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Auto 052/14
Expediente T-3.705.11.1
Acción de tutela instaurada por Miguel Ángel Durán Gelvis contra la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Magistrado ponente:
LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
Bogotá D.C., once (11) de marzo de dos mil catorce (2014).
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, resuelve la solicitud de recusación formulada en el proceso de revisión de tutela de la referencia.
I. ANTECEDENTES
3. Conforme a lo expuesto, debe la Corte pronunciarse sobre la pretendida excepción de inconstitucionalidad, pues es un paso previo para limitar la aplicación en el caso analizado, como lo sostiene el peticionario, de la prohibición general de recusaciones en sede de revisión de tutela.
II. CONSIDERACIONES
Improcedencia de la recusación en revisión de acciones de tutela
Adicionalmente, la solicitud del actor no explica por qué la norma viola el debido proceso, puesto que solamente afirma la presunta contradicción entre la norma reglamentaria y el derecho al debido proceso, pero no explica cómo una prohibición como la analizada tiene como consecuencia alterar la independencia de la Sala de Revisión que tiene a su cargo el asunto de la referencia, en tanto juez colegiado. Este argumento es imprescindible para poder asumir la excepción aducida.
Con base en las razones expuestas, la Sala Plena de la Corte
RESUELVE
RECHAZAR POR IMPROCEDENTE la recusación formulada por el ciudadano Miguel Ángel Durán Gelvis contra el magistrado Alberto Rojas Ríos, referida a la revisión de los fallos de tutela contenidos en el expediente T-3.705.111
Comuníquese al peticionario y cúmplase.
LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
Presidente
MARÍA VICTORIA CALLE CORREA
Magistrada
MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
Magistrado
Con aclaración de voto
LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
Magistrado
GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
Magistrado
JORGE PALACIO PALACIO
Magistrado
NILSON PINILLA PINILLA
Magistrado
JORGE IGNACIO PRETEL CHALJUB
Magistrado
Ausente con excusa
ALBERTO ROJAS RÍOS
Magistrado
No interviene
MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Secretaria General