEL IMPUESTO DE PATRIMONIO. 

 

Artículo 288. Cédulas hipotecarias exentas.

Artículo 289. Bonos de financiamiento

Artículo 290. La conversión de títulos de deuda pública, a títulos canjeables por certificados de cambio y la deuda publica externa no generan impuesto de patrimonio

Artículo 291. Inversiones nuevas en la industria editorial

 

CAPÍTULO V. TARIFAS DEL IMPUESTO DE PATRIMONIO.

 

Artículo 292. Impuesto al patrimonio

Artículo 293. Hecho generador

Artículo 294. Causación

Artículo 295. Base gravable

Artículo 296. Tarifa

Artículo 297. Entidades no sujetas al Impuesto al Patrimonio

Artículo 298. Declaración y pago

Artículo 298-1. Contenido de la Declaración del Impuesto al Patrimonio

Artículo 298-2. Administración y control del Impuesto al Patrimonio

Artículo 298-3. No deducibilidad del impuesto

 

TÍTULO III. GANANCIAS OCASIONALES.

 

CAPÍTULO I. INGRESOS SUSCEPTIBLES DE CONSTITUIR GANANCIA OCASIONAL.

 

Artículo 299. Ingresos constitutivos de ganancia ocasional

 

UTILIDAD EN LA ENAJENACIÓN DE ACTIVOS FIJOS POSEÍDOS DOS AÑOS O MÁS. 

 

Artículo 300. Se determina por la diferencia entre el precio de enajenación y el costo fiscal del activo.

 

 

LAS UTILIDADES ORIGINADAS EN LA LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES.

 

Artículo 301. Se determinan por el exceso de lo recibido sobre el capital aportado

 

 

LAS PROVENIENTES DE HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES.

Artículo 302. Origen.

Artículo 303. Cómo se determina su cuantía

 

POR LOTERÍAS, PREMIOS, RIFAS, APUESTAS Y SIMILARES.

 

Artículo 304. Gravamen a los premios en dinero y en especie

Artículo 305. En premios en títulos de capitalización

Artículo 306. El impuesto debe ser retenido en la fuente

Artículo 306-1. Impuesto sobre premios de apuestas y concursos hípicos o caninos y premios a propietarios de caballos o canes de carreras

 

CAPÍTULO II. GANANCIAS OCASIONALES EXENTAS.

 

Artículo 307. Asignación por causa de muerte o de la porción conyugal a los legitimarios o al cónyuge.  

Artículo 308. Herencias o legados a personas diferentes a legitimarios y cónyuge

Artículo 309. Donaciones a damnificados por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz

Artículo 310. Otras exenciones

 

CAPÍTULO III. GANANCIA OCASIONAL NETA.

 

 

Artículo 311. De las ganancias ocasionales se restan las pérdidas ocasionales

Artículo 312. Casos en los cuales no se aceptan pérdidas ocasionales

 

CAPÍTULO IV. TARIFAS DEL IMPUESTO DE GANANCIAS OCASIONALES. 

 

 

Artículo 313. Para las sociedades y entidades nacionales y extranjeras

Artículo 314. Para personas naturales residentes

Artículo 315. El impuesto de ganancia ocasional para los no declarantes

Artículo 316. Para personas naturales extranjeras sin residencia

Artículo 317. Para ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares

 

CAPÍTULO V. REGIMEN APLICABLE A PARTIR DE 1992 PARA ALGUNOS CONTRIBUYENTES.

 

Artículo 318. Tratamiento de la ganancia ocasional como renta

TÍTULO IV. REMESAS.

 

CAPÍTULO I. GENERALIDADES.

 

Artículo 319. El impuesto de remesas se causa en la transferencia al exterior de rentas o ganancias ocasionales.

Artículo 320. Reinversión de utilidades

 

CAPITULO II. DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO DE REMESAS. 

 

Artículo 321. Conceptos, base gravable y tarifas

Artículo 321-1. Tarifa de remesas para utilidades de sucursales a partir del año 1993

 

CAPÍTULO III. EXCEPCIONES AL IMPUESTO DE REMESAS.

 

Artículo 322. Casos en los cuales no se aplica el impuesto de remesas

Artículo 323. Excepción al impuesto de remesas en la zona del departamento del Cauca

Artículo 324. Exención en regalías

 

CAPÍTULO IV: DISPOSICIONES VARIAS.

 

Artículo 325.. Requisitos para los giros al exterior

Artículo 326. Requisitos para la autorización de cambio de titular de inversión extranjera

Artículo 327. Facultad de establecer condiciones para el cambio de titular de inversión extranjera.

Artículo 328. Recaudo y control

 

TÍTULO V. AJUSTE INTEGRAL POR INFLACIÓN A PARTIR DEL AÑO GRAVABLE DE 1992.

 

 

CÁPITULO I ÁMBITO DE APLICACION.

Artículo 329. A quiénes se aplica

 

CAPÍTULO II. AJUSTES A LOS ACTIVOS. 

 

Artículo 330. Efectos contables y fiscales del sistema de ajustes integrales

Artículo 331. Porcentaje de ajuste del año gravable PAAG

Artículo 332. Procedimiento para el ajuste de activos fijos

Artículo 333. Ajuste de los inventarios

Artículo 333-1. Ajuste de las compras de mercancías o inventarios

Artículo 333-2. Tratamiento a los gastos financieros por adquisición de activos

Artículo 334. Ajuste de bonos, títulos y demás activos mobiliarios

Artículo 335. Ajuste de activos expresados en moneda extranjera, en Upac o con pacto de reajuste.

Artículo 336. Ajuste de intangibles

Artículo 337. Ajuste de acciones y aportes

Artículo 338. Ajuste de los demás activos no monetarios

Artículo 339. Los activos monetarios no son susceptibles de ajuste

Artículo 340. Registro contable del valor de los ajustes

Artículo 341. Notificación para no efectuar el ajuste

Artículo 342. Ajuste del costo de venta de activos fijos enajenados en el año

 

 

CAPÍTULO III. AJUSTES A LOS PASIVOS.

 

Artículo 343. Ajuste de los pasivos no monetarios.

Artículo 344

 

CAPÍTULO IV. AJUSTES AL PATRIMONIO LIQUIDO. 

 

Artículo 345. Ajustes del patrimonio

Artículo 346. Valores a excluir del patrimonio líquido

Artículo 347. Ajustes al patrimonio líquido que ha sufrido disminuciones o aumentos durante el año..

 

CAPÍTULO V: AJUSTES EN LAS CUENTAS DE RESULTADO.

 

Artículo 348. Cuenta corrección monetaria

Artículo 348-1. Ajuste de los ingresos, costos y gastos del período gravable

Artículo 349. Efectos del registro de los ajustes de naturaleza crédito frente a los gastos y rendimientos financieros

Artículo 350. Utilidad o pérdida por exposición a la inflación

Artículo 351. Compensación de pérdidas

Artículo 352. Tratamiento de las ganancias ocasionales

CAPÍTULO VI. NORMAS DE TRANSICIÓN.

 

Artículo 353. Bases para los ajustes fiscales

Artículo 354. Gradualidad en la aplicación de los ajustes integrales.

Artículo 355. Procedimiento para ajustar inventarios finales

TÍTULO VI.

RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL.

 

Artículo 356. Tratamiento especial para algunos contribuyentes

Artículo 357. Determinación del beneficio neto o excedente

Artículo 358. Exención sobre el beneficio neto o excedente

Artículo 359. Objeto social

Artículo 360. Autorización para utilizar plazos adicionales para invertir

Artículo 361. Excepciones al tratamiento especial

Artículo 362. Comité de calificaciones

Artículo 363. Funciones del Comité

Artículo 364. Las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a llevar libros de contabilidad registrados.  

 

LIBRO SEGUNDO

 

RETENCIÓN EN LA FUENTE 

 

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.

 

Artículo 365. Facultad para establecerlas

Artículo 366. Facultad para establecer nuevas retenciones

Artículo 366-1. Facultad para establecer retención en la fuente por ingresos del exterior

Artículo 366-2. Normas aplicables en materia de retención en la fuente

Artículo 367. Finalidad de la retención en la fuente

Artículo 368. Quiénes son agentes de retención

Artículo 368-1. Retención sobre distribuciones de ingresos por los fondos de inversión, los fondos de valores y los fondos comunes

Artículo 368-2. Personas naturales que son agentes de retención

Artículo 369. Cuándo no se efectúa la retención

Artículo 370. Los agentes que no efectúen la retención, son responsables con el contribuyente

Artículo 371. Casos de solidaridad en las sanciones por retención

Artículo 372. Solidaridad de los vinculados económicos por retención

Artículo 373. Los valores retenidos se imputan en la liquidación privada

Artículo 374. En la liquidación oficial se deben acreditar los valores retenidos

 

 

TÍTULO II. OBLIGACIONES DEL AGENTE RETENEDOR.

 

RETENER.

 

Artículo 375. Efectuar la retención

CONSIGNAR.  

 

Artículo 376. Consignar lo retenido

Artículo 377. La consignación extemporánea causa intereses moratorios

 

EXPEDIR CERTIFICADOS. 

 

Artículo 378. Por concepto de salarios

Artículo 379. Contenido del certificado de ingresos y retenciones

Artículo 380. Datos a cargo del asalariado no declarante

Artículo 381. Certificados por otros conceptos

 

PRESENTAR DECLARACIONES. 

 

Artículo 382. Obligación de declarar

 

TITULO III. CONCEPTOS SUJETOS A RETENCIÓN.

 

CAPITULO I: INGRESOS LABORALES. 

 

Artículo 383. Tarifa

Artículo 384. Se podrán agregar nuevos intervalos a la tabla de retención

PROCEDIMIENTOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA RETENCIÓN. 

 

Artículo 385. Primera opción frente a la retención

Artículo 386. Segunda opción frente a la retención

Artículo 387. Los intereses y corrección monetaria deducibles se restarán de la base de retención

Artículo 387-1. Disminución de la base de retención por pagos a terceros por concepto de alimentación.

Artículo 388. Procedimiento para determinar la retención sobre cesantías

 

CAPÍTULO II. DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES.

 

Artículo 389. Cuáles están sometidos a retención

Artículo 390. Retención sobre dividendos y participaciones

Artículo 391. Tarifa sobre otras rentas

 

CAPÍTULO III. HONORARIOS, COMISIONES, SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS.

 

Artículo 392.  Se efectúa sobre los pagos o abonos en cuenta

Artículo 393. Comisiones por transacciones realizadas en la bolsa

Artículo 394. Cómo opera la retención por arrendamientos cuando hay intermediación

 

CAPÍTULO IV. RENDIMIENTOS FINANCIEROS.

 

Artículo 395. Conceptos objeto de retención.

Artículo 396. La tarifa puede aplicarse sobre el valor bruto del rendimiento

Artículo 397. Retención en la fuente en títulos con descuento

Artículo 397-1. Rendimiento de títulos de ahorro a largo plazo

 

CAPÍTULO V. ENAJENACIÓN DE ACTIVOS FIJOS DE PERSONAS NATURALES

 

Artículo 398. Retención en la enajenación de activos fijos de personas naturales

Artículo 399. Disminución de la retención cuando el activo enajenado corresponda a la casa o apartamento de habitación

Artículo 400. Excepción

CAPÍTULO VI. OTROS INGRESOS TRIBUTARIOS.

 

Artículo 401. Retención sobre otros ingresos tributarios

Artículo 401-1. Retención en la fuente en la colocación independiente de juegos de suerte y azar

Artículo 401-2. Retención en la fuente en indemnizaciones

Artículo 401-3. Retención en la fuente en indemnizaciones derivadas de una relación laboral o legal y reglamentaria

 

 

CAPÍTULO VII. LOTERÍAS, RIFAS, APUESTAS Y SIMILARES.

 

Artículo 402. Se efectúa al momento del pago

Artículo 403. Procedimiento para el pago de la retención en premios en especie

Artículo 404. Tratamiento de las apuestas

Artículo 404-1. Retención en la fuente por premios

CAPÍTULO VIII. PATRIMONIO.

 

Artículo 405

 

CAPÍTULO IX. POR PAGOS AL EXTERIOR.

 

A TÍTULO DEL IMPUESTO DE RENTA.

 

Artículo 406. Casos en que debe efectuarse la retención

Artículo 407. Tarifas para dividendos y participaciones

Artículo 408. Tarifas para rentas de capital y de trabajo

Artículo 409. Tarifa especial para profesores extranjeros

Artículo 410. Tarifa para rentas en explotación de películas cinematográficas

Artículo 411. Tarifa para rentas en explotación de programas de computador

Artículo 412. Tarifa sobre los contratos llave en mano y demás contratos de confección de obra material.

Artículo 413. Esta retención se aplicará a partir del 24 de diciembre de 1986

Artículo 414. Tarifa sobre pagos por arrendamiento de maquinaria

Artículo 414-1. Retención sobre transporte internacional

Artículo 415. Para los demás casos

Artículo 416. Los intereses sobre deuda externa pagados por la nación no están sometidos a retención.     

 

 

A TÍTULO DEL IMPUESTO DE REMESAS.

 

Artículo 417. Obligación de efectuar la retención

Artículo 418. Casos en los cuales no se efectúa la retención

Artículo 419. Para la aceptación de costos y deducciones por pagos al exterior se requiere acreditar la consignación del respectivo impuesto retenido en la fuente

 

LIBRO TERCERO. 

 

IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS. 

 

TÍTULO I. HECHO GENERADOR DEL IMPUESTO.

 

 

Artículo 420. Hechos sobre los que recae el impuesto

Artículo 420-1. Recaudo y control del impuesto sobre las ventas en la enajenación de aerodinos

Artículo 421. Hechos que se consideran venta

Artículo 421-1. IVA para tiquetes aéreos internacionales adquiridos en el exterior

Artículo 422. Los bienes resultantes de procesos de montaje, instalación, o similares, se consideran muebles.  

Artículo 423. Exclusión del impuesto en el territorio intendencial de San Andrés y Providencia

Artículo 423-1. Importación de premios en concursos internacionales

 

BIENES O SERVICIOS EXCLUIDOS 

 

Artículo 424. Bienes excluidos del impuesto

Artículo 424-1. Materias primas excluidas para medicamentos plaguicidas y fertilizantes.

Artículo 424-2. Materias primas para la producción de vacunas

Artículo 424-3. Maquinaria agropecuaria excluida del impuesto

Artículo 424-4. Alambrón destinado a la elaboración de alambre de púas y torcido para cercas

Artículo 424-5. Bienes excluidos del impuesto

Artículo 424-6. Gas propano para uso doméstico

Artículo 424-7. Otros bienes excluidos del impuesto a las ventas

Artículo 425. Otros bienes que no causan el impuesto

Artículo 426. Casas prefabricadas excluidas del impuesto

Artículo 427. Pólizas de seguros excluidas

Artículo 428. Importaciones que no causan impuesto

Artículo 428-1. Importaciones de activos por instituciones de educación superior

Artículo 428-2. Efectos tributarios de la fusión y escisión de sociedades.

 

TITULO II. CAUSACION DEL IMPUESTO. 

 

Artículo 429. Momento de causación

Artículo 430. Causación del impuesto sobre la venta de cerveza.

Artículo 431. Causación en el servicio de transporte aéreo o marítimo

Artículo 432. En el servicio de teléfonos se causa al momento del pago

Artículo 433. En seguros se causa al conocimiento de la emisión de la póliza

Artículo 434. En seguros de transporte

Artículo 435. En seguros generales

Artículo 436. En seguros autorizados en moneda extranjera

 

TÍTULO III. RESPONSABLES DEL IMPUESTO.

 

Artículo 437. Los comerciantes y quienes realicen actos similares a los de ellos y los importadores son sujetos pasivos

Artículo 437-1. Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas.

Artículo 437-2. Agentes de retención en el impuesto sobre las ventas

Artículo 437-3. Responsabilidad por la retención

Artículo 438. Intermediarios en la Comercialización que son responsables

Artículo 439. Los comerciantes de bienes exentos no son responsables

Artículo 440. Que se entiende por productor

Artículo 441. Responsabilidad de los clubes sociales y deportivos

Artículo 442. Responsabilidad en el servicio de transporte gravado

Artículo 443. Responsabilidad en el servicio de teléfono

Artículo 443-1. Responsabilidad en los servicios financieros

 

RÉGIMEN ESPECIAL PARA LOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO, CERVEZA Y GASEOSA. 

 

Artículo 444. Responsables en la venta de derivados del petróleo

Artículo 445. Responsables en la venta de cervezas de producción nacional

Artículo 446. Responsables en la venta de gaseosas y similares

 

TÍTULO IV. LA BASE GRAVABLE.

 

Artículo 447. En la venta y prestación de servicios, regla general

Artículo 448. Otros factores integrantes de la base gravable

Artículo 449. La financiación por vinculados económicos es parte de la base gravable

Artículo 449-1. Financiación que no forma parte de la base gravable

Artículo 450. Casos de vinculación económica

Artículo 451. Casos en que una sociedad se considera subordinada

Artículo 452. Cuándo subsiste la vinculación económica

Artículo 453. Valor de las operaciones subfacturadas o no facturadas

Artículo 454. Los descuentos efectivos no integran la base gravable

Artículo 455. Base gravable para intermediarios

Artículo 456. Base gravable para intermediarios en la venta de activos fijos

Artículo 457. Base gravable mínima en la venta de activos fijos por intermediarios

Artículo 457-1. Base gravable en la venta de vehículos usados

Artículo 458. Base gravable en los retiros de bienes corporales muebles

Artículo 459. Base gravable en las importaciones

Artículo 460. Base gravable en servicios de clubes

Artículo 461. Base gravable en servicio de transporte internacional de pasajeros

Artículo 462. Base gravable en el servicio de teléfonos

Artículo 462-1. Base gravable en el impuesto al cine

Artículo 463. Base gravable mínima

Artículo 464. El Gobierno puede fijar bases mínimas de liquidación

Artículo 465. Competencia para fijar precio

Artículo 466. Base gravable en la venta de gasolina motor

Artículo 467. Base gravable en otros productos derivados del petróleo

 

 

TÍTULO V. TARIFAS.

 

Artículo 468. Tarifa general del impuesto sobre las ventas

Artículo 468-1. Bienes y servicios gravados con la tarifa del (7%)

Artículo 468-2. Bienes gravados con la tarifa del dos por ciento (2%)

“Artículo 468-3. Servicios gravados con la tarifa del 7%

Artículo 469. Vehículos automóviles con tarifa general

Artículo 470. Bienes y servicios gravados a la tarifa del 2%

Artículo 471. Tarifas para vehículos automóviles

Artículo 472. Automotores sometidos a la tarifa del 20%

Artículo 473. Bienes sometidos a las tarifas diferenciales del 35% o del 20%

 

 

TARIFAS ESPECIALES PARA PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y CERVEZAS

 

 

Artículo 474. Tarifa especial para derivados del petróleo

Artículo 475. Tarifa especial para las cervezas

Artículo 476. Se exceptúan del impuesto los siguientes servicios

Artículo 476-1 . Seguros tomados en el exterior

 

 

TÍTULO VI. BIENES EXENTOS. 

 

Artículo 477. Bienes que se encuentran exentos del impuesto

 

 

BIENES EXENTOS POR SU DESTINACION O USO.

 

Artículo 478. Libros y revistas exentos

Artículo 479. Los bienes que se exporten son exentos

Artículo 480. Bienes donados exentos del impuesto sobre las ventas

Artículo 481. Bienes que conservan la calidad de exentos

Artículo 482. Las personas exentas por ley de otros impuestos no lo están del impuesto sobre las ventas.

Artículo 482-1. Limitación a las exenciones y exclusiones en importación de bienes

 

 

TÍTULO VII. DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A CARGO DEL RESPONSABLE DEL RÉGIMEN COMÚN.

 

 

 

Artículo 483. Determinación del impuesto para los responsables del régimen común

Artículo 484. Disminución por deducciones u operaciones anuladas, rescindidas o resueltas

Artículo 484-1. Tratamiento del impuesto sobre las ventas retenido

Artículo 485. Impuestos descontables

Artículo 485-1. Descuento del impuesto sobre las ventas liquidado sobre operaciones gravadas realizadas con responsables del régimen simplificado

Artículo 485-2. Descuento especial del impuesto sobre las ventas

Artículo 486. Ajuste de los impuestos descontables

Artículo 486-1. Determinación del impuesto en los servicios financieros y en operaciones cambiarias..

Artículo 486-2. Tratamiento tributario en operaciones de transferencias temporales de valores......

Artículo 487. La terminación del contrato por mora en el pago de la prima de seguros da lugar a descontar el impuesto de la prima no pagada

Artículo 488. Sólo son descontables los impuestos originados en operaciones que constituyan costo o gasto. 

Artículo 489. En las operaciones exentas sólo podrán descontarse los impuestos imputables a tales operaciones, para los productores y exportadores

Artículo 490. Los impuestos descontables en las operaciones gravadas, excluidas y exentas se imputarán proporcionalmente

Artículo 491. En la adquisición de activo fijo no hay descuento

Artículo 492. Los créditos o las deudas incobrables no dan derecho a descuento

Artículo 493. Los impuestos descontables no constituyen costo ni deducción

Artículo 494. No son descontables las adquisiciones efectuadas a proveedores no inscritos.

Artículo 495. No son descontables las adquisiciones efectuadas a proveedores ficticios o insolventes. 

Artículo 496. Oportunidad de los descuentos

Artículo 497. Descuentos calculados para intermediarios

Artículo 498. Impuestos descontables en los servicios

 

 

TÍTULO VIII. RÉGIMEN SIMPLIFICADO.

 

 

Artículo 499. Quiénes pertenecen a este régimen

Artículo 499-1. Régimen simplificado para prestadores de servicios

Artículo 500. Quienes no pueden acogerse a este régimen

Artículo 501. Determinación del impuesto en el régimen simplificado

Artículo 502. Impuesto sobre las ventas como costo o gasto en renta

Artículo 503

Artículo 504

Artículo 505. Cambio de régimen común a simplificado

Artículo 506. Obligaciones para los responsables del régimen simplificado

 

TÍTULO IX. PROCEDIMIENTOS Y ACTUACIONES ESPECIALES EN EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS.

 

 

 

Artículo 507. Obligación de inscribirse en el registro nacional de vendedores

Artículo 508. Quienes se acojan al régimen simplificado deben manifestarlo a la Dirección General de Impuestos Nacionales

Artículo 508-1. Cambio de régimen por la administración

Artículo 508-2. Paso de régimen simplificado a régimen común

Artículo 509. Obligación de llevar registro auxiliar y cuenta corriente para responsables del régimen común.

Artículo 510. Cuenta impuesto sobre las ventas retenido

Artículo 511. Discriminación del impuesto en la factura

Artículo 512. Normas aplicables a las cervezas de producción nacional

Artículo 513. Aplicación de las normas de procedimiento general

 

LIBRO CUARTO.

 

IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL.

 

TÍTULO I. SUJETOS PASIVOS. 

 

 

 

Artículo 514. Contribuyentes o responsables son sujetos pasivos

Artículo 515. Quiénes son contribuyentes

Artículo 516. Quiénes son responsables

Artículo 517. Los funcionarios oficiales responden solidariamente con los agentes de retención

Artículo 518. Agentes de retención

 

 

TÍTULO II. ACTUACIONES GRAVADAS Y SUS TARIFAS.

 

Artículo 519.Base gravable en el impuesto de timbre nacional

Artículo 520

Artículo 521. Documentos privados sometidos al impuesto de timbre, cualquiera fuere su cuantía

Artículo 522. Reglas para determinar las cuantías

Artículo 523. Actuaciones y documentos sin cuantía gravados con el impuesto

Artículo 524. Las visas que se expidan a los extranjeros causan impuesto de timbre

Artículo 525. Impuesto de timbre para actuaciones que se cumplan en el exterior

Artículo 526. Cuando se cancelen dentro del país se liquidan al cambio oficial

 

 

TÍTULO III. CAUSACIÓN DEL IMPUESTO DE TIMBRE PARA ALGUNAS ACTUACIONES.

 

Artículo 527. Momentos de realización de algunos hechos gravados

Artículo 528. La no expresión de la fecha hace presumir el plazo vencido

 

TÍTULO IV. NO CAUSAN IMPUESTO DE TIMBRE.   

 

Artículo 529. Las obligaciones relacionadas con el crédito externo

 

 

TÍTULO V. ACTUACIONES Y DOCUMENTOS EXENTOS DEL IMPUESTO DE TIMBRE.

 

 

Artículo 530. Se encuentran exentos del impuesto de timbre

Artículo 530-1. Escrituras públicas no sometidas al impuesto

Artículo 531. Las operaciones de fomento de la Caja Agraria están exentas del impuesto de timbre

Artículo 532. Las entidades oficiales están exentas del pago del impuesto de timbre

Artículo 533. Que se entiende por entidades de derecho público

Artículo 534. La exención debe constar en el documento o acto exento

 

 

TÍTULO VI. PAGO DEL IMPUESTO DE TIMBRE.

 

Artículo 535. El impuesto se paga al momento de presentar la declaración

 

TITULO VII. FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN PARA EL CONTROL Y RECAUDO DEL IMPUESTO DE TIMBRE.    

       

Artículo 536. Amplias facultades de investigación

Artículo 537. Las autoridades deberán prestar todas las garantías y apoyo a los funcionarios encargados del control

Artículo 538. El Gobierno está facultado para establecer retenciones

Artículo 539. Excepción al control y recaudo del impuesto

Artículo 539-1. Obligaciones del agente de retención de timbre

Artículo 539-2. Obligación de expedir certificados

Artículo 539-3. Obligación de declarar

 

 

TÍTULO VIII. OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE FUNCIONARIOS.

 

Artículo 540. Ningún documento deberá ser tenido como prueba mientras no se pague el impuesto de timbre

Artículo 541. Que se entiende por actuación

Artículo 542. Que se entiende por funcionario oficial

Artículo 543. Los funcionarios oficiales remitirán a las divisiones de fiscalización los documentos que no hayan cancelado el impuesto de timbre

 

 

TÍTULO IX. SANCIONES.

 

Artículo 544. Multa para funcionarios que admitan documentos gravados sin el pago del impuesto de timbre. 

Artículo 545. Multa para quien impida y obstaculice el control del impuesto de timbre

Artículo 546. Sanción a las autoridades por no prestar apoyo y garantías a los funcionarios encargados del control y fiscalización del impuesto de timbre

Artículo 547. Las sanciones recaen sobre el agente de retención

 

 

TÍTULO X. DISPOSICIONES VARIAS. 

 

 

Artículo 548. Reajuste anual de los valores absolutos en el impuesto de timbre

Artículo 549. Qué son valores absolutos

Artículo 550. Para las actuaciones ante el exterior el impuesto se ajusta cada tres años

Artículo 551. Caso en que no es aplicable el ajuste

Artículo 552. El gobierno deberá publicar las cifras ajustadas

Artículo 553. Los convenios entre particulares sobre los impuestos no son oponibles al fisco

Artículo 554. Procedimiento aplicable al impuesto de timbre

 

 

LIBRO QUINTO. 

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO, SANCIONES 

 

TÍTULO I.

ACTUACIÓN. NORMAS GENERALES. 

 

 

Artículo 555. Capacidad y representación

Artículo 555-1. Número de identificación tributaria. Nit

Artículo 555-2. Registro Unico Tributario - RUT

Artículo 556. Representación de las personas jurídicas

Artículo 557. Agencia oficiosa

Artículo 558. Equivalencia del término contribuyente o responsable

Artículo 559. Presentación de escritos

Artículo 560. Competencia para el ejercicio de las funciones

Artículo 561. Delegación de funciones

Artículo 562. Administración de grandes contribuyentes

Artículo 562-1. Actualización del registro de contribuyentes

Artículo 563. Dirección para notificaciones

Artículo 564. Dirección procesal

Artículo 565. Formas de notificación de las actuaciones de la administración de impuestos

Artículo 566. Notificación por correo

Artículo 567. Corrección de actuaciones enviadas a dirección errada

Artículo 568. Notificaciones devueltas por el correo

Artículo 569. Notificación personal

Artículo 570. Constancia de los recursos

 

 

TITULO II. DEBERES Y OBLIGACIONES FORMALES.

 

CAPITULO I. NORMAS COMUNES. 

 

 

Artículo 571. Obligados a cumplir los deberes formales

Artículo 572. Representantes que deben cumplir deberes formales

Artículo 572-1 Apoderados generales y mandatarios especiales

Artículo 573. Responsabilidad subsidiaria de los representantes por incumplimiento de deberes formales. 

 

 

 

 

CAPÍTULO II. DECLARACIONES TRIBUTARIAS.

 

DISPOSICIONES GENERALES. 

 

 

Artículo 574. Clases de declaraciones

Artículo 575. Las declaraciones deben coincidir con el período fiscal

Artículo 576. Obligados a declarar por contribuyentes sin residencia o domicilio en el país

Artículo 577. Aproximación de los valores de las declaraciones tributarias

Artículo 578. Utilización de formularios

Artículo 579. Lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias

Artículo 579-1. Domicilio fiscal

Artículo 579-2. Presentación electrónica de declaraciones

Artículo 580. Declaraciones que se tienen por no presentadas

Artículo 581. Efectos de la firma del contador

Artículo 582. Declaraciones que no requieren firma de contador

 

 

RESERVA DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS.

 

Artículo 583. Reserva de la declaración

Artículo 584. Examen de la declaración con autorización  del declarante

Artículo 585. Para los efectos de los impuestos nacionales, departamentales o municipales se puede intercambiar información.

Artículo 586. Garantía de la reserva por parte de las entidades contratadas para el manejo de información tributaria

Artículo 587. Información sobre bases para aportes parafiscales

 

 

CORRECCIÓN DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS.  

 

 

 

Artículo 588. Correcciones que aumentan el impuesto o disminuyen el saldo a favor

Artículo 589. Correcciones que disminuyan el valor a pagar o aumenten el saldo a favor

Artículo 589-1. Corrección de algunos errores que implican tener la declaración por no presentada.

Artículo 590. Correcciones provocadas por la administración

 

 

DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS.

 

Artículo 591. Quiénes deben presentar declaración de renta y complementarios

Artículo 592. Quiénes no están obligados a declarar

Artículo 593. Asalariados no obligados a declarar

Artículo 594. El certificado de ingresos y retenciones reemplaza la declaración para los asalariados no declarantes

Artículo 594-1. Trabajadores independientes no obligados a declarar

Artículo 594-2. Declaraciones tributarias presentadas por los no obligados

Artículo 594-3. Otros requisitos para no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta

Artículo 595. Período fiscal cuando hay liquidación en el año

Artículo 596. Contenido de la declaración de renta

Artículo 597. La declaración de renta podrá firmarse con salvedades

 

 

DECLARACIÓN ANUAL DE INGRESOS Y PATRIMONIO.

 

 

Artículo 598. Entidades obligadas a presentar declaración

Artículo 599. Contenido de la declaración de ingresos y patrimonio

 

 

DECLARACIÓN DE VENTAS.

 

 

Artículo 600. Período fiscal en ventas

Artículo 601. Quienes deben presentar declaración de ventas

Artículo 602. Contenido de la declaración bimestral de ventas

Artículo 603. Obligación de declarar y pagar el impuesto sobre las ventas retenido

 

 

DECLARACIÓN DE RETENCIÓN EN LA FUENTE

 

 

Artículo 604. Período fiscal

Artículo 605. Quiénes deben presentar declaración

Artículo 606. Contenido de la declaración de retención

 

DECLARACIÓN DE TIMBRE.

 

Artículo 607

Artículo 608

Artículo 609

Artículo 610

Artículo 611. Casos en que intervienen las mismas partes

 

 

CAPÍTULO III. OTROS DEBERES FORMALES DE LOS SUJETOS PASIVO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE TERCEROS.    

 

 

Artículo 612. Deber de informar la dirección y la actividad económica

Artículo 613. Inscripción en el registro nacional de vendedores

Artículo 614. Obligación de informar el cese de actividades

Artículo 615. Obligación de expedir factura

Artículo 615-1. Obligaciones del agente retenedor en el impuesto sobre las ventas

Artículo 616. Libro fiscal de registro de operaciones

Artículo 616-1. Factura o documento equivalente

Artículo 616-2. Casos en los cuales no se requiere la expedición de factura

Artículo 616-3. Sanciones a empresas que elaboren facturas sin requisitos

Artículo 617. Requisitos de la factura de venta

Artículo 618. Obligación de exigir factura o documento equivalente

Artículo 618-1. Creación del premio fiscal

Artículo 618-2. Obligaciones de las empresas que elaboren facturas

Artículo 618-3. Plazo para empezar a aplicar el sistema de facturación

Artículo 619. En la correspondencia, facturas y demás documentos se debe informar el Nit.

Artículo 620. Obligación de fundamentarse en la declaración de renta

Artículo 621. Identificación tributaria en préstamos

 

 

DEBERES Y OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN.

 

 

Artículo 622. Obligación de las entidades financieras de informar la parte no gravada de los rendimientos

Artículo 623. Información de las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria

Artículo 623-1. Información especial a suministrar por las entidades financieras

Artículo 623-2. Información para la investigación y localización de bienes de deudores morosos

Artículo 623-2. (SIC) Información por otras entidades de crédito

Artículo 623-3. Información de cuentas abiertas y saldadas

Artículo 624. Información de las Cámaras de Comercio

Artículo 625. Información de las bolsas de valores

Artículo 626. Información relacionada con aportes parafiscales

Artículo 627. Información de la Registraduría Nacional del Estado Civil

Artículo 628. Límite de información a suministrar por los comisionistas de bolsa

Artículo 629. Información de los notarios

Artículo 629-1. Información de las personas o entidades que elaboran facturas o documentos equivalentes

Artículo 630. Información de los jueces civiles

Artículo 631. Para estudios y cruces de información

Artículo 631-1. Obligación de informar los estados financieros consolidados por parte de los grupos empresariales

Artículo 631-2. Valores de operaciones objeto de información

Artículo 632. Deber de conservar informaciones y pruebas

Artículo 632-1. Relación de retenciones de timbre

Artículo 633. Información en medios magnéticos

 

 

TÍTULO III. SANCIONES.

 

INTERESES MORATORIOS.

 

 

Artículo 634. Intereses moratorios en el pago de las obligaciones tributarias

Artículo 634-1. Suspensión de los intereses moratorios

Artículo 635. Determinación de la tasa de interés moratorio

Artículo 636. Sanción por mora en la consignación de los valores recaudados por las entidades autorizadas. 

 

 

NORMAS GENERALES SOBRE SANCIONES.

 

 

Artículo 637. Actos en los cuales se pueden imponer sanciones

Artículo 638. Prescripción de la facultad para imponer sanciones

Artículo 639. Sanción mínima

Artículo 640. La reincidencia aumenta el valor de las sanciones

Artículo 640-1. Otras sanciones

Artículo 640-2. Independencia de procesos

 

 

SANCIONES RELACIONADAS CON LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS.

 

 

Artículo 641. Extemporaneidad en la presentación

Artículo 642. Extemporaneidad en la presentación de las declaraciones con posterioridad al emplazamiento.

Artículo 643. Sanción por no declarar

Artículo 644. Sanción por corrección de las declaraciones

Artículo 645. Sanción a aplicar por incumplimiento en la presentación de la declaración de ingresos y patrimonio.

Artículo 646. Sanción por corrección aritmética

Artículo 647. Sanción por inexactitud

Artículo 647-1. Rechazo o disminución de pérdidas

Artículo 648. La sanción por inexactitud procede sin perjuicio de las sanciones penales

Artículo 649. Transitorio. Sanción por activos omitidos o pasivos inexistentes

Artículo 650. Sanción por uso fraudulento de cédulas

Artículo 650-1. Sanción por no informar la dirección

Artículo 650-2. Sanción por no informarla actividad económica

 

 

SANCIONES RELATIVAS A INFORMACIONES Y EXPEDICIÓN DE FACTURAS. 

 

 

Artículo 651. Sanción por no enviar información

Artículo 652. Sanción por expedir facturas sin requisitos

Artículo 652-1. Sanción por no facturar

Artículo 653. Constancia de la no expedición de facturas o expedición sin el lleno de los requisitos

 

 

SANCIONES RELACIONADAS CON LA CONTABILIDAD Y DE CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO.

 

 

Artículo 654. Hechos irregulares en la contabilidad

Artículo 655. Sanción por irregularidades en la contabilidad

Artículo 656. Reducción de las sanciones por libros de contabilidad

Artículo 657. Sanción de clausura del establecimiento

Artículo 657-1. Retención de mercancías a quienes compren sin factura o documento equivalente

Artículo 658. Sanción por incumplir la clausura

“Artículo 658-1. Sanción a administradores y representantes legales

Artículo 658-2. Sanción por evasión pasiva

 

 

 

SANCIONES RELATIVAS A LAS CERTIFICACIONES DE CONTADORES PÚBLICOS

 

 

Artículo 659. Sanción por violar las normas que rigen la profesión

Artículo 659-1. Sanción a sociedades de contadores públicos

Artículo 660. Suspensión de la facultad de firmar declaraciones tributarias y certificar pruebas con destino a la administración

Artículo 661. Requerimiento previo al contador o revisor fiscal

Artículo 661-1. Comunicación de sanciones

 

 

 

SANCIONES ESPECÍFICAS PARA CADA TRIBUTO.

 

 

 

Artículo 662. Sanción por utilización de interpuestas personas por parte de los inversionistas institucionales

Artículo 663. Sanción por gastos no explicados

Artículo 664. Sanción por no acreditar el pago de los aportes parafiscales

Artículo 665. Responsabilidad penal por no consignar las retenciones en la fuente y el I. V. A

Artículo 666. Responsabilidad penal por no certificar correctamente valores retenidos

Artículo 667. Sanción por no expedir certificados

Artículo 668. Sanción por extemporaneidad en la inscripción en el registro nacional de vendedores e inscripción de oficio

Artículo 669. Sanción por omitir ingresos o servir de instrumento de evasión

Artículo 670. Sanción por improcedencia de las devoluciones o compensaciones

Artículo 671. Sanción de declaración de proveedor ficticio o insolvente

Artículo 671-1. Insolvencia

Artículo 671-2. Efectos de la insolvencia

Artículo 671-3. Procedimiento para decretar la insolvencia

 

 

SANCIONES A NOTARIOS Y A OTROS FUNCIONARIOS.

 

 

Artículo 672. Sanción por autorizar escrituras o traspasos sin el pago de la retención

Artículo 673. Sanción a notarios que autoricen escrituras por un precio inferior

Artículo 673-1. Sanción a empleados y trabajadores del Estado por enriquecimiento no justificado

 

 

SANCIONES A ENTIDADES AUTORIZADAS PARA RECAUDAR IMPUESTOS.

 

 

Artículo 674. Errores de verificación

Artículo 675. Inconsistencia en la información remitida

Artículo 676. Extemporaneidad en la entrega de la información

Artículo 677. Cancelación de la autorización para recaudar impuestos y recibir declaraciones

Artículo 678. Competencia para sancionar a las entidades recaudadoras

 

 

SANCIONES ESPECIALES CONTEMPLADAS POR NORMAS TRIBUTARIAS, APLICABLES A FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN.

 

 

Artículo 679. Incumplimiento de deberes

Artículo 680. Violación manifiesta de la ley

Artículo 681. Pretermision de términos

Artículo 682. Incumplimiento de los términos para devolver

 

 

TÍTULO IV. DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO E IMPOSICIÓN DE SANCIONES. 

 

CAPÍTULO I. NORMAS GENERALES.

 

 

Artículo 683. Espíritu de justicia

Artículo 684. Facultades de fiscalización e investigación

Artículo 684-1. Otras normas de procedimiento aplicables en las investigaciones tributarias

Artículo 684-2. Implantación de sistemas técnicos de control.

Artículo 684-3. Tarjeta fiscal

Artículo 685. Emplazamiento para corregir

Artículo 686. Deber de atender requerimientos

Artículo 687. Las opiniones de terceros no obligan a la administración

Artículo 688. Competencia para la actuación fiscalizadora

Artículo 689. Facultad para establecer beneficio de auditoría

Artículo 689-1. Beneficio de auditoría por el año gravable de 1998

Artículo 690. Facultad para desconocer efectos tributarios de los contratos sobre partes de interés social.

Artículo 690-1. Determinación de la renta o ganancia ocasional cuando se encubra la enajenación de bienes con la venta de acciones

 

Artículo 691. Competencia para ampliar requerimientos especiales, proferir liquidaciones oficiales y aplicar sanciones

Artículo 692. Procesos que no tienen en cuenta las correcciones a las declaraciones

Artículo 693. Reserva de los expedientes

Artículo 693-1. Información tributaria

Artículo 694. Independencia de las liquidaciones

Artículo 695. Períodos de fiscalización en el impuesto sobre las ventas y en retención en la fuente

Artículo 696. Un requerimiento y una liquidación pueden referirse a renta y ventas

Artículo 696-1. Gastos de investigaciones y cobro tributarios

 

 

CAPÍTULO II. LIQUIDACIONES OFICIALES. LIQUIDACIÓN DE CORRECCIÓN ARITMÉTICA.

 

 

Artículo 697. Error aritmético

Artículo 698. Facultad de corrección

Artículo 699. Término en que debe practicarse la corrección

Artículo 700. Contenido de la liquidación de corrección

Artículo 701. Corrección de sanciones

 

 

LIQUIDACIÓN DE REVISIÓN.

 

Artículo 702. Facultad de modificar la liquidación privada

Artículo 703. El requerimiento especial como requisito previo a la liquidación

Artículo 704. Contenido del requerimiento

Artículo 705. Término para notificar el requerimiento

Artículo 705-1. Término para notificar el requerimiento en ventas y retención en la fuente

Artículo 706. Suspensión del término

Artículo 707. Respuesta al requerimiento especial

Artículo 708. Ampliación al requerimiento especial

Artículo 709. Corrección provocada por el requerimiento especial

Artículo 709-1. Pago de la sanción por omisión de activos como requisito para desvirtuar diferencia patrimonial.

Artículo 710. Término para notificar la liquidación de revisión

Artículo 711. Correspondencia entre la declaración, el requerimiento y la liquidación de revisión

Artículo 712. Contenido de la liquidación de revisión

Artículo 713. Corrección provocada por la liquidación de revisión

Artículo 714. Firmeza de la liquidación privada

 

 

LIQUIDACIÓN DE AFORO.

 

Artículo 715. Emplazamiento previo por no declarar

Artículo 716. Consecuencia de la no presentación de la declaración con motivo del emplazamiento

Artículo 717. Liquidación de aforo

Artículo 718. Publicidad de los emplazados o sancionados

Artículo 719. Contenido de la liquidación de aforo

“Artículo 719-1. Inscripción en proceso de determinación oficial

“Artículo 719-2. Efectos de la inscripción en proceso de determinación oficial

 

 

TÍTULO V. DISCUSIÓN DE LOS ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN.

 

Artículo 720. Recursos contra los actos de la administración tributaria

Artículo 721. Competencia funcional de discusión

Artículo 722. Requisitos de los recursos de reconsideración y reposición

Artículo 723. Los hechos aceptados no son objeto de recurso

Artículo 724. Presentación del recurso

Artículo 725. Constancia de presentación del recurso

Artículo 726. Admisión del recurso

Artículo 727. Notificación del auto.

Artículo 728. Recurso contra el auto inadmisorio

Artículo 729. Reserva del expediente

Artículo 730. Causales de nulidad

Artículo 731. Término para alegarlas

Artículo 732. Término para resolver los recursos

Artículo 733. Suspensión del termino para resolver

Artículo 734. Silencio administrativo

Artículo 735. Recursos contra las resoluciones que imponen sanción de clausura y sanción por incumplir la clausura

Artículo 736. Revocatoria directa

Artículo 737. Oportunidad

Artículo 738. Competencia

Artículo 738-1. Término para resolver las solicitudes de revocatoria directa

Artículo 739. Recurso contra providencias que sancionan a contadores públicos o revisores fiscales.

Artículo 740. Independencia de los recursos

Artículo 741. Recursos equivocados.

 

 

TÍTULO VI. RÉGIMEN PROBATORIO.

 

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.

 

Artículo 742. Las decisiones de la administración deben fundarse en los hechos probados

Artículo 743. Idoneidad de los medios de prueba

Artículo 744. Oportunidad para allegar pruebas al expediente

Artículo 745. Las dudas provenientes de vacíos probatorios se resuelven a favor del contribuyente.

Artículo 746. Presunción de veracidad

Artículo 746-1. Práctica de pruebas en virtud de convenios de intercambio de información

Artículo 746-2. Presencia de terceros en la práctica de pruebas

 

 

CAPÍTULO II. MEDIOS DE PRUEBA.

 

 

Artículo 747. Hechos que se consideran confesados

Artículo 748. Confesión ficta o presunta

Artículo 749. Indivisibilidad de la confesión

 

TESTIMONIO.

 

 

Artículo 750. Las informaciones suministradas por terceros son prueba testimonial

Artículo 751. Los testimonios invocados por el interesado deben haberse rendido antes del requerimiento o liquidación

Artículo 752. Inadmisibilidad del testimonio

Artículo 753. Declaraciones rendidas fuera de la actuación tributaria

 

 

INDICIOS Y PRESUNCIONES.

 

 

Artículo 754. Datos estadísticos que constituyen indicio

Artículo 754-1. Indicios con base en estadísticas de sectores económicos

Artículo 755. La omisión del Nit o del nombre en la correspondencia, facturas y recibos permiten presumir ingresos.

Artículo 755-1. Presunción en juegos de azar

Artículo 755-2. Presunción de renta gravable por ingresos en divisas

Artículo 755-3. Renta presuntiva por consignaciones en cuentas bancarias y de ahorro

 

 

FACULTAD PARA PRESUMIR INGRESOS EN VENTAS.

 

 

Artículo 756. Las presunciones sirven para determinar las obligaciones tributarias

Artículo 757. Presunción por diferencia en inventarios

Artículo 758. Presunción de ingresos por control de ventas o ingresos gravados

Artículo 759. Presunción por omisión de registro de ventas o prestación de servicios

Artículo 760. Presunción de ingresos por omisión del registro de compras

Artículo 761. Las presunciones admiten prueba en contrario

Artículo 762. Presunción del valor de la transacción en el impuesto a las ventas

Artículo 763. Presunción de ingresos gravados con impuesto a las ventas, por no diferenciar las ventas y servicios gravados

Artículo 763-1. Régimen unificado de imposición (RUI.) para pequeños contribuyentes del impuesto sobre la renta y responsable del impuesto sobre las ventas

 

 

DETERMINACIÓN PROVISIONAL DEL IMPUESTO. 

 

Artículo 764. Determinación provisional del impuesto por omisión de la declaración tributaria

 

 

PRUEBA DOCUMENTAL.

 

 

Artículo 765. Facultad de invocar documentos expedidos por las oficinas de impuestos

Artículo 766. Procedimiento cuando se invoquen documentos que reposen en la administración

Artículo 767. Fecha cierta de los documentos privados

Artículo 768. Reconocimiento de firma de documentos privados

Artículo 769. Certificados con valor de copia auténtica

Artículo 770. Prueba de pasivos

Artículo 771. Prueba supletoria de los pasivos

Artículo 771-1. Valor probatorio de la impresión de imágenes ópticas no modificables

Artículo 771-2. Procedencia de costos, deducciones e impuestos descontables

Artículo 771-3. Control integral

Artículo 771-4. Control en la expedición del registro o licencia de importación

 

 

PRUEBA CONTABLE.

 

 

Artículo 772. La contabilidad como medio de prueba

Artículo 773. Forma y requisitos para llevar la contabilidad

Artículo 774. Requisitos para que la contabilidad constituya prueba

Artículo 775. Prevalencia de los libros de contabilidad frente a la declaración

Artículo 776. Prevalencia de los comprobantes sobre los asientos de contabilidad

Artículo 777. La certificación de contador público y revisor fiscal es prueba contable

 

 

INSPECCIONES TRIBUTARIAS

 

Artículo 778. Derecho de solicitar la inspección

Artículo 779. Inspección tributaria

Artículo 779-1. Facultades de registro

Artículo 780. Lugar de presentación de los libros de contabilidad

Artículo 781. La no presentación de los libros de contabilidad será indicio en contra del contribuyente.

Artículo 782. Inspección contable

Artículo 783. Casos en los cuales debe darse traslado del acta

 

 

PRUEBA PERICIAL.

 

 

Artículo 784. Designación de peritos

Artículo 785. Valoración del dictamen

 

 

CAPÍTULO III. CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES QUE DEBEN SER PROBADAS POR EL CONTRIBUYENTE.   

 

 

Artículo 786. Las de los ingresos no constitutivos de renta

Artículo 787. Las de los pagos y pasivos negados por los beneficiarios

Artículo 788. Las que los hacen acreedores a una exención

Artículo 789. Los hechos que justifican aumento patrimonial

Artículo 790. De los activos poseídos a nombre de terceros

Artículo 791. De las transacciones efectuadas con personas fallecidas

 

 

TÍTULO VII.

 

EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA.

 

CAPÍTULO I. RESPONSABILIDAD POR EL PAGO DEL IMPUESTO. 

 

 

Artículo 792. Sujetos pasivos

Artículo 793. Responsabilidad solidaria

Artículo 794. Responsabilidad solidaria de los socios por los impuestos de la sociedad

Artículo 795. Solidaridad de las entidades no contribuyentes que sirvan de elemento de evasión

Artículo 795-1. Procedimiento para declaración de deudor solidario

Artículo 796. Solidaridad de las entidades públicas por el impuesto sobre las ventas

Artículo 797. Solidaridad fiscal entre los beneficiarios de un título valor

Artículo 798. Responsabilidad subsidiaria por incumplimiento de deberes formales

Artículo 799. Responsabilidad de los bancos por pago irregular de cheques fiscales

Artículo 799-1. Información a las centrales de riesgo

 

CAPÍTULO II. FORMAS DE EXTINGUIR LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA. SOLUCIÓN O PAGO.

 

 

 

Artículo 800. Lugar del pago

Artículo 801. Autorización para recaudar impuestos

Artículo 802. Aproximación de los valores en los recibos de pago

Artículo 803. Fecha en que se entiende pagado el impuesto

Artículo 804. Prelación en la imputación del pago

 

PAGO DE IMPUESTOS CON BONOS Y TÍTULOS.

 

 

Artículo 805. Con bonos de financiamiento presupuestal, bonos de financiamiento especial y bonos para la paz.

Artículo 806. Pago con títulos y certificados

 

ANTICIPO DEL IMPUESTO.

 

 

Artículo 807. Cálculo y aplicación del anticipo

Artículo 808. Facultad para reducir el anticipo en forma general

Artículo 809. Autorización de la reducción en casos individuales

Artículo 810. Término para decidir sobre la solicitud de reducción

 

 

PLAZOS PARA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS, ANTICIPOS Y RETENCIONES.

 

 

Artículo 811. Facultad para fijarlos

Artículo 812. Mora en el pago de los impuestos nacionales

Artículo 813. Exoneración de intereses moratorios

 

 

ACUERDOS DE PAGO.

 

 

Artículo 814. Facilidades para el pago

Artículo 814-1. Competencia para celebrar contratos de garantía

Artículo 814-2. Cobro de garantías.

Artículo 814-3. Incumplimiento de las facilidades

 

 

COMPENSACIÓN DE LAS DEUDAS FISCALES. 

 

Artículo 815. Compensación con saldos a favor

Artículo 815-1. Devolución del impuesto a las ventas retenido

Artículo 815-2. Compensación de oficio

Artículo 816. Término para solicitar la compensación

 

 

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO. 

 

Artículo 817. Término de la prescripción de la acción de cobro

Artículo 818. Interrupción y suspensión del término de prescripción

Artículo 819. El pago de la obligación prescrita, no se puede compensar, ni devolver

 

 

REMISIÓN DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS.

 

Artículo 820. Facultad del administrador

 

 

CONTROL AL RECAUDO DE IMPUESTOS.

 

 

Artículo 821. Salida de extranjeros

Artículo 822. Control de los recaudos por la Contraloría General de la República

Artículo 822-1. Dación en pago

 

 

TÍTULO VIII. COBRO COACTIVO.

 

Artículo 823. Procedimiento administrativo coactivo

Artículo 824. Competencia funcional

Artículo 825. Competencia territorial

Artículo 825-1. Competencia para investigaciones tributarias

Artículo 826. Mandamiento de pago

Artículo 827. Comunicación sobre aceptación de concordato

Artículo 828. Títulos ejecutivos

Artículo 828-1. Vinculación de deudores solidarios

Artículo 829. Ejecutoria de los actos

Artículo 829-1. Efectos de la revocatoria directa

Artículo 830. Término para pagar o presentar excepciones

Artículo 831. Excepciones

Artículo 832. Trámite de excepciones

Artículo 833. Excepciones probadas

Artículo 833-1. Recursos en el procedimiento administrativo de cobro

Artículo 834. Recurso contra la resolución que decide las excepciones

Artículo 835. Intervención del Contencioso Administrativo

Artículo 836. Orden de ejecución

Artículo 836-1. Gastos en el procedimiento administrativo coactivo

Artículo 837. Medidas preventivas

Artículo 838. Límite de los embargos

Artículo 839. Registro del embargo

Artículo 839-1. Trámite para algunos embargos

Artículo 839-2. Embargo, secuestro y remate de bienes

Artículo 839-3. Oposición al secuestro

Artículo 840. Remate de bienes

Artículo 841. Suspensión por acuerdo de pago

Artículo 842. Prescripción de la acción de cobro

Artículo 843. Cobro ante la jurisdicción ordinaria

Artículo 843-1. Auxiliares

Artículo 843-2. Aplicación de depósitos

 

 

TÍTULO IX. INTERVENCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN.

 

Artículo 844. En los procesos de sucesión

Artículo 845. Concordatos

Artículo 846. En otros procesos

Artículo 847. En liquidación de sociedades

Artículo 848. Personería del funcionario de cobranzas.

Artículo 849. Independencia de procesos

Artículo 849-1. Irregularidades en el procedimiento

Artículo 849-2. Provisión para el pago de impuestos

Artículo 849-3. Clasificación de la cartera morosa

Artículo 849-4. Reserva del expediente en la etapa de cobro

 

TÍTULO X. DEVOLUCIONES.

 

Artículo 850. Devolución de saldos a favor

Artículo 850-1. Devolución del IVA por adquisiciones con tarjetas de crédito o débito

Artículo 851. Facultad para fijar trámites de devolución de impuestosArtículo 852. Facultad para devolver a entidades exentas o no contribuyentes

Artículo 853. Competencia funcional de las devoluciones

Artículo 854. Término para solicitar la devolución de saldos a favor

Artículo 855. Término para efectuar la devolución

Artículo 856. Verificación de las devoluciones

Artículo 857. Rechazo e inadmisión de las solicitudes de devolución o compensación

Artículo 857-1. Investigación previa a la devolución o compensación

Artículo 858. Auto inadmisorio

Artículo 859. Devolución de retenciones no consignadas y anticipos no pagados

Artículo 860. Devolución con presentación de garantía

Artículo 861. Compensación previa a la devolución

Artículo 862. Mecanismos para efectuar la devolución

Artículo 863. Intereses a favor del contribuyente

Artículo 864. Tasa de interés para devoluciones

Artículo 865. El Gobierno efectuará las apropiaciones presupuestales para las devoluciones

 

 

TÍTULO XI. OTRAS DISPOSICIONES PROCEDIMENTALES.

 

 

Artículo 866. Corrección de los actos administrativos y liquidaciones privadas

Artículo 867. Pago o caución para demandar

Artículo 867-1. Actualización del valor de las sanciones tributarias pendientes de pago

Artículo 868. Ajuste de valores absolutos expresados en moneda nacional en las normas de renta y ventas.

Artículo 869. Procedimiento para ajuste de cifras.

 

 

LIBRO SEXTO GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS

 

 

Artículo 870. Gravamen a los Movimientos Financieros, GMF

Artículo 871. Hecho Generador del Gravamen a los Movimientos Financieros

Artículo 872. Tarifa del GMF

Artículo 873. Causación del GMF

Artículo 874. Base gravable del GMF

Artículo 875. Sujetos pasivos del GMF

Artículo 876. Agentes de Retención del Gravamen a los Movimientos Financieros

Artículo 877. Declaración y pago del GMF

Artículo 878. Administración del GMF

Artículo 879. Exenciones del GMF

Artículo 880. Agentes de retención del GMF en operaciones de cuenta de depósito

Articulo 882. Subdirección de recaudo.

Articulo 883. Division de contabilidad.

Articulo 884. Division de cobranzas y recaudo.

Articulo 885. División de control de entidades recaudadoras.

Articulo 887. División de investigación tributaria.

Articulo 888. División de selección de casos y cruces de información.

Articulo 889. División de programación y control.

Articulo 890. Subdireccion jurídica.

Articulo 891. División de doctrina tributaria.

Articulo 892. División de representación externa.

Articulo 893. División de programación y control.

Articulo 894. Subdirección de informática.

Articulo 895. División de evaluación y procedimientos.

Articulo 896. División de análisis y programación.

Articulo 897. División técnica.

Articulo 898. División de producción.

Articulo 899. Subdirección de administración.

Articulo 900. División de recursos humanos.

Articulo 901. División de inspección.

Articulo 902. División financiera.

Articulo 903. Comité de coordinación.

Articulo 904. Organización en el nivel regional.

Articulo 905. Administraciones de impuestos nacionales.

Articulo 906. Administrador de impuestos nacionales.

Articulo 907. División jurídica.

Articulo 908. División de control de