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DECRETO 783 DE 2009
(MARZO 11 DE 2009)
por el cual se delegan unas funciones constitucionales
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLlCA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política y,
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de Ia Republica se trasladará a las Ciudades de San Pedro
Sula y Sabá (Honduras), con el fin de realizar una Visita de Estado, asistir
a diferentes eventos oficiales y Ia inauguración de una Planta de
Biocombustibles, entre los días 15 y 16 de marzo del presente año.
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con Ia
precedencia establecida en Ia ley, el Ministro del Interior y de Justicia,
está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como
Ministro Delegatario.
DECRETA:
ARTICULO 1°.
Por el tiempo que
dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del
viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en
el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Fabio Valencia Cossio, las
funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones
constitucionales:
1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314.
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
ARTICULO 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de marzo de 2009.