
LEY 359 DE 1997
(enero 31)
Diario Oficial No. 42.975 de 6 de febrero de 1997
Por la cual se exalta la vida y obra de tres grandes poetas
afrocolombianos y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTÍCULO
1o. La
República de Colombia le rinde tributo de admiración y exalta la vida y obra de
los grandes y distinguidos poetas, afrocolombianos Jorge Artel, Miguel A.
Caicedo y Helcías Martán Góngora, por su contribución a la literatura
colombiana, destaca sus obras poéticas y pone como ejemplos a las generaciones
presentes y futuras, sus vidas de grandes servidores y baluartes de las
comunidades afrocolombianas.
ARTÍCULO
2o. Como
homenaje a la memoria y a la obra de Jorge Artel, la Nación construirá en el
Municipio de Cartagena un monumento a su memoria.
ARTÍCULO
3o. Como
homenaje perenne a la memoria y a las obras de Jorge Artel, la Nación construirá
en el Municipio de Tadó y Quibdó, sendas estatuas del gran poeta, las cuales
serán encargadas a dos escultores colombianos, con base en concurso de méritos
que abrirá el Instituto Colombiano de Cultura o quien haga sus veces, para tal
efecto.
ARTÍCULO
4o. Como
homenaje a la memoria y a la obra de Helcías Martán Góngora, la Nación
construirá en el Municipio de Guapí una estatua del gran poeta.
ARTÍCULO
5o. El
Gobierno Nacional editará las obras completas de los grandes y distinguidos
poetas afrocolombianos Jorge Artel, Miguel A. Caicedo y Helcías Martán Góngora,
en un tiraje no inferior a diez mil ejemplares.
ARTÍCULO
6o. Como
homenaje perenne a la colonización del Pacífico, realizada por las comunidades
afrocolombianas, la Nación, construirá en el Municipio de Buenaventura, el
monumento a la misma.
ARTÍCULO
7o. El
Gobierno apropiará las partidas necesarias para la realización de las obras
contempladas en esta ley.
ARTÍCULO
8o. Esta
Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
LUIS FERNANDO LONDOÑO CAPURRO.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
PEDRO PUMAREJO VEGA.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
GIOVANNI LAMBOGLIA MAZZILLI.
El Secretario General de la honorable Cámara de
Representantes,
DIEGO VIVAS TAFUR.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL.
Publíquese y ejecútese.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 31 de enero de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO.
El Ministro de Educación Nacional,
JAIME NIÑO DIEZ