RESOLUCIÓN 003220 DE 2011

(noviembre 11)

por la cual se resuelve una investigación administrativa contra el Departamento del Guainía, identificado con NIT. 892.099.149-0, y a título personal, en contra del doctor Iván Vargas Silva Ex Gobernador del Departamento de Guainía.

Superintendencia Delegada Para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para Salud, en cumplimiento de sus funciones y facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes 100 de 1993, 643 de 2001, 1122 de 2007 y 1438 de 2011; el Decreto 1018 de 2007; la Resolución 1212 de 2007 de la Superintendencia Nacional de Salud; en concordancia con Código Contencioso Administrativo y,

CONSIDERANDO:

(…)

RESUELVE:

Artículo 1°. Sancionar al Departamento de Guainía, identificado con NIT. 892.099.149-0, representado legalmente por la doctora Julieta Gómez de Cortes o por quien haga sus veces con multa equivalente a seiscientos veintiséis (626) salarios mínimos mensuales legales vigentes a la fecha de expedición del presente acto administrativo, por las razones expuestas.

Parágrafo. El valor de la multa impuesta, deberá ser consignada en la cuenta corriente número 031-7054600-2 de Bancolombia, denominada Recursos por Multas de la Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de la presente resolución. Copia del respectivo recibo de consignación deberá enviarse a la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, en la Carrera 7 No. 32-16 piso 16 Torre Norte edificio San Martín de esta ciudad, a más tardar dentro de los cinco días siguientes al pago, so pena de iniciarse su cobro por jurisdicción coactiva.

Artículo 2°. Sancionar a Iván Vargas Silva, identificado con cedula de ciudadanía número 79348376 de Bogotá, con multa equivalente a cincuenta y dos (52) salarios mínimos mensuales legales vigentes a la fecha de expedición del presente acto administrativo, por las razones expuestas.

Parágrafo. El valor de la multa impuesta, deberá ser consignado en la cuenta corriente No. 031-7054600-2 de Bancolombia, denominada Recursos por Multas de la Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de la presente resolución. Copia del respectivo recibo de consignación deberá enviarse a la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, en la Carrera 7 No. 32-16 piso 16 Torre Norte Edificio San Martín de esta ciudad, a más tardar dentro de los cinco días siguientes al pago, so pena de iniciarse su cobro por jurisdicción coactiva.

Artículo 3°. Notificar personalmente la presente decisión a la doctora Julieta Gómez de Cortes en calidad de representante legal del Departamento de Guainía, o quien haga sus veces, para lo cual se enviará oficio de citación al Edificio de la Gobernación- Avenida Fundadores- Carrera 8,de la ciudad Inírida en el Departamento de Guainía, informando que contra la misma procede el Recurso de Reposición ante este Despacho y el Recurso de Apelación ante el Superintendente Nacional de Salud, del cual podrá hacer uso por escrito en el momento de la diligencia de notificación o dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.

Parágrafo. En caso de no ser posible la notificación personal, se procederá de conformidad con las prescripciones del artículo 45 y siguientes del Código Contencioso Administrativo.

Artículo 4°. Notificar personalmente el contenido del presente acto administrativo al doctor Iván Vargas Silva, Gobernador del Departamento Guainía para la época de los hechos investigados, informando que contra la misma procede el Recurso de Reposición ante este Despacho y el Recurso de Apelación ante el Superintendente Nacional de Salud, del cual podrá hacer uso por escrito en el momento de la diligencia de notificación o dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.

Parágrafo 1°. Teniendo en cuenta que este despacho no tiene dirección de residencia del doctor Iván Vargas Silva, con fundamento en el artículo 6° de la Ley 489 de 1998, ordena remitir citación para su notificación personal a la división de personal o recursos humanos, o quien haga sus veces, de la Gobernación de Guainía, a fin de que la haga llegar en la mayor brevedad posible al último domicilio que aparezca en la hoja de vida del doctor Iván Vargas Silva y se envié a esta entidad constancia de recibido.

Parágrafo 2°. En caso de no ser posible la notificación personal, se procederá de conformidad con las prescripciones del artículo 45 y siguientes del Código Contencioso Administrativo.

Artículo 5°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Notifíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a 11 de noviembre de 2011

La Superintendente Delegada Para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos Para la Salud,

Claudia Constanza Rivero Bentancur.

(C. F.).