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LEY 405 DE 1997
(septiembre 30)
Diario Oficial No. 43141 de 2 de octubre de 1997
Por medio de la cual se aprueba HREF="La enmienda al párrafo 7 del artículo 17 y al párrafo 5 del artículo 18 de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes", adoptada en Nueva York, el 8 de septiembre de 1992
*Resumen de Notas de vigencia*
Notas de vigencia: |
1. Ley declarada EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-268-98 de 6 de junio de 1998, Magistrado Ponente Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz. |
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
DECRETA: Visto el texto de HREF="La enmienda al párrafo 7 del artículo 17 y al párrafo 5 del artículo 18 de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes", adoptada en Nueva York, el 8 de septiembre de 1992.del Ministerio de Relaciones Exteriores
HACE CONSTAR: Que la presente reproducción es fiel copia tomada del texto certificado de HREF="La enmienda al párrafo 7 del artículo 17 y al párrafo 5 del artículo 18 de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes", adoptada en Nueva York, el 8 de septiembre de 1992, que reposa en los archivos de la Oficina Jurídica de este Ministerio.del mes de julio de mil novecientos noventa y seis (1996).
Jefe Oficina Jurídica,HECTOR ADOLFO SINTURA VARELA.
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICOPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Santa Fe de Bogotá, D. C., 23.02.96 Aprobado. Sométase a la consideración del honorableCongreso Nacional para los efectos constitucionales.
(Fdo.) ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones Exteriores,(Fdo.) RODRIGO PARDO GARCIA-PEÑA.
DECRETA: ARTICULO 1o. Apruébase HREF="La enmienda al párrafo 7 del artículo 17 y al párrafo 5 del artículo 18 de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes", adoptada en Nueva York, el 8 de septiembre de 1992.AMYLKAR ACOSTA MEDINA.
El Secretario General del honorable Senado de la República,PEDRO PUMAREJO VEGA.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,CARLOS ARDILA BALLESTEROS.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,DIEGO VIVAS TAFUR.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL.Comuníquese y publíquese.
Ejecútese previa revisión de la Corte Constitucional,conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro de Relaciones Exteriores,encargado de las Funciones del Despacho
de la Ministra de Relaciones Exteriores,CAMILO REYES RODRIGUEZ.