Sentencias 1995

C 596 95

C-596-95 Sentencia No. C-596/95 LEY-Unidad de materia La expresión "una sola materia" debe entenderse en sentido amplio. La norma constitucional no tiene otra finalidad que la de impedir que en un proyecto de ley se incluyan normas aisladas, que ninguna relación tengan con la materia del proyecto y que puedan, por lo mismo, pasar inadvertidas en el trámite legislativo. Se busca evitar lo que en el lenguaje coloquial se ha denominado "mico". PROPIEDAD ACCIONARIA-Condiciones Cuando el Estado decida enajenar su propiedad accionaria en una empresa con participación económica oficial, está obligado, al elaborar el respectivo programa de enajenación, a ofrecer, ...

C 595 95

C-595-95 Sentencia No. C-595/95 BALDIOS-Concepto Los baldíos son bienes públicos de la Nación catalogados dentro de la categoría de bienes fiscales adjudicables, en razón de que la Nación los conserva para adjudicarlos a quienes reúnan la totalidad de las exigencias establecidas en la ley. BALDIOS-Imprescriptibilidad Bien podía el legislador, con fundamento en este precepto, establecer la imprescriptibilidad de terrenos baldíos, como en efecto lo hizo. Si la prescripción adquisitiva o usucapión es un modo de adquirir el dominio de los bienes corporales, raíces o muebles, que están en el comercio, al igual que los demás derechos reales, por haberse poseído ...

C 594 95

C-594-95 Sentencia No. C-594/95 VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA-Funciones públicas/CORPORACION AUTONOMA REGIONAL-Composición de la Junta Directiva/CORMAGDALENA El cargo de Vicepresidente corresponde a un empleo público y sus funciones están determinadas en la Constitución. Igualmente, es el Presidente la única autoridad que puede asignarle funciones adicionales, bien confiándole misiones o encargos especiales o mediante el mecanismo de la designación en un cargo de la rama ejecutiva. Por lo tanto, no podía el legislador, asignarle el cumplimiento de funciones públicas al Vicepresidente como miembro de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, pues ello resulta violatorio ...

C 593 95

C-593-95 Sentencia No. C-593/95 CORMAGDALENA La Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena no puede ser considerada en ningún caso como sede espacial y física de ninguno de los poderes públicos que integran el Estado colombiano de conformidad con la Carta, ni es un ente territorial, como lo afirma el demandante. TERRITORIO-División/INTERPRETACION SISTEMATICA-Sedes materie Es claro que según el artículo 285 de la Constitución la ley puede establecer otras divisiones del territorio para el cumplimiento de las funciones y servicios a cargo del Estado, como en este caso en el que la entidad denominada Corporación Autónoma Regional del ...

C 592 95

C-592-95 Sentencia No. C-592/95 GOBIERNO-Facultad de formulación del presupuesto Corresponde al Gobierno el manejo de la política fiscal de la Nación, cuya expresión cuantitativa es el proyecto de presupuesto general de la Nación. En el Gobierno reposa la facultad de formulación del Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones. El principio de universalidad del presupuesto impone que en el respectivo proyecto de ley de apropiaciones estén contenidos la totalidad de los gastos del Estado a realizar durante la respectiva vigencia fiscal, por lo que no es admisible la presentación, por separado, en diferentes proyectos de presupuesto, de los gastos correspondientes ...

C 591 95

C-591-95 Sentencia No. C-591/95 PERSONA NATURAL-Existencia legal La Constitución no establece que la existencia legal de la persona principie en el momento de la concepción. Desde el momento de su nacimiento, el hombre es persona, tiene personalidad jurídica. Tiene un estado civil, atributo de la personalidad. Y si antes de ese momento la ley, permite que estén suspensos los derechos que le corresponderían si hubiese nacido, ello obedece a razones de diverso orden: morales, de justicia, políticas, etc. Razones, en fin, que hacen que el legislador dicte normas acordes con las ideas y costumbres correspondientes a un determinado momento histórico ...

C 590 95

C-590-95 Sentencia No. C-590/95 MUNICIPIO-Categorías No obstante que sea viable el que legalmente se establezcan diferentes categorías de municipios, y ello vaya acompañado de la posibilidad de señalar categorías con respecto a los órganos internos que lo conforman, no es admisible que adelantada la categorización, pueda el legislador establecer diferencias que no encuentren una justificación razonable y objetiva, como es el caso de los salarios asignados a los contralores municipales pertenecientes a aquellos municipios clasificados por la ley como de tercera categoría. CONTRALOR MUNICIPAL-Igualdad salarial La Corte observa en la norma acusada, una discriminación y por tanto una violación del ...

C 589 95

C-589-95 Sentencia No. C-589/95 DERECHO DE PROPIEDAD-Límites en la función social El derecho de propiedad se configura como un derecho subjetivo que tutela intereses individuales, derecho que encuentra los límites del poder conferido al titular para su ejercicio, en el cumplimiento, precisamente, de la función social que le corresponde; en consecuencia, esa función social no se debe entender como un mero límite externo para su ejercicio, sino como parte sustancial del mismo. FUNCION SOCIAL DE LA PROPIEDAD La función social de la propiedad presenta diversas y matizadas caracterizaciones, las cuales están determinadas por la naturaleza de los bienes, su clase, ...

C 588 95

C-588-95 Sentencia No. C-588/95 CONTRATO A TERMINO FIJO-Estabilidad en el empleo El principio de la estabilidad en el empleo no se opone a la celebración de contratos a término definido. Las relaciones laborales no son perennes o indefinidas, pues tanto el empleador como el trabajador, en las condiciones previstas en la ley y en el contrato tienen libertad para ponerles fin. La estabilidad, por lo tanto, no se refiere a la duración infinita del contrato de trabajo, de modo que aquélla se torne en absoluta, sino que, ella sugiere la idea de continuidad, a lo que dura o se mantiene ...

C 587 95

C-587-95 Sentencia No. C-587/95 CONTRIBUYENTE-Autonomía del legislador para definirlos Quien está autorizado por la Constitución para establecer un impuesto goza necesariamente de la competencia para disponer quiénes habrán de pagarlo y para decidir, según su libre apreciación, cuáles serán los casos de exención o exclusión aplicables. DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Análisis objetivo/JUEGOS DE SUERTE Y AZAR-Destinación de las rentas La definición acerca de la posible inconstitucionalidad de un precepto tiene que ser objetiva, por lo cual no es posible deducirla de otros ordenamientos ni de hipótesis no plasmadas en su texto. Un sencillo cotejo de los fundamentos en la demanda expuestos permite ...

C 586 95

C-586-95 Sentencia No. C-586/95 CONTROL FISCAL El control fiscal es una función pública autónoma que ejercen los órganos instituidos en la Constitución con ese preciso objeto. Dicho control se extiende a las actividades, operaciones, resultados y demás acciones relacionadas con el manejo de fondos o bienes del Estado, que lleven a cabo sujetos públicos y particulares, y su objeto es el de verificar - mediante la aplicación de sistemas de control financiero, de legalidad, de gestión, de resultados, de revisión de cuentas y evaluación del control interno - que las mismas se ajusten a los dictados y objetivos previstos en ...

C 585 95

C-585-95 Sentencia No. C-585/95 DEMOCRACIA PARTICIPATIVA-Alcance/PARTICIPACION CIUDADANA El principio de participación democrática expresa no solo un sistema de toma de decisiones, sino un modelo de comportamiento social y político, fundamentado en los principios del pluralismo, la tolerancia. El concepto de democracia participativa no comprende simplemente la consagración de mecanismos para que los ciudadanos tomen decisiones en referendos, consultas populares, revocación del mandato de quienes han sido elegidos, sino que implica adicionalmente que el ciudadano puede participar permanentemente en los procesos decisorios que incidirán significativamente en el rumbo de su vida. Se busca así fortalecer los canales de representación, democratizarlos y ...

C 584 95

C-584-95 Sentencia No. C-584/95 SISTEMA GENERAL DE PENSIONES-Selección del régimen/REGIMEN DE PRESTACION DEFINIDA-Afiliación al ISS Los servidores públicos pueden vincularse, de acuerdo con la decisión voluntaria que adopten, al régimen de prima media con prestación definida o al régimen de ahorro individual con solidaridad, a fin de reunir los requisitos correspondientes para consolidar su derecho a obtener y gozar de sus derechos pensionales, como uno de los desarrollos concretos de los postulados del Estado Social de Derecho y particularmente de la seguridad social, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución y la Ley. En el caso de aquellos que ...

C 583 95

C-583-95 Sentencia No. C-583/95 NORMA DEROGADA/SENTENCIA INHIBITORIA POR SUSTRACCION DE MATERIA -Sala Plena- Ref.: Expediente D-879 Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 2º (parcial) y 5º (parcial) de la Ley 4a de 1990. Actor: Alfonso Muñoz Serrano Magistrado Ponente: Dr. JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO Sentencia aprobada en Santa Fe de Bogotá, D.C., según consta en acta del siete (7) de diciembre de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES El ciudadano ALFONSO MUÑOZ SERRANO, haciendo uso del derecho consagrado en los artículos 241, numeral 4º, de la Constitución Política, ha presentado ante la Corte una demanda de inconstitucionalidad contra ...

C 582 95

C-582-95 17 Sentencia No. C-582/95 CONMOCION INTERIOR-Inconstitucionalidad de decretos expedidos La declaración de inconstitucionalidad del Decreto declaratorio del Estado de Conmoción Interior implica necesariamente que corran la misma suerte las demás disposiciones adoptadas por el gobierno en el marco de la excepcional institución consagrada en el artículo 213 de la Carta Política. Se trata de una inconstitucionalidad por consecuencia, es decir, del decaimiento de los decretos posteriores a raíz de la desaparición sobreviniente de la norma que permitía al jefe del Estado asumir y ejercer las atribuciones extraordinarias previstas en la Constitución. Ref.: Expediente R.E.072 Revisión Constitucional del Decreto 1723 ...

C 578 95

C-578-95 Sentencia No. C-578/95 DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO-Validez en el orden interno/BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD A la luz de las normas constitucionales que le otorgan plena validez en el orden interno a las normas de derecho internacional humanitario, la Corte estableció que las reglas y principios que conforman dicho derecho tienen valor constitucional y, por consiguiente, junto a las normas de la Constitución que consagran los derechos humanos, constituyen un único bloque de constitucionalidad. BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD Es importante precisar que siempre que se habla de bloque de constitucionalidad, se hace porque en la Constitución una norma suya así lo ordena y ...

C 577 95

C-577-95 Sentencia No. C-577/95 IMPUESTO-Concepto Los impuestos se cobran indiscriminadamente a todo ciudadano y no a un grupo social, profesional o económico determinado. Se trata de una imposición obligatoria y definitiva que no guarda relación directa e inmediata con la prestación de un bien o un servicio por parte del Estado al ciudadano. En otros términos, los impuestos no incorporan una contraprestación directa a favor del contribuyente. Por ello, en principio, los ingresos recaudados mediante impuestos no tienen destinación específica, pues el Estado dispone de ellos para atender las cargas públicas, de acuerdo a criterios y prioridades políticas que no ...

C 568 95

C-568-95 7 Sentencia No. C-568/95 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA-Extemporaneidad del concurso/DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-No procede para juzgar legalidad de convocatoria a concurso La acción pública de inconstitucionalidad no es un mecanismo establecido para impugnar decisiones de la administración ni para resolver situaciones jurídicas concretas. El ordenamiento jurídico prevé otro tipo de acciones - ante la jurisdicción contencioso administrativa - para juzgar la legalidad de la convocatoria a un concurso por parte de la administración. SENTENCIA INHIBITORIA/DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Ausencia de concepto de violación Dado que la demandante no estructuró el concepto de la violación de los preceptos constitucionales invocados, no le ...

C 567 95

C-567-95 REGALIAS-Propiedad estatal/FONDO NACIONAL DE REGALIAS El Estado es la entidad constitucional titular del derecho a las regalías por la explotación de recursos naturales no renovables y beneficiaria del pago de las regalías derivadas de aquélla y que las regalías así obtenidas son parte del patrimonio del Estado como único propietario del subsuelo. El Constituyente dio plenos poderes al legislador para regular el régimen de las regalías, no como derechos adquiridos, ni como bienes o rentas de las mencionadas entidades del orden territorial, sino como derechos de participación económica en una actividad que se refiere a bienes de propiedad del ...

C 566 95

C-566-95 Sentencia No. C-566/95 ESTADO SOCIAL DE DERECHO El Estado social de derecho se erige sobre los valores tradicionales de la libertad, la igualdad y la seguridad, pero su propósito principal es procurar las condiciones materiales generales para lograr su efectividad y la adecuada integración social. A la luz de esta finalidad, no puede reducirse el Estado social de derecho a mera instancia prodigadora de bienes y servicios materiales. Por esta vía, el excesivo asistencialismo, corre el riesgo de anular la libertad y el sano y necesario desarrollo personal. FUNCION DISTRIBUTIVA DEL ESTADO La función distributiva de determinados bienes y ...

C 565 95

C-565-95 Sentencia No. C-565/95 EMPLEADOS DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO-Retiro del servicio/DERECHO DE DEFENSA ANTE JUNTA DE CARRERA PENITENCIARIA Las normas se refieren a la facultad del director general del INPEC de retirar por su voluntad a un miembro del Cuerpo de Custodia y Vigilancia, previo concepto de la Junta de Carrera Penitenciaria. Considera, por ende, la Corte que al existir identidad material entre el artículo 49 literal m) y el artículo 65 del Decreto 407 de 1994, los argumentos que motivaron la decisión de la Sentencia C-108/95, también son valederos para el caso sub lite, por lo cual ...

C 564 95

C-564-95 Sentencia No. C-564/95 FUNCION LEGISLATIVA La función legislativa no se ejerce únicamente en el momento de dictar la ley sino que tiene lugar cuando se la modifica o adiciona, cuando se la interpreta con autoridad y cuando se la deroga. LEY-Competencia para modificarla Es claro que, establecidas en normas legales las reglas que se aplican a una materia reservada por la Constitución al legislador, sólo éste puede modificarlas, y, por ende, fuera de los eventos enunciados, el Presidente de la República y en general los funcionarios de la Rama Ejecutiva y de los otros órganos estatales, se hallan excluídos ...

C 563 95

C-563-95 Sentencia No. C-563/95 COBARDIA No se pueden tener las mismas expectativas de valor con respecto al profesional de la milicia, incorporado al ejército en virtud de una opción personal, que de quien ha sido reclutado sin su consentimiento o aún contra su voluntad manifiesta. Pero éstas son, insiste la Corte, circunstancias que ha de valorar el juez en concreto a fin de establecer si es o no el caso de formular el reproche de cobardía y en qué grado. De allí la importancia, en los procesos por delitos militares, de un juez sabido y ecuánime y de un debido ...

C 562 95

C-562-95 Sentencia No. C-562/95 ADOPCION-Finalidad La finalidad de la adopción es la de crear entre el adoptante y el adoptivo una relación semejante a la que existe entre padres e hijos de sangre. No se busca solamente la transmisión del apellido y del patrimonio, sino el establecimiento de una verdadera familia como la que existe entre los unidos por los lazos de la sangre. CONSENTIMIENTO DE MENOR ADULTO PARA ADOPCION/DEFENSOR DE FAMILIA/DERECHO A TENER UNA FAMILIA Y NO SER SEPARADO DE ELLA El consentimiento del menor adulto debe manifestarse personalmente ante el defensor de familia, quien informará a tal menor ...

C 561 95

C-561-95 Sentencia No. C-561/95 SERVICIO MILITAR-Obligación/PREVALENCIA DEL INTERES GENERAL A menos que se configure una de las causales legales de exención, la prestación del servicio militar corresponde a un deber ineludible de la persona, que tiene su fundamento en el principio constitucional de prevalencia del interés general y que se exige a los nacionales como expresión concreta de la obligación genérica, a todos impuesta, de cumplir la Constitución y las leyes. La obligación de tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan tiene un objeto determinado, preciso e indiscutible: el de defender la independencia nacional y las instituciones públicas ...

C 560 95

C-560-95 9 Sentencia No. C-560/95 CONMOCION INTERIOR-Inconstitucionalidad de Decretos expedidos Mediante sentencia C-466 del 18 de octubre de 1995, se decidió que el decreto 1370 del 16 de agosto de 1995, por el cual se declaró el Estado de Conmoción Interior, era inexequible, el decreto 1724 de 1995 expedido en desarrollo de aquél resulta igualmente inexequible, pues es obvio que habiendo desaparecido la causa jurídica que le dio origen, consecuentemente éste deviene en inconstitucional. Ref.: Expediente R. E. 073 Revisión del Decreto 1724 de octubre 6 de 1995 "Por el cual se dictan medidas para asegurar la eficacia de las ...

C 542 95

C-542-95 Sentencia No. C-542/95 COSA JUZGADA Ref.: Proceso D - 946 Acción pública de inconstitucionalidad contra el numeral 8o. del literal f) del artículo 93 de la Ley 30 de 1986, "por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones”.' Actor: Iván Ricardo Restrepo Hernández Magistrado Sustanciador: Dr.HERNANDO HERRERA VERGARA Aprobado mediante Acta No. 61. Santa Fé de Bogotá, Noviembre veintitrés (23) de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES Procede la Corte Constitucional a resolver la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano IVAN RICARDO RESTREPO HERNANDEZ contra el numeral 8o. del ...

C 541 95

C-541-95 Sentencia No. C-541/95 GASTO PUBLICO SOCIAL-Definición Definido el gasto público social, según lo ordena la Constitución, como aquel destinado a solucionar necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, vivienda, etc., es apenas lógico que las partidas correspondientes figuren en los capítulos respectivos. No hay que olvidar que según el artículo 16 de la ley 179, "El Presupuesto de Gastos se compondrá de los gastos de funcionamiento, del servicio de la deuda pública y de los gastos de inversión". LEY DE APROPIACIONES-Anexo El anexo a que se refiere el inciso tercero del artículo 17 de la ley 179, ...

C 540 95

C-540-95 Sentencia No. C-540/95 PRINCIPIO DE LA BUENA FE/PRESUNCION DE LA BUENA FE El artículo 83 se refiere expresamente a las relaciones entre los particulares y las autoridades públicas, y que tales relaciones, en lo que a la buena fe se refiere, están gobernadas por dos principios: el primero, la obligación en que están los particulares y las autoridades públicas de actuar con sujeción a los postulados de la buena fe; el segundo, la presunción, simplemente legal, de que todas las gestiones de los particulares ante las autoridades públicas se adelantan de buena fe. PRESUNCION DE MALA FE-Legislador puede establecerla ...

C 539 95

C-539-95 Sentencia No. C-539/95 SERVICIOS PUBLICOS-Reserva legal Lo atinente a la afirmación de la competencia del legislador para señalar el marco general o las bases fundamentales, que deben orientar la organización, funcionamiento y prestación de los servicios públicos, se percibe de la normatividad contenida en el capitulo 5 del titulo XII de la Constitución, referente a la finalidad social del Estado y de los servicios públicos, la cual prescribe una reserva legal en todo lo atinente al señalamiento de las reglas generales atingentes a la organización, funcionamiento, administración, control, inspección y vigilancia de la prestación de los servicios públicos. TRANSPORTE ...

C 538 95

C-538-95 Sentencia No. C-538/95 LEY ORGANICA-Concepto Se trata de unas leyes que tienen unas características especiales, esto es, gozan de una prerrogativa especial, por su posición organizadora de un sistema legal que depende de ellas. Estas leyes reglamentan plenamente una materia: son estatutos que abarcan toda la normatividad de una serie de asuntos señalados expresamente en la Carta Política las leyes orgánicas condicionan, con su normatividad, la actuación administrativa y la expedición de otras leyes sobre la materia de que tratan, es decir, según lo dispone la norma constitucional citada, sujetan el ejercicio de la actividad legislativa. LEY ORGANICA DEL ...

C 537 95

C-537-95 Sentencia C-537/95 IMPUESTO-Competencia para fijar los elementos Los elementos requeridos para la fijación de las contribuciones fiscales o parafiscales, pueden estar determinados no sólo en la ley sino también en las ordenanzas departamentales o en los acuerdos municipales, de manera que al no señalar el legislador directamente dichos elementos, bien pueden en forma directa hacerlo las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales o Municipales. NORMA CONSTITUCIONAL-Debe estudiarse como conjunto armónico Las normas constitucionales no pueden ser estudiadas ni analizadas en forma independiente y aislada, sino como un conjunto armónico, por cuanto, como lo ha señalado la jurisprudencia constitucional, “la ...

C 536 95

C-536-95 Sentencia No. C-536/95 JUEZ DE PAZ-Naturaleza jurídica La institución de los jueces de paz se inscribe dentro del concepto de democracia participativa, al permitir la intervención del ciudadano en el cumplimiento de funciones del Estado, como lo es, en este caso, la judicial. Por otra parte, esta institución guarda también relación con algunos de los deberes que la Constitución consagra a cargo de la persona y del ciudadano, concretamente los de “propender al logro y mantenimiento de la paz” y el de “colaborar para el buen funcionamiento de la administración de justicia”. La norma constitucional encargada de regular las ...

C 535 95

C-535-95 CONMOCION INTERIOR-Inconstitucionalidad de Decretos expedidos La sentencia genera la inexequibilidad de los decretos legislativos dictados por el Gobierno con fundamento en el artículo 213 de la Constitución. El Gobierno, como consecuencia de la declaración de inexequibilidad del decreto 1370, perdió, en este caso, las facultades a que se refiere el inciso segundo del citado artículo 213. Ref.: Expediente R.E.071. Revisión constitucional del decreto legislativo 1590 del 20 de septiembre de 1995, "Por el cual se dictan normas tendientes a restablecer el orden público y la seguridad en la Región de Urabá". Magistrado sustanciador: Dr. JORGE ARANGO MEJIA. Sentencia aprobada ...

C 534 95

C-534-95 Sentencia No. C-534/95 CONMOCION INTERIOR-Inconstitucionalidad de Decretos expedidos Mediante sentencia C-466 de 1995, la Corte Constitucional declaró la inexequibilidad del Decreto 1370 de 1995, mediante el cual se declaró el estado de conmoción interior. Como quiera que el decreto objeto de revisión se expidió en desarrollo del citado decreto, la Corte procederá a declarar su inexequibilidad. Ref.: Expediente R.E. 070 Revisión de constitucionalidad del Decreto 1532 de septiembre trece (13) de mil novecientos noventa y cinco (1995) “por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1995”. Magistrado Ponente: EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ ...

C 531 95

C-531-95 Sentencia No. C-531/95 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD INTEGRAL/PRINCIPIO DE UNIDAD DE MATERIA-Desconocimiento El control constitucional de las leyes no es rogado sino integral, por cuanto corresponde a esta Corporación estudiar las normas impugnadas frente a la totalidad de los preceptos de la Constitución, y no únicamente en relación con las disposiciones constitucionales señaladas por el actor. Por ello, si la Corte encuentra que el acto impugnado adolece de vicios de procedimiento, debe entrar a estudiarlos, aun cuando el demandante no los haya considerado. En ese orden de ideas, y aun cuando el actor no incluyó entre los cargos la eventual ...

C 525 95

C-525-95 Sentencia No. C-525/95 POLICIA NACIONAL-Función En el caso colombiano tales fines están señalados en el artículo 2o. de la Carta Política. Entre éstos se destacan los de "servir a la comunidad", "garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución", y "asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo", los cuales tocan directamente con la función que le corresponde cumplir a la Policía Nacional. Así mismo, el precepto constitucional antes citado señala que "las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, ...

C 524 95

C-524-95 Sentencia No. C-524/95 LIBERTAD DE EMPRESA-Límites La libertad de empresa le otorga a toda persona el derecho de ejercer y desarrollar una determinada actividad económica, de acuerdo con el modelo económico u organización institucional que, como ya se anotó, en nuestro país lo es la economía de mercado, libertad que al tenor del Estatuto Supremo no es absoluta, ya que el legislador está facultado para limitar o restringir su alcance cuando así lo exijan "el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la Nación". Además, no puede olvidarse que la empresa, como base del desarrollo, tiene una ...

C 523 95

C-523-95 Sentencia No. C-523/95 PRINCIPIO DE UNIDAD DE MATERIA/FUNCION LEGISLATIVA-Racionalización La razón de su exigencia constitucional tiene como único propósito evitar las incongruencias legislativas que aparecen en forma súbita, a veces inadvertida e incluso anónima, en los proyectos de ley, las cuales no guardan relación directa con la materia específica de dichos proyectos. Estas incongruencias pueden ser, entonces, el resultado de conductas deliberadas que desconocen el riguroso trámite señalado en la Constitución para convertir en ley las iniciativas legislativas. Así, su intención es la de racionalizar o tecnificar el proceso de formación de la ley por parte del Congreso y ...

C 522 95

C-522-95 Sentencia No. C-522/95 CARRERA ADMINISTRATIVA La carrera administrativa fue consagrada para garantizar la estabilidad en el empleo en los órganos y entidades del Estado, con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, celeridad y honestidad en que debe desarrollarse la función administrativa. El ingreso y ascenso a los cargos de carrera, se harán previo el cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley, con el fin de determinar los méritos y calidades de los candidatos. DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL Fue propósito fundamental del constituyente de 1991, y así quedó consagrado en la Carta Política, la ...

C 521 95

C-521-95 Sentencia No. C-521/95 SALARIO EN LA CONSTITUCION POLITICA VIGENTE La Constitución no ha señalado reglas expresas y precisas que permitan definir el concepto de salario, los elementos que lo integran ni sus efectos en la liquidación de prestaciones sociales. Por consiguiente, dichos aspectos corresponden a una materia que debe ser regulada por el legislador dentro de los criterios de justicia, equidad, racionalidad y razonabilidad, que necesariamente deben consultar los principios básicos que aquélla contiene, como son, entre otros, la igualdad, la garantía de una remuneración mínima, vital y móvil proporcional a la cantidad y calidad de trabajo, la irrenunciabilidad ...

C 520 95

C-520-95 Sentencia No. C-520/95 CONMOCION INTERIOR-Inconstitucionalidad de Decretos expedidos Procede igual declaratoria de inconstitucionalidad, ya que el fundamento normativo superior y la razón de ser jurídica de la validez de la disposición que ahora se examina bajo este procedimiento, ha desaparecido completamente del ordenamiento jurídico y no existe causa alguna que sostenga su vigencia en adelante. En efecto, el decreto bajo examen contiene simples disposiciones de carácter legislativo y transitorio que se ocupan de un tema de orden administrativo y social que pierde cualquier valor jurídico con la desaparición del fundamento de la conmoción interior y por ello también es ...

C 519 95

C-519-95 Sentencia No. C-519/95 CONMOCION INTERIOR-Inconstitucionalidad de Decretos expedidos La Corte deberá declarar la inconstitucionalidad como consecuencia del fallo anteriormente referenciado. Sin embargo, debe señalarse, como ya lo ha hecho esta Corporación en anteriores oportunidades, que la decisión en comento se basa única y exclusivamente en que ha desaparecido del ordenamiento jurídico la disposición que servía de base o de causa para la expedición de los demás decretos legislativos. Por ello, en consecuencia, no se realizará en la presente sentencia análisis alguno de forma o de fondo respecto de la norma bajo revisión, pues la inconstitucionalidad proviene de la circunstancia ...

C 514 95

C-514-95 Sentencia No. C-514/95 PRESUPUESTO MUNICIPAL-Adiciones o modificaciones/CLAUSULA GENERAL DE COMPETENCIA LEGISLATIVA La adición o modificación presupuestal, por parte del alcalde o de los cuerpos colegiados, de hacerse, debe tener el fundamento de legalidad previo, so pena de incurrir en extralimitación de funciones. Por otro lado, desconoce el demandante el alcance de la cláusula general de competencia legislativa, al sostener que si la Constitución no prohibe una cosa, no puede hacerlo la ley. El legislador, por el contrario, está facultado para desarrollar los preceptos constitucionales y, además, para legislar sobre todas aquellas materias que, aunque no estén incluídas de manera ...

C 508 95

C-508-95 Sentencia No. C-508/95 COSA JUZGADA Ref.: Expediente No. D-831 Norma acusada: Artículo 22, numerales 5 y 6. de la Ley 80 de 1993 "por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública". Actor: Tulio Méndez Espinosa. Magistrado Ponente: Dr. ANTONIO BARRERA CARBONELL. Santafé de Bogotá, D.C., noviembre nueve (9) de mil novecientos noventa y cinco (1995) I. ANTECEDENTES. Cumplidos los trámites constitucionales y legales propios de la acción pública de inconstitucionalidad, procede la Sala Plena de la Corte Constitucional a proferir el fallo correspondiente, en relación con la demanda de inconstitucionalidad instaurada por el ...

C 507 95

C-507-95 Sentencia No. C-507/95 CARRERA PENITENCIARIA Y CARCELARIA/CARRERA ADMINISTRATIVA ESPECIAL Ref.: Expediente No. D-929. Actor: José Antonio Galán Gómez. Tema: Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 82 y 83 del Decreto Ley 407 de 1994 "por el cual se establece el Régimen de Personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario". Magistrado Ponente: Dr. ANTONIO BARRERA CARBONELL. Aprobado en Santafé de Bogotá, D.C. el día nueve (9) de noviembre de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES. Cumplidos los trámites propios del proceso a que da lugar la acción de inconstitucionalidad, procede la Corte a resolver lo pertinente, en relación ...

C 506 95

C-506-95 Sentencia No. C-506/95 AUTONOMIA DE ENTIDADES TERRITORIALES/UNIDAD NACIONAL El modelo actual de la organización del Estado colombiano responde a una concepción diferente a la del Estado unitario centralizado. El punto fundamental de este cambio se encuentra en el concepto de autonomía, que se atribuyó de manera explícita a las entidades territoriales, a través de las cuales se busca hacer efectivo el respeto a la identidad comunitaria local y a su capacidad de autodeterminarse, sin que se ignore por eso la necesidad de que ciertas actividades sean coordinadas y planeadas desde el poder central. Unidad nacional y autonomía de las ...

C 505 95

C-505-95 Sentencia No. C-505/95 SENTENCIA INHIBITORIA POR NORMA DEROGADA La Corte Constitucional ha reiterado que en función de la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución, ella debe conocer de disposiciones que hayan sido acusadas y se encuentren derogadas, siempre y cuando tales normas continúen produciendo efectos jurídicos. En cambio, si la norma demandada excluida del ordenamiento jurídico no sigue surtiendo efectos jurídicos o nunca los produjo, el pronunciamiento de constitucionalidad resulta inocuo, por carencia de objeto. REF: Demanda No. D-921 Norma acusada: Artículo 1º Literal i) del Decreto No. 753 de 1956. Actor: Jaime Antonio Díaz Martínez ...

C 504 95

C-504-95 Sentencia No. C-504/95 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD-Definir si existe oposición objetiva y verificable No resulta posible resolver sobre cada uno de los casos particulares hipotéticamente cobijados por un precepto legal, introduciendo comparaciones con otros casos igualmente particulares no previstos en él. Para llegar a la declaración de inexequibilidad total o parcial de una disposición de la ley es menester definir si existe una oposición objetiva y verificable entre lo que dispone el precepto acusado y lo que manda la Constitución. SENTENCIA INHIBITORIA POR INEXISTENCIA DE PROPOSICION JURIDICA No hay proposición jurídica susceptible de ser acusada ni juzgada en cuya virtud ...

C 503 95

C-503-95 Sentencia No. C-503/95 CONMOCION INTERIOR-Inconstitucionalidad de Decretos expedidos Dado que el Decreto 1372 del 16 de agosto de 1995, fue expedido por el Gobierno Nacional en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 213 de la Carta y en desarrollo del Decreto 1370 de la misma fecha, el cual, como se indicó, fue declarado inexequible, no hay lugar a realizar el análisis de forma y contenido del mismo, por carecer de causa jurídica siendo por consiguiente inconstitucional. Expediente No. RE-067 Revisión constitucional del Decreto Legislativo No. 1372 del 16 de agosto de 1995. MAGISTRADO PONENTE: HERNANDO HERRERA ...

C 498 95

C-498-95 Sentencia No. C-498/95 FACULTADES EXTRAORDINARIAS-Interpretación No se puede hacer una interpretación extensiva, y menos aún analógica, de los alcances de las facultades extraordinarias consagradas por una determinada ley sino que, debido a la naturaleza excepcional de esta institución, procede efectuar un entendimiento estricto y restrictivo de las mismas. FACULTADES EXTRAORDINARIAS-Extralimitación/BONOS PENSIONALES-Emisión/PENSIONES LEGALES-Reconocimiento El Gobierno Nacional tan solo tenía competencia para dictar disposiciones relacionadas con los bonos pensionales, por lo que al referirse a aspectos ajenos a los bonos pensionales, como lo es el reconocimiento y liquidación de pensiones, se incurre en un desbordamiento de las facultades extraordinarias, y por ...

C 497 95

C-497-95 Sentencia No. C-497/95 FUNCION ELECTORAL-Ejercicio por parte del Congreso/PRINCIPIO DE COLABORACION ARMONICA El ejercicio de la función electoral por el órgano legislativo, permite la integración de otros órganos del Estado y contribuye a transmitir legitimidad democrática a otras instancias del poder público. Puede decirse que esta función, lejos de afectar negativamente el principio de separación de funciones, es una manifestación, quizá la más conspicua, del principio de colaboración entre los diferentes órganos estatales. COMISION NACIONAL DE TELEVISION-Junta Directiva/COMPETENCIA DEL CONGRESO-Límites Si bien el Congreso tiene competencias administrativas, su alcance, dada la índole primordial de su quehacer institucional, no puede ...

C 491 95

C-491-95 Sentencia No. C-491/95 PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD NORMATIVA La regulación del régimen de las nulidades, es un asunto que atañe en principio al legislador, el cual puede señalar, con arreglo a dichos criterios y obedeciendo al principio de la proporcionalidad normativa, las causales o motivos que generan nulidad, a efecto de garantizar la regularidad de las actuaciones procesales y consecuentemente el debido proceso. NULIDAD-Facultad del legislador para determinar causales/NULIDAD-Causales taxativas Es el legislador quien tiene la facultad para determinar los casos en los cuales un acto procesal es nulo por carencia de los requisitos formales y sustanciales requeridos para su ...

C 490 95

C-490-95 Sentencia No. C-490/95 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD-Objeto Lo pretendido por el actor, con relación a las normas acusadas, es un examen puramente valorativo: busca que se adopte una posición de orden subjetivo, que evidentemente no le corresponde desarrollar al juez constitucional que debe limitar su función a la guarda de la integridad y supremacía de la Carta Política, tal como él la interpreta. SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE-Sistema de control de pasajes/SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE-Prestación eficiente El transporte colectivo urbano es un servicio público inherente a la finalidad social del Estado, y que es deber de éste asegurar su prestación eficiente ...

C 489 95

C-489-95 Sentencia No. C-489/95 CONTRIBUYENTE/DECLARANTE/RETENCION EN LA FUENTE/DECLARACION DE RENTA/OBLIGACION TRIBUTARIA/HECHO GRAVABLE Se equivoca el demandante al afirmar que quien no está obligado a declarar no debe pagar impuestos, ya que confunde el concepto genérico de contribuyente con el específico de declarante, que es sólo una clase del primero. La modalidad del pago del impuesto - mediante declaración de renta y complementarios o mediante retención en la fuente - no debe confundirse con la obligación tributaria sustancial, la cual emana de la realización u ocurrencia del hecho gravable. IMPUESTO DE RENTA PARA LOS CONTRIBUYENTES NO DECLARANTES El artículo 6 del ...

C 488 95

C-488-95 Sentencia No. C-488/95 CONMOCION INTERIOR-Inconstitucionalidad de decretos expedidos La declaración de inconstitucionalidad del Decreto declaratorio del Estado de Conmoción Interior implica necesariamente que corran la misma suerte las demás disposiciones adoptadas por el Gobierno en el marco de la excepcional institución consagrada en el artículo 213 de la Carta Política. Se trata de una inconstitucionalidad por consecuencia, es decir, del decaimiento de los decretos posteriores a raíz de la desaparición sobreviniente de la norma que permitía al Jefe del Estado asumir y ejercer las atribuciones extraordinarias previstas en la Constitución. Cuando tal situación se presenta, la Corte Constitucional no ...

C 485 95

C-485-95 3 Sentencia No. C-485/95 INTERES LEGAL-Norma supletoria La norma que obliga al pago del interés legal, es decir, el inciso primero de la regla primera, es supletoria, pues los intereses legales sólo se deben cuando no se ha pactado un interés superior al legal, y el deudor incurre en mora. INTERES LEGAL-Competencia del legislador La Corte no podría determinar, como parece leerse entre líneas en la demanda, que el interés legal fuera igual o superior a la tasa de inflación, porque ello implicaría legislar, es decir, invadir la esfera reservada al Congreso. CONTRATO DE MUTUO/INTERES LEGAL-Cuantía Lo que la ...

C 484 95

C-484-95 Sentencia No. C-484/95 COSA JUZGADA RELATIVA POR REFORMA CONSTITUCIONAL En caso de cambio o de reforma constitucional, la cosa juzgada constitucional pasa de ser absoluta a relativa y puede ser removida por la Corte Constitucional, no obstante mediar fallo que haya resuelto sobre la constitucionalidad de una norma de rango legal anterior a la nueva disposición superior. TRANSITO CONSTITUCIONAL Cuando se producen los fenómenos propios del transito constitucional, sea por virtud de la expedición de una nueva Carta o de la reforma de la parte correspondiente de la misma Constitución, es posible adelantar un nuevo juicio de constitucionalidad, sin ...

C 483 95

C-483-95 Sentencia No. C-483/95 CONTRATO DE TRABAJO DE PERSONAL DOCENTE-Improcedencia de duración máxima determinada/DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL/VACACIONES DE PERSONAL DOCENTE La limitante establecida por la norma acusada, según el análisis que precede, transgrede el principio en mención, al impedir a los profesores de establecimientos particulares de enseñanza la celebración de contratos de trabajo por un tiempo mayor al del año escolar, pues, dado que a la luz de la norma el máximo período de contratación es de un año, ocurre que no obstante haberse desempeñado de acuerdo con las condiciones fijadas por la ley y por el contrato mismo, ...

C 482 95

C-482-95 Sentencia No. C-482/95 DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Error mecanográfico/PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL En aras de la prevalencia del derecho sustancial (Art. 228 C.P.) y teniendo en consideración que el actor tan sólo incurrió en un error de tipo mecanográfico al presentar su demanda contra el artículo 60 del Decreto 2083 de 1994, en lugar del artículo 6 literal c), esta Corporación se pronunciará entonces sobre la exequibilidad de la disposición referida. ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PUBLICA-Naturaleza jurídica/ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PUBLICA-Régimen jurídico La misma Ley 30 de 1992 quiso que la Escuela Superior de Administración Pública mantuviese su naturaleza jurídica, es ...

C 481 95

C-481-95 Sentencia No. C-481/95 NOTIFICACION POR EDICTO EN PROCESO ELECTORAL La modalidad de notificación edictal prevista en los incisos 2o. y 3o. del numeral 4 del art. 233, aunque especial y de excepción frente a las disposiciones generales que normalmente prevén la notificación personal del auto admisorio de la demanda, responde indudablemente a la necesidad de la celeridad de los procesos electorales, que demanda su rápida tramitación y decisión, obviamente bajo la observancia del debido proceso, con el fin de que el pronunciamiento de la autoridad jurisdiccional produzca los efectos deseados, en el sentido de garantizar la pureza del sufragio ...

C 480 95

C-480-95 Sentencia No. C-480/95 CONDENA EN COSTAS Nuestro C. de P.C. adopta un criterio objetivo en lo relativo a la condena en costas: se condena en costas al vencido en el proceso, incidente o recurso, independientemente de las causas del vencimiento. No entra el juez, por consiguiente, a examinar si hubo o no culpa en quien promovió el proceso, recurso o incidente, o se opuso a él, y resultó vencido. RESTITUCION AL TERCERO POSEEDOR/CAUCION Es lógico, pues, que quien pretenda desconocer en la práctica la sentencia, basándose en un hecho como la posesión, que por su misma naturaleza no se ...

C 479 95

C-479-95 Sentencia No. C-479/95 PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION-Intervención en procesos penales La función del Ministerio Público en defensa del interés social, lo obliga, a intervenir ante autoridades judiciales, en calidad de colaborador de la administración de justicia y asume entonces el carácter de verdadero sujeto procesal. En modo alguno ello implica desarrollar una función jurisdiccional, por cuanto no está administrando justicia, sino simplemente coadyuvando o impugnando una acusación ya en firme. Ref: Expediente D- 873 Demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 4o. del artículo 135 del Decreto 2700 de 1991 (Código de Procedimiento Penal) Actor: Yesid Reyes Alvarado Magistrado ...

C 472 95

C-472-95 Sentencia No. C-472/95 PROPOSICION JURIDICA COMPLETA-Integración oficiosa/CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD-Abuso Con la interpretación que la Corte hace de la pretensión del demandante, por las razones antes indicadas, se busca evitar la perversión del control de constitucionalidad y el abuso de éste por los demandantes quienes, en muchos casos, actúan no para mantener la legalidad abstracta constitucional, lo cual es de interés público, sino con el propósito de satisfacer intereses particulares, cuando buscan que una norma se interprete en determinado sentido, eliminando de ella palabras o expresiones que no se adecuan o no resultan idóneas para alcanzar los propósitos deseados, y ...

C 471 95

C-471-95 DESCENTRALIZACION TERRITORIAL-Limitaciones Las limitaciones que comporta la descentralización territorial en el marco del Estado unitario, en el cual existe unidad legislativa, es decir, que el Congreso expide las leyes que tiene aplicación en todo el territorio nacional, y no pueden ser modificadas por las autoridades locales, al contrario de lo que ocurre en el Estado Federal; además destacó la Corporación que en el primero, el manejo del Estado es unificado bajo la filosofía del llamado control de tutela, y las células territoriales no están sometidas al control jerárquico propio del Estado centralizado. DESCENTRALIZACION DEL SISTEMA CARCELARIO/INPEC Dentro del criterio ...

C 470 95

C-470-95 Sentencia No. C-470/95 SOBRERREMUNERACION-No es factor salarial/TELECOM La sobrerremuneración que se paga a los trabajadores de TELECOM en el mes de diciembre, se originó, como se advirtió antes, con la expedición del Decreto Ley 325 de 1981. La norma acusada, vino simplemente a reiterar el carácter no salarial de la sobrerremuneración y, además, "a aumentarla en diez y siete días de sueldo", encuentra la Corte que las facultades fueron utilizadas, siguiendo el tenor literal de la norma habilitadora de la competencia, pues indudablemente las atribuciones para fijar las escalas de remuneración de los empleos públicos de la Rama Ejecutiva ...

C 469 95

C-469-95 Sentencia No. C-469/95 BANCO DE LA REPUBLICA-Autonomía/BANCO DE LA REPUBLICA-Intervención de la Contraloría en labores de impresión, acuñación, retiro o incineración de moneda Cuando se llevan a cabo las labores materiales de impresión o acuñación, retiro de circulación e incineración de moneda, pueden llegar a comprometerse en su expresión concreta la política económica y el manejo monetario -aunque una y otro no se trazan ni se definen por medio de tales actos, que son meramente ejecutivos-, razón que hace indispensable el establecimiento de controles adecuados y efectivos a cargo del organismo que, según la Constitución Política, debe cuidar los ...

C 468 95

C-468-95 7 Sentencia No. C-468/95 PROYECTO DE LEY-Vicio subsanable La Corte Constitucional otorgó al Congreso de la República un término de treinta días para subsanar el vicio anotado en los antecedentes. En consecuencia, considerando que el Congreso de la República subsanó, dentro del término otorgado por la Corte Constitucional, el vicio de forma, se declarará la exequibilidad del Proyecto de Ley. Ref: O.P. 007 Magistrado Ponente: Dr. EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ Santa Fe de Bogotá, D.C., Octubre diecinueve (19) de mil novecientos noventa y cinco (1995). La Sala Plena de la Corte Constitucional integrada por su Presidente José Gregorio Hernández Galindo ...

C 466 95

C-466-95 Sentencia No. C-466/95 CONMOCION INTERIOR-Inexistencia de hechos sobrevinientes Los hechos narrados no tienen el carácter de coyunturales, transitorios ni excepcionales, que deban ser conjurados mediante medidas de excepción, sino que constituyen patologías arraigadas que merecen tratamiento distinto por medio de los mecanismos ordinarios con que cuenta el Estado para sortear problemas funcionales y estructurales normales. CONMOCION INTERIOR-Hechos invocados Es claro que los hechos invocados por el Gobierno son, ciertamente, "graves" y perturbadores del orden público, que es presupuesto de la convivencia pacífica y de la vigencia de un orden justo, fin esencial del Estado Colombiano. Pero si son, como ...

C 461 95

C-461-95 Sentencia No. C-461/95 DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Naturaleza La acción de inconstitucionalidad, en razón de su carácter público, posee requisitos de fondo y forma mucho más flexibles que los de otras acciones judiciales. Teniendo en cuenta que para interponer esta acción no es necesario ser abogado y puede ser incoada directamente, sin necesidad de recurrir a apoderado, el juez debe, en lo posible, evitar que el derecho ciudadano de acceder a la justicia constitucional se haga nugatorio por razones de forma. DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Cita de sentencia Si bien el actor no menciona, de manera explícita, el numeral 4, del artículo 241 ...

C 460 95

C-460-95 Sentencia No. C-460/95 COSA JUZGADA REF.: PROCESO D - 834 Acción pública de inconstitucionalidad contra los artículos 43 numeral 3o. y 199 de la Ley 136 de 1994, "Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios." ACTORES: Maria del Pilar Cruz Suarez, Angelica Maria Hernandez, Nora Fernanda Martinez Lopez y Vivian Andrea Lozano. MAGISTRADO SUSTANCIADOR: HERNANDO HERRERA VERGARA Santa Fé de Bogotá, D.C., Octubre doce (12) de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES. Procede la Corte Constitucional a resolver la demanda de inconstitucionalidad presentada por las ciudadanas Maria ...

C 459 95

C-459-95 Sentencia No. C-459/95 QUERELLA EN DELITOS CONTRA MENORES-Improcedencia/DERECHOS DE LOS MENORES-Protección Penal/DERECHO AL AMPARO PENAL DEL NIÑO-Fundamental/PRINCIPIO DE OFICIOSIDAD La querella - que comporta una tutela penal condicionada del menor -, se sustenta en la necesidad de que sus representantes legales puedan ponderar las consecuencias previsibles de la acción penal en la órbita de sus intereses. Se supone que la tutela penal plena del menor - en virtud del principio de oficiosidad -, puede tener repercusiones negativas respecto del menor. El derecho penal se justifica y se torna imperioso como una de las formas más importantes de protección de ...

C 452 95

C-452-95 Sentencia No. C-452/95 PROPIEDAD-Acceso Es claro que el mandato constitucional consagrado en el artículo 60 de la Carta, trasciende el mero interés de dar acceso a la propiedad estatal a los más pobres y desprotegidos; el efecto que se pretende, y así debe entenderse la disposición del Constituyente, es mucho más complejo, equilibrar la participación de los diferentes sectores de la sociedad en el manejo de la propiedad, impulsando estrategias que viabilicen el acceso de los sectores que señala la Constitución a la misma, con el propósito de que su participación implique una reformulación de los objetivos y políticas ...

C 451 95

C-451-95 Sentencia No. C-451/95 HONORARIOS DE ARBITRO-Condición negativa/LAUDO ARBITRAL-Nulidad Contraído el examen al segundo pago de honorarios, su regulación legal no vulnera la Constitución. En ejercicio de la anotada libertad legislativa, podía configurarse la obligación de pagar este segunda parte de los honorarios sujetándola a una condición negativa, como en efecto se hizo. Así como respecto del primer pago, se prefirió establecer una obligación pura y simple de pagar la mitad de los honorarios, en relación con el segundo, bien podía optarse por contemplar una obligación condicional. En el presente caso, la determinación legal de los hechos que constituyen la ...

C 450 95

C-450-95 Sentencia No. C-450/95 DERECHO DE HUELGA-Concepto El derecho de huelga constituye un medio de acción directa, coactivo y legítimo sobre los empleadores particulares o del Estado para obligarlos a ceder frente a los reclamos de los trabajadores, con el fin de asegurar la creación de un orden económico y social más justo en el ámbito de la empresa. DERECHO DE HUELGA-Límites La huelga no constituye un derecho absoluto, pues está sujeto a limitaciones que emergen de la misma Constitución. El carácter no absoluto del derecho de huelga se explica por la repercusión que su ejercicio puede causar, hasta el ...

C 449 95

C-449-95 Sentencia No. C-449/95 NULIDAD PROCESAL-Oportunidad para declararla Las partes pueden alegar la nulidad, dentro de la instancia, aun después de dictada la sentencia, cuando aquélla se origina en la propia sentencia. Hay diversidad de oportunidades para alegar la nulidad. Pero lo que no podría permitirse, porque sería contrario a la seguridad jurídica, sería el dejar abierta la puerta para que en cualquier tiempo el juez que hubiera conocido de un proceso declarara oficiosamente su nulidad. Ello implicaría la destrucción de la cosa juzgada. Ref: Expediente D-877 Demanda de inconstitucionalidad del numeral 85 (parcial) del artículo 1o. del decreto ley ...

C 448 95

C-448-95 Sentencia No. C-448/95 PRESIDENTE DE LA REPUBLICA-Extralimitación de facultades/FISCAL GENERAL DE LA NACION-Límite temporal para asignar funciones a jueces Al confrontar el precepto legal acusado con el mandato constitucional, se advierte claramente, sin necesidad de efectuar mayor análisis, que el Presidente de la República excedió las facultades concedidas en lo que respecta al límite temporal fijado en la norma superior, pues la asignación de competencias para el caso de los jueces penales municipales podía extenderse por un término que no excediera de 4 años, contados a partir de la expedición de la Constitución, hecho que tuvo ocurrencia el día ...

C 447 95

C-447-95 Sentencia No. C-447/95 CONCEJO MUNICIPAL-Facultades/COMUNAS/CORREGIMIENTOS Los concejos municipales tienen una atribución facultativa para dividir el territorio de su jurisdicción en "comunas" en el sector urbano y "corregimientos" en el sector rural, dependiendo de las necesidades y particularidades propias de cada territorio y dentro de los parámetros normativos que dicte el legislador, que lo autoriza para categorizar los municipios y crear para ellos sistemas diferentes de su organización, gobierno y administración. MUNICIPIO-Facultad del legislador de organizarlo Si el legislador está constitucionalmente facultado para darles una organización distinta a los municipios, nada le impedía hacerlo respecto a los de quinta y ...

C 446 95

C-446-95 Sentencia No. C-446/95 RECURSO DE APELACION DE AUTOS-Alcance/RECURSO DE APELACION DE AUTOS-Efecto La Constitución no regula el recurso de apelación de los autos que se dictan en el proceso civil. Y mal podría hacerlo porque ésta, la de los procedimientos, es materia que corresponde a la ley. Son "las formas propias de cada juicio", es decir, la ley procesal. El determinar si la apelación contra un auto se concede en el efecto devolutivo o diferido, es asunto que también corresponde al legislador, al dictar la ley procesal. Como le corresponde, igualmente, determinar qué autos son susceptibles del recurso de ...

C 445 95

C-445-95 Sentencia C-445/95 COSA JUZGADA MATERIAL-Ausencia/TRANSITO CONSTITUCIONAL Las normas tributarias que podían ser constitucionales, conforme a la Carta anterior, pueden por el contrario resultar opuestas a las disposiciones de la Carta de 1991. Pues "decisiones adoptadas por la Honorable Corte Suprema de Justicia antes de la vigencia de la Carta de 1991, no hacen tránsito a cosa juzgada material, toda vez que el examen realizado por esa Corporación no comprendió las disposiciones de la actual Constitución. OBLIGACION TRIBUTARIA-Mecanismos de cobro anticipado/PRINCIPIO DE EFICIENCIA TRIBUTARIA/OBLIGACION TRIBUTARIA-Hechos de extinción La ley tributaria ordena, en determinados casos, el abono anticipado de ciertos tributos ...

C 444 95

C-444-95 Sentencia No. C-444/95 POLICIA NACIONAL-Naturaleza civil La Policía Nacional se distingue de las Fuerzas Militares por la ausencia de disciplina castrense y por su naturaleza civil, lo cual implica que los inferiores son responsables de la ejecución de las órdenes que reciban. La Policía Nacional, como autoridad administrativa, cumple funciones preventivas mas no represivas, salvo cuando actúa como colaboradora de las autoridades judiciales en ejercicio de la función de policía judicial. FUERO PENAL MILITAR PARA MIEMBROS DE LA POLICIA Fue inequívoca la voluntad del constituyente, en el sentido de aplicar el fuero penal militar a los miembros de la ...

C 432 95

C-432-95 12 Sentencia No. C-432/95 TRABAJADOR OFICIAL DEL SECTOR SALUD Son trabajadores oficiales del sector salud quienes desempeñen cargos no directivos destinados al mantenimiento de la planta física hospitalaria, o de servicios generales, dentro de la estructura administrativa de la Nación, de las entidades territoriales o de sus entidades descentralizadas, delegandose en los establecimientos públicos de cualquier nivel, la facultad de precisar en sus respectivos estatutos, qué actividades pueden ser desempeñadas mediante contrato de trabajo. CONTRATO DE TRABAJO EN ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS-Determinación de actividades/ADMINISTRACION PUBLICA-Estructura/SERVIDOR PUBLICO-Clasificación REF.: EXPEDIENTE No. D - 880 Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso 2o. del parágrafo ...

C 431 95

C-431-95 BSentencia No. C-431/95 ARBITRAMENTO-Alcance/ADMINISTRACION DE JUSTICIA POR PARTICULARES No obstante que el arbitramento se origina en un negocio jurídico privado, por virtud de la habilitación de las partes -una vez se ha llegado a acuerdo entre las partes-, quien le otorga la facultad de administrar justicia a los particulares en la condición de árbitros, es la misma Constitución Política. Dicha habilitación es transitoria, pues al resolverse el conflicto desaparece la razón de ser de la función arbitral. En este sentido, los árbitros obran en forma similar a cualquier juez. La existencia del pacto arbitral sustrae o excluye el negocio ...

C 430 95

C-430-95 Sentencia No. C-430/95 CONTRIBUCION-Ausencia de univocidad en la Constitución Si la propia Constitución no introdujo una tipología uniforme y obligatoria, en cuya virtud debiera siempre encasillarse el concepto de "contribución" o el contenido de una norma legal que la establezca dentro de un determinado rubro normativo constitucional, no puede invocarse la Carta para limitar la actividad del legislador, señalando como inconstitucional la creación de un tributo por figurar bajo determinado nombre que pueda no corresponder a clasificaciones doctrinarias. Por eso, si la disposición expedida por el legislador distingue como "contribución" lo que la doctrina tributaria entiende como "impuesto", o ...

C 429 95

C-429-95 Sentencia No. C-429/95 PRINCIPIO DE IGUALDAD-Tratamiento diferenciado El principio de igualdad sólo se viola si el tratamiento diferenciado de casos no está previsto de una justificación objetiva y razonable. La existencia de tal justificación debe ser apreciada según la finalidad y los efectos del tratamiento diferenciado. REMATE-Repetición/REMATE-Postura admisible/AJUSTE MONETARIO-Improcedencia Es claro que existe un trato distinto para el deudor y el acreedor, desde el punto de vista del ajuste monetario que ordena la ley por concepto de inflación. En efecto, varias normas, autorizan el ajuste monetario de la acreencia, porque esta no se confronta con el mercado, por lo ...

C 423 95

C-423-95 Sentencia No. C-423/95 INGRESOS CORRIENTES-Regularidad/INGRESOS DE CAPITAL-Eventualidad Coinciden la jurisprudencia y la doctrina en acoger el concepto de regularidad como elemento característico, no esencial, pues admite excepciones, de los ingresos corrientes, los cuales distinguen de los ingresos de capital, que al contrario se caracterizan por su eventualidad; tal distinción cobra significativa importancia en la estructura fiscal que definió el Constituyente de 1991, pues de los primeros deben participar las entidades territoriales, a través del situado fiscal y la participación de los municipios, y con ellos financiar programas y proyectos de inversión social, los cuales cubren y atienden necesidades de ...

C 422 95

C-422-95 Sentencia No. C-422/95 DERECHO DE HERENCIA-Reglamentación reservada a la ley Siendo el derecho de herencia un derecho de estirpe legal, su consagración y su reglamentación están reservadas al legislador. Por lo mismo, la Corte Constitucional usurparía una competencia propia del Congreso de la República si, so pretexto de aplicar una norma constitucional, llamara a heredar en la sucesión intestada a alguien a quien la ley no ha llamado. Dicho en otras palabras, en esa hipótesis la Corte legislaría, lo que no le está permitido Ref: Expedientes D- 854 y D-855 Demandas de inconstitucionalidad en contra del artículo 1051 del ...

C 421 95

C-421-95 Sentencia No. C-421/95 RETENCION EN LA FUENTE-Naturaleza Las normas que la reglamentan establecen inequívocamente que es un medio para recaudar gradualmente un impuesto, concepto diferente del impuesto en sí. Es claro, en consecuencia, que no puede pretenderse que a la retención en la fuente se aplique el procedimiento establecido para la determinación del impuesto. RETENCION EN LA FUENTE La retención en la fuente, tal como está establecida en las normas acusadas, en nada contraría el artículo 29 de la Constitución, que consagra el debido proceso. Pero como se trata de una demanda dirigida contra 49 artículos del decreto ley ...

C 420 95

C-420-95 Sentencia No. C-420/95 EXAMEN DEL ICFES-Naturaleza El examen de Estado no constituye restricción alguna al derecho al libre desarrollo de la personalidad como lo señala el demandante, ya que su presentación no significa una intromisión indebida del Estado "en la realización de las metas del individuo" pues precisamente las aspiraciones individuales eventualmente pueden estar en "competencia" con las de otras personas, y por ello tal prueba es un instrumento que, en condiciones de igualdad objetiva, permite a las instituciones de educación superior tener un criterio de selección de sus aspirantes, tal como ya se anotó, lo que en nada ...

C 419 95

C-419-95 Sentencia C-419/95 EXENCION TRIBUTARIA/PRINCIPIO DE EQUIDAD DEL TRIBUTO Las exenciones hacen parte de un sistema de estímulos fiscales, normalmente utilizados para lograr ciertos resultados de política económica y social en que se interesa el Estado cuando pretende impulsar la inversión privada, estimular determinadas actividades productivas u orientar el ahorro privado hacia ciertos tipos de inversiones. Por ser una medida excepcional y responder a intereses de política económica y social del Estado las exenciones no contradicen el principio de equidad, según lo insinúa la demandante. La equidad tributaria es la medida de la justicia fiscal. Su diseño ha de ser ...

C 418 95

C-418-95 16 Sentencia No. C-418/95 INTERNACIONALIZACION DE LAS RELACIONES JURIDICAS Teniendo en consideración que los países del mundo -en especial los de Latinoamérica- encuentran cada vez más cierta aproximación en temas sustanciales como los económicos, los políticos, los sociales o los ecológicos, esa afinidad requiere igualmente de una concordancia en los aspectos jurídicos necesarios para el desarrollo de aquellas áreas. En otras palabras, el derecho debe ir siempre de la mano con la internacionalización de las relaciones. La internacionalización de las relaciones jurídicas, al ser consecuencia lógica de la internacionalización de las demás áreas, cuenta, entonces, con idéntico fundamento constitucional ...

C 407 95

C-407-95 2 Sentencia No. C-407/95 INICIATIVA LEGISLATIVA-Término en que se reasume/INICIATIVA LEGISLATIVA-Naturaleza LINEA DE CREDITO ESPECIAL-Competencia para su creación Dependiendo de la causa del Estado de Emergencia, el Gobierno podrá contemplar la creación de una línea de crédito especial con el fin de conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos. La exequibilidad de la medida adoptada dependerá de su relación directa y específica con dicho estado y de que no se trate del establecimiento en el Banco de la República de un cupo de crédito en favor de los particulares. Como quiera que también con miras a ...

C 406 95

C-406-95 Sentencia No. C-406/95 PRINCIPIO IN DUBIO PRO FUNCIONARIO Como principio rector del procedimiento disciplinario, esta disposición consagra la regla del In dubio pro funcionario en términos jurídicos precisos, consistente en el deber de los funcionarios competentes de adelantar las investigaciones correspondientes sobre la conducta de aquéllos servidores que incurran en una eventual infracción de aquella naturaleza, con especial énfasis en la averiguación de todos los elementos que se relacionen con la misma, pero siempre sobre la base de la presunción de inocencia. Este deber consiste en la obligación del beneficio de la duda en favor del funcionario hasta que ...

C 405 95

C-405-95 Sentencia No. C-405/95 CARRERA ADMINISTRATIVA La Constitución de 1991 estableció un régimen que reforzó las garantías en favor de la prioridad de la Carrera Administrativa, que opera como principio especial del ordenamiento jurídico, y que antecede y prevalece ante el régimen de libre nombramiento y remoción de los funcionarios públicos CARRERA ADMINISTRATIVA-Exclusión de su régimen La Corte encuentra que en el caso de los cargos del nivel directivo, de manejo, de conducción u orientación institucional, en cuya virtud se adoptan políticas o directrices fundamentales, o en el de los que impliquen la necesaria confianza de quien tiene a cargo ...

C 402 95

C-402-95 Sentencia C-402/95 CONVENIO INTERNACIONAL-Alcance/CONVENIO DE ASPECTOS CIVILES DEL SECUESTRO INTERNACIONAL DE NIÑOS/PREVALENCIA DE DERECHOS DEL NIÑO El Convenio sobre aspectos civiles del secuestro internacional de niños hace parte de un conjunto mayor de tratados internacionales que procuran la restitución inmediata del menor al lugar de su residencia habitual, cuando éste ha sido trasladado o retenido ilícitamente por uno de sus padres o parientes a raíz de conflictos familiares. Igualmente impone a los Estados Contratantes el respeto de los derechos de visita y de custodia que cualquiera de ellos haya reconocido a alguno de los padres o acudientes del menor ...

C 401 95

C-401-95 Sentencia No. C-401/95 TRATADO INTERNACIONAL-Cooperación internacional Un segundo grupo de normas se ajusta, a lo estatuído en la Carta Política, pues no en vano en la Constitución de 1991 se fijaron rumbos para una política integracionista por parte de Colombia, con el soporte de la amplia colaboración internacional. Pero ésta debe ser integral, es decir, no limitarse a un solo aspecto, sino contemplar la diversidad de asuntos que en la vida de las naciones se derivan del devenir económico, social, cultural, ambiental, científico y tecnológico, y de lo que constituye la naturaleza de las relaciones del Estado en los ...

C 400 95

C-400-95 Sentencia No. C-400/95 INSTITUTO DE SALUD DE LAS FUERZAS MILITARES-Integración de la Junta Directiva El legislador es autónomo para señalar quiénes integran la junta directiva de un establecimiento público, como lo es el Instituto de Salud de las Fuerzas Militares. La norma impugnada al incluir dentro de los miembros de la junta directiva del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares a un pensionado del Ministerio de Defensa Nacional, quien será elegido de las listas de candidatos que envíen las asociaciones de pensionados de ese Ministerio, en lugar de contrariar los derechos constitucionales a que se ha hecho alusión ...

C 399 95

C-399-95 Sentencia No. C-399/95 FUERO PENAL MILITAR-Alcance/PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION-Intervención en procesos penales militares La Constitución establece el fuero militar como una excepción a la competencia general de la jurisdicción ordinaria, por lo cual sus alcances deben ser determinados en forma estricta y rigurosa, no sólo por la ley sino también por el intérprete, pues es un principio elemental de la hermenéutica constitucional que las excepciones son siempre de interpretación restrictiva, con el fin de no convertir la excepción en regla. El fuero militar no afecta las competencias y funciones de los organismos de control, puesto que ese fuero ...

C 398 95

C-398-95 Sentencia No. C-398/95 DELEGACION DE FUNCIONES-Expedición de Decretos/DELEGACION DE FUNCIONES GENERICAS-Improcedencia No es admisible, a la luz de la Constitución Política, una delegación genérica, ni en cuanto a las ocasiones en que deba ausentarse el Presidente de su cargo, ni respecto de los asuntos que puedan confiarse al Ministro Delegatario. Es necesario que por cada vez que el Jefe del Estado abandone el territorio en la indicada condición dicte un decreto de delegación y señale en él de manera precisa y taxativa las funciones presidenciales que se delegan. En el caso objeto de análisis tal decreto fue dictado bajo ...

C 397 95

C-397-95 Sentencia No. C-397/95 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-Examen de constitucionalidad El examen efectuado por la Corte Suprema de Justicia, cuando esa Corporación ejercía las funciones de control de constitucionalidad, se entiende que ha recaído únicamente sobre la acusación en su oportunidad formulada y, de todas maneras, frente a la Constitución Política de la época, motivo por el cual la cosa juzgada que amparaba la sentencia de exequibilidad se predicó y surtió la totalidad de sus efectos mientras tal Carta Política estuvo en vigor, sin posibilidad alguna de comprometer futuros cotejos de constitucionalidad de las mismas normas legales respecto de una ...

C 396 95

C-396-95 Sentencia No. C-396/95 CONVENCION SOBRE PREVENCION Y CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS-Alcance La Convención se constituye en un instrumento tendiente a garantizar el fortalecimiento de la administración de justicia y la seguridad, tanto interna como externa, que permita contar con las herramientas necesarias para enfrentar los graves problemas de violencia, representados en graves ilícitos, como el terrorismo, el secuestro, la extorsión, el homicidio y los atentados con fines terroristas, entre otros. Brinda la Convención adicionalmente, una protección amplia sobre los peligros de seguridad que se deben otorgar a personas representativas del país en el exterior, que por ...

C 394 95

C-394-95 Sentencia No. C-394/95 IGUALDAD-Concepto La igualdad no consiste en la identidad absoluta, sino en la proporcionalidad equivalente entre dos o más entes, es decir, en dar a cada cual lo adecuado según las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Además, la norma funda la distinción -que no es lo mismo que discriminación- en motivos razonables para lograr objetivos legítimos, tales como la seguridad, la resocialización y cumplimiento de la sentencia, que tienen notas directas de interés general y, por ende, son prevalentes. Luego no se trata de una discrecionalidad radical, sino tan sólo de un margen razonable de acción, ...

C 381 95

C-381-95 19 Sentencia No. C-381/95 LEY ESTATUTARIA-Improcedencia/INHABILIDADES-Regulación/INCOMPATIBILIDADES-Regulación El contenido del numeral tercero del artículo 43 de la ley 136 de 1994 -al no regular el núcleo esencial del derecho fundamental a elegir y ser elegido-, no corresponde exactamente a lo que debe ser el objeto de una ley estatutaria, al tenor de lo dispuesto en el artículo 153, literal a) de la Carta Política. en virtud de lo dispuesto en el artículo 293 de la Carta Política, la regulación de las inhabilidades e incompatibilidades en el ámbito municipal, contenida en la Ley 136 de 1994, no se debió haber sometido ...

C 380 95

C-380-95 24 Sentencia No. C-380/95 OBJECION PRESIDENCIAL/COMISION ACCIDENTAL Según lo establecido en el artículo 161 de la Constitución, han debido conformarse sendas comisiones accidentales para que conjuntamente preparen el texto unificado, y lo sometieran a decisión final en sesión plenaria de cada cámara. Como acertadamente lo señala la vista fiscal, la divergencia entre los artículos votados por las cámaras, amerita la integración de las comisiones accidentales, en concordancia con lo prescrito en la Carta y en el inciso tercero del artículo 186 de la Ley 5a. de 1992, que establece el reglamento del Congreso. Este procedimiento no se llevó a ...

C 376 95

C-376-95 Sentencia No. C-376/95 QUORUM DELIBERATORIO El quórum deliberatorio está definido por el artículo 145 de la Constitución, así: "El Congreso pleno, las cámaras y sus comisiones no podrán abrir sesiones ni deliberar con menos de una cuarta parte de sus miembros". QUORUM DECISORIO/MAYORIA DECISORIA PROYECTO DE LEY-Repetición del segundo debate/PROYECTO DE LEY-Aprobación en segundo debate Como después de la "repetición del segundo debate" en cada una de las Cámaras, como lo prevé el artículo 161, las diferencias no persistieron, pues se llegó a un texto único, a un solo proyecto, éste se consideró aprobado. Lo contrario habría ocurrido si ...

C 375 95

C-375-95 Sentencia No. C-375/95 CONTRATO-Actividad consultiva/TRIBUNAL ADMINISTRATIVO-Competencia No vulnera la Constitución la asignación de la función consultiva, al tribunal administrativo respectivo, porque si bien la función consultiva la ejerce el Consejo de Estado en relación con asuntos de administración correspondientes al Gobierno Nacional, no se opone a aquélla la asignación que haga la ley de dicha función consultiva, cuando se trate de celebración de contratos relativos a la vigilancia fiscal en empresas de servicios públicos en las cuales posean acciones o aportes las entidades territoriales, porque los tribunales administrativos hacen parte, según la Constitución, del sistema de la jurisdicción contenciosa ...

C 374 95

C-374-95 Sentencia No. C-374/95 CONTROL FISCAL En la Constitución Política de 1991 se reconoce expresamente la función de control fiscal, como una actividad independiente y autónoma y diferenciada de la que corresponde a las clásicas funciones estatales, lo cual obedece no sólo a un criterio de división y especialización de las tareas públicas, sino a la necesidad política y jurídica de controlar, vigilar y asegurar la correcta utilización, inversión y disposición de los fondos y bienes de la Nación, los departamentos, distritos y los municipios, cuyo manejo se encuentra a cargo de los órganos de la administración, o eventualmente de ...

C 373 95

C-373-95 Sentencia C-373/95 INHABILIDADES POR PARENTESCO Las normas acusadas, en realidad, se limitaron a extender la inhabilidad establecida por la Constitución para los congresistas, a los alcaldes y concejales. Si bien los cargos son diferentes, todos poseen la nota común de la elección popular, que para los efectos de la inhabilidad es la relevante. INHABILIDADES-Finalidad El régimen de inhabilidades al cual se sujeta el acceso al ejercicio del poder político, persigue el respeto y prevalencia de los intereses generales, la igualdad, la moralidad y la imparcialidad, que se verían comprometidos si se dejaran de consagrar determinadas y específicas causales de ...

C 367 95

C-367-95 Sentencia No. C-367/95 INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA NORMA-Fundamento para declararla Al examen de la Corte escapa cualquier elemento de juicio referente al modo como los llamados a cumplir la norma le den en efecto aplicación y, desde luego, tampoco le corresponde verificar la constitucionalidad de hipótesis que no surgen de la disposición acusada, ni de extensiones o interpretaciones llevadas por analogía a campos diferentes del que a ella misma corresponde. La inconstitucionalidad, que significa oposición entre una norma y la Carta Política, no puede ser declarada sino por transgresiones del orden superior emanadas del precepto examinado. PRINCIPIO DE AUTONOMIA DE ...

C 366 95

C-366-95 Sentencia No. C-366/95 FACULTADES EXTRAORDINARIAS-Indebido ejercicio/REGIMEN DISCIPLINARIO DE LA RAMA JUDICIAL-Inhabilidades El Gobierno nacional se extralimitó o desbordó el preciso límite material de las atribuciones dadas, motivo por el cual el literal d) del artículo 3o. del Decreto 1888 de 1989, modificado por el artículo 1o. del Decreto 2281 de 1989, será declarado inexequible. En efecto, si el legislador ordinario hubiera otorgado facultades para modificar el régimen de carrera judicial o de personal de la rama Judicial, la norma cuestionada encajaría dentro de sus imperativos; pero mal puede estatuirse inhabilidades especiales, por ser extrañas a un régimen disciplinario, como ...

C 354 95

C-354-95 Expediente LAT- 046 Sentencia No. C-354/95 ACUERDO DE CREACION DE LA ASOCIACION DE PAISES PRODUCTORES DE CAFE Examinado el Acuerdo, no se encuentra nada en él que contraríe la Constitución. El desarrolla cabalmente el principio del artículo 226 de la Constitución, pues regula las relaciones económicas de Colombia, en lo referente al café, sobre bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional. Si el acuerdo de productores y consumidores es el ideal para evitar que estos últimos, movidos por las tesis del capitalismo salvaje, abusen de su posición dominante, es claro que ante la ausencia de un acuerdo global, los ...

C 353 95

C-353-95 Sentencia No. C-353/95 COMISIONES CONSTITUCIONALES PERMANENTES-Asignación de competencias Ya el legislador, invocando la atribución que le confiere el artículo 142 de la Carta Política, había definido el punto que ahora se controvierte. Si lo hizo mediante ley tramitada como orgánica en cuanto relativa a las funciones legislativas del Congreso, será asunto que la Corte Constitucional no establecerá en esta sentencia, ya que el objeto de proceso no es aquí el de la constitucionalidad de la Ley 3a. de 1992, pues no ha sido demandada, ni el de verificar cuál es su naturaleza específica desde el punto de vista formal ...

C 352 95

C-352-95 Sentencia No. C-352/95 DERECHO DE HERENCIA-Reglamentación reservada a la Ley Siendo el derecho de herencia un derecho de estirpe legal, su consagración y su reglamentación están reservadas al legislador. Por lo mismo, la Corte Constitucional usurparía una competencia propia del Congreso de la República si, so pretexto de aplicar una norma constitucional, llamara a heredar en la sucesión intestada a alguien a quien la ley no ha llamado. Dicho en otras palabras, en esa hipótesis la Corte legislaría, lo que no le está permitido. En conclusión, la prosperidad de una demanda encaminada a corregir una supuesta desigualdad, se limitaría ...

C 351 95

C-351-95 Sentencia No. C-351/95 EDAD DE RETIRO FORZOSO-Regulación legal No se le puede impedir al legislador cumplir con su función natural, bajo el argumento de que es la norma constitucional la que debe consagrar exhaustivamente lo referente a la edad del retiro forzoso. Argumentar que sólo la Carta puede determinarla es un despropósito, pues una Constitución no puede prever todos los asuntos susceptibles de ser regulados. Hay que recordar que lo que una Constitución debe contener, en esencia, son las normas fundamentales para la organización del Estado, las reglas generales para el funcionamiento y distribución de competencias entre los órganos ...

C 350 95

C-350-95 Sentencia No. C-350/95 COSA JUZGADA Ref.: Expedientes D-742 - D-755 - D-777 (Acumulados) Actores: EDUARDO LAVERDE TOSCANO, JULIO CARLOS VERGARA VERGARA, GRACIELA GONZÁLEZ RIBÓN Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso 2° del artículo 88 de la Ley - 0 de 1993 “Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero” Magistrado Ponente: Dr. EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ Santa Fe de Bogotá, D.C., Agosto nueve (9) de mil novecientos noventa y cinco (1995) Aprobado por Acta Nº 31 La Sala Plena de la Corte Constitucional integrada por su Presidente José Gregorio Hernández Galindo y por los Magistrados Jorge Arango Mejía, Antonio Barrera Carbonell, ...

C 349 95

C-349-95 Sentencia No. C-349/95 LEY-Unidad de materia/LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y PESQUERO-Modificación al régimen tributario En el más amplio sentido, las modificaciones al régimen tributario no tienen relación lógica con la pretensión de lograr el desarrollo de un campo específico de la producción: el sector agropecuario y pesquero, y en consecuencia ese inciso segundo del artículo 88 de la Ley 101 de 1993, viola el artículo 158 de la Carta, al referirse a una materia ajena al tema de que se ocupa la ley que lo contiene, como bien lo sostienen los demandantes. DERECHO A LA IGUALDAD-Vulneración por exención de ...

C 346 95

C-346-95 Sentencia No. C-346/95 Que la segunda por ser interpretativa se entienda incorporada a la interpretada, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 del Código Civil, tiene plena validez sólo respecto del contenido material de sus preceptos pues en realidad la ley interpretativa conforma con la interpretada una sóla unidad en lo sustancial, y ésto se debe a que sus normas están destinadas única y exclusivamente a aclarar el sentido y alcance de las disposiciones de la ley anterior cuyo texto era ambiguo o dudoso, más no a crear nuevos derechos. De ahí que se haya dicho que ...

C 345 95

C-345-95 Sentencia No. C-345/95 PENA-Diferencia en el quantum La diferencia en el quantum de la pena, bien que se trate de un sujeto activo simple o de uno cualificado por su condición de empleado oficial, obedece, entre otras razones, a que el delito cometido por persona indeterminada reviste la misma gravedad y produce los mismos efectos independientemente de quien lo cometa. El delito perpetrado por un empleado público en ejercicio de sus funciones o de su cargo o con ocasión de ellos, en cambio, además de vulnerar determinados bienes jurídicos tutelados, lesiona los valores de la credibilidad y de la ...

C 344 95

C-344-95 Sentencia No. C-344/95 UNIDAD NORMATIVA CONSTITUCIONAL-Alcance Cuando la Corte Constitucional establezca que una norma no demandada se encuentra en íntima, necesaria e indudable relación lógica y jurídica con la disposición objeto de análisis, puede extender su decisión para cobijar aquélla, en defensa de la prevalencia material y efectiva de la Constitución, pero si el vínculo existente entre las dos normas, aunque toquen la misma materia, no implica indispensable conexión, en cuanto la ligazón o enlace entre ellas carece de la contundencia suficiente como para concluir con certeza en que el precepto de cuya vinculación se trata es también contrario ...

C 343 95

C-343-95 Sentencia C-343/95 INICIATIVA LEGISLATIVA PARA GASTO PUBLICO La iniciativa parlamentaria para presentar proyectos de ley que decreten gasto público, no conlleva la modificación o adición del presupuesto general de la Nación. Simplemente esas leyes servirán de título para que posteriormente, a iniciativa del Gobierno, se incluyan en la ley anual de presupuesto las partidas necesarias para atender esos gastos. Algunos miembros del Congreso de la República sí podían presentar el proyecto de ley bajo examen y, por ende, podían también ordenar la asignación de partidas para la reparación y manutención del Templo de San Roque en la ciudad de ...

C 332 95

C-332-95 Expediente D-791 Sentencia No. C-332/95 NORMA DEROGADA-Carencia actual de objeto En función de la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución, ella debe conocer de disposiciones que hayan sido acusadas y se encuentren derogadas, cuando tales normas continúen produciendo efectos jurídicos. En cambio, si la norma demandada y excluida del ordenamiento jurídico no sigue surtiendo efectos jurídicos o nunca los produjo, el pronunciamiento de constitucionalidad resulta inocuo, por carencia de objeto. Las normas derogadas nunca alcanzaron a surtir efectos jurídicos prácticos. REF: Demandas No. D-793 y D-811 (acumuladas). Normas acusadas: Artículos 199 y 202 de la Ley ...

C 331 95

C-331-95 Sentencia No. C-331/95 NORMA DEROGADA-Carencia actual de objeto En función de la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución, ella debe conocer de disposiciones que hayan sido acusadas y se encuentren derogadas, cuando tales normas continúen produciendo efectos jurídicos. En cambio, si la norma demandada excluida del ordenamiento jurídico no sigue surtiendo efectos jurídicos o nunca los produjo, el pronunciamiento de constitucionalidad resulta inocuo, por carencia de objeto. Las normas derogadas nunca alcanzaron a surtir efectos jurídicos prácticos. REF: Demandas No. D-718, D-721, D-733, D-736, D-741, D-743, D-744, D-745 y D-747. Normas acusadas: Artículos 199 y 202 ...

C 330 95

C-330-95 Sentencia No. C-330/95 TRABAJADOR TEMPORAL-Protección La finalidad de la norma es la protección de los trabajadores, para que las empresas no abusen de la posibilidad de contratar trabajadores temporales, haciendo a un lado los permanentes. El fijar en el caso de este numeral un término mínimo de seis meses, prorrogable "hasta por seis (6) meses más", es, precisamente, la protección del trabajador permanente. Si la empresa quiere incrementar su producción permanentemente, no podrá seguir este camino. En el proyecto de ley, el término inicial y el de prórroga eran de un año, que el Congreso de la República redujo ...

C 329 95

C-329-95 Sentencia C-329/95 ALCALDE-Funciones El alcalde, en su calidad de autoridad pública, comprometido como está con el cumplimiento de los fines esenciales del Estado, deberá asegurar en especial la convivencia pacífica y la protección a los habitantes en su vida, honra y bienes. Para la efectiva realización de estos objetivos, al citado funcionario le corresponde consultar la política general de orden público determinada por el presidente de la República y, por tanto, debe obedecer la órdenes que reciba de él o de los gobernadores. Lo anterior, porque es atribución exclusiva del alcalde la de conservar el orden público en su ...

C 328 95

C-328-95 Sentencia No. C-328/95 LEY-Unidad de materia/LEY-Fragmentación de temas La Corte no percibe una violación del artículo 158 de la Constitución por el hecho de que en un proyecto de ley cuyo objeto es regular la actividad del transporte, tanto terrestre como aéreo, se incluya una disposición tendente a establecer unos plazos máximos a las autoridades públicas con miras a la obtención de licencias y permisos para la construcción de obras públicas. Existe una relación directa entre la infraestructura del transporte terrestre y la realización de las obras públicas que le sirven de base. La ampliación y el mejoramiento de ...

C 320 95

C-320-95 Sentencia No. C-320/95 COSA JUZGADA REFERENCIA: NORMA DEMANDADA: Artículos 2o (parcial) y 15 de la Ley 6 de 1991. Actor: Javier Tamayo Jaramillo. Magistrado Ponente: ANTONIO BARRERA CARBONELL. Santafé de Bogotá, D.C., julio diez y nueve (19) de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES. Cumplidos los trámites propios del proceso a que da origen la acción pública de inconstitucionalidad, la Sala Plena de la Corte Constitucional procede a adoptar la decisión respectiva, en relación con la demanda presentada por el ciudadano Javier Tamayo Jaramillo contra los artículos 2 (parcial) y 15 de la Ley 6 de 1991 ...

C 319 95

C-319-95 Sentencia No. C-319/95 COSA JUZGADA REF.: Expediente no. D-787 Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 4o. parcial de la ley 27 de 1992. Demandante: José Antonio Galán Gómez Magistrado Ponente: Dr. CARLOS GAVIRIA DIAZ Acta No. 28 Santafé de Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES El ciudadano JOSE ANTONIO GALAN GOMEZ en ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, solicita a la Corte que declare inexequibles algunos apartes del artículo 4o. de la ley 27 de 1992, por infringir los artículos 1, 13, 69 y 125 del Estatuto Superior. A ...

C 318 95

C-318-95 Sentencia No. C-318/95 ESTADO DE EMERGENCIA PENITENCIARIA Y CARCELARIA-Naturaleza jurídica El estado de emergencia penitenciaria y carcelaria no implica que el Ejecutivo asuma funciones legislativas pues, a través de la precitada figura sólo se están actualizando las restricciones anexas a la suspensión del derecho a la libertad física, precisamente ya determinadas por el propio legislador al regular el régimen penitenciario y carcelario y fijar los propios límites del mencionado estado de emergencia. En ese orden de ideas, el estado de emergencia penitenciaria y carcelaria es una manifestación de potestad administrativa, pues solamente es un procedimiento que permite abreviar y ...

C 317 95

C-317-95 Sentencia No. C-317/95 CARRERA ADMINISTRATIVA-Incorporación y nombramiento automático/AERONAUTICA CIVIL-Empleados de Carrera La norma examinada vulnera de raíz el artículo 125 de la C.P. Contradice, en primer término, la esencia del sistema de carrera, en cuanto que en el ámbito de la mentada entidad administrativa, todos los cargos, sin excepción, se someten a la forma de designación propia de los empleos de libre nombramiento. En este sentido, igualmente desnaturaliza la carrera que a ella automáticamente ingresen funcionarios libremente nombrados por el director de la entidad, sin haberse sometido a las normas sobre concurso público. En segundo término, no se coligen ...

C 316 95

C-316-95 Sentencia C-316/95 ACTIVIDAD DE FOMENTO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA/AUXILIOS O DONACIONES-Prohibición La especificidad de la norma del art. 355, no puede significar en modo alguno un cercenamiento de la actividad de fomento que el Estado cumple a través de mecanismos y formas variadas y complejas. En efecto, si entre los fines esenciales que debe cumplir el Estado están los de promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución y les corresponde como función a las autoridades, asegurar el cumplimiento de los deberes sociales de aquél, no resulta opuesto a ...

C 315 95

C-315-95 Sentencia No. C-315/95 PRESIDENTE DE LA REPUBLICA-Delegación de funciones En las consideraciones precedentes se ha señalado que las funciones atribuídas al Gobierno pueden, en principio, ser materia de delegación. La delegación es un instrumento del manejo estatal al cual puede legítimamente apelar el Presidente y se justifica en términos de eficacia, celeridad y desconcentración del poder. A pesar de no tratarse de funciones propias, sino radicadas en el Gobierno, el Presidente puede delegarlas al Ministro Delegatario. En otras palabras, el hecho de que una función sea del Gobierno, no impide su delegabilidad por parte del Presidente. El artículo 211 ...

C 307 95

C-307-95 Sentencia No. C-307/95 NORMA DEROGADA-Carencia actual de objeto La Corte Constitucional ha reiterado que en función de la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución, ella debe conocer de disposiciones que hayan sido acusadas y se encuentren derogadas únicamente cuando tales normas continúen produciendo efectos jurídicos. En cambio, si la norma demandada excluida del ordenamiento jurídico no sigue surtiendo efectos jurídicos o nunca los produjo, el pronunciamiento de constitucionalidad resulta inocuo, por carencia de objeto. REF: Demanda No. D-780 Norma acusada: Artículo 183 de la Ley 136 de 1994. Actor: Bruno Camargo Giraldo Magistrado Ponente: ALEJANDRO MARTÍNEZ ...

C 306 95

C-306-95 Sentencia No. C-306/95 CARRERA ADMINISTRATIVA-Nivel territorial Cabe precisar que la implementación del sistema de carrera administrativa partió del supuesto de ampliar el ámbito de su operancia a los distintos niveles de la estructura estatal, circunstancia que fue recogida por la Constitución de 1991, cuyo artículo 125 como se puso de presente, se aplica a todos los órganos y entidades del Estado, enunciado que también cobija al nivel territorial de la administración, de modo que no existe motivo para sostener que se halle excluído de la regla general que es la carrera administrativa, cuya cobertura y régimen, por ende, se ...

C 305 95

C-305-95 Sentencia No. C-305/95 PORCENTAJE AMBIENTAL/CORPORACION AUTONOMA REGIONAL El artículo 44 de la Ley 99 de 1993 se refiere a ese PORCENTAJE, no se aparta del destino que señala la Constitución y lo califica como PORCENTAJE AMBIENTAL, luego, por estos aspectos se trata de una disposición legal que desarrolla un postulado constitucional. La Ley 99 de 1993 estableció que la administración del medio ambiente y los recursos naturales renovables estará en todo el territorio nacional a cargo de CORPORACIONES AUTONOMAS REGIONALES, fijándose su sede y jurisdicción territorial, sus funciones, su objeto, su naturaleza jurídica, sus órganos de dirección y sus ...

C 296 95

C-296-95 Sentencia No. C-296/95 DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Abuso Se pide a la Corte que se exceda en el ejercicio de sus competencias y entre a estudiar la conveniencia o inconveniencia de las normas demandadas. De otra parte, se le solicita que formule los cargos que el demandante omitió y que explore la relevancia constitucional de afirmaciones vagas que no parecen pertinentes en una acción de esta naturaleza. Es, pues, un claro ejemplo de abuso ciudadano de la acción pública de inconstitucionalidad. Lo que hace que este sea un momento oportuno para que la Corte reitere la importancia, para el cumplimiento eficaz ...

C 295 95

C-295-95 Sentencia No. C-295/95 DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA La descentralización administrativa obedece a una concepción política y a una técnica y modelo de organización y funcionamiento de la rama ejecutiva del poder público, la cual implica la concreción o asunción, bajo un régimen de autonomía, por organismos que son personas jurídicas, de funciones o potestades propias del Estado o de actividades que comportan la actuación de éste en el campo de la actividad privada, o la gestión y satisfacción de necesidades regionales y locales. La descentralización administrativa se erige además como un instrumento para la intervención estatal en la explotación y uso ...

C 294 95

C-294-95 Sentencia No. C-294/95 ARBITRO/PARTICULARES EN EJERCICIO DE FUNCIONES JUDICIALES Cuando los tribunales y jueces enumerados en el inciso primero del artículo 116 administran justicia, ejercen una función pública cuya razón de ser está en la existencia misma del Estado: no puede pensarse en un Estado que no administre justicia a sus súbditos. Los árbitros también ejercen una función pública, establecida en el inciso cuarto del artículo 116 de la Constitución, y en las leyes que regulan el arbitramento. Pero en cada caso concreto tienen que ser "habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad". Dicho ...

C 293 95

C-293-95 Sentencia No. C-293/95 PROCESO PENAL-Acción civil Fuera de toda duda, está precisando el legislador qué es lo que con la citada institución se persigue. Y para abundar en claridad acerca de su finalidad inequívoca, agrega en el inciso segundo: "Si el titular de la acción indemnizatoria no tuviere la libre administración de sus bienes, y optare por ejercitarla dentro del proceso penal, se constituirá en parte civil mediante demanda presentada por su representante legal". Con la expresión subrayada quiere la Sala destacar que se trata de un mecanismo diseñado con fines esencialmente patrimoniales, pues nada distinto puede buscar una ...

C 283 95

C-283-95 Expediente D- 788 Sentencia No. C-283/95 ORDEN PUBLICO-Manejo ORDEN PUBLICO-Manejo El ejercicio de la función exclusiva de manejo del orden público, que toca al Presidente, no es incompatible con la actividad legislativa del Congreso, aún sobre materias que de alguna manera incidan en aquél o en torno a situaciones permanentes o transitorias que afecten el pacífico desenvolvimiento de las actividades individuales y colectivas en el seno de la comunidad. DERECHO A LA PAZ La paz no es algo que concierna privativamente a los organismos y funcionarios del Estado sino que, por el contrario, atañe a todos los colombianos, como ...

C 282 95

C-282-95 Sentencia No. C-282/95 En las demandas de inconstitucionalidad no se puede exigir un rigorismo técnico especializado, pues siendo ésta una acción pública ciudadana el excesivo formalismo entrabaría el ejercicio pleno de un derecho constitucional que se ha querido fortalecer y proteger. DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Vicios de forma Peticiones de esta índole no son del todo extrañas a los juicios constitucionales por vicios de procedimiento en la formación de las leyes, pues si la Corte al efectuar el examen correspondiente encuentra vicios formales de carácter subsanable, debe proceder de conformidad con lo ordenado en el parágrafo del artículo 241 de la ...

C 281 95

C-281-95 Sentencia No. C-281/95 NORMA DEROGADA/SENTENCIA INHIBITORIA Teniendo en cuenta que el decreto acusado ha desaparecido del ordenamiento jurídico por voluntad expresa del legislador y en consecuencia no está produciendo efecto alguno, carece de objeto actual la definición acerca de su constitucionalidad, por lo que la sustracción de materia deberá conducir a un fallo inhibitorio REF: Expediente No. D - 749 Acción pública de inconstitucionalidad contra el Decreto 1678 de 1994, "por el cual se fijan límites a las apropiaciones destinadas a gastos de funcionamiento de las contralorías y personerías distritales y municipales". TEMA: Inhibición de la Corte para asumir ...

C 280 95

C-280-95 Sentencia No. C-280/95 TITULO DE IDONEIDAD El título legalmente expedido, prueba la formación académica. Y la facultad del legislador para exigirlo no resulta de abstrusos razonamientos, sino del texto inequívoco de la norma constitucional. La exigencia de títulos de idoneidad, apunta al ejercicio de la profesión, porque es una manera de hacer pública la aptitud adquirida merced a la formación académica. Y, en general, todo ejercicio de una profesión tiene que ver con los demás, no solamente con quien la ejerce". La libertad de escoger profesión, entendida ésta como la que requiere una formación académica, no pugna con la ...

C 268 95

C-268-95 {p} Sentencia No. C-268/95 OBJECION PRESIDENCIAL-Examen formal/OBJECION PRESIDENCIAL-Trámite en el Congreso/PROYECTO DE LEY-Vicio de procedimiento subsanable Según lo establecido en el artículo 161 de la Constitución, han debido conformarse sendas comisiones accidentales para que conjuntamente preparen el texto unificado, y lo sometieran a decisión final en sesión plenaria de cada cámara. Como acertadamente lo señala la vista fiscal, la divergencia entre los artículos votados por las cámaras, amerita la integración de las comisiones accidentales. Desde el punto de vista formal, por tratarse de un vicio de procedimiento subsanable, la Corte, de conformidad con lo previsto en el Parágrafo del ...

C 267 95

C-267-95 Sentencia No. C-267/95 PERSONERO-Prohibición de reelección/DERECHOS DE PARTICIPACION POLITICA-Violación/CONGRESO DE LA REPUBLICA-Límites La Constitución, en determinados casos, señala expresamente los cargos públicos que excluyen toda posibilidad de reelección. El cargo de personero está previsto en la Constitución, pero en ella no se contempla su no reelección. El Congreso no dispone de una facultad irrestricta e incondicionada para elevar a inhabilidad electoral cualquier hecho o condición al que estime conveniente dar ese tratamiento. Los derechos de participación política, configurados por la Carta, excepcionalmente pueden ser limitados y, a su turno, las restricciones válidamente introducidas por el Legislador, esto es, teniendo ...

C 266 95

C-266-95 Sentencia No. C-266/95 INICIATIVA LEGISLATIVA En el proceso de formación de las leyes, tiene especial importancia la iniciativa, que corresponde a la facultad de presentar proyectos de ley ante las Cámaras, con el efecto de que éstas deben darles curso. Cuando la Constitución establece las reglas de la iniciativa, señala cómo podrá comenzar el trámite de aprobación de una ley. INICIATIVA POPULAR/PROYECTO DE LEY-Coadyuvancia del Gobierno/SENA-Reestructuración REF.: PROCESO No. D - 720 Acción pública de inconstitucionalidad contra la Ley 119 de 1994. ACTOR: OLIVIA HERNANDEZ ANDRADE. MAGISTRADO SUSTANCIADOR: HERNANDO HERRERA VERGARA Santa Fé de Bogotá, D.C., Junio veintidos (22) ...

C 265 95

C-265-95 Sentencia No. C-265/95 FACULTADES EXTRAORDINARIAS-Límites Sin perjuicio del postulado según el cual toda facultad extraordinaria invocada por el Presidente de la República debe estar expresamente otorgada, no se configura el exceso en su uso cuando pueda establecerse una relación directa de índole material entre los temas señalados por el legislador ordinario y las disposiciones que adopte el Jefe de Estado en desarrollo de la excepcional habilitación legislativa. La Constitución traza límites precisos al Gobierno en lo atinente al ejercicio de la función legislativa excepcional de la cual es investido, en el sentido de que los decretos leyes correspondientes sólo ...

C 264 95

C-264-95 Sentencia No. C-264/95 SENTENCIA PENAL-Ejecución/PRINCIPIO DE EXTRATERRITORIALIDAD DE LA LEY PENAL El artículo 533 sobre ejecución de sentencias proferidas por autoridades extranjeras contiene un principio de extraterritorialidad que no resulta contrario a la Carta Política, sino que más bien consulta criterios de internacionalización en la persecución del delito perfectamente acordes con la misma. COLOMBIANOS POR NACIMIENTO/COLOMBIANOS POR ADOPCION/DERECHO A LA IGUALDAD EXEQUATUR-Finalidad En amparo de los derechos fundamentales y garantías inherentes a la persona humana resulta el exequátur, instituto de origen legal, un elemento valiosísimo que asegura justamente la validez y cumplimiento de los requisitos a que se refiere ...

C 263 95

C-263-95 Expediente L.A.T 031 Sentencia No. C-263/95 TRATADO INTERNACIONAL-Vicio de procedimiento/TRATADO INTERNACIONAL-Inexequibilidad/REPATRIACION DE CONDENADOS Al estudiar el trámite de la ley, la Corte Constitucional encontró un vicio. Tal vicio consistió en que entre la aprobación en la Comisión Segunda del Senado, cumplida el 17 de noviembre de 1993, y en la Plenaria de la misma corporación, llevada a cabo el 24 de noviembre del mismo año, no mediaron los ocho (8) días de que trata el artículo 160 de la Constitución. Como la Corte estimó que se trataba de un vicio subsanable, concedió un plazo de treinta (30) días calendario ...

C 262 95

C-262-95 Sentencia No. C-262/95 AGENCIAMIENTO DE DERECHOS CONSTITUCIONALES-Improcedencia/LEGITIMACION POR ACTIVA EN DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD No obstante el actor también diga actuar de conformidad con el poder adjunto y en representación de una persona jurídica de naturaleza sindical, es claro que en tratándose de la acción pública de inconstitucionalidad que es la planteada en este caso, esta Corporación no puede aceptar dicha calidad de agencia de derechos constitucionales y de intereses legítimos que, ciertamente, no son directa y específicamente los de la defensa en abstracto de la Constitucionalidad de las leyes para los que está dispuesta la mencionada acción pública; de ...

C 259 95

C-259-95 Sentencia No. C-259/95 ETICA MEDICA La ética aplicada al ejercicio de la medicina nunca puede relativizar la vida humana como supremo valor moral y jurídico de la persona. Aunque el comportamiento ético es uno solo, desde luego debe observarse que este puede dar lugar a múltiples aplicaciones y manifestaciones en el ejercicio de las profesiones, y para el caso concreto de la actividad médica, bien por acción o por omisión. TRIBUNAL DE ETICA MEDICA Las faltas que dan lugar a las sanciones deben estar debidamente tipificadas, de acuerdo con los principios y obligaciones que en materia de ética médica ...

C 255 95

C-255-95 Sentencia No. C-255/95 FACULTADES EXTRAORDINARIAS/ESTATUTO ORGANICO DEL SISTEMA DE SALUD/CODIGO El Decreto 1298, al cual pertenece la norma acusada, se dictó en virtud de las facultades extraordinarias conferidas al Presidente de la República. La facultad conferida violó la prohibición contenida en el inciso tercero del numeral 10 del artículo 150 de la Constitución, según la cual las facultades extraordinarias "no se podrán conferir para expedir códigos". La violación de la Constitución es evidente a la luz de las siguientes razones. Expedir un estatuto orgánico del sistema de salud, de numeración continua, con el objeto de sistematizar, integrar, incorporar y ...

C 254 95

C-254-95 Sentencia No. C-254/95 SENA-Funciones/SENA-Relación de oficios Se trata de organizar un servicio público atendido y financiado por el Estado y con aportes particulares, que atienda algunas de las necesidades específicas de los patronos y empleadores, y de la empresa, en materia de la preparación y formación de mano de obra y de personal capacitado y calificado en determinadas ocupaciones y oficios; pero además de esto, como eventuales cambios en los niveles de oferta y demanda de personal, dependen también del oficio o de la ocupación mismos, o de los desarrollos técnicos o científicos que los afecten, o de las ...

C 253 95

C-253-95 Sentencia No. C-253/95 LEY ORGANICA-Improcedencia La Corte en sus fallos ha señalado que las leyes orgánicas que contempla la Constitución, corresponden únicamente a las que indica el artículo 151 de la C.P., entre las que no se encuentra enumerada ninguna "ley orgánica sobre parafiscalidad". CUOTA DE FOMENTO GANADERO-Determinación La determinación de la cuota de fomento ganadero ha dado lugar a dificultades de interpretación. Es evidente que, si éstas son insuperables, la norma es inexequible, pues la ley debe fijar de manera clara e inequívoca los elementos de la obligación tributaria. Las leyes tributarias, como cualesquiera otras, puede suscitar variados ...

C 252 95

C-252-95 Sentencia No. C-252/95 LIBERTAD DE GESTION-Límites/LIBERTAD DE EMPRESA-Límites/SERVICIO PUBLICO DE EDUCACION La Constitución garantiza expresamente la libertad de gestión y de empresa de los titulares de establecimientos educativos privados, pero no en términos ilimitados. El principio del pluralismo (C.P. art. 1) - político, ideológico, cultural y religioso - tiene una concreta traducción en materia educativa y a su amparo se introduce en la Constitución un esquema de educación mixta, pública y privada. El elemento de diferenciación y libertad que surge de este principio, resulta, de otro lado, expuesto a la fuerza necesariamente expansiva que se deriva de la calificación ...

C 247 95

C-247-95 Sentencia No. C-247/95 RESERVA DE LEY ESTATUTARIA La reserva de ley estatutaria, si bien debe exigirse como requisito de forma indispensable cuando la materia del proyecto corresponda a cualquiera de los temas señalados en el artículo 152, no es exigible de manera absoluta en todas las ocasiones en que alguno de aquéllos sea objeto de mención o referencia. No todo precepto que de alguna manera guarde relación con ellos debe ser aprobado mediante el trámite excepcional previsto para esa clase de leyes. Deducir de esa consideración que todas las normas de procedimiento deban estar incluidas forzosamente en leyes estatutarias ...

C 246 95

C-246-95 Sentencia No. C-246/95 IMPUESTO-Eliminación No se encuentra que el Ejecutivo, al eliminar uno de los impuestos que gravaban al mencionado sector, hubiera desbordado las facultades extraordinarias que le fueron otorgadas. Lo que sí acontece, en cambio, es que el Congreso no podía conferir al Gobierno las facultades extraordinarias que le otorgó mediante el artículo 98, numeral 3, de la Ley 101 de 1993 y, por tanto, tampoco le estaba permitido al Ejecutivo legislar al respecto, así se hubiera circunscrito a los temas objeto de las autorizaciones. AUTONOMIA LEGISLATIVA EN MATERIA TRIBUTARIA La función de legislar en materia tributaria es ...

C 245 95

C-245-95 Sentencia No. C-245/95 MINISTERIO PUBLICO-Naturaleza El Ministerio Público tiene un carácter institucional en la Constitución que corresponde al órgano autónomo e independiente de control encargado de realizar específicas funciones estatales; pero es de anotar, que el Ministerio Público no se manifiesta e identifica como una entidad única, orgánica y funcionalmente homogénea, pues la variedad de las funciones que le han sido encomendadas están asignadas a los órganos institucionales y personales. DELEGADO DEL PROCURADOR/AGENTE DEL PROCURADOR El delegado es un alter ego del Procurador, hace las veces de éste, y lo vincula plena y totalmente. Aquí opera la figura de ...

C 232 95

C-232-95 92 Sentencia No. C-232/95 COSA JUZGADA REF.: Expediente No. D-723 y 734 Norma acusada: Ley 136 de 1994, artículo 96, numeral 6o y parágrafo 2o. Demandantes: Rodrigo Guerrero Velasco y Alvaro Guillermo Rendón López. Magistrado Ponente: Dr. CARLOS GAVIRIA DIAZ Santafé de Bogotá, D.C., veinticinco (25) de mayo de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad los ciudadanos RODRIGO GUERRERO VELASCO y ALVARO GUILLERMO RENDON LOPEZ presentan por separado, demanda contra el numeral 6o. y el parágrafo 2o. del artículo 96 de la Ley 136 de 1994. Dada la identidad ...

C 231 95

C-231-95 Sentencia No. C-231/95 QUORUM DECISORIO El quórum decisorio debe tomarse de la mayoría de los asistentes en lo concerniente a los concejos y sus comisiones permanentes, como se predica de la norma acusada, que en esta materia no hace sino repetir el texto constitucional consignado en el artículo 146, aplicable como se ha expresado no solamente para el Congreso pleno, sus Cámaras y comisiones permanentes, sino para las demás corporaciones públicas de elección popular, como lo son los concejos municipales y distritales y sus comisiones permanentes. CONCEJAL-Inhabilidades/PERSONAL DE CATEDRA/DERECHO A LA IGUALDAD-Vulneración Encuentra la Corte con fundamento en lo ...

C 230 95

C-230-95 SERVIDOR PUBLICO-Concepto para efectos de contratación El alcance legal de la noción "servidor público", contenida en el aparte normativo acusado, no corresponde a una noción atributiva de una situación laboral dentro del régimen propio de la función pública, con respecto a quienes intervienen en la contratación, pues la intención del legislador fue la de vincular a las reglas propias de la contratación pública y al sistema de responsabilidad consecuente, a las personas sujetas a una relación laboral subordinada, como empleado público o trabajador oficial, y a quienes en calidad de representantes o de funcionarios de los niveles directivo, asesor ...

C 229 95

C-229-95 Sentencia No. C-229/95 MINISTERIO PUBLICO-Autonomía/SANCION DISCIPLINARIA-Imposición de sanciones En la actual Constitución, la situación es diversa, puesto que el Ministerio Público es autónomo y no está sometido a ninguna dirección gubernamental. Además, la Carta expresamente confiere al Procurador la facultad de "imponer sanciones" y no sólo la de "cuidar" el desempeño de los funcionarios públicos, como decía la Carta derogada. En tales circunstancias, y teniendo en cuenta la independencia del Ministerio Público, la Corte considera que la única interpretación adecuada del alcance de esta facultad de imponer sanciones es que, como regla general, corresponde directamente al Procurador, a sus ...

C 228 95

C-228-95 Sentencia No. C-228/95 DERECHO COMUNITARIO El derecho comunitario, surgido como resultado del traslado de competencias en diferentes materias del quehacer normativo por los países miembros y las subsecuentes regulaciones expedidas por las autoridades comunitarias apoyadas justamente en tales competencias y atribuciones, ofrece la doble característica de un sistema preeminente o de aplicación preferecial frente al derecho interno de cada país miembro y con una capacidad de aplicación directa y eficacia inmediata, porque a las regulaciones que se expidan con arreglo al sistema comunitario, no es posible oponerle determinaciones nacionales paralelas que regulen materias iguales o que obstaculicen su aplicación, ...

C 225 95

C-225-95 126 Sentencia No. C-225/95 DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO-Naturaleza imperativa/IUS COGENS El derecho internacional humanitario ha sido fruto esencialmente de unas prácticas consuetudi­narias, que se entienden incorporadas al llamado derecho consuetudinario de los pueblos civilizados. Por ello, la mayoría de los convenios de derecho internacional humanitario deben ser entendidos más como la simple codifi­cación de obliga­ciones existentes que como la creación de princi­pios y reglas nuevas. Así, esta Corporación, en las sentencias citadas, y en concordancia con la más autorizada doctrina y jurisprudencia internacionales, ha considerado que las normas de derecho internacional humanitario son parte integrante del ius cogens. Ahora bien, ...

C 224 95

C-224-95 Sentencia No. C-224/95 NORMA JURIDICA-Expedición/NORMA JURIDICA-Promulgación Hay que diferenciar pues dos momentos en la creación de la norma jurídica: el de la expedición y el de la promulgación. El primero se da cuando el legislador (ordinario o extraordinario) dicta la ley, mientras que el segundo ocurre cuando el texto ya expedido se inserta en el periódico oficial; dicha promulgación se entiende consumada, según el art. 152 del Código de Régimen Político y Municipal, en la fecha del número en que termine su inserción. CAJA DE PREVISION PRIVADA-Adecuación a ley de Seguridad Social El artículo 1o. del Decreto Ley 1300 ...

C 223 95

C-223-95 Sentencia No. C-223/95 PERSONERO MUNICIPAL-Naturaleza/MINISTERIO PUBLICO-Agentes El personero municipal, aun cuando puede considerarse como agente del Ministerio Público, en el sentido de que actúa o funge como tal al desarrollar funciones que pertenecen a la órbita de dicha institución, no es en sentido estricto y en los términos de los artículos 277 y 280 de la Constitución delegado inmediato, como lo son los procuradores delegados, ni agente permanente del Procurador General de la Nación ante las autoridades jurisdiccionales, no pertenece ni orgánica ni jerárquicamente a la estructura de la Procuraduría General de la Nación ni a la planta de ...

C 222 95

C-222-95 Sentencia No. C-222/95 AUTONOMIA LEGISLATIVA EN MATERIA TRIBUTARIA-Alcance Si bien encuentra límites y restricciones que se desprenden del mismo texto constitucional, la atribución de legislar en materia tributaria, principalmente encomendada al Congreso de la República, es lo bastante amplia y discrecional como para permitirle fijar los elementos básicos de cada gravamen atendiendo a una política tributaria que el mismo legislador señala, siguiendo su propia evaluación, sus criterios y sus orientaciones en torno a las mejores conveniencias de la economía y de la actividad estatal. Así, mientras las normas que al respecto establezca no se opongan a los mandatos constitucionales, ...

C 221 95

C-221-95 Sentencia No. C-221/95 LEY DE SEGURIDAD SOCIAL-Inexistencia de vicios de forma REF: Expediente Nº D-651 Actor: LUIS ALONSO VELASCO PARRADO Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 100 de 1993 "Por el cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones" Magistrado Ponente: EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ Santa Fe de Bogotá, D.C., Mayo dieciocho (18) de mil novecientos noventa y cinco (1995). Aprobado por Acta Nº 16 La Sala Plena de la Corte Constitucional integrada por su Presidente José Gregorio Hernández Galindo y por los Magistrados Jorge Arango Mejía, Antonio Barrera Carbonell, Eduardo Cifuentes Muñoz, Carlos ...

C 205 95

C-205-95 Sentencia No. C-205/95 FONDO DE ADECUACION DE TIERRAS-Creación/ADMINISTRACION PUBLICA La ley demandada no viola la Constitución. La dependencia creada no fue dotada de personería jurídica y se ha querido que su funcionamiento se traduzca en el mínimo costo posible para el erario. Resulta por ello conforme a la Constitución - y al principio de economía -, que se haya establecido que el representante legal del Himat lo será del Fondo y que aquélla lo manejará. En el plano constitucional es indiferente que el FONAT sea visto como un organismo autónomo que se apoya en la infraestructura de un establecimiento ...

C 203 95

C-203-95 Sentencia No. C-203/95 PROYECTO DE LEY-Término del debate/PROYECTO DE LEY-Días hábiles e inhábiles Los días que deben transcurrir entre el primero y el segundo debate y entre la aprobación del proyecto en una cámara y la iniciación del debate en la otra no deben ser necesariamente hábiles, pues la consideración de los textos que habrán de ser votados puede tener lugar también en tiempo no laborable, según las disponibilidades de cada congresista, a la vez que en los lapsos contemplados, aún tratándose de días comunes, puede la ciudadanía expresarse. QUORUM DECISORIO Al darse segundo debate al proyecto en la ...

C 194 95

C-194-95 Sentencia No. C-194/95 CONCEJAL-Incompatibilidades/IGUALDAD-Concepto Las incompatibilidades se tienen en razón del cargo que se desempeña, esto es, con motivo y por causa de una condición diferente a las de cualquier persona y a partir de las especiales responsabilidades que se asumen. La igualdad, en su genuino sentido -debe la Corte reiterarlo- no consiste en la ausencia de toda distinción respecto de situaciones disímiles, sino precisamente en el adecuado trato a los fenómenos que surgen en el seno de la sociedad, diferenciando las hipótesis que son iguales entre sí -las que exigen una misma respuesta de la ley y de ...

C 180 95

C-180-95 56 Sentencia No. C-180/95 CORTE CONSTITUCIONAL-Examen de constitucionalidad En esta materia, como en todas, el examen de constitucionalidad de una norma tiene que hacerse a la luz de la Constitución, y no comparándola con otra de igual jerarquía que regula supuestos de hecho distintos. El legislador solamente violaría la Constitución, cuando las diferencias de trato no estuvieran fundadas en razones objetivas, o cuando fueran por sí mismas discriminatorias. REMATE DE BIENES EN PROCESO PENAL Que el inciso segundo del artículo 58 del C. de P.P. no quebranta el derecho de defensa, aparece claro si se tiene en cuenta que ...

C 179 95

C-179-95 Sentencia No. C-179/95 DEMANDA-Improcedencia de reformarla/PROCESO VERBAL SUMARIO La no procedencia de la demanda de reconvención dentro del proceso verbal sumario no infringe el derecho de defensa del demandado, porque si a éste le asisten razones o fundamentos para contrademandar, bien puede iniciar otro proceso contra el demandante, sin que por ello se le cause ningún perjuicio ni se lesionen sus derechos protegidos por el Estatuto Superior. Recuérdese que dicho proceso es breve y, por tanto, era necesario desechar ciertas actuaciones que entorpecerían y dilatarían su pronta resolución, sin que la mayor agilidad implique daño para el potencial reconviniente ...

C 178 95

C-178-95 27 Sentencia No. C-178/95 LEY APROBATORIA DE TRATADO-Naturaleza preventiva del control Según lo señalado en la Carta, en el que se establecen las reglas constitucionales que rigen el procedimiento de control de constitucionalidad de las leyes aprobatorias de tratados públicos, se observa que esta vía tiene carácter preventivo, puesto que, como se ha dicho, al ser el control de constitucionalidad un procedimiento judicial previo al perfeccionamiento del instrumento internacional y posterior a la sanción de la ley que lo aprueba, debe concluirse que, sin el fallo de constitucionalidad de la ley proferido por la Corte Constitucional, el Jefe del ...

C 170 95

C-170-95 Sentencia No. C-170/95 DERECHO INTERNACIONAL-Reconocimiento de sus principios De igual forma, resulta primordial señalar, para efectos del asunto bajo examen, lo dispuesto en el artículo 9o. superior, según el cual las relaciones exteriores del Estado se basan “en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia”. Esta máxima fundamental -consagrada así por el Constituyente- significa ni más ni menos que nuestro país se acoge en un todo a los principios del derecho internacional que han sido aceptados, no sólo dentro de los parámetros de los tratados públicos ya sean éstos bilaterales o multilaterales, o de los ...

C 169 95

C-169-95 Sentencia No. C-169/95 COSA JUZGADA REF.: Expediente No. D-693 Normas acusadas: Parágrafo 1o. del artículo 10 y artículo 22 excepto su numeral 6o. de la ley 60 de 1993. Demandantes: Federico Cervantes Atía y Fredy Alberto Alvarez Martinez. Magistrado Ponente: Dr. CARLOS GAVIRIA DIAZ. Acta No. 13 Santafé de Bogotá, D.C., abril veinte (20) de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES. En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, los ciudadanos FEDERICO CERVANTES ATIA y FREDY ALBERTO ALVAREZ MARTINEZ, solicitan a la Corte que declare inexequibles el parágrafo 1o. del artículo 10 y el artículo 22, excepto ...

C 168 95

C-168-95 Sentencia No. C-168/95 DERECHOS ADQUIRIDOS-Contenido/LEY-Aplicación en el tiempo/PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY-Excepción/PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD PENAL Los derechos adquiridos están íntimamente relacionados con la aplicación de la ley en el tiempo, pues una ley posterior no puede tener efectos retroactivos para desconocer las situaciones jurídicas creadas y consolidadas bajo la ley anterior. Sin embargo, nuestra Constitución establece una excepción al principio de la irretroactividad de la ley, al consagrar la favorabilidad de las normas penales, la que dejó estatuída en el artículo 29, así: "En materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de ...

C 167 95

C-167-95 Sentencia No. C-167/95 CONTROL FISCAL EN LA CONSTITUCION VIGENTE Con la promulgación de la Carta Política de 1991, la función pública del control fiscal adquiere una nueva dimensión en la medida de que la actividad debe orientarse dentro de la filosofía del nuevo Estado Social de Derecho en general, y especialmente dirigida a la aplicación de los principios de eficacia económica, equidad y valoración de los costos ambientales. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA-Función fiscalizadora GESTION FISCAL-Legitimidad La legitimidad de la gestión fiscal de la administración se sustenta por lo expuesto en el principio de legalidad -trasunto de la soberanía ...

C 166 95

C-166-95 Sentencia No. C-166/95 CAMARA DE COMERCIO-Naturaleza jurídica Acerca de la naturaleza jurídica de las Cámaras de Comercio cabe anotar que la controversia desatada alrededor de su calificación como entidades públicas o privadas, que presidió los debates generados con motivo de la expedición del Código de Comercio y los desarrollos doctrinales posteriores, hoy en día se halla zanjada en favor de la última opción; de ahí que el artículo 78 del referido Código, conforme al cual las Cámaras de Comercio son "instituciones de orden legal creadas por el Gobierno Nacional de oficio o a petición de los comerciantes del territorio ...

C 154 95

C-154-95 Sentencia No. C-154/95 COSA JUZGADA REF: Expediente No. D-737 Acción de inconstitucionalidad contra el artículo 147 del Decreto 2700 de 1991. Actor: CARLOS IVAN ABAUNZA FORERO Magistrado Ponente: Dr. FABIO MORON DIAZ Santafé de Bogotá, D.C., abril cinco (5) de mil novecientos noventa y cinco (1995) I. ANTECEDENTES En ejercicio de la acción pública y política consagrada en el artículo 242 numeral 1o. de la C.N., el ciudadano CAROL IVAN ABAUNZA FORERO acude a esta Corporación con el fin de solicitar la declaración de inexequibilidad del artículo 147 del Decreto 2700 de 1991. Cumplidos como están los trámites constitucionales ...

C 153 95

C-153-95 Sentencia No. C-153/95 PRINCIPIO DE LA DOBLE INSTANCIA-Límites El principio de la doble instancia, soportado en el mecanismo de impugnación a través de la apelación y en la institución de la consulta, no tiene un carácter absoluto, en el sentido de que necesariamente toda sentencia o cualquier otra providencia judicial sea susceptible de ser apelada o consultada, pues su aplicación práctica queda supeditada a las regulaciones que expida el legislador dentro de su competencia discrecional, pero sin rebasar el límite impuesto por los principios, valores y derechos fundamentales constitucionales, específicamente en lo que atañe con el principio de igualdad ...

C 152 95

C-152-95 Sentencia No. C-152/95 LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL-Naturaleza A la luz de los artículos 288 y 151 de la Constitución, la distribución de competencias entre la Nación y las entidades territoriales, corresponde a la ley orgánica de ordenamiento territorial, que en ningún momento puede confundirse con una ley ordinaria como la ley 136 de 1994. Esta última, como lo indica su título, contiene normas destinadas a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios. Por eso sus disposiciones guardan relación con la manera como los municipios funcionan, como ejercen las competencias propias, y no tocan el tema de la ...

C 151 95

C-151-95 |Sentencia No. C-151/95 INGRESOS CORRIENTES DE LA NACION/MUNICIPIO-Participación El artículo 357 de la Carta dispone que los municipios participarán en los ingresos corrientes de la Nación, con lo cual se varía la base de la liquidación de la nueva transferencia, que no seguirá siendo el IVA como ocurría anteriormente. La ley, a iniciativa del Gobierno, es la encargada de determinar el porcentaje mínimo de esa participación y de definir las áreas prioritarias de inversión social que se financiarán con dichos recursos; además, le corresponde a la ley, determinar los resguardos indígenas que serán considerados como municipios. ESTADO SOCIAL DE ...

C 141 95

C-141-95 Sentencia No. C-141/95 FUERO PENAL MILITAR/CONSEJO VERBAL DE GUERRA-Vocales/CONSEJO VERBAL DE GUERRA-Oficial en servicio activo la Constitución Política establece de manera expresa e inequívoca la existencia de la Justicia Penal Militar y del respectivo Código Penal Militar, los cuales le dan sustento legítimo al fuero. Sin embargo, es igualmente claro que la Justicia Penal Militar y las normas que la regulan deben sujetarse a los principios de independencia, imparcialidad y objetividad, inherentes al debido proceso y al ejercicio de la función jurisdiccional. Es indubitable entonces, que la norma preconstitucional, en cuanto habilita a los oficiales en servicio activo para ...

C 140 95

C-140-95 Sentencia C-140/95 DEBIDO PROCESO-Formas propias de cada juicio El debido proceso descansa ante todo en el hecho de que todo juicio debe basarse en las leyes preexistentes y con observancia de las formas propias de cada litigio judicial. ¿Qué se entiende por formas propias de cada juicio? Pues son las reglas -señaladas en la norma legal- que, de conformidad con la naturaleza de cada juicio, determinan cada una de las etapas propias de un proceso y que , a su vez, se constituyen en las garantías de defensa y de seguridad jurídica para los intervinientes en el respectivo litigio ...

C 137 95

C-137-95 Sentencia No. C-137/95 ACUERDO SOBRE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE COMERCIO/INTERNACIONALIZACION DE LAS RELACIONES No se encuentra en este tratado nada que pugne con la Constitución Política. Por el contrario: puede sostenerse que la creación de la Organización Mundial de Comercio interpreta el artículo 226 de la Constitución, según el cual "El Estado promoverá la internacionalización de las relaciones políticas, económicas, sociales y ecológicas sobre bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional". Y consulta, además, el espíritu del artículo 227, de acuerdo con el cual "El Estado promoverá la integración económica, social y política con las demás naciones... mediante la ...

C 130 95

C-130-95 Sentencia No. C-130/95 TRATADO DE COOPERACION Y AMISTAD ENTRE COLOMBIA Y ESPAÑA/TRATADO MARCO El "Tratado General de Cooperación y Amistad entre la República de Colombia y el Reino de España", se ha denominado tratado "marco" pues consagra mecanismos amplios en todos los campos sobre los cuales versará la cooperación, mientras que los demás Convenios se limitan a desarrollar cada una de las áreas en las que se llevará a cabo la cooperación señalando en forma concreta cada una de las actividades a realizar, modalidad que ha venido utilizando España para actualizar los instrumentos de esta índole con países latinoamericanos, ...

C 129 95

C-129-95 Sentencia No. C-129/95 CODIGO-Expedición La Carta Política de 1991 reiteró una competencia que la anterior Constitución otorgaba a la rama legislativa, cual es la de expedir “códigos en todos los ramos de la legislación y reformar sus disposiciones”(Art.150-2 C.P.). Sin embargo, el Constituyente quiso que dicha atribución permaneciera siempre en cabeza del Congreso y, por ello, prohibió expresamente a éste conferir facultades extraordinarias al presidente de la República. CODIGO-Compilación La facultad de compilar, esto es, de agrupar en un sólo texto normas jurídicas referentes a un determinado tema, no puede conllevar la expedición de un nuevo texto jurídico con ...

C 128 95

C-128-95 Sentencia No. C-128/95 COSA JUZGADA Ref: Expediente D- 726 Demanda de inconstitucionalidad de los artículos 414 (parcial) y 416 (parcial) del Código Sustantivo del Trabajo, decretos 2663 y 3743 de 1950 adoptado como legislación permanente por la ley 141 de 1961. Actor: Jairo Villegas Arbeláez Magistrado Ponente: Dr. Jorge Arango Mejía. Sentencia aprobada en Santafé de Bogotá, D.C., según consta en acta número nueve (9), a los veintitrés (23) días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. Antecedentes El ciudadano Jairo Villegas Arbeláez, en uso del derecho consagrado en los artículos 40, numeral 6, ...

C 127 95

C-127-95 Sentencia No. C-127/95 PROCESO JUDICIAL-Simplificación en el trámite La Corte no considera que la derogación de una norma sea contraria a la acción de simplificar, puesto que ésta supone la supresión de alguna o algunas partes de un todo, con la intención de fortalecer la unidad corpórea, de suerte que haya menos elementos en su conformación, y así logre mayor integración. Lo anterior, porque mientras más simple sea un cuerpo normativo, mayor podrá ser su coherencia. Es más fácil integrar pocos elementos, por cuanto al disminuir la posibilidad de contradicción, tautología y desarticulación, es más factible la correspondencia entre ...

C 126 95

C-126-95 Sentencia No. C-126/95 SISTEMA GENERAL DE PENSIONES-Finalidad El Sistema tiene por objeto amparar a la población contra las contingencias que se derivan de la vejez, la invalidez por riesgo común y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se establecen en favor de los afiliados. Por ello, y con el propósito de reafirmar la unidad del sistema, se establece como regla general que el mismo se aplica a todos los habitantes del territorio, dejando a salvo los derechos adquiridos. El Sistema General de Pensiones está basado en la coexistencia de dos regímenes excluyentes que se ...

C 109 95

C-109-95 Sentencia No. C-109/95 SENTENCIA-Modulación de los efectos/PATERNIDAD-Causales de Impugnación/SENTENCIA DE CONSTITUCIONALIDAD CONDICIONADA La Corte tiene la posibilidad de modular de muy diversas maneras los efectos de sus sentencias. En efecto, de conformidad con la Constitución, es a la Corte Constitucional a quien corresponde señalar los efectos de sus sentencias. Esta Corporación cuenta entonces con la posibilidad de modular el efecto de su fallo, con el fin de evitar los equívocos o los efectos paradójicos. Así, la Corte puede precisar que la declaración de inconstitucionalidad del aparte demandado no revive el artículo 216 del Código Civil sino que otorga una ...

C 108 95

C-108-95 Sentencia No. C-108/95 LEY-Expedición/LEY-Promulgación El actor tiende a confundir dos momentos distintos en la formación de la Ley: La expedición y la promulgación. La primera hace relación a la formación del contenido, mientras que la segunda se refiere a la publicación de dicho contenido. El acto de expedir, pues, consiste en una ordenación, en su doble sentido: como dictamen y como integración normativa. De lo anterior se colige que expedir una norma es dictar su contenido, formularla. Las facultades son para dictar la norma, es decir, para expedirla dentro del término señalado por el legislador, no para promulgarla dentro ...

C 107 95

C-107-95 Sentencia No. C-107/95 CONTRALOR-Fecha de elección No habiendo señalado la propia Carta las fechas de elección de contralores departamentales, distritales y municipales, la atribución corresponde, por cláusula general de competencia, al legislador, el cual, mientras no desconozca la Constitución, puede actuar con libertad, sin que, por tanto, pueda entenderse desautorizado para atribuir competencia sobre el particular a las corporaciones que inician su propio período y no a las antiguas, aspecto éste que en nada riñe con la Carta Política y parece ajustado a la lógica institucional, que demanda una coherente función de fiscalización de las gestiones administrativas. En cuanto ...

C 106 95

C-106-95 Sentencia No. C-106/95 DERECHO A LA IGUALDAD/TRABAJADOR MIGRATORIO La aplicación efectiva de la igualdad en un determinada circunstancia no puede ignorar o desconocer las exigencias propias de la diversidad de condiciones que afectan o caracterizan a cada uno de los sujetos. Sin que ello sea en manera alguna óbice para hacerlo objeto de tratamiento igualitario. La vigencia del derecho a la igualdad no excluye necesariamente el dar un tratamiento diferente a sujetos colocados en las mismas condiciones, cuando exista motivo razonable que lo justifique. Los Estados partes adquieren el compromiso de aplicar a todo trabajador migratorio los derechos humanos ...

C 105 95

C-105-95 Sentencia No. C-105/95 TRATADO INTERNACIONAL-Suscripción Corresponde al Presidente de la República, como jefe de Estado, dirigir las relaciones internacionales y celebrar con otros Estados y entidades de derecho internacional tratados o Convenios. Es natural entonces que la confirmación presidencial subsane los vicios de representación durante el trámite de suscripción del tratado. CONVENIO INTERNACIONAL-Alcance El contenido general de los objetivos propuestos, es sin duda alguna de amplios sentimientos altruistas que permiten a los pueblos latinoamericanos solidariamente desarrollar esta clase de actividades en forma compacta y mancomunada, en procura de alternativas capaces de hacer más competitivas las producciones del séptimo arte ...

C 104 95

C-104-95 Sentencia No. C-104/95 TRATADO INTERNACIONAL-Celebración/IUS REPRAESENTATIONIS Ciertos funcionarios, en razón de sus competencias y dada la naturaleza misma de sus cargos, han sido reconocidos, tanto por el Derecho Internacional como por el Derecho interno como investidos, por vía general, del ius repraesentationis, es decir que no requieren autorización expresa y especial ni plenos poderes para actuar a nombre del Estado en las distintas etapas previas y concomitantes a la negociación y firma de los tratados, estando desde luego sometidos los compromisos que contraigan a la confirmación presidencial, tal es el caso del Ministro de Relaciones Exteriores DERECHO A LA ...

C 088 95

C-088-95 Sentencia No. C-088/95 TRATADO INTERNACIONAL-Celebración/IUS REPRAESENTATIONIS Ciertos funcionarios, en razón de sus competencias y dada la naturaleza misma de sus cargos, han sido reconocidos, tanto por el Derecho Internacional como por el Derecho interno como investidos, por vía general, del ius repraesentationis, es decir que no requieren autorización expresa y especial ni plenos poderes para actuar a nombre del Estado en las distintas etapas previas y concomitantes a la negociación y firma de los tratados, estando desde luego sometidos los compromisos que contraigan a la confirmación presidencial TITULO DE IDONEIDAD-Límites/DERECHO AL EJERCICIO DE PROFESION-Convalidación en el Exterior La exigencia ...

C 087 95

C-087-95 Sentencia No. C-087/95 COSA JUZGADA Ref.: Expediente D-732 Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 6, numeral 9, y 22, numeral 8, del Decreto 2453 de 1993. Actor: LUIS GUILLERMO NIETO ROA Magistrado Ponente: Dr. JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO Sentencia aprobada en Santa Fe de Bogotá, D.C., según consta en acta del primero (1) de marzo de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES El ciudadano LUIS GUILLERMO NIETO ROA, invocando el derecho que consagra el artículo 242, numeral 5º, de la Constitución Política, presentó ante esta Corte demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 6, numeral 9, y 22, ...

C 086 95

C-086-95 Sentencia No. C-086/95 CONTRATO DE FIDUCIA PUBLICA El Estatuto General de Contratación Administrativa creó un nuevo tipo de contrato, sin definirlo, denominado "fiducia pública", el cual no se relaciona con el contrato de fiducia mercantil contenido en el Código de Comercio y en las disposiciones propias del sistema financiero. Se trata, pues, de un contrato autónomo e independiente, más parecido a un encargo fiduciario que a una fiducia (por el no traspaso de la propiedad, ni la constitución de un patrimonio autónomo), al que le serán aplicables las normas del Código de Comercio sobre fiducia mercantil, "en cuanto sean ...

C 085 95

C-085-95 Sentencia No. C-085/95 PRIMACIA DE LA VOLUNTAD DE LA MAYORIA/HUELGA-Declaración El sustento de la acusación de inconstitucionalidad consiste en la exigencia de la mayoría para la declaración de la huelga. Pues bien, tal exigencia se ajusta perfectamente a la Constitución. Para demostrarlo no es menester acudir a complicadas lucubraciones. Basta considerar que de conformidad con el inciso segundo del artículo 39 de la misma Constitución, "La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos". Si en la vida de un sindicato uno de los ...

C 084 95

C-084-95 Sentencia No. C-084/95 DECRETO EJECUTIVO/CORTE CONSTITUCIONAL-Incompetencia La Corte Constitucional tiene expresamente delimitada su competencia en el artículo 241 de la Carta, en el cual no se mencionan los Decretos ejecutivos dictados por el Presidente de la República "en uso de sus facultades legales", por tanto, la Corporación no es competente para ejercer el control constitucional sobre ellos. DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Admisión/PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL/DERECHO DE ACCESO A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA-Eficacia En la admisión de una demanda de inconstitucionalidad, así como en su examen, se debe aplicar el principio de la prevalencia del derecho sustancial sobre el formal. Por consiguiente, ...

C 083 95

C-083-95 Sentencia No. C-083/95 ANALOGIA La analogía es la aplicación de la ley a situaciones no contempladas expresamente en ella, pero que sólo difieren de las que sí lo están en aspectos jurídicamente irrelevantes, es decir, ajenos a aquéllos que explican y fundamentan la ratio juris o razón de ser de la norma. La consagración positiva de la analogía halla su justificación en el principio de igualdad, base a la vez de la justicia, pues, en función de ésta, los seres y las situaciones iguales deben recibir un tratamiento igual. Discernir los aspectos relevantes de los irrelevantes implica, desde luego, ...

C 073 95

C-073-95 Sentencia No. C-073/95 CONVENIO INTERNACIONAL/PRINCIPIO DE AUTODETERMINANCION DE LOS PUEBLOS/RECURSOS NATURALES-Protección Los términos del convenio, en lo que atañe a los compromisos sobre adopción de políticas nacionales o regionales, no violan el principio de autodeterminación de los pueblos que es fundamento de las relaciones exteriores del país refuerzan el mandato constitucional que ordena al Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales (CP art. 80). De otra parte, uno de los objetivos de la educación del colombiano es, precisamente, una formación para la protección del medio ambiente. CONVENCION SOBRE EL SISTEMA CLIMATICO-Mecanismos de financiación Los recursos económicos ...

C 072 95

C-072-95 Sentencia No. C-072/95 COSA JUZGADA RELATIVA Teniendo en cuenta que en la providencia citada tan sólo se hizo referencia a un aspecto concreto, que versa sobre el examen de constitucionalidad de la ley acusada por vicios de forma -en cuanto a no haberse tramitado y expedido como ley estatutaria-, la cosa juzgada que se consignó en dicho proceso no es absoluta, por cuanto el estudio respectivo no cobijó la totalidad de los motivos de acusación en relación con la ley acusada y el ordenamiento constitucional. PROYECTO DE LEY-Trámite preferencial La interpretación de los demandantes en relación con el trámite ...

C 071 95

C-071-95 Sentencia No. C-071/95 DEFENSOR DE OFICIO EN PROCESO PENAL En asuntos penales es requisito indispensable que quien obre en representación del sindicado, esto es, quien deba asumir su defensa, ha de ser un profesional del derecho, es decir, aquella persona que ha optado al título de abogado y, por consiguiente, tiene los conocimientos jurídicos suficientes para ejercer una defensa técnica, especializada y eficaz, en aras de garantizar al procesado su derecho de defensa. Sin embargo, la Corte no puede desconocer que existen municipios en donde no es posible contar con abogados titulados para que cumplan la labor de defensor ...

C 070 95

C-070-95 Sentencia No. C-070/95 LEY APROBATORIA DE TRATADO INTERNACIONAL-Constitucionalidad formal La elaboración de las leyes aprobatorias de tratados no requiere en el Congreso de la República, de ningún trámite especial; de suerte que, el procedimiento legislativo exigido en la Carta Política para ese tipo de normas es el contenido en su artículo 157. Este precepto establece el trámite para las leyes ordinarias, indicando que ningún proyecto será ley sin haber sido publicado oficialmente por el Congreso, antes de darle curso en la comisión respectiva; haber sido aprobado en la comisión y en la plenaria de cada Cámara, cuando el primer ...

C 069 95

C-069-95 Sentencia No. C-069/95 ACTO ADMINISTRATIVO-Existencia La existencia del acto administrativo está ligada al momento en que la voluntad de la Administración se manifiesta a través de una decisión. El acto administrativo existe, tal como lo señala la doctrina, desde el momento en que es producido por la Administración, y en sí mismo lleva envuelta la prerrogativa de producir efectos jurídicos, es decir, de ser eficaz. De igual manera, la existencia del acto administrativo está ligada a su vigencia, la cual se da por regla general desde el momento mismo de su expedición, condicionada, claro está, a la publicación o ...

C 055 95

C-055-95 Sentencia No. C-055/95 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD-Improcedencia de revisión oficiosa de leyes Cuando existe un ataque general contra una ley, pero no ataques individualizados contra todos los artículos de la misma, la vía procedente es limitar el examen de la Corte a esos cargos, pues no corresponde a esta Corporación efectuar una revisión oficiosa de las leyes ordinarias, sino un control de aquellas normas que han sido expresamente demandadas por un ciudadano. Y presentar en debida forma una demanda implica no sólo transcribir la norma legal acusada sino también que el actor formule las razones por las cuales dichos textos ...

C 054 95

C-054-95 Sentencia No. C-054/95 COSA JUZGADA REFERENCIA: Expediente D-684. ACTOR: Pedro Antonio Herrera Miranda. NORMA ACUSADA: Artículo 142 de la Ley 100 de 1993. MAGISTRADO PONENTE: ANTONIO BARRERA CARBONELL. Santafé de Bogotá, D. C., febrero diez y seis (16) de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES. Cumplidos los trámites constitucionales y legales propios de la acción pública de inconstitucionalidad, procede la Sala Plena de la Corte Constitucional a proferir el fallo correspondiente, en relación con la demanda de inconstitucionalidad instaurada por el ciudadano Pedro Antonio Herrera Miranda, contra el artículo 142 (parcial) de la Ley 100 de 1993 ...

C 053 95

C-053-95 Sentencia No. C-053/95 DERECHO A LA INFORMACION EN INSTITUCIONES FINANCIERAS La actividad que desarrollan las instituciones financieras y, en general, las personas y empresas que actúan en el mercado financiero y en el de valores, es de interés público (CP art. 335). La adecuada tutela del anotado interés, exige conferir a los miembros de la comunidad un derecho a la información relevante - en términos de mercado - proveniente de aquéllas. FOGAFIN-Reserva de información La reserva de información para las instituciones financieras, tiene naturaleza legal y lejos de ser absoluta es relativa, pues, su extensión es variable y depende ...

C 052 95

C-052-95 Sentencia No. C-052/95 COSA JUZGADA PROCURADOR GENERAL DE LA NACION-No declaratoria de impedimento La actuación asumida por el Procurador General de la Nación, de no declararse impedido para conceptuar dentro del presente proceso, a pesar de haber intervenido, cuando se desempeñaba como Senador de la República, en el trámite de la ley 100 de 1993, no constituye irregularidad alguna, pues existiendo cosa juzgada no había materia sobre la cual pudiera pronunciarse el citado funcionario, porque en estos eventos su labor se limita a solicitar a la Corte que esté a lo ya resuelto. Siendo así, su proceder se halla ...

C 051 95

C-051-95 Sentencia C-051/95 DECRETO DE ESTADO DE SITIO/FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE EL GOBIERNO SE CONCEDE Nos encontramos con unas facultades extraordinarias que el Gobierno se concede a sí mismo, por medio de un decreto dictado en virtud de la declaración del estado de sitio. Este es un primer vicio, porque ostensiblemente se excedían los límites de los poderes que el estado de excepción otorgaba al presidente. El, cuyas facultades se limitaban a la suspensión de las leyes incompatibles con el estado de sitio, no podía facultarse, en forma permanente, para legislar sobre asuntos reservados al Congreso. PATRONOS SIN ANIMO DE LUCRO-Desmedro ...

C 042 95

C-042-95 Sentencia No. C-042/95 ESTATUTO DE BOGOTA/SENTENCIA INHIBITORIA POR FALTA DE COMPETENCIA Con fundamento en la decisión adoptada por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, concluye la Corte que carece de competencia para conocer sobre la constitucionalidad de los artículos 154 numeral 4o. y 155 del Decreto 1421 de 1993, no obstante que la providencia transcrita del Consejo Superior de la Judicatura no se ocupe de las demandas materia de esta actuación. La Corte se inhibirá de fallar en el asunto de la referencia, por falta de competencia. REF: Expedientes D-646 y D-674 (Acumulados) Acción de ...

C 041 95

C-041-95 Sentencia No. C-041/95 CONCURSO DE MERITOS-Nombramiento de quien obtuvo el primer puesto Prescindir del riguroso orden de mérito deducible del concurso público una vez verificado, equivale a quebrantar unilateralmente sus bases. Establecer un concurso público y señalar un procedimiento que termina por no atribuir al vencedor el cargo o plaza objeto del mismo, elimina su esencia y lo despoja de estímulo. Si en verdad se anuncia por el Estado que un empleo se va a nombrar por concurso y, en últimas se designa al tercero o al segundo mejores aspirantes, pero no al primero, se defrauda la confianza de ...

C 040 95

C-040-95 Sentencia No. C-040/95 CARRERA ADMINISTRATIVA-Nombramiento de quien obtuvo el primer lugar Pero sea cual fuere el método o sistema elegido, éste debe contener criterios específicos y concretos para efectuar una selección en la que aparezcan como valores dominantes la capacidad profesional o técnica del aspirante, sus calidades personales y su idoneidad moral, acordes con las funciones del empleo y las necesidades del servicio público. Por tanto, no puede quedar al nominador una libertad absoluta para que designe a su arbitrio, pues, el nombramiento siempre tendrá que recaer en quien haya obtenido el mayor número de puntos. CONCURSO DE MERITOS-Factores ...

C 039 95

C-039-95 Sentencia No. C-039/95 La Corte Constitucional, modificando la posición jurisprudencial inicialmente asumida -que incluía el tema de la competencia dentro del género de los asuntos formales-, ha venido entendiendo que, cuando la controversia se plantea a partir de un alegato en torno a si quien profirió el acto demandado gozaba de competencia para ello, no resulta aplicable la caducidad prevista en la indicada norma. MINISTRO DELEGATARIO-Expedición de decretos leyes El Ministro Delegatario estaba facultado para expedir los decretos con fuerza de ley que desarrollaran las facultades extraordinarias conferidas por el artículo 11 de la Ley 29 de 1990. Entonces, ...

C 038 95

C-038-95 Sentencia No. C-038/95 CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO PENAL/IUS PUNIENDI Ha habido una constitucionalización del derecho penal porque tanto en materia sustantiva como procedimental, la Carta incorpora preceptos y enuncia valores y postulados - particularmente en el campo de los derechos fundamentales - que inciden de manera significativa en el derecho penal y, a la vez, orientan y determinan su alcance. Esto significa entonces que el Legislador no tiene una discrecionalidad absoluta para definir los tipos delictivos y los procedimientos penales, ya que debe respetar los derechos constitucionales de las personas, que aparecen así como el fundamento y límite del poder ...

C 031 95

C-031-95 Sentencia No. C-031/95 COMPETENCIA DISCRECIONAL-Contenido/COMPETENCIA REGLADA Puede afirmarse que hay facultad o competencia discrecional cuando la autoridad administrativa en presencia de circunstancias de hecho determinadas, es libre (dentro de los límites que fije la ley) de adoptar una u otra decisión; es decir, cuando su conducta no le está determinada previamente por la ley. A contrario sensu, hay competencia reglada cuando la ley ha previsto que frente a determinadas situaciones de hecho el administrador debe tomar las medidas a él asignadas en forma expresa y sujetarse a las mismas. ACTO DISCRECIONAL-Control jurisdiccional/ARBITRARIEDAD/DISCRECIONALIDAD Los actos discrecionales están por lo tanto ...

C 030 95

C-030-95 Sentencia No. C-030/95 COSA JUZGADA REFERENCIA: Expedientes D-675. PETICIONARIO: Marco Tulio Mayo. NORMA ACUSADA: Artículo 142 (parcial) de la Ley 100 de 1993. ANTONIO BARRERA CARBONELL. Aprobada en Santafé de Bogotá, D. C., a los dos días del mes de febrero de mil novecientos noventa y cinco (1995). I. ANTECEDENTES. Cumplidos los trámites constitucionales y legales de la acción pública de inconstitucionalidad, procede la Sala Plena de la Corte Constitucional a proferir el fallo correspondiente, en relación con la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Marco Tulio Mayo contra el artículo 142 (parcial) de la Ley 100 de ...

C 029 95

C-029-95 Sentencia No. C-029/95 DERECHO PROCESAL-Finalidad La finalidad del derecho procesal en general, y de los procesos en particular, es la realización de los derechos que en abstracto reconoce el derecho objetivo, realización que supone la solución de los conflictos. DERECHO SUSTANCIAL Cuando se habla de derecho sustancial o material, se piensa, por ejemplo, en el derecho civil o en el derecho penal, por oposición al derecho procesal, derecho formal o adjetivo. Estas denominaciones significan que el derecho sustancial consagra en abstracto los derechos, mientras que el derecho formal o adjetivo establece la forma de la actividad jurisdiccional cuya finalidad ...

C 028 95

C-028-95 Sentencia No. C-028/95 DEMOCRACIA INDUSTRIAL/DEMOCRACIA ECONOMICA Los artículos 57 y 60 de la Carta, en el primero de los cuales se diseña el modelo de la democracia industrial, cuando encarga a la ley de establecer los estímulos y los medios para que los trabajadores logren participar en la gestión de las empresas, y en el segundo, estableciendo a cargo del Estado, la obligación de consagrar "condiciones especiales" que permitan a los trabajadores de las empresas cuya participación oficial se enajena, y a las organizaciones solidarias y de trabajadores, el acceso a la respectiva propiedad accionaria. "Tales 'condiciones especiales', pueden ...

C 027 95

C-027-95 Sentencia No. C-027/95 COSA JUZGADA REF: Expediente Nº D-623 Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso final del artículo 11 (parcial) de la Ley 100 de 1993 "Por el cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones" Magistrado Ponente: EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ Santa Fe de Bogotá, D.C., Febrero dos (2) de mil novecientos noventa y cinco (1995). Aprobado por Acta Nº 03 La Sala Plena de la Corte Constitucional integrada por su Presidente Jorge Arango Mejía y por los Magistrados Antonio Barrera Carbonell, Eduardo Cifuentes Muñoz, Carlos Gaviria Díaz, José Gregorio Hernández Galindo, Hernando ...

C 026 95

C-026-95 Sentencia No. C-026/95 PENA-Fines La pena, en un sistema como el nuestro, tiene como fin asegurar la convivencia pacífica de todos los residentes en Colombia, mediante la protección de los bienes jurídicos de que son titulares las personas. Por ello, se ha consagrado no sólo para castigar al sujeto activo del delito, para procurar su readaptación, sino también para prevenir las conductas socialmente reprochables y proteger a la sociedad de su posible ocurrencia. Es así como el Código Penal, en su artículo 12, señala que "La pena tiene función retributiva, preventiva, protectora y resocializadora." De acuerdo con el Código ...

C 010 95

C-010-95 Sentencia No. C-010/95 SALARIO INTEGRAL-Exención tributaria Es claro que la Constitución no prohibe a los patronos otorgar ventajas o trato favorable a los trabajadores. Lo que la Constitución prohíbe, y con razón, es precisamente lo contrario: menoscabar la libertad, la dignidad humana y los derechos de los trabajadores. Esto no pueden hacerlo la ley ni los acuerdos y convenios de trabajo. Se dice que la norma demandada viola el numeral 9 del artículo 95, porque es injusto que quienes puedan pactar y recibir el salario integral "se beneficien proporcionalmente de una mayor exención tributaria". Si se tiene en cuenta ...

C 009 95

C-009-95 Sentencia No. C-009/95 DELITO POLITICO El delito político es aquel que, inspirado en un ideal de justicia, lleva a sus autores y copartícipes a actitudes prescritas del orden constitucional y legal, como medio para realizar el fin que se persigue. Si bien es cierto el fin no justifica los medios, no puede darse el mismo trato a quienes actúan movidos por el bien común, así escojan unos mecanismos errados o desproporcionados, y a quienes promueven el desorden con fines intrínsecamente perversos y egoistas. Debe hacerse una distinción legal con fundamento en el acto de justicia, que otorga a cada ...

C 008 95

C-008-95 Sentencia No. C-008/95 LEY ESTATUTARIA-Iniciativa En cuanto a la iniciativa debe decirse que, en principio, las leyes estatutarias no exigen que ella tenga una procedencia específica, por lo cual, a menos que en razón de la materia tratada de modo particular por sus normas sea indispensable que provenga del Ejecutivo, se aplica la regla general prevista en el artículo 154, inciso 1º, de la Constitución, a cuyo tenor las leyes pueden tener origen en cualquiera de las cámaras a propuesta de sus respectivos miembros, del Gobierno Nacional, de los organismos señalados en el artículo 156 o por iniciativa popular ...