C 364 93
C-364-93 Sentencia C-364/93 IMPUESTO DE EXCESO DE UTILIDADES El producto del gravamen especial -temporalmente retenido por la institución financiera- se destina a la Nación (sujeto activo) y se cobra en su exclusivo beneficio; la persona que debe soportar la erogación en favor del fisco (sujeto pasivo) es el acreedor del crédito […]
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