ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADO

GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA



Magistrado Ponente: Fernando Vásquez Botero

Radicación No. 21649


Aún cuando es cierto que al concretar el cargo de manera equivocada la sociedad recurrente acusó la sentencia por la violación indirecta de la ley sustancial, considero que ese desacierto podía ser superado por cuanto del contexto del desarrollo de la acusación resulta dable entender que en realidad se denunció una violación de puro derecho, pues toda su argumentación estuvo dirigida a demostrar una aplicación indebida de las normas que citó en la proposición jurídica, por tener naturaleza compartida el pago de la pensión a la que fue condenada. Sin embargo, como respecto de las mismas disposiciones legales conjuntamente con esa modalidad de violación se acusó la infracción directa, que es desde luego incompatible, estimo que esta falla en la técnica del recurso, que acertadamente se destacó por la Sala, es suficiente para desestimar la acusación.


Fecha ut supra.




GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA