RESOLUCIÓN 002424 DE 2016
(agosto 18 DE 2016)
por medio de la cual se suspende la atención al usuario, en la
Regional, Chocó de la Superintendencia Nacional de Salud.
El Superintendente
Nacional de Salud,
en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo 7° del Decreto 2462 de 2013, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto 2462 de 2013 se modificó la estructura de la entidad, señalando en el numeral 1 del artículo 7°, como función del Superintendente Nacional de Salud, “dirigir la acción administrativa de la Superintendencia y el cumplimiento de las funciones que a la Superintendencia Nacional de Salud le corresponden”.
Que a propósito de los hechos acaecidos en el departamento del Chocó, sus
treinta (30) municipios y en especial en su capital Quibdó, relacionados con el
paro cívico decretado por la sociedad civil, lo cual, ha generado el cierre de
los establecimientos de comercio, educativos y diferentes despachos de entidades
estatales del orden nacional y departamental, se hace necesario tomar medidas
para preservar la integridad de los servidores públicos de la Superintendencia
Nacional de Salud.
Que los anteriores hechos implican la inmediata interrupción del normal
funcionamiento de la Sede Regional de la Superintendencia Nacional de Salud en
la ciudad de Quibdó, principalmente en la atención al usuario, recepción y envió
de correspondencia, motivo por el cual es imperioso suspender por un término
prudencial la atención al usuario en la Regional Quibdó, hasta que garantice el
normal funcionamiento, medida encaminada exclusivamente a proteger el personal
que allí labora, como precaver cualquier daño contra las instalaciones de la
entidad.
Que de manera consecuente no se prestará el servicio en la sede regional Chocó,
ubicada en la ciudad de Quibdó, Carrera 9 número 25-03 barrio Alameda Reyes.
Sector Chamblum.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1. Suspender la atención al usuario en la
Regional Chocó, ubicada en la ciudad de Quibdó, Carrera 9 número 25-03 barrio
Alameda Reyes. Sector Chamblum, durante los días 18 y 19 de agosto de 2016,
fechas durante las cuales no se recibirá, radicará, ni enviará correspondencia,
de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
Artículo 2. Publicar la presente resolución
en el Diario Oficial y en la página web de la entidad.
Artículo 3. La presente resolución rige a partir de su
publicación.
Publíquese y Cúmplase.
Agosto 18 de 2016.
El Superintendente Nacional de Salud,
Norman Julio Muñoz Muñoz