Sentencias 1992

C 608 92

C-608-92 Sentencia No. C-608/92 TRANSITO CONSTITUCIONAL El estudio constitucional del artículo 25 de la ley 49 de 1990, objeto de acusación, y en el cual se confieren facultades extraordinarias al Presidente de la República, ha de hacerse a la luz de la normatividad constitucional en vigor al momento en que se expidió dicho precepto, ya que conforme a claros principios sobre la aplicabilidad de las normas jurídicas en el espacio y en el tiempo, las leyes que regulan la competencia y las que señalan solemnidades o ritualidades para la expedición de un acto, solo rigen para el futuro, mas no ...

C 607 92

C-607-92 Sentencia No. C-607/92 DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Vicios de Forma Se trata de una demanda por vicios de forma en la expedición de la Ley 1a. de 1992. Allí mismo se aprecia que los vicios de procedimiento fueron debidamente subsanados. Por tanto, desde el punto de vista formal, la Ley 1a. de 1992 ha sido debidamente expedida y es en consecuencia conforme con la Constitución, por lo cual esta Corporación declarará su exequibilidad. LEY-Trámite/DEBATE-Días calendario El Reglamento del Congreso de la República es aquí aplicable, a pesar de haber sido expedido con posterioridad a la disposición acusada, por ser en este ...

C 606 92

C-606-92 Sentencia No. C-606/92 DERECHO AL TRABAJO-Reglamentación Las reglamentaciones que se establezcan al derecho al trabajo no pueden en ningún caso desconocer la garantía constitucional que de su dimensión objetiva se desprende. En esta materia la intervención estatal tiene que estar a tal punto legitimada, que con ella se protejan bienes cuya jerarquía constitucional merezca, al menos, igual nivel de protección que el que se ofrece a los derechos fundamentales en su dimensión objetiva, y particularmente al derecho al trabajo, el cual, según lo dispone el artículo primero de la Carta, es principio fundante del Estado.Los requisitos que condicionen el ...

C 600 92

C-600-92 Sentencia No. C-600/92 SANCION PRESIDENCIAL-Irregularidad A juicio de la Corte el anotado vicio existe y es subsanable, máxime si se tienen en cuenta que los términos para que el Presidente pudiera haber formulado objeciones han precluido y que la omisión de la sanción presidencial supone el quebrantamiento de un deber que, en todo caso, pudo ser suplido mediante la intervención del Presidente del Congreso (Anterior Codificación Constitucional, art. 89). La sanción de la ley, requisito normalmente sustancial de su formación, en razón de las circunstancias referidas, tiene carácter puramente formal y admite, por tanto, ser subsanado. PREVALENCIA DEL DERECHO ...

C 599 92

C-599-92 Sentencia No. C-599/92 TRANSITO CONSTITUCIONAL El artículo 241 constitucional no hace distinción entre leyes anteriores y leyes posteriores a la nueva Carta y, por tanto, la competencia en principio es plena en este campo; por lo tanto, conforme a la jurisprudencia de esta Corporación, el examen de las disposiciones acusadas comprende también el del cumplimiento de los requisitos formales que establecía la Carta de 1886 y que debían ser señalados por la ley habilitante. FACULTADES EXTRAORDINARIAS-Ejercicio Las facultades concedidas por el artículo 32 de la Ley 9a. de 1991 se agotaron y cumplieron su cometido al expedirse el Decreto ...

C 592 92

C-592-92 Sentencia No. C-592/92 TRANSITO NORMATIVO/DECRETO LEGISLATIVO Las facultades extraordinarias de que se ocupa ahora la Corporación contiene el elemento de la transitoriedad. Se tratará entonces de normas con una existencia limitada en el tiempo, de acuerdo con la racionalización que de los efectos normativos y de su permanencia, hubiese hecho el Presidente de la República o la Comisión Legislativa respectivamente. De suerte que cuando estas autoridades públicas decidieron que el decreto tendría una vigencia de cuarenta y dos (42) meses, acataron la exigencia constitucional de expedir las normas por un término, o con carácter transitorio. Por lo tanto, al ...

C 590 92

C-590-92 CORTE CONSTITUCIONAL Relatoría Sentencia No. C-590/92 TRANSITO CONSTITUCIONAL El juicio de constitucionalidad de ésta ha de hacerse frente a la nueva Carta en cuanto respecta al aspecto material o de contenido, ya que si bien es cierto que la legislación anterior continúa vigente con el advenimiento del nuevo Estatuto Superior, ello será así a condición de que no sea incompatible con él. RENTAS DE DESTINACION ESPECIFICA Consisten en la técnica presupuestal de asignar una determinada renta recibida por una carga impositiva para la financiación de una actividad gubernamental previamente establecida en la ley de presupuesto. La técnica hacendítisca, en ...

C 589 92

C-589-92 Sentencia No. C-589/92 TRATADO INTERNACIONAL-Control de constitucionalidad El tratado objeto de estudio en esta sentencia, pese el trámite sui generis y de naturaleza excepcional que tuvo, son genuinos tratados en vía de formación, toda vez que en lo que a ellos concierne, el Gobierno Nacional no ha dado su consentimiento dentro del ámbito internacional, es decir, aún no se han perfeccionado. En consecuencia, no hallándose perfeccionado el "Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana", debe ser sometido al control de constitucionalidad ante esta Corporación, puesto que encuadra dentro de los tratados a que se refiere el numeral 10 del artículo 241 ...

C 588 92

C-588-92 Sentencia No. C-588/92 COSA JUZGADA RELATIVA El carácter definitivo de la sentencia que declara la exequibilidad de una norma no implica necesariamente que tal decisión pueda entenderse absoluta, pues mientras subsistan aspectos no considerados en el respectivo fallo existirá, en relación con ellos, la posibilidad de examen posterior y, por ende, podrán entablarse nuevas acciones de inconstitucionalidad. Vale decir, la cosa juzgada constitucional es, en tales eventos, relativa en cuanto cubre apenas los asuntos que fueron materia del fallo. No acontece así en lo referente a fallos de inexequibilidad, toda vez que, hallada y declarada la oposición entre la ...

C 587 92

C-587-92 Sentencia No. C-587/92 COSA JUZGADA MATERIAL No se dió aplicación al artículo 6o. del Decreto 2067 de 1991 inciso final en lo que hace referencia al rechazo cuando lo demandado esté amparado por sentencia que hubiere hecho tránsito a cosa juzgada, por cuanto las decisiones adoptadas por la Honorable Corte Suprema de Justicia antes de la vigencia de la Carta de 1991, no hacen tránsito a cosa juzgada material, toda vez que el examen realizado por esa Corporación no comprendió las disposiciones de la actual Constitución, que en materia de derechos fundamentales difieren en su contenido y alcance de ...

C 586 92

C-586-92 Sentencia No. C-586/92 FACULTADES EXTRAORDINARIAS-Límites La facultad extraordinaria aparece limitada normativamente en las regulaciones de la nueva Carta Fundamental en lo que hace a las materias de que puede ocuparse el Jefe de la Rama Ejecutiva del Poder Público, y que pueden ser objeto de la delegación legislativa y en lo que se refiere al término para su ejercicio; además, su atribución o conferimiento requiere en adelante de la solicitud expresa y previa del Presidente de la República, cuando la necesidad lo exija o la conveniencia lo aconseje, todo dentro del marco normativo del funcionamiento armónico de las ramas ...

C 580 92

C-580-92 Sentencia No. C-580/92 SERVICIOS PUBLICOS-Tarifas Las directrices legales disponen una racional determinación de los costos de las tarifas, mediante el aseguramiento de los activos de las entidades de servicio público, con el fin de garantizar su financiación, ajustando las tarifas a "los cambios en los costos reales" a fin de mantener el equilibrio económico-financiero de la empresa y garantizar la cobertura futura de los servicios. Al considerar la norma, que los servicios públicos se prestarán "en beneficio de la comunidad", entendida como un todo, se consagra allí un principio de solidaridad que, elimina la posibilidad que se establezca la ...

C 579 92

C-579-92 Sentencia No. C-579/92 CONTROL AUTOMATICO DE CONSTITUCIONALIDAD-Naturaleza Cuando la Carta Política en el artículo 241 le confía a la Corte Constitucional la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución y con tal fin la faculta para revisar y decidir definitivamente sobre la constitucionalidad de los decretos legislativos que dicte el Gobierno con fundamento en los artículos 212, 213 y 215 de la Constitución, no excluye de ese examen los decretos legislativos que se profieran para levantar el estado de excepción; y si se observa, que cuando se le asigna esta función no se distingue entre un control ...

C 575 92

C-575-92 CORTE CONSTITUCIONAL Sentencia No. C-575/92 PRINCIPIO DE LA BUENA FE El derecho que se busca garantizar con la presunción de la buena fé es el derecho de las personas a que los demás crean en su palabra, lo cual se inscribe en la dignidad humana, al tenor del artículo primero de la Carta. Ello es esencial para la protección de la confianza tanto en la ética como en materia de seguridad del tráfico jurídico. Y el principio de gestión estatal que se encuentra subyacente con la buena fé es el de la celeridad, eficiencia y economía, consagrados en el ...

C 574 92

C-574-92 Sentencia No. C-574/92 TRATADO INTERNACIONAL-Control de constitucionalidad/TRANSITO CONSTITUCIONAL/PACTA SUNT SERVANDA/SUPREMACIA DE LA CONSTITUCION Pese al trámite sui generis y de carácter excepcional que sufrieron por razón del tránsito constitucional, estos constituyen verdaderos tratados en vías de formación, pues con respecto a ellos aún no se ha producido su perfeccionamiento, toda vez que con anterioridad a su revisión por la Corte el ejecutivo no había manifestado el consentimiento en obligarse por ellos en el ámbito internacional. Como tales están sometidos al control de constitucionalidad previsto en el numeral 10 del artículo 241 de la Carta. El control previo, automático e ...

C 564 92

C-564-92 Sentencia No. C-564/92 TRATADO INTERNACIONAL-Control de constitucionalidad/TRANSITO CONSTITUCIONAL Los tratados o convenios internacionales que no alcanzaron a completar la integridad del trámite en el Congreso, por haber cesado éste en sus funciones al principiar la vigencia de la Constitución de 1991, fueron relevados de la culminación de ese trámite, pero no lo fueron del procedimiento de control de constitucionalidad, a cargo de esta Corporación, sin surtirse el cual no está permitido al Presidente de la República efectuar el canje de notas o ratificaciones. TRATADO INTERNACIONAL-Principio de Autoconfianza colectiva En el preámbulo del Acuerdo SPGC (Sistema Global de Preferencias Comerciales) ...

C 563 92

C-563-92 Sentencia No. C-563/92 TRATADO INTERNACIONAL-Control de constitucionalidad Los documentos enviados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, pese al trámite sui generis y de carácter excepcional que sufrieron por razón del trámite constitucional, constituyen verdaderos tratados en vía de formación. Como tales están sometidos al control de constitucionalidad previsto en el numeral 10 del artículo 241 de la Carta." TRATADO INTERNACIONAL-Celebración Se colige el uso muy amplio que hace el numeral 2o. del artículo 189 de la Constitución Política de la expresión "celebrar" para referirse a las competencias que tiene el Presidente de la República en su calidad de director ...

C 562 92

C-562-92 Sentencia No. C-562/92 TRATADO INTERNACIONAL-Control de constitucionalidad Los documentos enviados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, (dentro de los cuales se encuentra el mencionado por el Procurador) pese el trámite sui generis y de carácter excepcional que sufrieron por razón del tránsito constitucional, constituyen verdaderos tratados en vía de formación pues con respecto a ellos aún no se ha producido su perfeccionamiento, toda vez que con anterioridad a su remisión a la Corte el Ejecutivo no había manifestado el consentimiento en obligarse por ellos en el ámbito internacional. Como tales pues están sometidos al control de constitucionalidad previsto en ...

C 561 92

C-561-92 Sentencia No. C-561/92 CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA/COMPETENCIA Cuando la norma atacada indica los tiempos en los cuales entrarán a funcionar los consejos seccionales, no está sino desarrollando la facultad constitucional de regular legislativamente las modalidades de ejercicio de una competencia institucional destinada a procurar el logro de los fines esenciales del Estado. Además se trata sólo de un fenómeno temporal, destinado a desaparecer cuando en un tiempo razonable las condiciones lo permitan. Luego el Decreto 2652 sí podía regular la materia objeto de acusación en esta acción pública de inconstitucionalidad. ESTADO SOCIAL DE DERECHO/ADMINISTRACION PUBLICA/PRINCIPIO DE EFICACIA/PRINCIPIO DE ...

C 560 92

C-560-92 Sentencia No. C-560/92 TRANSITO CONSTITUCIONAL Se presenta en este caso, un tránsito de legislación constitucional que tiene operatividad entre la expedición de la ley de facultades y el Decreto-Ley que tienen su nacimiento jurídico bajo la vigencia de la Constitución de l886 y la impugnación de los artículos del Decreto Ley 1472 de l990, que se hace cuando ya ha sido sancionado un nuevo orden jurídico constitucional, al haber sido sancionada y promulgada la Constitución de l991. En el período de transición, cuando se estudia la exequibilidad de las normas en lo referente al procedimiento, la evaluación correspondiente debe ...

C 559 92

C-559-92 Sentencia No. C-559/92 TRANSITO CONSTITUCIONAL Se presenta en este caso, un tránsito de legislación constitucional que tiene operatividad entre la expedición de la ley de facultades y el Decreto-Ley que tienen su nacimiento jurídico bajo la vigencia de la Constitución de l886 y la impugnación de los artículos del Decreto Ley 1472 de l990, que se hace cuando ya ha sido sancionado un nuevo orden jurídico constitucional, al haber sido sancionada y promulgada la Constitución de l991. En el período de transición, cuando se estudia la exequibilidad de las normas en lo referente al procedimiento, la evaluación correspondiente debe ...

C 558 92

C-558-92 Sentencia No. C-558/92 CODIGO-Concepto/ESTATUTO-Concepto Es claro que los conceptos código y estatuto no son sinónimos ni equivalentes, pues mientras el Código, según criterio que ha venido sentando la jurisprudencia constitucional, es un conjunto armónico y coherente de disposiciones sobre una materia, que se ordena en un solo cuerpo, el estatuto es el régimen jurídico que gobierna determinada actividad o un ramo especializado, el cual puede estar integrado por normas de distintas leyes, decretos u otros textos jurídicos, sin que necesariamente deban estar compendiadas en un solo texto. Lo esencial es que todas ellas, aunque sean de distinta jerarquía, guarden ...

C 557 92

C-557-92 TERMINO JUDICIAL-Plazo razonable Sentencia No. C-557/92 El Gobierno Nacional, como responsable del orden público, tenía la obligación de expedir el Decreto 1156/92, en ejercicio de su facultad excepcional teniendo en cuenta la dificultad existente, por el cambio legislativo en el procedimiento penal, para precisar su aplicabilidad; lo que se pone de presente en la multiplicidad de interpretaciones que se presentaron en los distintos estamentos sociales, todos de buena fe, incluso los equivocados, que permitió por parte de estos últimos la formulación de más de un millar de solicitudes de libertad provisional para los detenidos a órdenes de la Jurisdicción ...

C 556 92

C-556-92 Sentencia No. C-556/92 ESTADOS DE EXCEPCION/ABUSO DEL DERECHO-Noción Los estados de excepción son excepcionales, y sólo se conciben como mecanismo transitorio e inevitable. Recurrir al Estado de Excepción con el propósito de solucionar problemas de crisis menores o de crisis meramente gubernamentales, no significa otra cosa que un abuso del derecho constitucional que pone en tela de juicio el Estado de derecho. La noción de abuso del derecho hace alusión a ciertas situaciones en las cuales las normas jurídicas son aplicadas de tal manera que se desvirtúa el objetivo jurídico que persigue la norma, y esto es justamente lo ...

C 553 92

C-553-92 Sentencia No. C-553/92 CONSTITUCION POLITICA-Vigencia TRANSITO CONSTITUCIONAL Son las normas constitucionales en vigor al momento en que se expidió el artículo demandado, las que deben observarse, pues conforme a claros principios sobre aplicación de las normas jurídicas en el espacio y en el tiempo, las leyes que regulan la competencia y las que señalan solemnidades o ritualidades para la expedición de un acto, sólo rigen para el futuro mas no para el pasado. Es perfectamente válido y de usual ocurrencia que cuando se presenta un cambio en la normatividad constitucional, una disposición que frente al ordenamiento anterior podía ser ...

C 549 92

C-549-92 Sentencia No. C-549/92 TRANSITO CONSTITUCIONAL El Decreto acusado habrá entonces de regirse por la Constitución anterior en cuanto hace al procedimiento de habilitación legislativa; mas en relación con las acusaciones materiales que se le endilgan de violación de la nueva Carta, su enjuiciamiento ha de hacerse frente a ésta, ya que como ordenamiento superior vigente es la normatividad suprema y subordinante. CONTRABANDO-Penalización/SISTEMA DE APERTURA ECONOMICA Desinvestir el contrabando de su carácter delictual y no penalizar administrativamente las conductas desjudicializadas, habría significado nada más ni nada menos, contrariando el querer del legislador que sumir al país en confusión económica con ...

C 546 92

C-546-92 Sentencia No. C-546/92 El mandato constitucional de proteger la igualdad material afecta a todas las ramas y poderes públicos, para el cumplimiento de uno de los fines esenciales del Estado: garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes que genera esa labor humana. La inembargabilidad en materia laboral desconoce el principio de la igualdad material, al convertirse en un obstáculo para el ejercicio efectivo del derecho. PENSION DE JUBILACION-Confiscación La imposibilidad de acudir al embargo para obtener "el pago" de las pensiones de jubilación hace nugatorio, además de los derechos sociales, el derecho a la propiedad y demás ...

C 545 92

C-545-92 Sentencia No. C-545/92 DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA CONSTITUCION POLITICA-Incompetencia CONSTITUCION POLITICA/CONTROL JURISDICCIONAL-Improcedencia/CORTE CONSTITUCIONAL-Incompetencia/SENTENCIA INHIBITORIA La Corte Constitucional, a partir de un análisis razonable del caso sub-júdice, concluye que en este negocio la Corporación es incompetente, por lo cual debe proferir fallo inhibitorio. REF: Expediente Nº D-011 Norma acusada: Constitución Política de Colombia. Actor: José Galat Noumer. Magistrado Sustanciador: ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO. Santa Fe de Bogotá, D.C., octubre primero (1°) de mil novecientos noventa y dos (1992). La Corte Constitucional de la República de Colombia, EN NOMBRE DEL PUEBLO Y POR MANDATO DE LA CONSTITUCION Ha pronunciado la siguiente ...

C 544 92

C-544-92 Sentencia No. C-544/92 DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA CONSTITUCION POLITICA-Incompetencia CONSTITUCION POLITICA/CONTROL JURISDICCIONAL-Improcedencia/CORTE CONSTITUCIONAL-Incompetencia/SENTENCIA INHIBITORIA La Corte Constitucional, a partir de un análisis razonable del caso a la luz de los métodos de interpretación literal, subjetivo, sistemático e histórico, concluye que en este negocio concreto carece de competencia para pronunciarse sobre el fondo del mismo. La competencia de la Corte para estudiar actos reformatorios aprobados mediante asamblea nacional constituyente se refiere solamente a futuras reformas que se realicen a partir de la vigencia de esta Constitución, no a la reforma anterior que terminó con la expedición de la Carta ...

C 543 92

C-543-92 Sentencia C-543/92 ACCION DE TUTELA CONTRA SENTENCIAS/CADUCIDAD Resulta palpable la oposición entre el establecimiento de un término de caducidad para ejercer la acción y lo estatuído en el artículo 86 de la Constitución cuando señala que ella puede intentarse "en todo momento", razón suficiente para declarar, como lo hará esta Corte, que por el aspecto enunciado es inexequible el artículo 11 del Decreto 2591 de 1991. Esta norma contraviene la Carta Política, además de lo ya expuesto en materia de caducidad, por cuanto excede el alcance fijado por el Constituyente a la acción de tutela, quebranta la autonomía funcional ...

C 541 92

C-541-92 {p} Sentencia No. C-541/92 JURISDICCION PENAL-Alcance Al ser regulada la institución de la jurisdicción penal y de sus competencias en el ámbito de la definición de la responsabilidad punitiva y civil derivada del hecho punible, tanto en cabeza del autor o autores y de las personas llamadas a responder por el hecho punible de otro, no se quebranta ninguna de las disposiciones que hacen parte del ordenamiento constitucional ni se desvirtúa la naturaleza del proceso penal, cuyo objeto es precisamente la administración de la justicia. TERCERO CIVILMENTE RESPONSABLE-Participación incidental Como el llamamiento a responder civilmente por las consecuencias del ...

C 517 92

C-517-92 Sentencia No. C-517/92 SERVICIOS PUBLICOS-Regulación/COMPETENCIA CONCURRENTE En el campo de los servicios públicos el Constituyente instituyó una competencia concurrente de regulación normativa en cabeza de los niveles central, regional y local. Tal competencia concurrente constituye nítida expresión de la articulación de los dos niveles a partir de los cuales se organiza el Estado. De una parte la ley a través de su capacidad reguladora realiza la unidad jurídico-política de la República al fijar las condiciones aplicables por igual en todo el territorio nacional, sin que al hacerlo, desde luego, le sea dable cercenar o desconocer la facultad decisoria de ...

C 514 92

C-514-92 Sentencia No. C-514/92 TRANSITO CONSTITUCIONAL El estudio relativo a los aspectos formales de normas expedidas con anterioridad a la vigencia de la nueva Carta debe efectuarse en relación con la preceptiva constitucional que regía en el momento de su expedición pues era a los requisitos y procedimientos en ella señalados a los que se hallaba sujeta la autoridad que expidió la ley o el decreto materia de examen. Muy distinta es la situación cuando los motivos por los cuales se ha puesto en tela de juicio la constitucionalidad de una norma o estatuto tocan con su materia, pues en ...

C 513 92

C-513-92 Sentencia No. C-513/92 PROCESO DE CONSTITUCIONALIDAD-Concepto de Expertos El concepto del experto nada decide, nada define; apenas ilustra o complementa y deja a salvo la plena autonomía de la Corte para decidir. Frente a ese juicio que efectúa la Corte Constitucional, los aspectos materia del dictamen son únicamente de hecho, es decir, aquellos relacionados con elementos sobre los cuales habrá de recaer el fallo pero que no pueden confundirse con el análisis jurídico reservado a la Corte; no atañen a su fundamentación constitucional ni a la inferencia jurídica sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una norma sujeta a su ...

C 511 92

C-511-92 Sentencia No. C-511/92 FACULTADES EXTRAORDINARIAS-Vigencia/CONSTITUCION POLITICA/TRANSITO CONSTITUCIONAL La entrada en vigor de la nueva Constitución, portadora de la reducción a seis meses del límite temporal de la concesión de facultades extraordinarias, no pudo entrañar la automática derogatoria de las leyes de facultades anteriores a su vigencia - como era el caso de la Ley 49 de 1990 - que contemplaban un período de utilización mayor y cuyo vencimiento se proyectaba con posterioridad a ella. El Congreso anterior al expedir leyes que consagraban competencias temporales en favor del Ejecutivo superiores a los seis meses, no hacía cosa distinta que ceñirse ...

C 510 92

C-510-92 Sentencia No. C-510/92 ARANCELES Y TARIFAS ADUANERAS CONGRESO DE LA REPUBLICA-Facultad Impositiva/TRANSITO CONSTITUCIONAL La titularidad general de la función impositiva está en cabeza del Congreso, pues ella sólo excepcionalmente puede desplazarse a otro órgano y, en este caso, con carácter puramente transitorio. Si en gracia de discusión se aceptara que el Decreto acusado es trasunto concreto y legítimo de la función legislativa aplicada a la materia aduanera, debería en todo caso concluírse que al haber sido expedido con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la Constitución Política, la facultad extraordinaria concedida por el Legislador, no podía ...

C 504 92

C-504-92 2 Sentencia No. C-504/92 TRATADO INTERNACIONAL-Control previo/TRANSITO CONSTITUCIONAL/CORTE CONSTITUCIONAL/COMPETENCIA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA/TRATADO INTERNACIONAL-Celebración/MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES/TRATADO INTERNACIONAL-Suscripción A la luz tanto del derecho constitucional colombiano como del derecho internacional público, el Canciller está autorizado para suscribir tratados, no así para celebrarlos, lo cual es atribución exclusiva del Presidente de la República como Jefe de Estado. Luego el Presidente de la República celebra los tratados y convenios pero el Ministro de Relaciones Exteriores los suscribe o puede suscribirlos. Ello porque una cosa es "celebrar" y otra "suscribir". En efecto, un tratado debidamente perfeccionado es un acto jurídico complejo que ...

C 479 92

C-479-92 ¡Error!Marcador no definido. Sentencia No. C-479/92 EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD Las expresiones "...sobre la última de ellas antes del 1º de junio de 1992", que hacen parte del artículo Transitorio del Decreto 2067 de 1991, han sido inaplicadas en el presente proceso por razón de su incompatibilidad con los términos que establece el artículo 242, numeral 4º, de la Constitución Política, tal como lo ordena el artículo 4º Ibidem. CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD/TRANSITO CONSTITUCIONAL Cuando el estudio se refiera al contenido de los preceptos cuestionados es necesario definir su exequibilidad teniendo en cuenta la preceptiva superior vigente al momento de proferir ...

C 478 92

C-478-92 Sentencia No. C-478/92 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD/TRANSITO CONSTITUCIONAL El examen de constitucionalidad por parte de la Corte Constitucional debe hacerse con base en la Constitución Política actualmente vigente, esto es la de 1991, y no con base en los textos ya derogados que sólo producirían fallos inocuos. La nueva Carta cubre retrospectivamente y de manera automática toda la legalidad pre-existente, impregnándola con sus dictados superiores. Distinto sería el caso hipotético en el que se demandara un punto de forma- como por ejemplo un exceso en el ejercicio de facultades legislativas extraordinarias-, porque en este caso operaría un fenómeno contrario: el ...

C 477 92

C-477-92 Sentencia No. C-477/92 TRATADO INTERNACIONAL-Control previo El artículo Transitorio 58 de la Constitución no excluye y, por el contrario, supone el control previo de constitucionalidad, ya que no puede interpretárselo de manera aislada sino en armonía con las demás disposiciones de la Carta. A partir de la vigencia de la Constitución de 1991, habida cuenta de la previsión consagrada en el numeral 10 de su artículo 241, no cabe duda sobre el necesario sometimiento al control previo de constitucionalidad a cargo de esta Corte sobre los tratados internacionales y las leyes que los aprueben. La medida de esta función ...

C 472 92

C-472-92 2 Sentencia No. C-472/92 IGUALDAD ANTE LA LEY El ordenamiento jurídico, fundado en la Constitución, ha de reconocer el ámbito de la igualdad y discernir en el campo de las desigualdades, a fin de evaluar con criterio objetivo cuáles son las normas que deben plasmar idéntico tratamiento para todos y cuáles, por el contrario, tienen que prever consecuencias jurídicas distintas para hipótesis diferentes. Entonces, no realiza este principio el sistema legal que otorgue privilegios injustificados o establezca discriminaciones arbitrarias entre iguales, ni tampoco el que atribuya iguales consecuencias a supuestos disímiles, ni el que desconozca a los más débiles ...

C 465 92

C-465-92 Sentencia No. C-465/92 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD/TRANSITO CONSTITUCIONAL Las acusaciones que se atribuyen a la ley impugnada deben estudiarse bajo el prisma normativo consignado en la Constitución de 1886 pues siendo ésta la norma atributiva de la facultad que se estima conculcada, la regularidad y validez de su ejercicio han de apreciarse a la luz de ella. ADMINISTRACION NACIONAL-Estructura/FUNCION PUBLICA/LEY CUADRO Compete al Congreso, a iniciativa del Gobierno, crear la estructura de la administración nacional y señalar las funciones generales de los entes y dependencias que la integran. Al Ejecutivo, por su parte, le corresponde crear los cargos o empleos ...

C 449 92

C-449-92 Sentencia No. C-449/92 ESTADO SOCIAL DE DERECHO La concepción clásica del Estado de derecho no desaparece sino que viene a armonizarse con la condición social del mismo, al encontrar en la dignidad de la persona el punto de fusión. Así, a la seguridad jurídica que proporciona la legalidad se le auna la efectividad de los derechos humanos que se desprende del concepto de lo social. El respeto por los derechos humanos, de un lado, y el acatamiento de unos principios rectores de la actuación estatal, por otro lado, constituyen las consecuencias prácticas de la filosofía del Estado social de ...

C 448 92

C-448-92 Sentencia C-448/92 ESTADOS DE EXCEPCION/DECRETO LEGISLATIVO-Conexidad Declarada la perturbación en el orden económico, social o ecológico del país, las atribuciones que asume el Ejecutivo están delimitadas por la propia Constitución, luego mal se pueden extender indefinidamente a materias distintas de las relacionadas con el trance que mediante tal declaración se busca superar. Desde el punto de vista de la validez constitucional de esta clase de decretos, de lo dicho se desprende con toda claridad que no la tienen aquellos cuyo contenido esté destinado a fines ajenos al control de la crisis y sus efectos, o que se refieran a ...

C 447 92

C-447-92 Sentencia No. C-447/92 ESTADOS DE EXCEPCION/EMERGENCIA SOCIAL/SISTEMA ELECTRICO-Crisis/HECHO SOBREVINIENTE El sistema encargado de atender la demanda energética, conocido como "sector eléctrico", en razón de su vulnerabilidad de origen estructural y operacional, no fue capaz de enfrentar satisfactoriamente una contingencia del mundo físico dada por la hidrología extremadamente seca asociada al fenómeno de "El Niño", quedando desbordado como subsistema como consecuencia de su precaria respuesta que ha afectado una condición esencial de la vida social y económica, asociada al adecuado suministro de energía. El racionamiento, en este caso mayor por la vulnerabilidad del sector eléctrico, que se hizo patente al ...

C 435 92

C-435-92 67 CORTE CONSTITUCIONAL/TRANSITO CONSTITUCIONAL Las nuevas reglas constitucionales sobre competencia de los órganos legislativos ordinarios o habilitados de modo extraordinario, no se aplican para juzgar la inconstitucionalidad por este aspecto de la legislación anterior, ya que lo que impera en dicho aspecto es la norma constitucional antecedente. En todo lo demás el juicio de constitucionalidad debe adelantarse conforme a las reglas que permitan determinar la compatibilidad o incompatibilidad de las normas de rango inferior frente a la nueva normatividad superior. FACULTADES EXTRAORDINARIAS-Límites/CARRERA JUDICIAL/TRIBUNAL ADMINISTRATIVO-Auxiliar de Magistrado La ley habilitante facultó al Gobierno para aumentar y disminuir la planta de ...

C 434 92

C-434-92 Sentencia No. C-434/92 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD/SENTENCIA INHIBITORIA-Improcedencia/TRANSITO CONSTITUCIONAL/EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD La Corte Constitucional como órgano especializado del Control Constitucional, dentro de nuestro régimen, puede reconocer como derogada una disposición de rango legal que resulta abiertamente contraria a la nueva normatividad constitucional pero debe emitir un pronunciamiento de inconstitucionalidad, con la virtualidad de la cosa juzgada; también puede ocurrir que la nueva normatividad constitucional no resulte abiertamente contraria a la legislación anterior y deba esta Corporación adentrarse en un juicio de fondo que la obliga a elaborar reflexiones y deducciones especiales que no conducen directamente a una conclusión sobre el ...

C 417 92

C-417-92 Sentencia No. C-417/92 TRANSITO CONSTITUCIONAL/CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Las revisiones de exequibilidad que adelante la Corporación deben realizarse a partir de la Constitución vigente, por cuanto el control de constitucionalidad que tiene a su cargo, resultaría inocuo para los fines institucionales que le son propios, que no son otros que el aseguramiento de la conformidad del orden político-jurídico con la Carta Fundamental. Ninguna funcionalidad institucional justifica una labor de la Corte Constitucional que se orientara a retrover la constitucionalidad de un precepto frente a una Constitución inexistente. Sin perjuicio de lo anterior, se han previsto por la dogmática jurídica, en ...

C 416 92

C-416-92 Sentencia No. C-416/92 TRANSITO CONSTITUCIONAL/CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Desde el punto de vista material, es decir, en lo que se relaciona con el contenido de las normas objeto de examen -por aspectos diferentes al del posible exceso en el uso de las facultades extraordinarias conferidas- interesa definir si ellas se ajustan o no a las prescripciones de la Constitución vigente al momento de proferir el fallo. Esa Constitución, por lo que atañe a esta demanda, no es otra que la Carta Política de 1991, cuyo artículo 380 dispuso la derogatoria de la Carta de 1886 y sus reformas. Instaurado y ...

C 221 92

C-221-92 3 Sentencia No. C-221/92 DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Admisión/CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD/PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL/PRINCIPIO DE ECONOMIA PROCESAL Las demandas pueden inadmitirse si hay error, vacío o duda respecto de las normas constitucionales que se consideran infringidas, pero habiendo, una alusión directa al derecho constitucional del trabajo, y por las siguientes razones, debió admitirse la demanda: a) por ser el control constitucional una acción pública de naturaleza política que obliga al juez a confrontar la norma atacada con toda la Constitución, en virtud de la misión de atender a la guarda de su integridad y supremacía; b) porque el derecho sustancial prima ...

C 005 92

C-005-92 SENTENCIA No. C-005/92 EMERGENCIA SOCIAL/DECRETO LEGISLATIVO-Conexidad Es requisito para la validez de los Decretos Legislativos proferidos en desarrollo del estado de emergencia social, que las medidas en ellos adoptadas tengan como finalidad exclusiva la de "conjurar la crisis" e "impedir la extensión de sus efectos", que es lo que ordinariamente ha sido denominado por la Jurisprudencia y la Doctrina como "conexidad", definida ésta como la "relación directa y específica" entre las normas dictadas y la situación que determinó la implantación del estado de emergencia. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA/COMPETENCIA/EMERGENCIA SOCIAL/SALARIO/PRESTACIONES SOCIALES El Gobierno Nacional estaba facultado en el caso de ...

C 004 92

C-004-92 Sentencia No. C-004/92 EMERGENCIA SOCIAL/DECRETO LEGISLATIVO-Revisión/CONTROL AUTOMATICO DE CONSTITUCIONALIDAD-Naturaleza/PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL/CONTROL JURISDICCIONAL El control jurídico constitucional debe ser integral y no parcial o limitado a uno solo de los aspectos de la institución, cual es el mero procedimiento formal como quiera que la defensa atribuída a esta Corte por las normas constitucionales, no se contrae a una parte de la Constitución sino que se refiere a toda ella. En las actuaciones en cuya virtud los órganos constituídos cumplen la función de administrar justicia, es imperativa la prevalencia del derecho sustancial. ESTADOS DE EXCEPCION/PRESIDENTE DE LA REPUBLICA-Discrecionalidad/CONTROL POLITICO/CONTROL JURIDICO ...