Corte Suprema condena a conductor
borracho a pagar 18 años de prisión
32964
(28-08-10) VISTOS
Se resuelve el recurso de casación interpuesto por el defensor del
procesado Rodolfo Sebastián Sánchez Rincón, contra la sentencia
proferida por el Tribunal Superior de Bogotá el 28 de julio de 2009,
mediante la cual lo condenó, a título de dolo eventual, por los
homicidios de RICARDO ALEJANDRO PATIÑO y JOSE LIZARDO ARISTIZABAL
VALENCIA
CASACION 32964
RODOLFO SEBASTIAN SANCHEZ RINCON
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Aprobado Acta No. 267
Magistrado Ponente
Dr. JOSE LEONIDAS BUSTOS MARTINEZ
Bogotá D.C., veinticinco de agosto de dos mil diez.
Acción de tutela contra el Juzgado Promiscuo del Circuito de
Yolombó - Antioquia. Tutela contra providencia judicial y
defecto fáctico como causal específica de procedencia.
Defecto fáctico por la omisión en el decreto y práctica de
pruebas. Defecto fáctico por la no valoración del acervo
probatorio.
....
Acción de tutela contra la Gobernación del
Cesar, Secretaría de Deporte y Recreación. Caso en que la
entidad territorial vulneró el derecho fundamental a la
igualdad cuando contempló estímulos de orden económico para
deportistas que ganaron medallas en los Juegos Deportivos
Nacionales, y no para los que participaron en los Juegos
Paralímpicos Nacionales. Principio de igualdad y su
dimensión de no discriminación.
.........
Acción de tutela contra la
Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y
de Justicia. Obligación del Estado de proteger el derecho a
la vida. Protección especial a cargo del Estado teniendo en
cuenta los niveles de riesgo. Se concede la tutela y se
ordena que en el término de 48 horas contadas a partir de la
notificación de la sentencia, se evalúen de nuevo los
factores de riesgo y reales amenazas actualmente existentes
contra la vida e integridad personal del demandante y su
núcleo familiar, para que se implementen cuanto antes las
medidas de seguridad que su situación amerite.
Acción de tutela contra la
Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura. Caso en que el
demandante solicita la protección de su derecho fundamental
al trabajo que considera ha sido vulnerado por la demandada
al prohibirle el ingreso a su lugar de trabajo por el
término de un año. Derecho fundamental al debido proceso en
las relaciones entre particulares. Como la sanción impuesta
al demandante por un año, finalizó durante el trámite de
revisión ante la Corte Constitucional, este hecho hace
concluir que en el caso bajo examen se presenta una carencia
actual de objeto por daño consumado. Se previene a la
sociedad demandada para que en el futuro se abstenga de
aplicar sanciones a los trabajadores del puerto con
desconocimiento del procedimiento estipulado en su
reglamento interno de seguridad.
Acción de tutela contra la
Alcaldía Municipal de Fusagasuga. Caso en que se presentó la
ocupación de viviendas de interés social por parte de
familia desplazada. Decisión tomada por la Alcaldía
Municipal de desalojar mediante querella policiva de
lanzamiento por ocupación de hecho, a los desplazados
tutelantes. Vulnerabilidad extrema de la población
desplazada y la obligación de otorgarle un trato
preferencial. Naturaleza jurídica del derecho a la vivienda
en el caso de la población desplazada. El principio de
progresividad y los derechos de los desplazados. Incidencia
del desplazamiento violento en los derechos fundamentales de
subgrupos de población desplazada: niños, mujeres y personas
de la tercera edad. Estado de cosas inconstitucional en el
caso de los desplazados. Desalojo forzoso en el caso de los
desplazados. Responsabilidad del Estado y de autoridades
públicas en la atención a la población desplazada. Garantía
de nueve derechos mínimos de desplazados. Carta de derechos
básicos de los desplazados. Se concede la tutela y se dan
varias órdenes.
Acción de tutela
contra la Oficina Nacional para la Prevención y Atención de
Desastres. Derecho a la vivienda digna. Naturaleza, alcance
y exigibilidad por tutela. Marco normativo del proceso de
reubicación de hogares situados en zonas declaradas como de
alto riesgo. Se concede el amparo de los derechos
fundamentales a la vivienda digna, en conexidad con los
derechos a la vida e integridad física de los demandantes.
Se ordena ubicarlos en un albergue transitorio y luego
reubicarlos definitivamente en una vivienda digna, en un
término no mayor a 6 meses contados a partir de la
notificación de la sentencia.
Acción de tutela
contra Colmédica E.P.S. Caso en que a las demandantes les
informaron que habían sido desvinculadas a solicitud de los
cónyuges cotizantes, por existir en cada caso, separación de
bienes y de cuerpos. Protección del derecho fundamental a la
salud y principio de continuidad en la prestación del
servicio. Debido proceso para la desafiliación de Cónyuge
dependiente. Se tutela el derecho fundamental a la salud de
las demandantes.
Acción de tutela
contra el Gobernador del Cauca y el Alcalde de Popayán. Caso
en que la demandante, quien lleva 20 años en silla de
ruedas, considera vulnerados sus derechos fundamentales a la
dignidad humana, igualdad y locomoción. Obligación del
Estado de brindar una protección especial a las personas
discapacitadas. Alcances de la libertad de locomoción y de
acceso en igualdad de condiciones a instalaciones y
edificios abiertos al público. Sí es procedente la acción de
tutela en este caso y no las acciones consagradas en los
artículos 87 y 88 de la CP. Por cuanto se trata de derechos
fundamentales de la accionante, quien además actúa a título
personal. Instalación de rampas en la Gobernación para
facilitar el ingreso de los discapacitados, en un plazo
razonable no mayor de 6 meses para que se ejecuten las obras
contratadas y se tomen las medidas indicadas para la
efectiva eliminación de las barreras arquitectónicas que
provocan la violación al derecho de locomoción de la
accionante.