LEY 500 DE 1999
(mayo 25)
Diario Oficial No 43.588, de 27 de mayo de 1999
EL CONGRESO DE COLOMBIA
Por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 445
años de la fundación del municipio de Mariquita en el departamento del Tolima y se
autorizan apropiaciones presupuestales para obras de
infraestructura.
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. La
Nación se asocia a la celebración de los cuatrocientos cuarenta y cinco (445)
años de la fundación del municipio de Mariquita en el departamento del
Tolima.
ARTÍCULO 2o.
Autorízase al Gobierno Nacional para incorporar dentro del presupuesto general
de la nación, y/o impulsar a través del sistema nacional de cofinanciación
apropiaciones presupuestales hasta por la suma de mil doscientos millones de
pesos ($1.200.000.000), que permitan la ejecución de las siguientes obras de
infraestructura en el municipio de Mariquita en el departamento del
Tolima.
Reconstrucción y modernización de la bocatoma, red de
conducción, planta de tratamiento, red de distribución y tanques de
almacenamiento, del acueducto de la zona urbana de Mariquita.
ARTÍCULO 3o. El
Gobierno Nacional queda facultado para realizar las operaciones presupuestales
necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 4o. Esta
ley rige a partir de la fecha de su sanción.
El Presidente del honorable Senado de la República,
El Secretario General del honorable Senado de la
República,
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
GUSTAVO BUSTAMANTE MORATTO.
El Secretario General de la honorable Cámara de
Representantes,
REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO
NACIONAL.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 1999.
JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,