RESOLUCIÓN 001485 DE 2014
(agosto 6 de 2014)
por medio de la cual se modifica el Plan Anual de Gestión de la
Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia fiscal del año 2014.
El Superintendente
Nacional de Salud,
en ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas por el artículo 36 del Decreto número 775 de 2005, el artículo 7° del Decreto número 2462 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 775 de 2005 estableció como deber de cada Superintendente
aprobar para cada vigencia fiscal, el Plan Anual de Gestión para el año
siguiente, definiendo mecanismos de participación de todos los servidores
públicos de la entidad para su elaboración y consolidación.
Que en cumplimiento a lo anterior, se elaboró el Plan Anual de Gestión de la
Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia 2014, con la participación
de servidores públicos del Despacho del señor Superintendente, la Secretaría
General, las Superintendencias Delegadas, las Oficinas Asesoras y demás
Oficinas, siendo consolidado por la Oficina Asesora de Planeación, con el fin de
obtener un instrumento de planeación, que incluyera los objetivos, metas,
actividades e indicadores de la entidad, permitiendo hacer seguimiento y
evaluación a la gestión misional y administrativa de la entidad.
Que el Decreto número 2462 del 7 de noviembre de 2013, por medio del cual se
modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud, establece las
funciones específicas para cada una de las nuevas dependencias, en concordancia
con los objetivos señalados en el artículo 39 de la Ley 1122 de 2007.
Que la Superintendencia Nacional de Salud, mediante Resolución número 1038 de
2013, modificada posteriormente mediante Resolución número 000293 de 2014,
conformó el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, como “instancia
en donde se discutirán todos los temas referentes a las políticas de desarrollo
administrativo a nivel institucional.”
Que mediante Resolución número 2352 de 2013, se aprobó el Plan Anual de Gestión
de la Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia Fiscal 2014,
estableciendo que “las modificaciones a cualquier componente del Plan Anual de
Gestión 2014 obedecerán a cambios de política institucional o sectorial, no
disponibilidad presupuestal comprobada, acciones externas a la gobernabilidad de
la entidad y tendrán que ser debidamente justificadas y direccionadas únicamente
por la(el) Secretaria(o) General, los (las) Superintendentes Delgados(as), Jefe
de Oficina Asesora, Jefe de Oficina, o quien haga sus veces, a través de
memorando interno dirigido a la Oficina Asesora de Planeación….”
Que a través de comunicaciones oficiales que reposan en el sistema de
información elevadas por parte de la Superintendencia Delegada para la
Protección al Usuario y la Participación Ciudadana, Superintendencia Delegada
para la Supervisión Institucional, Superintendencia Delegada para la Función
Jurisdiccional y Conciliación, Superintendencia Delegada para la Supervisión de
Riesgos, Superintendencia Delegada de Procesos Administrativos, Secretaria
General, Oficina Asesora de Comunicaciones Estratégicas e Imagen Institucional,
Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis del Riesgo, y la Oficina
Asesora de Planeación se presentaron solicitudes de modificación del Plan Anual
de Gestión para la presente vigencia.
Que en concordancia con lo previsto en la Resolución número 817 del 8 de mayo de 2014, artículo 4°, en virtud del cual se modificó el parágrafo 1° de la Resolución número 2352 de 2013, las modificaciones del Plan Anual de Gestión 2014, serán aprobadas por el Superintendente Nacional de Salud, mediante acto administrativo actualizando el anexo que contiene el respectivo PAG, previa presentación ante el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo para su conocimiento y recomendación en su adopción.
Que teniendo en cuenta que la aprobación de algunas de las modificaciones al
Plan Anual de Gestión requieren el concepto favorable por parte del Departamento
Nacional de Planeación, aquellas que sean susceptibles de pronunciamiento previo
por parte del DNP, su aprobación quedará condicionada al concepto favorable de
dicha entidad.
Que en mérito de lo expuesto, es necesario modificar el Plan Anual de Gestión de
la entidad, actualizando el anexo correspondiente en virtud de la recomendación
presentada por el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo.
Que en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modificar el Plan Anual de Gestión de la
Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia 2014, contenido en el
documento anexo a la presente resolución.
Parágrafo. La modificación adoptada en el presente acto administrativo fue objeto de verificación y recomendación, en el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo de la entidad celebrado el día 5 de agosto de 2014 según Acta número 11 del citado Comité, la cual hace parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2°. La Oficina Asesora de Planeación mantendrá
un ejemplar del Plan Anual de Gestión 2014 en copia dura y entregará al Despacho
del Señor Superintendente, la Secretaría General, las Superintendencias
Delegadas, las Oficinas Asesoras y las demás Oficinas una copia del contenido en
medio magnético para su conocimiento y cumplimiento.
Igualmente, la Oficina de Tecnología de la Información publicará en la Intranet
y en el sitio Web de la entidad un ícono denominado Plan Anual de Gestión 2014,
para que pueda ser consultado y conocido por cada uno de los servidores públicos
de la Superintendencia Nacional de Salud y la Ciudadanía.
Artículo 3°. Corresponde al (la) Secretario(a) General, a
los(as) Superintendentes Delegados, los(as) Jefes de Oficinas Asesoras y los(as)
Jefes de Oficina impartir de forma oportuna la orientación e instrucciones
necesarias para la ejecución y cumplimiento por parte de los servidores públicos
a su cargo, del Plan Anual de Gestión 2014 de la Superintendencia Nacional de
Salud.
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la
fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C. a 6 de agosto de 2014.
El Superintendente Nacional de Salud,
Gustavo Enrique Morales Cobo.