RESOLUCIÓN 000795 DE 2013
(mayo 14 DE 2013)


p
or medio de la cual se designa a un Agente Especial liquidador.

 


El Superintendente Nacional de Salud,

 

en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el artículo 230 de la Ley 100 de 1993, el artículo 116 del Decreto-ley 663 de 1993, el Decreto número 1018 de 2007, el artículo 9.1.2.1.1 del Decreto número 2555 de 2010, y

 


CONSIDERANDO:

 


Que mediante la Resolución número 000735 del 6 de mayo de 2013, se ordenó la toma de posesión para Liquidar el Programa de Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo (EPS) y del Programa de Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS) de la Sociedad Solidaria de Salud Solsalud EPS S. A.;


Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 291 del Estatuto Orgánico del sistema financiero y concordancia con lo dispuesto en el Decreto número 1018 de 2007, le corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, designar al agente Especial Liquidador, quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social, Estatuto Orgánico del Sistema financiero y demás normas que le sean aplicables;


Que de conformidad con el numeral 6 del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Agente Especial Liquidador ejercerá funciones públicas transitorias, previa posesión, lo cual no constituye ni establece relación laboral alguna con la Superintendencia Nacional de Salud;


Que el comité de intervenciones, en sesión del día 14 de mayo de 2013, según consta en el Acta número 83, recomendó designar a doctor Fernando Hernández Vélez, identificado con cédula de ciudadanía número 4612426 de Popayán, como persona idónea para ejercer las funciones de Agente Especial Liquidador para el Programa de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo (EPS) y el Programa de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS) de la Sociedad Solidaria de Salud Solsalud EPS S. A.


En mérito de lo expuesto, este Despacho,

 


RESUELVE:

 


Artículo 1°. Remover como Agente Especial Liquidador del Programa de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo (EPS) y el Programa de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS) de la Sociedad Solidaria de Salud Solsalud EPS S. A. al doctor Mario Alberto Posada, identificado con cédula de ciudadanía número 79451740 de Bogotá.


Parágrafo. El doctor Mario Aberto Posada, identificado con cédula de ciudadanía número 79451740 de Bogotá, deberá rendir un informe consolidado de las actividades realizadas durante su permanencia en la entidad objeto de la liquidación ante la Delegada para Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a su retiro.


Artículo 2° Designar como Agente Especial Liquidador del Programa de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo (EPS) y el Programa de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS) de la Sociedad Solidaria de Salud Solsalud EPS S. A. al doctor Fernando Hernández Vélez, identificado con cédula de ciudadanía número 4612426 de Popayán.


Parágrafo 1°. El Agente Especial liquidador, designado ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social y Estatuto Orgánico Financiero y demás normas que le sean aplicables, para el efecto podrá solicitar que se le decreten y practiquen las medidas necesarias para dar cumplimiento a la toma de posesión. Así mismo, ejercerá las funciones de representante legal del Programa de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo (EPS) y el Programa de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS) de la Sociedad Solidaria de Salud Solsalud EPS S. A.


Parágrafo 2°. El agente especial Liquidador designado ejercerá las funciones propias de su cargo, previa posesión del mismo y tendrá la guarda y administración de los bienes que encuentre en poder de la entidad, junto con los demás deberes y facultades de ley. También deberá garantizar la prestación de salud a la población afiliada al programa de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo (EPS) y el Programa de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS) de la Sociedad Solidaria de Salud Solsalud EPS S. A., hasta tanto, no se lleve a cabo el traslado de los afiliados, cumpliendo para el efecto con lo ordenado en la Resolución No 000735 de 06 de mayo de 2013.


Artículo 3°. Notificar el Agente Especial Liquidador para comparecer ante el Despacho del Superintendente Delegado para Medidas Especiales, a tomar posesión dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación del presente acto administrativo.


Artículo 4°. Comunicar el contenido de la presente resolución al doctor Mario Aberto Posada, identificado con cédula de ciudadanía número 79451740 de Bogotá.


Artículo 5°. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial.


Artículo 6°. La presente resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno.

 


Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 14 de mayo de 2013.
El Superintendente Nacional de Salud,
Gustavo Enrique Morales Cobo