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DECRETO 1520 DE 2009
(abril 30 de 2009)
por el cual se modifica el Decreto 4881 del 31 de diciembre de 2008
El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia delegatario de funciones Presidenciales mediante Decreto 1378 del 22 de abril de 2009
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 1150 de 2007,
*Notas de Vigencia*
| Derogado por el artículo 55 del Decreto 1464 de 2010, publicado en el Diario Oficial No. 47696 del 30 de Abril de 2010 |
| Ver Decreto 3083 de 2009, publicado el 18 de agosto de 2009 |
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Modifíquese el parágrafo del artículo 19 del Decreto 4881 de 2008, el cual quedará así:
Parágrafo. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, la información
de las condiciones financieras estará soportada en el último balance general
y el estado de resultados de la persona jurídica extranjera, que será la que
se inscriba como proponente. Estas cifras deben presentarse en moneda
colombiana, de conformidad con los artículos 50 y 51 del
Decreto 2649 de 1993 y
demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
ARTÍCULO 2.- Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga el artículo 9 del Decreto 836 de 2009.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de abril de 2009.
RICARDO DUARTE DUARTE
El Ministro de la Protección Social, El viceministro de desarrollo empresarial encargado de las funciones del despacho del ministro de comercio, industria y turismo
ANDRÉS ESCOBAR ARANGO
El subdirector del departamento nacional de planeación encargado de las funciones del despacho del director del departamento nacional de planeación