T 591 98

Tutelas 1998

T-591-98

    Sentencia T-591/98  

SENTENCIA DE REVISION DE TUTELA-Precisiones  

Referencia: Expedientes T-157363 y T-157771.  

Peticionarios: Juan de Jesús Gallo Moreno y Saúl Orlando Cepeda Ariza.   

Magistrado Ponente:  

Dr. FABIO MORÓN DÍAZ  

Sentencia aprobada en Santafé de Bogotá D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho (1998).  

     

I. Información preliminar.    

Mediante sentencia T-435 del 20 de agosto de 1998, se revisaron las decisiones de instancia de los expedientes correspondientes a los señores Gallo Moreno y Cepeda Ariza y de sesenta y seis expedientes más que se encontraban acumulados, por contener similares hechos, y por encontrarse dirigidas contra las mismas autoridades, Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Administración Judicial.  

Sin embargo, mediante escritos enviados a ésta Corporación por los actores arriba mencionados, solicitan se precise la sentencia T-435 del 20 de agosto de 1998.   

     

I. Breves consideraciones.    

Si bien los casos particulares de los señores Juan de Jesús Gallo Moreno y Saúl Orlando Cepeda Ariza, correspondientes a los expedientes identificados T-157363 y T-157771, respectivamente, fueron objeto de revisión en la sentencia T-435 del 20 de agosto de 1998, para asegurar el correcto cumplimiento de lo ordenado por esta Sala de Revisión, son necesarias las siguientes precisiones:  

Respecto del caso del señor Saúl Orlando Cepeda Ariza, expediente T-157771, se confirmará el fallo proferido por el Juzgado Laboral del Circuito de San Gil en cuanto negó la tutela, por no haberse violado derecho fundamental alguno por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En cuanto a la situación del señor Juan de Jesús Gallo Moreno, expediente T-157363, que aparece relacionado en la sentencia como uno de los eventos de temeridad, deberá entenderse incluido en el numeral sexto de la parte resolutiva de dicha sentencia, que confirma las providencias objeto de revisión.  

     

I. Decisión.    

Con fundamento en las consideraciones expuestas, la presente Sala de Revisión, administrando justicia en el nombre del pueblo y por mandato de la Constitución:  

RESUELVE:  

Primero. Respecto del caso del señor Saúl Orlando Cepeda Ariza, expediente T-157771, se confirmará el fallo proferido por el Juzgado Laboral del Circuito de San Gil en cuanto negó la tutela, por no haberse violado derecho fundamental alguno por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.  

Segundo. En cuanto a la situación del señor Juan de Jesús Gallo Moreno, expediente T-157363, que aparece relacionado en la sentencia como uno de los eventos de temeridad, deberá entenderse incluido en el numeral sexto de la parte resolutiva de dicha sentencia, que confirma las providencias objeto de revisión.  

Tercero. Por Secretaria General remítase la presente sentencia a los juzgados de origen, para que se de cumplimiento y anexe a los expedientes respectivos.  

Cópiese, notifíquese, comuníquese, insértese en la Gaceta de la Corte Constitucional y cúmplase.  

FABIO MORÓN DÍAZ  

Magistrado Ponente  

VLADIMIRO NARANJO MESA  

Magistrado  

ALFREDO BELTRÁN SIERRA  

Magistrado  

MARTHA VICTORIA SÁCHICA DE MONCALEANO  

Secretaria General  

    

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