RESOLUCIÓN 001461 DE 2014
(julio 31 de 2014)
por medio de la cual se suspenden los términos en las
actuaciones y procesos administrativos sancionatorios que adelanta el Despacho
de la Superintendente Delegada de Procesos Administrativos de la
Superintendencia Nacional de Salud.
El Superintendente
Nacional de Salud,
en ejercicio de sus facultades legales delegadas en virtud de lo dispuesto en el artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, así como las conferidas en el numeral 1 del artículo 7° del Decreto 2462 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad. Así mismo las autoridades administrativas
deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del
Estado.
Que la Delegada de Procesos Administrativos entró en funcionamiento en enero del
presente año. La creación de esta dependencia fue el resultado del proceso de
reestructuración ordenado por los Decretos 2462 y 2463 de 2013.
Que en desarrollo de lo anterior, la Delegada de Procesos Administrativos
recibió 4197 expedientes correspondientes a los procesos administrativos
sancionatorios que hasta ese momento estaban siendo adelantados en otras
dependencias de la entidad. Con la información recibida, esta Delegada adelantó
un proceso de depuración, consolidación, y análisis de los procesos de su
competencia y del estado procesal de cada uno de ellos. Con ese fin, revisó
todos los expedientes recibidos y realizó un diagnóstico preliminar de algunos
de ellos. Los resultados de este proceso fueron presentados al equipo directivo
y fueron registrados en el Acta del 13 de febrero de 2014, suscrita por el
Superintendente Nacional de Salud, los Superintendentes Delegados de Procesos
Administrativos, Supervisión Institucional, Protección al Usuario y Supervisión
de Riesgos, y el Jefe de Control Interno para dar cuenta del número de
expedientes remitidos por cada dependencia y el estado en el que se entregaron.
Que este diagnóstico preliminar fue efectuado con base en una revisión del
Sistema de Investigaciones Administrativas (SIAD), de la consulta detallada de
los expedientes y de comparar lo que se observa en las carpetas con el contenido
de las bases electrónicas disponibles.
Que mediante Resolución 000448 del 06 de marzo de 2014, la cual fue modificada
en cuanto a su entrada en vigencia, se conformaron los grupos internos de
trabajo en el Despacho del Superintendente Delegado de Procesos Administrativos
de la Superintendencia Nacional de Salud.
Que la conformación antes mencionada fue modificada por la Resolución 001036 de
11 de junio de 2013, por medio de la cual se crearon nuevos grupos internos de
trabajo y se nombraron coordinadores.
Que actualmente, en virtud de las modificaciones de la planta global de la
entidad, el retiro de las personas que prestaban servicios profesionales
mediante contrato a la Delegada de Procesos Administrativos y la entrada de
funcionarios nuevos a la planta de dicha Delegada, se hace necesario
reestructurar nuevamente las funciones y los grupos internos de trabajo.
Que este proceso implica un trámite de traslado y reasignación de expedientes,
que puede implicar riesgos de pérdidas o afectación de la integralidad de los
mismos.
Que en consecuencia, se considera necesario que la Delegada de Procesos
Administrativos implemente una metodología de reasignación de los expedientes de
procesos administrativos sancionatorios a su cargo, mediante la cual se busque
precaver los riesgos a los cuales pueden verse expuestos dichos expedientes en
el trámite anteriormente descrito.
Que este proceso implica la interrupción del normal funcionamiento de la
Delegada de Procesos Administrativos, razón por la cual se hace necesario
suspender los términos procesales de los procesos e investigaciones
administrativas que tiene a su cargo.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º. Suspender por el término de ocho (8) días
calendario que corresponderán desde el 1º de agosto hasta el 8 de agosto de
2014, los términos establecidos para dar trámite y respuesta a todos los
procesos y actuaciones administrativas en curso en el Despacho del
Superintendente Delegado de Procesos Administrativos.
Parágrafo: Se garantizará el derecho constitucional fundamental de petición y se
implementarán acciones para responder de fondo y dentro del término legal los
que se encuentren en trámite. El trámite y respuesta a los derechos de petición,
recursos y demás actuaciones administrativas estará sujeto a lo dispuesto en
este artículo.
Artículo 2º. Publicar esta resolución en el Diario
Oficial y en la página institucional de la Superintendencia Nacional de Salud
www.supersalud.gov.co.
Artículo 3º. La presente resolución rige a partir de la
fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2014.
El Superintendente Nacional de Salud,
Gustavo Enrique Morales Cobo.