RESOLUCIÓN 000297 DE 2015

 

RESOLUCIÓN 000297 DE 2015


(marzo 5 de 2015)

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or medio de la cual se hace una delegación de funciones.
 


El Superintendente Nacional de Salud,

 

en ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas en la Constitución Política de Colombia artículos 209 y 211, Ley 489 de 1998, el Decreto número 2462 de 2013, y
 


CONSIDERANDO



Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones;

Que el artículo 211 de la Constitución Política señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar sus funciones en sus subalternos o en otras autoridades administrativas;

Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, acorde con el artículo 211 de la Constitución Política, prevé que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines y complementarias, así como la atención y decisión de los asuntos a ellos conferidos por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la mencionada Ley 489 de 1998, la delegación requiere de un acto formal de delegación, en el cual se exprese la decisión del delegante, el objeto de la delegación, el delegatario y las condiciones de tiempo, modo y lugar para el ejercicio de la delegación;

Que el numeral artículo 7º, numeral 1 del Decreto número 2462 de 2013 establece que corresponde al Superintendente Nacional de Salud, dirigir la acción administrativa de la Superintendencia y el cumplimiento de las funciones que a la Entidad le corresponde;

Que mediante Resolución número 280 del 2 de marzo de 2015 se nombró con carácter ordinario a la señora María Isabel Cañón Ospina, identificada con cédula de ciudadanía número 31946574, en el empleo de Superintendente Delegado Código 0110 Grado 23, adscrito a la Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación, quien tomará posesión del empleo el día 6 de marzo de 2015;

Que mediante acto administrativo número 195 del 3 de marzo de 2015 se confirió comisión de servicios al señor Norman Julio Muñoz Muñoz, identificado con cédula de ciudadanía número 79465648 quien ocupa el empleo de Superintendente Código 0030 Grado 25, para que se desplace a la ciudad de Bucaramanga desde el 5 de marzo hasta el 6 de marzo de 2015, por lo que no se encontrará en la Ciudad de Bogotá;

Que teniendo en cuenta lo anterior, se procederá a delegar la facultad de tomar el juramento y dar posesión a la señora María Isabel Cañón Ospina, identificada con cédula de ciudadanía número 31946574, en el empleo de Superintendente Delegado Código 0110 Grado 23, adscrito a la Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación;

Que en mérito de lo expuesto este Despacho,
 


RESUELVE



Artículo 1. Delegar en el empleo de Secretario General Código 0037 Grado 23 la facultad de tomar el juramento y dar posesión a la señora María Isabel Cañón Ospina, identificada con cédula de ciudadanía número 31946574, en el empleo de Superintendente Delegado Código 0110 Grado 23, adscrito a la Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación.
 


Artículo 2. Publicación y comunicación. Publicar el contenido de la presente resolución y comunicar su contenido al Secretario General Código 0037 Grado 23, para que proceda de conformidad.



Artículo 3. Régimen de Delegación. De conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 489 de 1998 el Superintendente Nacional de Salud, puede en cualquier momento reasumir la competencia delegada en el presente acto administrativo y revisar los actos administrativos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones del Código Contencioso Administrativo.
 


Artículo 4. Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de su publicación, y contra ella no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de carácter general de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
 


Publíquese, comuníquese, y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 5 de marzo de 2015.

La Superintendente Nacional de Salud,
Norman Julio Muñoz Muñoz.