Tutelas 1994

T 580 94

T-580-94 11 Sentencia No. T-580/94 IUS PUNIENDI/FALLA DEL SERVICIO EN PROCESO PENAL-Error en la identidad del procesado Al Estado le corresponde de manera exclusiva la defensa del fallo judicial, porque la Constitución le asignó el ejercicio del ius puniendi, y porque es uno de sus fines esenciales asegurarles a los ciudadanos la vigencia de un orden justo, entre otras cosas, respondiendo "...patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas...". Así, desde el punto de vista constitucional, hay que concluír que el juez de tutela no puede imponerle al ...

T 579 94

T-579-94 Sentencia No. T-579/94 DERECHOS FUNDAMENTALES-Ejercicio Las personas son libres en Colombia para ejercer los derechos fundamentales, mientras respeten los de los demás y no abusen de los suyos. Corresponde al Congreso desarrollar la Constitución y precisar a partir de qué límites se irrespetan los derechos ajenos o se abusa de los propios; pero al cumplir esa función, no puede desvirtuar las pautas reguladoras establecidas, desconociendo la autonomía moral de la persona que la propia Carta reconoce y protege. Dentro de ese marco constitucional, el legislador fija los límites básicos para el libre ejercicio de los derechos fundamentales en leyes ...

T 578 94

T-578-94 Sentencia No. T-578/94 PRINCIPIO DE LA BUENA FE La vigencia del artículo 83 de la Carta ha implicado un cambio sustancial en el desarrollo de las funciones estatales, ya que ha invertido los términos de relación, con miras a eliminar el tradicional esquema de desconfianza y recelo que caracterizaba el comportamiento de las autoridades respecto de los particulares. La carga de probar a cada paso la licitud y lealtad de la propia conducta, que pesaba irremediablemente sobre quien actuara ante los entes oficiales y que suponía el presupuesto de la mala fe, ha sido sustituída por la presunción contraria ...

T 577 94

T-577-94 Sentencia No. T-577/94 DERECHO DE PETICION/SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO/CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL La acción de tutela procede para obligar a la entidad o al funcionario renuente a resolver sobre una petición cuando ha dejado transcurrir los términos legales sin notificar o comunicar su decisión al peticionario. La ocurrencia del silencio administrativo negativo no constituye obstáculo para que proceda dicha acción por cuanto no se trata de un medio de defensa judicial, como erróneamente lo sostuvieron algunos tribunales, y, por el contrario, representa la más palmaria y clara demostración de que el aludido derecho fundamental ha sido violado. -Sala Quinta ...

T 576 94

T-576-94 Sentencia No. T-576/94 DERECHO A LA SALUD-Naturaleza La salud en sí misma -que cobija toda una gama de aspectos, no todos esenciales para la subsistencia del ser humano- no pertenece en principio a la categoría de los derechos fundamentales -salvo en el caso de los niños por expreso mandato constitucional, lo cual excluye su tutela cuando se trata de protegerla de manera exclusiva. Tan sólo es exigible su amparo judicial inmediato en cuanto se halle vinculado clara y directamente con la salvaguarda de un derecho indudablemente fundamental, en términos tales que éste resulte afectado o amenazado como consecuencia de ...

T 575 94

T-575-94 Sentencia No. T-575/94 DERECHO DE PETICION-Contenido/DERECHO DE PETICION-Improcedencia de respuesta formal El derecho de petición no tendría sentido si se entendiera que la autoridad ante quien se presenta una solicitud respetuosa cumple su obligación notificando o comunicando una respuesta apenas formal en la que no se resuelva sobre el asunto planteado. El derecho de petición lleva implícito un concepto de decisión material, real y verdadero, no apenas aparente. Por tanto, se viola cuando, a pesar de la oportunidad de la respuesta, en ésta se alude a temas diferentes de los planteados o se evade la determinación que el funcionario ...

T 574 94

T-574-94 Sentencia No. T-574/94 COMPETENCIA DE TUTELA-Actos ministeriales/COMPETENCIA DE TUTELA-Sitio de violación de derechos Es verdad que, según el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, son competentes para conocer de la acción de tutela en primera instancia, a prevención, los jueces o tribunales con jurisdicción en el lugar donde ocurriere la violación o la amenaza que motivaren la presentación de la solicitud. Sin embargo, no siempre se define esa competencia por el lugar en el que físicamente acontecieron los hechos, pues no es lo mismo hablar del acto o de la omisión de una autoridad local, en cuanto a ...

T 573 94

T-573-94 Sentencia No. T-573/94 ACCION DE TUTELA-Titularidad/SINDICATO Las personas jurídicas a partir de su existencia son titulares de derechos fundamentales, y, en consecuencia, se encuentran legitimadas para el ejercicio de la acción de tutela con el fin de obtener la inmediata protección de los derechos; y que las organizaciones sindicales, por ser personas jurídicas, pueden ejercer acción de tutela cuando sean amenazados o vulnerados sus derechos fundamentales o los de sus afiliados. DERECHOS SINDICALES/PERJUICIO IRREMEDIABLE-Inexistencia/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL Los derechos constitucionales fundamentales que se dicen amenazados, como el de asociación y en especial el de asociación sindical, predicable del sindicato ...

T 572 94

T-572-94 Sentencia No. T-572/94 ACCION DE TUTELA INTERPUESTA POR PERSONA JURIDICA PUBLICA/ACCION DE TUTELA INTERPUESTA POR ALCALDE No sólo las personas jurídicas de derecho privado sino también las personas jurídicas de derecho público pueden interponer acciones de tutela en defensa de sus derechos constitucionales fundamentales. En efecto, estas personas -como la Nación o las entidades territoriales- son titulares de derechos constitucionales fundamentales que se pueden ver afectados por la acción u omisión de otras autoridades, o incluso, en ciertas circunstancias de particulares, por lo cual es procedente que interpongan acciones de tutela. NOTIFICACION DE TERCERO CON INTERES LEGITIMO EN TUTELA ...

T 571 94

T-571-94 Sentencia No. T-571/94 DERECHOS DEL NIÑO/DERECHO A LA SALUD/DISMINUIDO FISICO/TRATAMIENTO MEDICO/INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES-Asistencia médica de menor En el presente caso es pertinente aplicar los artículos de la Constitución, sobre la protección especial para aquellas personas que, por su condición física o mental, se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta (artículo 13); y el 44 que consagra que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. Pues, la suspensión del tratamiento significaría que la condición actual del niño retrocediera. Situación que es contraria a la protección consagrada para los niños en la Constitución. "El pronóstico ...

T 570 94

T-570-94 Sentencia No. T-570/94 PRINCIPIO DE LA DOBLE INSTANCIA/LAUDO ARBITRAL-Anulación/DEBIDO PROCESO/TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO No hay una norma que expresamente diga que no procede el recurso de apelación en contra de la sentencia que decide sobre la nulidad de un laudo arbitral. Pero sí existe regulación legal que, desarrollando el mandato constitucional, otorga a los particulares la posibilidad de sustraerse a la aplicación de justicia por parte de la Rama Judicial -en cuyo funcionamiento operan los recursos ordinarios-, para acudir a un proceso excepcional, el arbitral, en el que las decisiones de primera instancia pueden ser impugnadas, no ante un superior ...

T 569 94

T-569-94 Sentencia No. T-569/94 DERECHO A LA EDUCACION-Deberes de los estudiantes/REGLAMENTO EDUCATIVO-Cumplimiento La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo. DERECHO A LA EDUCACION-Responsabilidad/DERECHO A LA EDUCACION-Abandono voluntario del colegio El deber ...

T 568 94

T-568-94 Sentencia No. T-568/94 DERECHO DE PETICION-Improcedencia/CESACION DE LA ACTUACION IMPUGNADA Se le dió respuesta a la accionante, por lo que puede afirmarse que existe cesación de la actuación impugnada, en cuanto se refiere al derecho de petición en relación con la solicitud de reconocimiento de pensión de invalidez. ACCION DE TUTELA-Subsidiariedad/JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA/PENSION DE INVALIDEZ-Reconocimiento REF: EXPEDIENTE No. T - 46.820 PETICIONARIO: Carmen Gilberta Rodriguez Prieto contra la Alcaldía y el Concejo Municipal de Sasaima. PROCEDENCIA: Juzgado Civil Municipal de Sasaima. MAGISTRADO PONENTE: Dr. HERNANDO HERRERA VERGARA. Santa Fé de Bogotá, D.C., Diciembre siete (7) de mil novecientos noventa ...

T 567 94

T-567-94 Sentencia No. T-567/94 JUEZ DE TUTELA-Omisión de informe La Corte ha señalado reiteradamente que el juez de tutela no debe fallar únicamente con lo planteado en la demanda, ni sólo con las pruebas que aporta el petente, pues le corresponde observar a plenitud las normas referentes al debido proceso. Además, el Decreto 2591/91 faculta al juez para ordenar y solicitar las pruebas e informes requeridos para que el fallo tenga un adecuado sustento probatorio. En último caso, el artículo 20 del precitado Decreto prevé la morosidad o negligencia de la persona, entidad o autoridad que omita remitir los informes ...

T 565 94

T-565-94 Sentencia No. T-565/94 FISCALIA GENERAL DE LA NACION-Controversia sobre régimen laboral La controversia sobre el régimen salarial aplicable a los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación que no se acogieron a las nuevas disposiciones laborales es, prima facie, un asunto de orden legal, ajeno a la competencia de los jueces de tutela. La discusión en torno a la debida interpretación de normas de inferior jerarquía que consagran derechos legales no exhibe, en principio, relevancia constitucional directa, que ofrezca un sustento jurídico suficiente con miras a incoar la protección inmediata de los derechos fundamentales. La hipótesis de una ...

T 564 94

T-564-94 Sentencia No. T-564/94 FISCALIA GENERAL DE LA NACION-Controversia sobre régimen laboral La controversia sobre el régimen salarial aplicable a los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación que no se acogieron a las nuevas disposiciones laborales es, prima facie, un asunto de orden legal, ajeno a la competencia de los jueces de tutela. La discusión en torno a la debida interpretación de normas de inferior jerarquía que consagran derechos legales no exhibe, en principio, relevancia constitucional directa, que ofrezca un sustento jurídico suficiente con miras a incoar la protección inmediata de los derechos fundamentales. La hipótesis de una ...

T 563 94

T-563-94 Sentencia No. T-563/94 La prestación de los servicios públicos conlleva un costo para los usuarios. Así se deduce de los artículos 367 y 368 de la Constitución Política. En principio, pues, no opera el postulado de la gratuidad. Sin embargo, el pago exigido a los beneficiarios del servicio está sometido a ciertas limitaciones constitucionales. En primer lugar, siendo los servicios públicos una función inherente al estado social de derecho, el cobro está condicionado a una prestación eficiente del mismo para todos los habitantes, sin distinción de estrato socioeconómico. En segundo término, la tarifa cobrada debe responder a criterios de ...

T 554 94

T-554-94 Sentencia No. T-554/94 JUEZ DE TUTELA-Derechos no invocados El juez de tutela está facultado para estudiar los hechos que dieron origen a la demanda, y conceder, si es del caso, el amparo solicitado, aun por derechos no invocados. La Secretaría de Tránsito y Transporte de Santafé de Bogotá, se negó a tramitar la solicitud de traspaso de propiedad, de un vehículo adquirido por el actor, porque perteneciendo el automotor a unos menores de edad, era necesario acreditar la autorización judicial para la venta. La ausencia de un procedimiento que permita al solicitante recurrir la decisión de la entidad ante ...

T 553 94

T-553-94 Sentencia No. T-553/94 DERECHO DE PETICION-Obligación de comunicar respuesta El derecho de petición se concreta en dos momentos sucesivos, ambos dependientes de la actividad del servidor público a quien se dirige la solicitud: el de la recepción y trámite de la misma, el cual implica el debido acceso de la persona a la administración para que ésta considere el asunto que se le plantea, y el de la respuesta, cuyo sentido trasciende el campo de la simple adopción de decisiones y se proyecta a la necesidad de llevarlas al conocimiento del solicitante. El aspecto últimamente enunciado tiene una especial ...

T 552 94

T-552-94 Sentencia No. T-552/94 DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL-Vulneración/DERECHO A LA VIDA/MALTRATO CONYUGAL/INDEFENSION Los maltratos físicos al cónyuge, compañero o compañera permanente implican abierta violación del derecho a la integridad personal. Pero, además, implican grave amenaza para el derecho a la vida de la persona objeto de los ataques. Los principios constitucionales en la materia resultan flagrantemente desconocidos cuando uno de los cónyuges o compañeros permanentes ataca físicamente al otro, pues ello no sólo significa agravio -el que ya de por sí, aunque fuera puramente verbal, quebrantaría la regla del recíproco respeto que se deben los esposos- sino que repercute ...

T 551 94

T-551-94 Sentencia No. T-551/94 DATO INFORMATICO-Vigencia Los datos tienen por su naturaleza misma una vigencia limitada en el tiempo la cual impone a los responsables o administradores de bancos de datos la obligación ineludible de una permanente actualización a fin de no poner en circulación perfiles de "personas virtuales" que afecten negativamente a sus titulares, vale decir, a las personas reales. DERECHO AL OLVIDO Es bien sabido que las sanciones o informaciones negativas acerca de una persona no tienen vocación de perennidad y, en consecuencia después de algún tiempo tales personas son titulares de un verdadero derecho al olvido". DERECHO ...

T 550 94

T-550-94 Sentencia No. T-550/94 PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD La solidaridad, que según el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua significa "adhesión circunstancial a la causa o a la empresa de otros", tiene aplicación en el campo jurídico dentro de la teoría de las obligaciones, en la cual asume las conocidas formas activa y pasiva, y también en materia de responsabilidad. Desde el punto de vista constitucional, tiene el sentido de un deber -impuesto a toda persona por el sólo hecho de su pertenencia al conglomerado social- consistente en la vinculación del propio esfuerzo y actividad en beneficio o ...

T 543 94

T-543-94 Sentencia No. T-543/94 DERECHO DE PETICION-Pronta resolución/DERECHOS FUNDAMENTALES-Núcleo esencial Se definió el núcleo esencial del derecho fundamental como el ámbito intangible del derecho cuyo respeto se impone a las autoridades y a los particulares. Por ello, el derecho a obtener una pronta resolución hace parte del núcleo esencial del derecho fundamental de petición. Tenemos así que la dilación indebida en la tramitación y respuesta de una solicitud, constituye vulneración de este derecho fundamental. Ref.: Proceso T-43.352 Actor: Rito Antonio Tapias Moreno contra Caja Nacional de Previsión Social. Procedencia: Juzgado Once Laboral del Circuito de Santafé de Bogotá. Magistrado Ponente: ...

T 542 94

T-542-94 Sentencia No. T-542/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución Si lo que se busca es una pronta respuesta, la tutela es el mecanismo expedito para obternerla, pues sólo a través de ella, se puede lograr que la entidad acusada emita alguna contestación, lográndose así, una directa y efectiva protección del derecho fundamental de petición e, indirectamente, de los otros derechos alegados por la demandante. DERECHO AL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS/CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL-Irregularidades El no cumplimiento de las sentencias que se profieren en contra la administración, desconoce el derecho al debido proceso y el de acceso efectivo a la justicia, pues ...

T 541 94

T-541-94 Sentencia No. T-541/94 DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES/RECURSO DE APELACION-Término para decidir/DEVOLUCION DE AUTOMOTOR-Importancia Si bien la Corte está de acuerdo con la opinión del Juez en el sentido de que la entidad demandada vulneró el derecho de petición del actor, dado que al presentar la tutela no había sido resuelto el recurso de apelación interpuesto por el demandante, a pesar de haber transcurrido más de cinco meses desde su presentación, lo procedente, por parte del Juez era conceder la tutela, en el sentido de ordenar a la demandada resolver el recurso, en un plazo perentorio, fijado por ...

T 540 94

T-540-94 Sentencia No. T-540/94 DERECHO A LA INCLUSION EN NOMINA Para exigir la protección del derecho a la inclusión en nómina de pensionados, la tutela se perfila como el único mecanismo para impedir que sea vulnerado, por cuanto, sin dicha inclusión no se les permite la posibilidad de recurrir a la vía contencioso administrativa, dado que es un acto instrumental, de trámite, o preparatorio. Esta Sala amparará el derecho que les asiste a los actores de estar incluidos en la nómina de pensionados del Municipio. La Sala considera que efectivamente, en el presente caso, ha existido un retardo injustificado por ...

T 539 94

T-539-94 Sentencia No. T-539/94 HOMOSEXUAL Los homosexuales no pueden ser objeto de discriminación en razón de su condición de tales. El hecho de que su conducta sexual no sea la misma que adopta la mayoría de la población, no justifica tratamiento desigual. Los homosexuales tienen su interés jurídicamente protegido, siempre y cuando en la exteriorización de su conducta no lesionen los intereses de otras personas ni se conviertan en piedra de escándalo, principalmente de la niñez y la adolescencia. Un trato justo, hacia los homosexuales, tiene que basarse en el respeto, la consideración y la tolerancia, por tratarse de seres ...

T 538 94

T-538-94 Sentencia No. T-538/94 NORMA LEGAL-Improcedencia de su interpretación por tutela La divergencia en la interpretación de las normas legales, en principio, no es materia constitucional que pueda ser objeto de la acción de tutela. Los recursos judiciales ordinarios dentro de cada jurisdicción, permiten la superación de las diferencias de interpretación de las normas y promueven la unificación de criterios entre los funcionarios judiciales con vistas a una aplicación uniforme de la ley. La tutela, por otra parte, no puede dar lugar a reabrir el litigio de asuntos ya decididos en el proceso penal. SENTENCIA CONDENATORIA-Impugnación/RECURSO DE APELACION-Desierto/VIA DE HECHO ...

T 537 94

T-537-94 Sentencia No. T-537/94 REINTEGRO AL CARGO-Efectividad de la sentencia/PREVALENCIA DE LA TUTELA FRENTE A OTRO MEDIO DE DEFENSA Se justifica la prevalencia de la acción de tutela frente al medio alternativo de defensa judicial, porque el cumplimiento de las sentencias judiciales en mención asegura la efectividad de los derechos al trabajo, y a la igualdad y al acceso a la justicia del peticionario y comporta la vigencia de la exigencia que se hace a la administración por el art. 209 de la Constitución Política de obrar conforme a los principios de igualdad, eficacia, economía, celeridad e imparcialidad y hacer ...

T 536 94

T-536-94 Sentencia No. T-536/94 LEGITIMACION EN LA CAUSA EN ACCION POPULAR/PROCURADOR GENERAL DE LA NACION-Competencia Están legitimados en la causa para instaurar la acción popular encaminada a obtener la reparación del daño o del perjuicio infligido a un derecho o interés colectivo, el Ministerio Público, o cualquier miembro de la comunidad, quien actúa no solamente movido por su propio interés sino por el interés general que ésta representa. La circunstancia de que el art. 277-4 de la C.P., autorice al Procurador General de la Nación para defender los intereses colectivos, en especial el ambiente, y que los arts. 282-5 de ...

T 535 94

T-535-94 Sentencia No. T-535/94 ACCION DE TUTELA CONTRA LA FAMILIA-Improcedencia/DENUNCIA PENAL Los hechos en que soporta sus alegaciones, no han sido debidamente acreditadas en el proceso, como tampoco la conclusión a que llega en su demanda, del deterioro de su buen crédito comercial, que impide el suministro de las mercancías que requiere para el funcionamiento de su negocio. Lo inmediatamente anterior, de todos modos abre la posibilidad de la existencia, de otros medios de defensa judicial, por los delitos de injuria o de calumnia, ante la jurisdicción ordinaria, para reprimir las eventuales conductas delictivas y obtener el resarcimiento de los ...

T 534 94

T-534-94 Sentencia No. T-534/94 Si bien es cierto que la Constitución no debe procedimentalizarse y que la tutela está inspirada en el principio de informalidad, tampoco se puede llegar al extremo de confundir estos postulados con el desorden. El Juez de tutela debe expresar el contenido de su decisión sujetándose a los parámetros del artículo 29 del Decreto 2591 de 1991.Qué pasa si el Juez, dentro de una inspección judicial, falla la tutela? Ante este hecho concreto, el mal menor será el de considerar como válido el procedimiento para evitar dilaciones, especialmente si el apresuramiento del Juez se debió no ...

T 533 94

T-533-94 Sentencia No. T-533/94 CONCURSO DE MERITOS Asisten al actor otros medios de defensa judiciales, como son la acción de nulidad o de nulidad y restablecimiento del derecho, contempladas en los artículos 84 y 85 del C.C.A., las cuales pueden ser propuestas ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, si para el caso de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el accionante no ha dejado vencer el término de caducidad, previsto en el artículo 136 del citado Código. Ref.: Proceso T-42.678. Actor: Ernesto Prieto García contra Alcaldía Municipal de Arauca. Procedencia: Tribunal Superior del Distrito Judicial -Sala Civil ...

T 532 94

T-532-94 Sentencia No. T-532/94 JUEZ DE TUTELA-Derechos no invocados/ FALLO DE TUTELA EXTRA PETITA/ FALLO DE TUTELA ULTRA PETITA En materia de tutela, el juez puede al estudiar el caso concreto, conceder el amparo solicitado, incluso por derechos no alegados, pues la misma naturaleza de esta acción, así se lo permite. Es decir, el juez de tutela puede fallar extra y ultra petita. DERECHO DE PETICION-Términos/CAJA DE PREVISION DEL DISTRITO Es inaceptable que los funcionarios de la Caja de Previsión del Distrito aduzcan que no existe término para resolver las solicitudes de reconocimiento de pensión, pues, a falta de regulación ...

T 531 94

T-531-94 Sentencia No. T-531/94 DERECHO A LA SALUD/DERECHO A LA VIDA/DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL El derecho a la salud es de aquellos que, por su carácter de inherente a la existencia de todo ser humano, se encuentran protegidos por nuestro ordenamiento, especialmente cuando concurre con el derecho a la seguridad social, en aras de una igualdad real y efectiva en la persona de los pensionados. La salud y la seguridad sociales buscan en forma primordial, el aseguramiento del derecho a la vida; así también es reconocido por los pactos y convenios internacionales y recogido dentro del marco del nuevo ...

T 530 94

T-530-94 Sentencia No. T-530/94 AGENCIA OFICIOSA EN TUTELA-Improcedencia El agente oficioso o el Defensor del Pueblo y sus delegados, sólo pueden actuar dentro de los precisos límites que la ley ha señalado a sus actuaciones; por lo tanto, no pueden de ninguna manera arrogarse la atribución de interponer acciones de tutela a su arbitrio, es decir, sin que esté justificado plenamente el supuesto fáctico que la norma exige para legitimar sus actuaciones, cual es, que el afectado en sus derechos fundamentales no pueda promover directamente su propia defensa, por hallarse en una situación de desamparo e indefensión, o que solicite ...

T 525 94

T-525-94 Sentencia No. T-525/94 DERECHO AL TRABAJO-Límites/EJERCICIO DE PROFESION-Límites Los derechos fundamentales, y dentro de ellos el derecho al trabajo íntimamente relacionado con el derecho a escoger profesión u oficio, cuentan con límites internos y externos. Son límites internos los que señalan las fronteras del derecho como tal y conforman su propia definición; son externos, los señalados expresa o implícitamente en el texto constitucional, para defender otros derechos protegidos por la norma de normas. Así, por ejemplo, la propia Constitución establece un límite al derecho consagrado en el artículo 26 de la Carta Política, al señalar que el legislador puede ...

T 524 94

T-524-94 Sentencia No. T-524/94 CONTROVERSIA CONTRACTUAL/ACCION DE TUTELA CONTRA SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA/ALMAGRARIO La actuación que origina el presente proceso - independientemente del tipo de contrato que rija la relación entre las partes, aclaración que no le corresponde a este juzgador- es un acto realizado por una sociedad de economía mixta, en desarrollo de su actividad comercial. La contratación es una manifestación de la libertad contractual y el ordenamiento jurídico le brinda su reconocimiento, por lo que le ofrece su protección, hasta el punto de imponer judicialmente su cumplimiento. No significa que todos los derechos derivados del contrato adquieren un ...

T 523 94

T-523-94 Sentencia No. T-523/94 ACCION DE TUTELA-Pluralidad de solicitudes La solicitud de tutela puede ser presentada por un número plural de personas, sin que sea indispensable que el juzgado ponga la nota de presentación de todos y cada uno de los firmantes. No es justo exigir que cada solicitante presente por separado su tutela, Y si esto llegare a ocurrir (identidad de peticiones, fundamentos y persona contra quien se dirige la acción, pero diversidad de solicitudes), es prudente que todas se tramiten bajo una misma cuerda, sin necesidad de acudir a un incidente de acumulación de procesos, bien sea porque ...

T 522 94

T-522-94 Sentencia No. T-522/94 PRINCIPIO DE GRATUIDAD DE LA JUSTICIA-Expedición de copias/PRINCIPIO DE EFECTIVIDAD DE LOS DERECHOS/RECURSO DE APELACION-Obligación de compulsar copias El acto de compulsar copia de las partes pertinentes de la actuación procesal para efecto del recurso de apelación, debe entenderse como instrumental de la efectividad del principio de gratuidad en los procesos del trabajo, que naturalmente hace efectivo el derecho del trabajador del acceso a una justicia gratuita, con las excepciones ya anotadas. En tal virtud, la interpretación que más se adecúa al principio de efectividad de los derechos (art. 2 de la C.P.) es la siguiente: ...

T 518 94

T-518-94 VIA DE HECHO/HONORARIOS DE PERITO-Tasación desmesurada/PRINCIPIO DE GRATUIDAD DE LA JUSTICIA El auto proferido por el Juez, grava en exceso a quien solicitó que se le dispensara justicia, cuando el deber jurídico del juez consistía, precisamente, no sólo en protegerlos sino en velar por ellos de manera especial, por ser su titular acreedor a ese trato, conforme a la Constitución vigente. Tal actuación constituye una vía de hecho. Gratuito es lo opuesto a oneroso; y si el servicio que prestan los peritos avaluadores sobre la base de la gratuidad de la justicia civil, tiene un precio mayor al del ...

T 517 94

T-517-94 Sentencia No. T-517/94 SERVICIO PUBLICO TELEFONICO-Mora en el pago La Sala encuentra ajustada la actuación de la accionada, quien procedió para efectos del corte y suspensión del servicio a dar cabal aplicación a las normas que regulan su prestación, y que imponen como pena a quien incurre en mora "reiterada" en el pago, a cortar la línea y a disponer de ella, asignándosela a un nuevo usuario. SERVICIOS PUBLICOS-Reglamentación En materia de prestación de servicios públicos, cada empresa, pública o particular, debe establecer los parámetros y reglamentos que deben observar y cumplir los usuarios y suscriptores del mismo, quedando ...

T 515 94

T-515-94 Sentencia No. T-515/94 DERECHO DE PETICION-Contenido El derecho de petición, consagrado constitucionalmente como fundamental, implica, como lo ha señalado la Corte Constitucional, dos premisas: la posibilidad de los particulares de presentar peticiones respetuosas a las autoridades sean en interés general o particular, por una parte, y obtener una pronta resolución, por la otra. Se deduce el derecho de la actora para acceder a la reubicación laboral sin carga docente, lo cual resulta procedente tutelar como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. El Estado debe proteger especialmente a aquellas personas que por su condición "física o mental" se encuentren ...

T 510 94

T-510-94 Sentencia No. T-510/94 MATRIMONIO CIVIL-Admisión de hijos en colegio Es inaceptable todo lo que implique discriminación basada en el origen familiar. Y peor aún si la discriminación se encamina a nada menos que negarle validez al matrimonio civil, es decir, desconocer la ley colombiana. Se ordenará a la directora del Colegio, considerar la solicitud de ingreso de la menor, siguiendo exactamente las mismas reglas aplicables a todos los estudiantes de ese plantel. Ref: Expediente T- 46750 Actor: ADOLFO ENRIQUE RAMOS LEON contra DIRECTIVAS DEL COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE LA PRESENTACION DEL CENTRO. Procedencia: JUZGADO CINCUENTA Y NUEVE CIVIL MUNICIPAL ...

T 505 94

T-505-94 Sentencia No. T-505/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES-Requisitos La acción procede si: 1) la providencia causó daño a los derechos fundamentales reclamados, 2) este perjuicio no ha cesado y no se puede, agotando los medios de defensa legalmente consagrados, restablecer la eficacia de aquéllos, 3) la actuación de las autoridades no obedece a una norma constitucional o legal vigente. DERECHO AL NOMBRE DEL NIÑO/DERECHO AL CUIDADO Y AL AMOR/PATERNIDAD RESPONSABLE/PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL Con la providencia demandada en tutela, se vulneraron los derechos de la menor a un nombre, al cuidado y al amor, así como también el ...

T 504 94

T-504-94 Sentencia No. T-504/94 REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL-Funciones La norma constitucional por fijar una competencia que ya estaba atribuida pero de manera legal, es de aplicación inmediata y por tanto desde el momento de la promulgación de la Constitución de 1991, el Registrador tiene las funciones que le atribuye el artículo 266 constitucional. Así las cosas, en principio le corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil llevar el registro del estado civil de las personas. ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS-Competencia para corregir La competencia de corregir o modificar el estado civil de las personas que requiera una valoración de ...

T 503 94

T-503-94 Sentencia No. T-503/94 DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL DERECHO A LA INTEGRIDAD MORAL DEl NIÑO/PADRES DE FAMILIA-Conductas contrarias a la moral La moral constituye un derecho de los niños y un correlativo deber de los padres, quienes con su ejemplo deben orientar la conducta del menor hacia los hábitos morales. La conducta de los padres con respecto a la integridad moral de los hijos, implica obligaciones tanto de hacer como de no hacer. En cuanto a las primeras, se encuentran la de encauzar al hijo, mediante la palabra y el ejemplo, hacia la práctica de la virtud, la estimación ...

T 502 94

T-502-94 Sentencia No. T-502/94 SIDA/DERECHOS DEL INTERNO ENFERMO DE SIDA El pabellón de la cárcel donde se encuentra recluido el petente presenta unos problemas de humedad que afectan su salud y ponen en peligro su vida, por la especial sensibilidad o predisposición de estas personas a contraer enfermedades por la deficiencia de defensas orgánicas. No obstante que las autoridades penitenciarias han realizado y tienen programadas algunas obras destinadas a mejorar sus condiciones físicas, sanitarias y ambientales, se tutelarán los derechos a la vida y a la salud del petente y, en tal virtud, se le señalará un plazo al señor ...

T 501 94

T-501-94 Sentencia No. T-501/94 JUEZ DE TUTELA-Derechos no invocados/PREVALENCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES El juez de tutela no debe basar su decisión exclusivamente en los derechos taxativamente invocados por el accionante, cuando perciba que además de estos puede presentarse la vulneración de otros derechos fundamentales constitucionales. Así, en el evento de que el actor no invoque en concreto el derecho realmente vulnerado o amenazado, el juez no debe dejar de tutelarlo so pretexto de no haber sido invocado por aquel. La prevalencia de los derechos fundamentales supone la validez de éstos con independencia de su invocación, porque de lo contrario ...

T 500 94

T-500-94 Sentencia No. T-500/94 DERECHOS COLECTIVOS-Protección/DERECHO A LA VIDA/DERECHO A LA SALUD Existen en el ordenamiento jurídico colombiano mecanismos judiciales específicos para la protección de los derechos colectivos, como las acciones populares y, en ciertos casos, las acciones de cumplimiento. Esto significa que en principio la tutela no procede para proteger estos derechos colectivos o difusos, salvo cuando la vulneración de estos bienes jurídicos haya directamente ocasionado la violación o amenaza de un derecho fundamental individualizable del accionante. No existe certeza que muestre que la actividad de la planta genera una vulneración o amenaza directa sobre la vida o la ...

T 499 94

T-499-94 Sentencia No. T-499/94 NULIDAD FALLO DE TUTELA El objetivo de la declaratoria de nulidad era, por una parte, que el juez de tutela se acercara al caso concreto a fin de tener elementos de juicio suficientes para examinar si era procedente o no la acción y por otro aspecto, evitar la violación del derecho de defensa puesto que se trataba de tutela contra particulares. CONTROVERSIA CONTRACTUAL La petente reconoce que tiene abogado y que éste planteó la conciliación, luego, esta última situación, al igual que todas las incidencias derivadas de los contratos o convenios celebrados entre las partes deben ...

T 498 94

T-498-94 Sentencia No. T-498/94 El artículo 44 de la Carta no tiene el alcance que el actor pretende darle. Ni la prevalencia de los derechos de los niños sobre los derechos de los demás, ni la facultad de exigir a la autoridad competente el cumplimiento de la obligación de asistirlo y protegerlo, tornan innecesaria la condición que la ley impone para agenciar derechos ajenos. El requisito de manifestar en la petición los motivos que imposibilitan al titular promover la defensa de sus derechos, pretende cerrarle el paso a actuaciones inconsultas o injustificadas en nombre de otro, y, en sí mismo, ...

T 488 94

T-488-94 Sentencia No. T-488/94 DERECHO AL TRABAJO/PERSONAL DOCENTE-Terminación del contrato de trabajo/ACCION DE TUTELA-Subsidiariedad Si resulta que el vínculo jurídico ha terminado -como en esta ocasión ocurre- no es procedente la tutela con el objeto de restaurarlo, a menos que se llegue a demostrar una de dos excepcionales circunstancias: que la norma legal en que se ha fundado la desvinculación del trabajador es claramente incompatible con la Constitución Política (artículo 4º C.P.) o que se ha violado directamente un precepto constitucional en detrimento de derechos fundamentales. La normatividad legal citada por la demandante puede haberle conferido el derecho a permanecer ...

T 487 94

T-487-94 Sentencia No. T-487/94 ACCION DE TUTELA CONTRA EL CONYUGE POR MALTRATO-Indefensión Mirada la situación desde el punto de vista fáctico, se tiene un verdadero estado de indefensión que hace viable la tutela, por cuanto en el ámbito hogareño la quejosa está a merced de la fuerza física y la voluntad del varón, quien abusa de sus ventajas para ofenderla y maltratarla. DERECHOS FUNDAMENTALES-Protección inmediata La protección de los derechos fundamentales amenazados tiene que ser inmediata. No puede supeditarse a los engorrosos trámites de un proceso ordinario, aunque, desde luego, la procedencia de la tutela y su prosperidad, que aluden ...

T 486 94

T-486-94 Sentencia No. T-486/94 SENTENCIA INHIBITORIA-Prohibición en tutela Ningún juez ante el cual se intente la acción de tutela puede abstenerse de resolver de fondo sobre el asunto planteado. Esto es, debe conceder o negar la tutela, motivando debidamente su determinación. Se trata de un deber inexcusable del juez, quien, al negarse a decidir, viola el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia y deja desprotegido al peticionario, desconociendo así el artículo 86 de la Carta. JUEZ DE TUTELA-Incompetencia Siendo claro que el juez no puede inhibirse y que tampoco debe fallar conociendo de su incompetencia, la Corte ...

T 485 94

T-485-94 Sentencia No. T-485/94 MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL El actor cuenta con otro medio de defensa judicial, pues tiene las acciones penales correspondientes. Además, como se señaló, sólo la justicia ordinaria será la que decida en forma definitiva, si las aseveraciones hechas por los demandados corresponden a la realidad. PERJUICIO IRREMEDIABLE-Características Las características del perjuicio irremediable son: que el perjuicio sea inminente, las medidas a adoptar sean urgentes, y el peligro grave, lo que determina que la acción de tutela sea impostergable. CONCEJO MUNICIPAL-Publicidad de actos/INFORMACION-Inexistencia de pronunciamiento de autoridad competente No se puede prescindir de la circunstancia de que ...

T 484 94

T-484-94 Sentencia No. T-484/94 Quien difunde la información, no sólo tiene el derecho a hacerlo, sino el deber de ser veraz e imparcial. Pero esa veracidad e imparcialidad solamente pueden referirse a los hechos en sí, no a las opiniones del periodista. El juicio o la valoración que él haga de los hechos, pertenece a su libertad de opinión, a su libertad de expresar sus opiniones, bajo su responsabilidad. La prohibición de la censura, y la libertad de prensa, se violan cuando se impone al periodista la obligación de publicar una información u opinión, del mismo modo que cuando se ...

T 483 94

T-483-94 Sentencia No. T-483/94 DERECHO A LA PROPIEDAD El derecho a la propiedad, sólo puede tutelarse cuando de su violación se desprenda claramente que también se vulnera otro derecho fundamental -vida, salud, seguridad social, etc-, cuya efectividad debe restablecerse con urgencia, pues de lo contrario, los efectos de la conculcación incidirían desfavorablemente en la supervivencia del afectado y sus legitimarios o en las condiciones que la hacen digna. PROCESO POLICIVO-Suspensión de construcción No es cierta la afirmación en que se basa la demanda, de que el Alcalde haya omitido resolver el procedimiento policivo, y ello hace que la acción de ...

T 482 94

T-482-94 Sentencia No. T-482/94 JUNTA DE ACCION COMUNAL-Interposición de tutela En el estado actual de la jurisprudencia de esta Corporación, en materia de la legitimidad activa de la acción de tutela, es tema que no admite duda, el de la legitimidad de las mencionadas entidades de carácter cívico, social y de utilidad común no gubernamentales para ejercer las acciones judiciales correspondientes enderezadas a la satisfacción judicial de sus derechos constitucionales fundamentales, y la de las demás personas que representen y hagan parte del ámbito subjetivo de su actuación constitucional y legal; en efecto, el carácter abierto de la acción de ...

T 481 94

T-481-94 Sentencia No. T-481/94 PRUEBAS ALLEGADAS AL PROCESO DE TUTELA/FALSEDAD Si existe falsedad en el dicho de la funcionaria a la instancia judicial, al allegar una prueba falsa; o si la falsedad la comete el ahora accionante en su escrito, o si se presentó pérdida en el envió por correo, o cualquier otra eventualidad, se dispone de las vías judiciales ante la jurisdicción penal por dilucidar el mejor derecho de las partes en conflicto, o a quien asiste la razón en su dicho. Si existen otras vías para hacer valer el derecho, no es procedente por este aspecto la acción ...

T 480 94

T-480-94 Sentencia No. T-480/94 DERECHO A LA SUSTITUCION PENSIONAL-Improcedencia por tutela/DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución Se hace necesario reiterar que la acción de tutela no es el mecanismo adecuado para obtener el reconocimiento del derecho que la demandante pretende, pues, en relación con el derecho de petición, esta Corte ya tiene establecido que la competencia del juez constitucional consiste sólo en ordenar que la autoridad defina prontamente la solicitud formulada, en cualquier sentido: positivo o negativo. REF: PROCESO T- 41.974 DEMANDANTE: ANA SANCHEZ DE MUTIS contra CAJA NACIONAL DE PREVISION. PROCEDENCIA: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA. MAGISTRADO PONENTE: JORGE ARANGO MEJIA. Sentencia ...

T 479 94

T-479-94 Sentencia No. T-479/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución El ejercicio del derecho constitucional fundamental de petición, no implica que la administración deba resolver la solicitud en el sentido perseguido por quien la presenta, por cuanto este derecho se satisface cuando la autoridad resuelve oportunamente al peticionario, sin importar si la resolución es positiva o negativa a los intereses de éste. Además, debe ser comunicada dentro de los términos establecidos en la ley. Ref.: Proceso T-41.014. Actor: Darío Gutiérrez Ramírez contra Caja Nacional de Previsión Social. Procedencia: Juzgado Sesenta y Dos Penal Municipal de Santafé de Bogotá. Magistrado Ponente: Dr. JORGE ...

T 478 94

T-478-94 Sentencia No. T-478/94 LIBERTAD DE ESCOGER PROFESION U OFICIO-Título de Idoneidad/ESTUDIANTE NO MATRICULADO EN UNIVERSIDAD/UNIVERSIDAD INCCA El Estado no puede ser ajeno frente a aquellas personas que por falta de responsabilidad, o de principios éticos, pretenden engañar a la sociedad desempeñando tareas u oficios sin tener la aptitud y la preparación para hacerlo, o sin haber llenado los requerimientos legales y reglamentarios establecidos para el efecto. La Sala encuentra tres circunstancias especiales que señalan claramente que la peticionaria no logró demostrar satisfactoriamente su calidad de estudiante de la Universidad y, por ende, la presunta vulneración de sus derechos fundamentales ...

T 471 94

T-471-94 Sentencia No. T-471/94 DERECHO AL BUEN NOMBRE-Información falsa/DERECHO A LA HONRA-Información falsa Se atenta contra este derecho cuando, sin justificación ni causa cierta y real, es decir, sin fundamento, se propagan entre el público -bien en forma directa y personal, ya a través de los medios de comunicación de masas- informaciones falsas o erróneas o especies que distorsionan el concepto público que se tiene del individuo y que, por lo tanto, tienden a socavar el prestigio y la confianza de los que disfruta en el entorno social en cuyo medio actúa, o cuando en cualquier forma se manipula la ...

T 470 94

T-470-94 Sentencia No. T-470/94 ACCION DE TUTELA CONTRA SENTENCIAS Cuando el afectado por una decisión judicial ha tenido a su alcance los diversos medios de defensa y protección de sus derechos y ha hecho uso de ellos hasta agotarlos dentro de un determinado proceso, no puede pretenderse adicionar al trámite ya surtido, una acción de tutela, pues ello además de no ser viable a la luz del ordenamiento constitucional y legal, desnaturalizaría su carácter de instrumento excepcional de amparo. VIA DE HECHO-Inexistencia La acción de tutela se dirige contra una providencia judicial, ejecutoriada y en firme, debe precisar la Sala ...

T 469 94

T-469-94 Sentencia No. T-469/94 DERECHOS COLECTIVOS-Protección/ACCION POPULAR/MEDIO AMBIENTE SANO-Defensa La Corte ha reiterado que la protección de este tipo de derechos sólo puede intentarse por medio de la acción de tutela en el evento de que el peticionario demuestre una conexidad palmaria entre el derecho invocado, por ejemplo al medio ambiente sano, y la afectación de otro derecho de tipo fundamental y aplicación inmediata. De no ser ello posible, la acción procedente es la popular. Las acciones populares tienen una larga tradición en el derecho colombiano. Sin embargo, la incidencia social de las normas promulgadas ha sido reducida. La Constitución ...

T 468 94

T-468-94 Sentencia No. T-468/94 SERVICIO PUBLICO DE SALUD-Nueva cirugía/DERECHO A LA SALUD-Recuperación No existe solución de continuidad - desde el punto de vista prestacional - entre la operación efectuada a la petente y la que aún debe efectuársele para que recobre su salud. La interrupción que impidió alcanzar el objetivo médico, no es atribuible a la paciente sino a la entidad de salud, como quiera que el médico tratante al intentar realizarla, ocasionó una "ruptura vesical que comprometió la uretra", lo que condujo a clausurar la intervención corrigiendo únicamente la complicación presentada, desde luego ajena al motivo de la programada ...

T 467 94

T-467-94 Sentencia No. T-467/94 SERVICIO PUBLICO DE EDUCACION-Continuidad En materia de prestación de servicios, la regla general es la de su permanencia. Toda suspensión debe tener el carácter de excepcional y, en consecuencia, debe ser objeto de justificación. La administración no debe olvidar que entre los fines esenciales del Estado se encuentra el de garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, y que las autoridades están instituidas para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado. La educación genera una contraprestación a cargo del Estado que consiste en asegurar el adecuado cubrimiento del ...

T 466 94

T-466-94 INTERDICCION DE DERECHOS Y FUNCIONES PUBLICAS La interdicción de los derechos y funciones públicas de un ciudadano tiene lugar mientras dure su condena. Según el artículo 71 del Decreto 2241 de 1985, la rehabilitación en la interdicción de derechos y funciones públicas operará ipso-jure al cumplirse el término por el cual se impuso su pérdida como pena. Los despachos judiciales correspondientes deben entregar al interesado los autos mediante los cuales se certifica el cumplimiento de la pena. Una vez surtida esta diligencia la documentación debe ser enviada a la Registraduría - primero local y luego nacional - para que ...

T 465 94

T-465-94 ACCION DE TUTELA-Término en días hábiles/TERMINO JUDICIAL-Observancia Es entendido que se trata de días hábiles, es decir, aquellos durante los cuales se ejerce la función judicial en el Despacho correspondiente, pero también resulta indudable que el término señalado por la Constitución Política es perentorio e inexcusable. Dicho plazo para decidir corresponde a una garantía en favor de los asociados en el sentido de que, si acuden ante los jueces para hacer realidad el orden justo al que aspira la Carta, pueden tener la certidumbre de que obtendrán resolución oportuna y eficaz. LIBERTAD DE CULTOS-Ejercicio abusivo Una correcta interpretación constitucional ...

T 464 94

T-464-94 Sentencia No. T-464/94 ACCION DE TUTELA-Carencia actual de objeto Si la acción de tutela tiene por objeto la protección efectiva del derecho fundamental violado o amenazado, pierde su razón de ser cuando el motivo de la violación o amenaza ha desaparecido. En tal hipótesis se ha restablecido el derecho sin necesidad de la intervención judicial. CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL-Ineficiencia Administrativa/DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución La ineficiencia administrativa ha sido manifiesta y, a juicio de la Corte, es inconcebible que ella continúe en CAJANAL pese a las muchas decisiones judiciales en las cuales se han concedido tutelas y se ha ...

T 463 94

T-463-94 Sentencia No. T-463/94 NOTIFICACION PERSONAL DE TUTELA/PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL En punto de la notificación al demandado acerca de que se ha iniciado un trámite de tutela en su contra, la jurisprudencia ha sostenido que es requisito básico para el ejercicio del derecho de defensa, en cuanto otorga la posibilidad inmediata de que aquél alegue y pruebe en su favor, o controvierta y desvirtúe las razones y pruebas que lo perjudican. Se busca con ello preservar el principio constitucional de que la persona contra la cual se intenta la acción tendrá siempre la certeza de ser oída. No puede ...

T 462 94

T-462-94 Sentencia No. T-462/94 FOGAFIN/ACCION DE TUTELA-Improcedencia/BANCO POPULAR-Venta La comunicación de FOGAFIN constituye un acto administrativo que puede ser atacado ante la jurisdicción correspondiente mediante el ejercicio de las acciones consagradas en la ley. En consecuencia, se percibe claramente que existen otros medios de defensa judicial, es decir, a la luz del artículo 86 de la Constitución, en principio no procede la acción de tutela. Sería posible intentarla excepcional y transitoriamente si se pudiera establecer que la peticionaria enfrenta la inminencia de un perjuicio irremediable, pero tal no es el caso de autos, toda vez que, el proceso de venta ...

T 461 94

T-461-94 Sentencia No. T-461/94 SUPERINTENDENCIA BANCARIA-Funciones/ACTO ADMINISTRATIVO La Superintendencia Bancaria es un organismo de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, algunos de cuyos principales objetivos consisten en asegurar la confianza pública en el sistema financiero y velar porque las instituciones que lo integran mantengan permanente solidez económica y coeficientes de liquidez apropiados para atender sus obligaciones; prevenir situaciones que puedan derivar en la pérdida de dicha confianza, protegiendo el interés general y particularmente el de terceros de buena fe; y adoptar políticas de inspección y vigilancia dirigidas a permitir que las instituciones vigiladas puedan adaptar su ...

T 459 94

T-459-94 Sentencia No. T-459/94 JURISDICCION COACTIVA-Recursos/VIA DE HECHO-Inexistencia/DERECHO DE DEFENSA-Liquidación de Crédito No encuentra la Sala que al proferir la providencia cuestionada se hubiera incurrido en una vía de hecho. Debe tenerse en cuenta, que la sociedad peticionaria dispuso de las garantías que en su oportunidad le ofrecieron la vía gubernativa y luego la vía contencioso-administrativa para discutir la legalidad de la obligación que se le impuso y, además, de los derechos procesales que a su favor consagra el proceso de jurisdicción coactiva, dentro de los cuales se cuenta el de objetar la liquidación del crédito. Por consiguiente, Colseguros no ...

T 458 94

T-458-94 Sentencia No. T-458/94 DEBIDO PROCESO-Concepto Este derecho es el conjunto de garantías que buscan asegurar al ciudadano que ha acudido al proceso, una recta y cumplida administración de justicia y la debida fundamentación de las resoluciones judiciales. VIA DE HECHO Toda actuación, tanto de funcionarios judiciales como de autoridades administrativas, que desconozca de manera ostensible y flagrante el ordenamiento jurídico, se constituye en verdadera vía de hecho y, por tanto, es susceptible de la protección y el amparo que se otorga a través de la acción de tutela. COMISION-Concepto La comisión es una delegación de competencia de carácter temporal, ...

T 457 94

T-457-94 Sentencia No. T-457/94 SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA-Sanciones por mal uso Aun en el campo de las investigaciones y sanciones por el mal uso del servicio público de energía eléctrica, los que puedan ser afectados por una actuación administrativa iniciada de oficio, tienen derecho a ser informados de su existencia y objeto. la actora sí contaba con otro medio eficaz distinto de la tutela para impugnar la resolución, la acción de nulidad y restablecimiento del derecho. PRESUNCION DE INOCENCIA-Vulneración/PRESUNCION DE DOLO La presunción de dolo obedece a la constatación de que la empresa, habiendo establecido sólo la ruptura de los ...

T 456 94

T-456-94 Sentencia T-456/94 DECRETO REGLAMENTARIO DE TUTELA-Facultad interpretativa de la Corte Hay que decir que el artículo 86 de la Carta no puede ser interpretado como lo disponga un Decreto Reglamentario. Este sólo pueden orientar a la administración, pero, a la Corte Constitucional, encargada de la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución, no puede una disposición reglamentaria de carácter administrativo recortarle su potestad interpretativa. DERECHO AL REAJUSTE PENSIONAL-Trato discriminatorio/DERECHOS DE LAS PERSONAS DE LA TERCERA EDAD A TUTELA TRANSITORIA/PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD/PERJUICIO IRREMEDIABLE/ACCION DE TUTELA EN MATERIA PENSIONAL-Edad como estimativa probable de vida Si una persona sobrepasa el ...

T 452 94

T-452-94 Sentencia No. T-452/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución/CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL/PREVENCION A LA AUTORIDAD PUBLICA No obstante la respuesta tardía, al actor la entidad demandada sí le había vulnerado su derecho de petición cuando instauró la acción de tutela. Se prevendrá a la entidad, para que en ningún caso vuelva a incurrir en las omisiones que originaron la acción de tutela que se revisa. REF: Expediente No. T-40.366. ACTOR: LUIS ENRIQUE TAPIAS SALAZAR. PROCEDENCIA: JUZGADO SEXTO LABORAL DEL CIRCUITO DE SANTAFE DE BOGOTA. MAGISTRADO PONENTE: DR. JORGE ARANGO MEJIA. Aprobada en sesión de la Sala Primera de Revisión, celebrada ...

T 451 94

T-451-94 Sentencia No. T-451/94 SERVICIO MILITAR-Unión de hecho/SERVICIO MILITAR-Matrimonio posterior a la incorporación La Constitución reconoce y protege la familia de hecho. Pero si se pretende aducir esta causal como motivo de exención, la Corte considera que tiene ser objeto de detenido análisis, pues deben existir pruebas que permitan establecer que esta situación corresponde a la realidad. El sólo hecho del matrimonio posterior al reclutamiento, no constituye causal eximente de la prestación del servicio. SERVICIO MILITAR-Hijo único Esta causal no fue alegada por el interesado al momento de su reclutamiento, ni sus familiares la habían puesto en conocimiento. REF: PROCESO ...

T 450 94

T-450-94 Sentencia No. T-450/94 EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD EN TUTELA La vía de la tutela es apta para lograr que se inaplique al caso específico una norma incompatible con la Constitución, si la aplicación de la misma es a la vez la causa de la violación o amenaza de los derechos fundamentales del petente. En el caso sometido a revisión, el choque entre el artículo 63, inciso 2º, del Decreto 2665 de 1988 y el artículo 29 del Estatuto Fundamental no puede ser más evidente: mientras el precepto constitucional, aplicable a todas las actuaciones judiciales y administrativas, garantiza el derecho de ...

T 449 94

T-449-94 Sentencia No. T-449/94 ACCION DE TUTELA CONTRA AUTO QUE DECIDE INCIDENTE DE REGULACION DE PERJUICIOS En el incidente de regulación de perjuicios que originó la acción de tutela bajo revisión, se observaron todas las formas propias del procedimiento y que el actor estuvo representado, durante todo el trámite, por abogados titulados e inscritos, por lo que no se halla, en esos aspectos, razón para otorgar la protección solicitada.No se encuentra que la decisión del incidente sea contraria a los hechos probados, no existe en él una vía de hecho; es claro, además, que la independencia funcional de los jueces ...

T 448 94

T-448-94 Sentencia No. T-448/94 PRINCIPIO NEMO AUDITUR PROPIAM TURPITUDINEM ALLEGANS/REGISTRO MARCARIO-Cancelación Existen también mecanismos de defensa a los que el peticionario habría podido acudir ante la propia administración. Tal es el caso de la solicitud de cancelación de registro marcario contemplada en el artículo 98 de la Decisión 313 del Acuerdo de Cartagena. Si, como sostiene el actor, ya se venció el término para interponer este recurso y, por lo tanto, no cuenta con tal medio de defensa, cabe citar el aforismo "nemo auditur propriam turpitudinem alegans", según el cual, a nadie le es dable alegar su propia culpa. Si ...

T 447 94

T-447-94 Sentencia No. T-447/94 En lo que hace al derecho a la salud de los niños, al tenor del artículo 44 superior, éste no sólo es fundamental sino prevalente, en el sentido de su respeto incondicional y universal. Por ello el Estado tiene en el cumplimiento de un derecho uno de sus objetivos primordiales, razón por la cual goza de especial protección por el orden jurídico. La incondicionalidad de tal bien hace que el Estado de manera prevalente asegure, en la medida de sus posibilidades y capacidades, su eficacia. De ahí que lo tutele cuando se lesiona o amenace en ...

T 446 94

T-446-94 Sentencia No. T-446/94 DERECHO AL VOTO DE PERSONA DISMINUIDA VISUALMENTE/DERECHO AL VOTO-Secreto/HECHO CONSUMADO Los jurados de votación no le prestaron el auxilio necesario a la peticionaria dada su deficiencia visual, para escoger el candidato de su preferencia, bajo el fundamento de la irrenunciabilidad de la forma de ejercer el derecho al voto secretamente. Esta conducta no violó derechos fundamentales, ya que la deficiencia visual de la peticionaria no creó, en la situación concreta, óbices insalvables para la práctica del derecho a su voto. La conducta acusada es un hecho consumado no susceptible de acción de tutela. REF: EXPEDIENTE T-40074 ...

T 445 94

T-445-94 Sentencia No. T-445/94 PERSONA JURIDICA-Titularidad de derechos fundamentales Sobre la titularidad de las personas jurídicas respecto de la acción de tutela, esta Sala considera que ellas son ciertamente titulares de la acción. PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA-Naturaleza El proceso de jurisdicción coactiva es de naturaleza administrativa, por cuanto su objetivo es hacer efectiva la orden dictada por la administración de cobro de una obligación tributaria. DEBIDO PROCESO EN JURISDICCION COACTIVA La jurisdicción coactiva sí constituye una prerrogativa que gozan algunas entidades de derecho público para cobrar créditos a su favor, pero no es un sistema que permita a las entidades ...

T 444 94

T-444-94 Sentencia No. T-444/94 CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA-Competencia/RECURSO DE REVISION-Improcedencia La Sala Jurisdiccional del Consejo Superior de la Judicatura conoce, en única instancia, de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los magistrados de los Tribunales Superiores y demás funcionarios judiciales, excepto los que gozan de fuero constitucional. Por tal razón la Sala comparte el criterio de dicha Corporación, en el sentido de que cuando ésta imponga sanción de destitución no procede la revisión; las únicas providencias revisables son las proferidas por la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y los Tribunales, ya sea por la respectiva ...

T 443 94

T-443-94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución/SUMINISTRO DE INFORMACION DETERMINADA-Muerte de hijo El derecho de petición es un derecho público subjetivo de toda persona que le permite acudir ante las autoridades, con miras a obtener pronta resolución a una solicitud o queja. Aunque su objeto no incluye el derecho a obtener una resolución determinada, sí exige que exista un pronunciamiento oportuno. El ejercicio de el derecho de petición impone a las autoridades u organizaciones privadas señaladas en la ley una conducta consistente en resolver de fondo la petición, bien sea en sentido positivo o negativo. La entidad demandada no vulneró el derecho ...

T 442 94

T-442-94 Sentencia T-442/94 PREVALENCIA DE DERECHOS DEL NIÑO/TENENCIA Y CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO/LIBERTAD DE OPINION La opinión del menor, en cuanto sea libre y espontánea y esté exenta de vicios en su consentimiento, constituye un instrumento apropiado e invaluable en la adopción de la respectiva decisión, más aún, si aquélla se adecúa al mantenimiento de las condiciones favorables de que viene disfrutando. Resulta inconcebible que se pueda coaccionar al menor, mediante la aplicación rígida e implacable de la ley, a vivir en un medio familiar y social que de algún modo le es inconveniente, porque no puede recibir el amor, ...

T 441 94

T-441-94 Sentencia No. T-441/94 DERECHO A LA EDUCACION-Obligatoriedad Resulta perfectamente lógico que se imponga al Estado, a la sociedad y a la familia, la responsabilidad de la educación y el carácter obligatorio de la misma entre los 5 y los 15 años de edad, comprendiendo un año de preescolar y 9 de educación básica, factores estos últimos, que combinan la edad y el tiempo de escolaridad, como variables coincidentes o divergentes. DERECHO A LA EDUCACION-Selección de estudiantes para obtener cupo Es apenas normal que ante el déficit de cupos se imponga una selección de los aspirantes. Este criterio no resulta ...

T 440 94

T-440-94 Sentencia No. T-440/94 DERECHOS DEL PENSIONADO/JUEZ DE TUTELA-Facultades El juez de tutela no puede ser indiferente ante la situación de los pensionados por sus situaciones específicas de debilidad. El Estado mediante el ejercicio del amparo a los derechos fundamentales debe promover la igualdad real y efectiva de los sectores débiles que requieren y merecen protecciones especiales, como un elemento integral del principio de solidaridad social. PENSION DE INVALIDEZ-Suspensión del pago/INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES-Arbitrariedad/DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO-Vulneración El ISS, a través de su actuación administrativa desconoció el debido proceso consagrado en el artículo 29 de la C.N., porque mediante la resolución ...

T 439 94

T-439-94 Sentencia No. T-439/94 LIBERTAD DE CULTOS-Cierre de cementario/DERECHO AL CULTO-Libre práctica El cierre del Cementerio resulta ser, entonces, un mero hecho de la administración que, injustificadamente, vulnera el derecho fundamental de los demandantes. En consecuencia, se concederá la tutela solicitada y se ordenará al Alcalde proceder a reabrir el establecimiento municipal, para restablecer allí la práctica libre del culto. FALLA DE LA ADMINISTRACION POR PERDIDA DE DOCUMENTOS/ACCION DE REPARACION DIRECTA Si el municipio no cuenta en sus archivos con copia de los documentos probatorios pertinentes, ello constituye otra falla de la administración, que no priva a los particulares contratantes ...

T 438 94

T-438-94 Sentencia No. T-438/94 FUERO CONSTITUCIONAL El Presidente de la República o quien haga sus veces , los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos -por hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de los mismos-, gozan de fuero especial en lo concerniente a su juzgamiento. DERECHO DISCIPLINARIO El derecho disciplinario está integrado por todas aquellas normas mediante las cuales se exige a los servidores públicos un ...

T 437 94

T-437-94 Sentencia No. T-437/94 ACCION DE TUTELA-Improcedencia/ACCION DE TUTELA-Hecho Consumado Los actos y omisiones con los que claramente se vulneraron los derechos de los pescadores demandantes, cesaron antes de la vigencia de la actual Constitución y sus efectos, fueron enmendados hace años por las entidades demandadas. No hay prueba de que las autoridades demandadas hayan violado los derechos fundamentales de los actores, durante la vigencia de la actual Constitución. DERECHOS FUNDAMENTALES-Límites/DERECHO DE POSESION-Protección /MEDIO AMBIENTE SANO Los derechos fundamentales no son ilimitados; su ejercicio y protección han de respetar los derechos de los demás. Aunque los pescadores demandantes tienen derecho ...

T 436 94

T-436-94 9 Sentencia No. T-436/94 La competencia a prevención que determina la norma hace referencia a que cualquier juez o tribunal, determinado por el factor territorial, pueda asumir el conocimiento de la acción de tutela, a elección del actor. En el caso sub-lite el Tribunal Superior al declarar su incompetencia para conocer de la acción de tutela, ha debido devolver la demanda al actor para que éste la propusiera, a su elección, ante cualquier juez o tribunal de la ciudad de Santafé de Bogotá. Sin embargo, la Corte estima que la actuación de dicho Tribunal se convalidó ante el silencio ...

T 435 94

T-435-94 Sentencia No. T-435/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES/VIA DE HECHO La acción de tutela contra providencias judiciales procede, siempre y cuando la decisión contenga un fundamento arbitrario, caprichoso o abusivo por medio del cual se haya violado un derecho fundamental de la persona, es decir, se haya incurrido en "vías de hecho". En otras palabras, al juez le corresponde pronunciarse judicialmente de acuerdo con la naturaleza misma del proceso y las pruebas aportadas, todo ello de acuerdo con los criterios que establezca la ley, y no de conformidad con su propio arbitrio. VIA DE HECHO-Inexistencia/ACCION DE TUTELA CONTRA ...

T 434 94

T-434-94 Sentencia No. T-434/94 DERECHO DE PETICION El derecho fundamental de petición no ha sido vulnerado, dado que las solicitudes fueron atendidas por el Ministerio, ya que en él se ha estado atento a la investigación que sobre el caso se adelanta en la Fiscalía Regional de Medellín, y existe seguimiento a los mismos procesos penales que se adelantan en Estados Unidos contra los detenidos. DERECHOS FUNDAMENTALES-Amenaza/PRUEBAS-Inexistencia La amenaza de violación o la violación de un derecho fundamental invocadas por el peticionario, como causa de su reclamo, debe probarse siquiera de modo sumario pero positivo, para que el juez pueda ...

T 433 94

T-433-94 Sentencia No. T-433/94 RESPONSABILIDAD MEDICA La acción de tutela no es el mecanismo adecuado para reclamar la responsabilidad económica de los centros de atención medica y hospitalaria privados que funcionan para atender necesidades de salud de las personas; mucho menos, cuando se trate de problemas de responsabilidad civil contractual o extracontractual por la mala o deficiente práctica médica. Para ello, se encuentran las restantes vías judiciales ordinarias que precisamente están previstas para atender los reclamos de índole patrimonial que puedan eventualmente desprenderse de la relación con el centro de atención medica, clínica u hospitalaria. DERECHO A LA SALUD-Retraso en ...

T 432 94

T-432-94 Sentencia No. T-432/94 DERECHO A LA SALUD-Enfermedad incurable/INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES-Asistencia médica/PERSONA DISMINUIDA FISICAMENTE En el caso de enfermedad incurable, no está obligado el Seguro Social a prestar los servicios asistenciales referidos a la salud, una vez cumplido el primer año de vida del paciente. No significa lo anterior, que la paciente no tenga sus derechos constitucionales fundamentales en pleno vigor, los cuales puede hacer valer ante las instituciones de salud del Estado encargadas de su amparo. REF.: Expediente No. T-38280 Peticionario: ALCIRA SALAMANCA BELTRAN Magistrados: Dr. FABIO MORON DIAZ -Ponente- Dr. VLADIMIRO NARANJO MESADr. JORGE ARANGO MEJIA Santafé ...

T 431 94

T-431-94 Sentencia No. T-431/94 MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL-Eficacia/EXPROPIACION-Naturaleza El medio de defensa judicial cuya existencia desplaza el mecanismo de la tutela, haciéndola improcedente, debe estar en manos de la persona perjudicada o amenazada en su derecho y conducir directamente, de manera eficaz, a la protección demandada. No se remite a dudas que la expropiación, entre otros mecanismos que aprovechan al interés público, es una herramienta que el ordenamiento jurídico ha dejado en manos de entidades públicas y que, por tanto, no puede ser operada a voluntad por los particulares, por lo cual no tiene sentido considerarla como medio a disposición ...

T 430 94

T-430-94 Sentencia No. T-430/94 DERECHO A LA SALUD-Enfermedad incurable/INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES-Asistencia médica/DERECHO A LA SALUD-Progreso del paciente/PERSONA DISMINUIDA FISICAMENTE/CALIDAD DE VIDA-Mejoramiento Cuando el paciente, en este caso el menor de edad, padece una enfermedad de carácter incurable en concepto de los médicos especialistas en la materia, la entidad de previsión -el ISS-, no está en la obligación de continuar suministrando el servicio que se demanda, salvo que sea menor de un año, en cuyo caso, la atención debe prestarse en forma ineludible, como lo dispone la Constitución Política. Ello no significa, que la Sala avale la interpretación según la ...

T 429 94

T-429-94 Sentencia No. T-429/94 DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD-Vulneración Si el derecho al libre desarrollo de la personalidad comporta la capacidad de desplegar las aptitudes, talentos y cualidades de que dispone alguien para su autoperfeccionamiento, sin restricciones ajenas no autorizadas por el ordenamiento jurídico, se configura su vulneración cuando a la persona se le impide, en forma irrazonable, alcanzar o perseguir aspiraciones legítimas de su vida o valorar y escoger libremente las opciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia y permiten su realización como ser humano. LIBERTAD DE APRENDIZAJE/LIBERTAD DE INVESTIGACION/LIBERTAD DE CIRCULACION La efectivización ...

T 422 94

T-422-94 Sentencia No. T-422/94 ACCION DE TUTELA-Nexo Causal/CONTAMINACION AMBIENTAL/FUMIGACION AEREA DERECHO A LA SALUD-Aire contaminado/FUMIGACION AEREA No podía prosperar la tutela en el caso considerado, dada la insuficiencia probatoria sobre el nexo causal, y de ello no se colige que la Corte Constitucional observe sin preocupación el conjunto de fenómenos que vienen presentándose en la zona en donde actúan esta y otras compañías de fumigación, pues, por el contrario, estima que los pobladores pueden estar siendo afectados en su salud -y de manera grave- por los plaguicidas, fungicidas y pesticidas que vienen siendo utilizados, ante lo cual la actividad del ...

T 421 94

T-421-94 Sentencia No. T-421/94 ACCION DE TUTELA-Improcedencia/SALARIO-Pago/ACCION EJECUTIVA/PERSONAL DOCENTE-Pago La acción de tutela no es mecanismo adecuado para reclamar la protección de los derechos que la peticionaria considera violados, pues existen otros medios de defensa judiciales que pueden ser utilizados en procura de la cancelación efectiva de los salarios que se le adeudan desde el mes de enero del año en curso, como lo son las acciones ejecutivas pertinentes. PERSONAL DOCENTE-Cancelación de salarios/SUSTRACCION DE MATERIA Ante la circunstancia de que el Ministerio de Educación Nacional a través del FIS, ha tomado las medidas pertinentes en orden a desembolsar las partidas ...

T 420 94

T-420-94 Sentencia No. T-420/94 DERECHOS DEL INTERNO-Condiciones mínimas de existencia En el caso sub judice, las condiciones de higiene son a tal punto deplorables que con ello no sólo se viola el derecho a la salud de los reclusos sino también su derecho a la dignidad y a la igualdad material. El prisionero es una persona que se encuentra a cargo del Estado y este no puede, de manera negligente y fundado en una moral utilitarista, poner a dichas personas a soportar una vida por debajo de las condiciones mínimas de existencia. DERECHO A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR/DERECHO A ...

T 419 94

T-419-94 Sentencia No. T-419/94 NOTIFICACION-Finalidad La notificación es el acto material de comunicación por medio del cual se ponen en conocimiento de las partes o terceros interesados los actos de particulares o las decisiones proferidas por la autoridad pública. La notificación tiene como finalidad garantizar el conocimiento de la existencia de un proceso o actuación administrativa y de su desarrollo, de manera que se garanticen los principios de publicidad, de contradicción y, en especial, de que se prevenga que alguien pueda ser condenado sin ser oido. ACTO ADMINISTRATIVO INEFICAZ/ACTO ADMINISTRATIVO-Inoponibilidad El ordenamiento jurídico sanciona el acto no notificado con su ...

T 413 94

T-413-94 Sentencia No. T-413/94 MESADA PENSIONAL-Pago oportuno/ACCION DE TUTELA-Subsidiariedad/PROCESO EJECUTIVO LABORAL El pago de las mesadas atrasadas que les adeuda la entidad previsora, no es factible diligenciarlo por vía del procedimiento de tutela, pues aunque el retraso afecta derechos fundamentales, tal situación no impide hacerlo efectivo por conducto de otro mecanismo judicial: el proceso ejecutivo laboral. Por tanto, la acción de tutela aquí invocada no puede prosperar, debido a que no es dable al juez de tutela su intromisión en las actuaciones realizadas por el juez de la instancia que conoce del proceso ejecutivo laboral. ACTO DE INCLUSION EN NOMINA/ACTO ...

T 412 94

T-412-94 Sentencia No. T-412/94 SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO/DERECHO DE PETICION-Vulneración/PENSION DE JUBILACION-Reconocimiento La ocurrencia del silencio administrativo negativo no eximirá de responsabilidad a las autoridades ni las excusará del deber de decidir sobre la petición inicial, salvo que el interesado haya hecho uso de los recursos de la vía gubernativa, contra el acto presunto. En el caso sub-judice a la demandante le ha sido conculcado el derecho fundamental de petición, por parte de la Caja Nacional de Previsión Social, al no resolver de manera oportuna la solicitud de reconocimiento de pensión de jubilación. Ref.: Proceso T-38.422. Actor: Ana Florinda Navas Durán ...

T 411 94

T-411-94 Sentencia No. T-411/94 LIBERTAD DE RELIGION-Límites/DERECHOS FUNDAMENTALES-Vulneración/DERECHO A LA VIDA-Menor de edad/EVANGELICOS/ACCION DE TUTELA INTERPUESTA POR MEDICO EN NOMBRE DE MENOR DE EDAD Es inconcebible que en aras de la libertad religiosa, una persona pase sobre el derecho de otra. No puede así excluirse de la protección del Estado y de la sociedad a un menor so pretexto de respetar las creencias religiosas de sus padres por más acendradas que éstas se manifiesten. Jurídicamente es inconcebible que se trate a una persona -en el caso sub examine una menor- como un objeto de los padres, pues su estatuto ontológico ...

T 405 94

T-405-94 PERSONAL DOCENTE-No renovación de contrato/CONFLICTO LABORAL/JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA/JUEZ DE TUTELA-Límites/JUEZ DE TUTELA-Cogobierno Cuando se trata de resolver conflictos de carácter laboral, no es, en principio, el juez de tutela quien debe asumir su conocimiento, sino que de acuerdo a lo señalado en el ordenamiento jurídico, tal cosa corresponde a jurisdicciones distintas de la Constitucional. Para este caso la contencioso administrativa. Además, sin menoscabo de la competencia propia de la jurisdicción contencioso administrativa, no está dentro de las funciones asignadas al juez de tutela la de reemplazar en su gestión a los funcionarios públicos, lo cual, en el presente caso, ...

T 404 94

T-404-94 Sentencia No. T-404/94 PERSONA DISMINUIDA FISICAMENTE/ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES-Indefensión/CASA DE HABITACION-Desalojo del cónyuge El sólo hecho de que una persona sea disminuída física o mental, no la coloca en estado de indefensión en la acción de tutela. Siempre deberá probarse la violación de uno de sus derechos constitucionales fundamentales. Por consiguiente, esta acción de tutela no procede, pues no existe prueba de que se están violando derechos fundamentales del actor, y para solucionar la situación descrita por él, existe otro medio de defensa judicial. MENOR DE EDAD-Protección La Corte considera que el menor puede encontrarse en situación de ...

T 403 94

T-403-94 Sentencia No. T-403/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES-Límites La tutela contra personas o entidades privadas está condicionada a que se configure cualquiera de las causales indicadas en el artículo 86 de la Constitución -que el particular esté encargado de la prestación de un servicio público; que su conducta afecte grave y directamente el interés público, o que, respecto de él, el solicitante se halle en estado de subordinación o indefensión- y a que las hipótesis correspondientes hayan sido contempladas por la ley. Si la acción de tutela era improcedente en este caso, ello no acontecía por la simple circunstancia ...

T 402 94

T-402-94 MODERNIZACION DEL ESTADO A raíz de la aplicación del artículo 20 transitorio de la Constitución Nacional, que facultó al Gobierno para suprimir, fusionar o reestructurar las entidades pertenecientes a la administración centralizada y descentralizada, con el fin de ponerlas en consonancia con los mandatos de la Constitución de 1991, especialmente con la redistribución de competencias y recursos que en la misma se establece, el Gobierno Nacional adoptó la denominada "política de modernizacion del Estado" y produjo una serie de decretos encaminados a cumplir con el designio del Constituyente, lo cual determinó que quedaran cesantes un gran número de empleados ...

T 401 94

T-401-94 Sentencia No. T-401/94 DERECHOS DEL PACIENTE-Autonomía/DERECHO A LA SALUD-Conflictos médico paciente Todo paciente tiene derecho a rehusar la aplicación de un determinado tratamiento sobre su cuerpo. Sin embargo, el hecho de no manifestarlo y de aceptar las prescripciones clínicas, es un indicio suficiente para considerar una aceptación tácita que puede bastar para que el médico proceda con su tratamiento. La voluntad del paciente de preferir una cosa sobre otra es una razón que el médico debe tener en cuenta. La contraindicación, en muchos casos, hace parte de los criterios de sopesación que el enfermo tiene en cuenta para determinar ...

T 400 94

T-400-94 Sentencia No. T-400/94 CONCURSO DE MERITOS En materia de discrecionalidad en la provisión de cargos a través de los concursos, la acción de tutela se torna improcedente por la existencia de otro medio de defensa judicial. En consecuencia, le asisten al actor otros medios de defensa judiciales, como son la acción de nulidad o de nulidad y restablecimiento del derecho, y que pueden ser propuestas ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, si para el caso de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el accionante no ha dejado vencer el término de caducidad. Ref.: Proceso T-37.642. Actor: ...

T 399 94

T-399-94 Sentencia No. T-399/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución El derecho de petición es un derecho constitucional fundamental, cuyo propósito es obtener una pronta resolución de la administración respecto a la solicitud elevada. Sirve así de instrumento para poner en funcionamiento el aparato estatal y establecer la relación persona-Estado, cuya efectividad resulta necesaria para el logro de los fines esenciales de éste. En consecuencia, la resolución emanada y comunicada por la administración dentro de los términos legalmente establecidos, satisface este derecho constitucional fundamental. A contrario sensu, se vulnera éste al no resolverse la petición elevada o realizarse fuera de los términos ...

T 398 94

T-398-94 Sentencia No. T-398/94 DERECHO DE POSTULACION/ESTUDIANTE DE DERECHO-Asistencia legal/LANZAMIENTO-Oposición El querellado solicitó al Inspector de Policía que le permitiera ser asistido por un estudiante de derecho, pero tal petición fue denegada en consideración a que el Decreto 196 de 1971 exige un abogado titulado para tal representación. Es necesario precisar que el estatuto del ejercicio de la profesión de Abogado -Decreto 196 de 1971-, dispone en su artículo 28 que, por excepción, se podrá litigar en causa propia sin ser abogado inscrito: "4. En los actos de oposición en diligencias judiciales o administrativas, tales como secuestro, entrega o seguridad ...

T 393 94

T-393-94 Sentencia No. T-393/94 DERECHO A PRACTICA DE PRUEBAS/DEBIDO PROCESO-Vulneración/PROCESO DISCIPLINARIO-Pruebas La negativa a la práctica de pruebas sólo puede obedecer a la circunstancia de que ellas no conduzcan a establecer la verdad sobre los hechos materia del proceso o que estén legalmente prohibidas o sean ineficaces o versen sobre hechos notoriamente impertinentes o se las considere manifiestamente superfluas; pero a juicio de esta Corte, la impertinencia, inutilidad y extralimitación en la petición de la prueba debe ser objetivamente analizada por el investigador y ser evidente, pues debe tenerse presente que el rechazo de una prueba que legalmente sea conducente ...

T 392 94

T-392-94 Sentencia No. T-392/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución Tanto la pronta resolución de la petición, como la respuesta que implique una decisión material de lo pedido, ya sea positiva o negativa, hacen parte de su núcleo esencial. Es decir, el derecho de petición no se satisface con la simple formulación, recepción o expedición de constancia de ésta, pues quien acude a la administración, haciendo uso de aquél, puede exigir, por mandato constitucional, la obtención de una pronta respuesta. Ello también de conformidad con los principios de eficacia y celeridad que rigen la función pública. DERECHO DE PETICION-Alcance/PRESUNCION DE VERACIDAD La ...

T 391 94

T-391-94 Sentencia No. T-391/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución El derecho fundamental de petición se ve satisfecho cuando existe una pronta resolución a la solicitud formulada, independientemente de que dicha decisión le sea favorable o adversa a quien la promovió. No puede confundirse el derecho de petición, como medio para obtener la protección o reconocimiento de otros derechos, con estos últimos. Pues "el derecho de petición no implica una prerrogativa en cuya virtud la administración se vea precisada a definir favorablemente las pretensiones del solicitante, razón por la cual no se debe entender conculcado este derecho cuando la autoridad responde oportunamente ...

T 386 94

T-386-94 Sentencia No. T-386/94 REGLAMENTO EDUCATIVO-Límites Los reglamentos de las instituciones educativas no pueden entrar a regular aspectos que de alguna manera puedan afectar los derechos constitucionales fundamentales de los educandos, pues si ello esta vedado a la ley con mayor razón a los reglamentos de la naturaleza indicada. En tal virtud, dichos reglamentos no pueden regular aspectos o conductas del estudiante ajenas al centro educativo que puedan afectar su libertad, su autonomía o su intimidad o cualquier otro derecho, salvo en el evento de que la conducta externa del estudiante tenga alguna proyección o injerencia grave, que directa o ...

T 385 94

T-385-94 Sentencia No. T-385/94 DERECHO A LA SALUD/DERECHOS DEL PACIENTE-Información Médica/ASISTENCIA MEDICA-Eficacia Respecto al derecho a la Salud, uno de los aspectos tutelables es el derecho del paciente a saber cuál es la verdad sobre sus enfermedades, incapacidades, esto incluye la información veraz sobre la posibilidad que tenga un establecimiento asistencial o un hospital de diagnosticar y curar la dolencia. Si el diagnóstico es acertado orienta una solución y la prestación del servicio debe darse dentro de lo posible y lo razonable. Si el daño se ha consumado, la tutela no puede prosperar, salvo que se trate de atención para ...

T 384 94

T-384-94 Sentencia No. T-384/94 DERECHO A LA IGUALDAD-Vulneración/LENGUA NATIVA-Cooficialidad/DERECHO DE ACCESO A MEDIOS DE COMUNICACION/DISCRIMINACION POR EL LENGUAJE/EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD Los grupos étnicos que habitan el Departamento del Guainía, aún no han recibido los beneficios de la educación bilingüe. Como sus integrantes sólo hablan la respectiva lengua materna, la discriminación a la que se les someta en razón de ella, alcanza a todos los miembros de la comunidad. La discriminación en razón de la lengua deviene, entonces, discriminación racial. La prohibición de poder usar la lengua materna, desconoce principios fundamentales de la Carta Política y ha provocado la incomunicación entre ...

T 383 94

T-383-94 Sentencia No. T-383/94 DERECHOS FUNDAMENTALES-Prueba de amenaza/ACCION DE TUTELA-Improcedencia Para que se amenace uno o varios derechos constitucionales fundamentales, es necesario un mínimo de evidencia fáctica, de suerte que sea razonable pensar en la realización del daño o menoscabo material o moral. En otras palabras, se requiere que la acción pueda resultar, una vez evaluados los elementos objetivos del caso, evidentemente perjudicial frente al bien jurídico protegido, de forma tal que los temores del actor ante la inmediata probabilidad de daño, se encuentren realmente fundamentados. Ahora bien, la acción de tutela bajo examen no debe prosperar, toda vez que ...

T 382 94

T-382-94 Sentencia No. T-382/94 DERECHO DE FAMILIA-Protección/MATRIMONIO Dentro del matrimonio, el fin inmediato y fundamental es la búsqueda por parte de los esposos de la convivencia pacífica, armoniosa y cordial, ambiente dentro del cual deberá llevarse a cabo el proceso de procreación y formación de los hijos. El matrimonio pues, tiene como pilares la comunidad doméstica y el respeto mutuo que los cónyuges deben guardarse entre sí. La prioridad del núcleo familiar, como lo expresa la Constitución Política, hace que el Estado o la potestad civil, como autoridad, sólo penetre hasta la intimidad en situaciones de extrema angustia y de ...

T 381 94

T-381-94 Sentencia No. T-381/94 DERECHO A LA HONRA/DERECHO A LA INFORMACION-Veracidad Atentar contra la honra de una persona, mediante la divulgación de un equívoco o de una información abiertamente falsa o contraria a la realidad, constituye una lesión injustificada contra los derechos fundamentales de la persona, por cuanto lo muestra ante los asociados como indigno de la estima colectiva. La información que deshonra a una persona, natural o jurídica, puede ser voluntaria o involuntaria. En el caso sub-examine, no hubo dolo por parte del Diario El Tiempo en el acto informativo por el cual se publicó el aviso de la ...

T 380 94

T-380-94 Sentencia No. T-380/94 SERVICIOS PUBLICOS-Finalidad Se busca a través de los servicios públicos satisfacer necesidades de interés general en forma regular y contínua. Son además, el medio por el cual el Estado realiza los fines esenciales de servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes constitucionales. La razón de ser de los poderes constituidos es el servicio a la comunidad, la satisfacción de sus necesidades y la protección de los derechos individuales de sus miembros. En este sentido los servicios públicos deben mantener un nivel de eficiencia aceptable para ...

T 379 94

T-379-94 Sentencia No. T-379/94 INSUBSISTENCIA/ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO La resolución contra la que se dirige la petición de tutela, es de aquellas actuaciones de la administración pública contra las que procede el pleno ejercicio de las acciones contencioso administrativas, previo el agotamiento de la vía gubernativa; por tanto, contra la mencionada actuación de uno de los agentes de la administración, podía ejercerse otra acción, lo cual desvirtúa la procedencia del remedio judicial que se pretende adelantar en estos estrados de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional. CONCURSO DE MERITOS-Aplicación criterios de igualdad/IGUALDAD ANTE LA LEY ...

T 378 94

T-378-94 Sentencia No. T-378/94 MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/ACCION DE TUTELA-Eficacia Pese a la existencia en abstracto de medios judiciales ordinarios, la acción de tutela se justifica en razón de su eficacia y efectividad para amparar a una menor enfrentada a una situación que exige un remedio dotado de estas características. DERECHO A LA IGUALDAD-Vulneración/CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL/SERVICIO PUBLICO DE SALUD-Ineficacia Viola el derecho a la igualdad, negar el servicio, cuando éste puede ser prestado a través de otra entidad, como de ordinario acontece cuando quiera que Cajanal está en imposibilidad de ofrecerlo directamente. Aquí la desigualdad se vislumbra de ...

T 369 94

T-369-94 Sentencia No. T-369/94 DEBIDO PROCESO-Vulneración/CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO-Arbitrariedad La norma referente al debido proceso, cuando somete las actuaciones administrativas a este principio, lo hace en forma general, sin distinciones entre lo público y lo privado. Por tanto, las determinaciones del Consejo Directivo no escapan a la aplicación del debido proceso. La Sala percibe la violación del derecho del actor al debido proceso, pues la administración de la Universidad, no debió acatar lo decidido por el Consejo, ya que éste, como cuerpo de jerarquía inferior a la Rectoría, no podía arbitrariamente asumir unas funciones que no le correspondían. Por eso, si ...

T 364 94

T-364-94 Sentencia No. T-364/94 DERECHO A LA IGUALDAD/ACCION DE TUTELA-Improcedencia/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL Si lo que se pretende mediante la solicitud formulada, es que se reconozca y ordene en el fallo de tutela el pago de la asignación que le corresponde de acuerdo con el cargo que ocupa y el tiempo de servicios ello es improcedente a la luz de lo dispuesto en las normas constitucionales y legales. Debe reiterarse la improcedencia de la acción de tutela cuando existen otros medios de defensa judicial, teniendo en cuenta el carácter de mecanismo excepcional concebido en defensa de los derechos fundamentales, con ...

T 363 94

T-363-94 Sentencia No. T-363/94 DERECHOS FUNDAMENTALES-Protección/INCUMPLIMIENTO DE FALLOS JUDICIALES/DESACATO El análisis del juez de tutela no puede quedarse o sustraerse del estudio de fondo de la cuestión planteada para esgrimir argumentos sutiles que dejan de lado la principal misión de la tutela, cual es la protección de los derechos constitucionales fundamentales de las personas. Es procedente la tutela, no por el hecho de que se deba amparar el derecho al trabajo en cuanto a la orden de reintegro, que es de competencia exclusiva del juez laboral, sino por el incumplimiento por parte de la accionada de una providencia judicial, cuya ...

T 362 94

T-362-94 Sentencia No. T-362/94 INDEMNIZACION DE PERJUICIOS/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/PERJUICIO IRREMEDIABLE-Inexistencia Ante la existencia de otros medios judiciales para efectos de lograr la eventual reparación de los perjuicios que la accionante dice haber sufrido por las actividades irregulares de excavación en la zona, debe manifestar esta Sala la improcedencia de la acción de tutela por existir otros medios de defensa judicial. El Juez de tutela no puede entonces reemplazar a los jueces competentes cuando la ley ha previsto expresamente otras vías judiciales, a menos que se intente de manera excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable, lo cual ...

T 361 94

T-361-94 Sentencia No. T-361/94 DERECHO AL AMBIENTE SANO/DERECHOS COLECTIVOS/ACCION POPULAR La solicitud de tutela para la protección del derecho colectivo al ambiente no es procedente, pues para ello están consagradas las acciones populares, salvo que se ponga en peligro o se amenace un derecho fundamental, lo cual no se presenta en este caso, pues de una parte, ni en la misma demanda se indica o señala derecho fundamental alguno amenazado o vulnerado, y de la otra, no existe prueba ni elemento que permita inferir la violación o amenaza de tales derechos por parte del Alcalde Municipal. REF: Expediente No. T ...

T 354 94

T-354-94 Sentencia No. T-354/94 ACCION POPULAR/ACCION DE TUTELA/DERECHOS FUNDAMENTALES-Protección/FALLA DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE Aunque las acciones populares sean el medio de defensa judicial aplicable, en principio, para la defensa de los intereses colectivos, cabe la tutela si está de por medio, de modo concreto y cierto, un derecho fundamental del accionante que así lo pruebe en su caso específico y que acredite la relación de causalidad existente entre la acción u omisión que afecte el interés de la comunidad y su propia circunstancia. Así, en el proceso que ocupa la atención de la Corte, si bien está involucrado necesariamente ...

T 352 94

T-352-94 ACCION DE TUTELA VERBAL/PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL La Constitución no exige que, para provocar la actuación del aparato judicial, sea indispensable la presentación de una demanda escrita, pues se parte del supuesto de que la posibilidad de escribir no está al alcance de toda la población, bien por analfabetismo, ya por dificultades físicas, por minoría de edad o por la propia necesidad de acudir sin demora ante el juez para plantear los hechos que configuran violación o amenaza de derechos fundamentales. Es por tales motivos que en caso de urgencia o cuando el solicitante no sepa escribir o sea ...

T 347 94

T-347-94 Sentencia No. T-347/94 REVOCACION DE ACTO ADMINISTRATIVO Los actos administrativos deberán ser revocados por los mismos funcionarios que lo hayan expedido o por sus inmediatos superiores, de oficio o a petición de parte, cuando se den las causales previstas en el art. 69 del C.C.A. esto es, por razones de legitimidad o legalidad -oposición con la Constitución o la ley- o por razones de mérito o conveniencia- cuando no estén conforme con el interés público social o cuando con ellos se cause agravio injustificado a una persona. Cuando se trate de actos de contenido general es admisible su revocabilidad ...

T 346 94

T-346-94 Sentencia No. T-346/94 VIA DE HECHO-Inexistencia/DEBIDO PROCESO/COMISION JUDICIAL Es improcedente la acción de tutela en el presente caso por estar dirigida contra actuaciones judiciales, no constitutivas de vías de hecho. No puede sostener el peticionario que los jueces comisionados incumplieron las órdenes impartidas por el juez comitente, porque actuaron ceñidos a las reglas que la regulan, lo que significa que respetaron el debido proceso. ACCION DE TUTELA TRANSITORIA-Improcedencia/DERECHO DE DOMINIO/JURISDICCION ORDINARIA/ADJUDICACION DE BIENES-Entrega/PERJUICIO IRREMEDIABLE-Inexistencia REF.: Expediente No. T-34746 Actor: MANUEL FERNANDO RIVEROS S. Magistrados: Dr. FABIO MORON DIAZ -Ponente- Dr. VLADIMIRO NARANJO MESADr. JORGE ARANGO MEJIA Santafé de Bogotá, ...

T 345 94

T-345-94 Sentencia No. T-345/94 DERECHO A LA EDUCACION/DERECHO AL TRABAJO/COHABITACION DE DERECHOS/CAMBIO DE JORNADA EDUCATIVA Cuando surgen fricciones interpretativas por la necesidad de defender un número plural de derechos humanos, la solución justa no puede limitarse al reconocimiento de uno de aquellos en detrimento de los demás. Situado el petente frente a dos derechos fundamentales: el trabajo y la educación, no está obligado a sacrificar uno de ellos para mantener el otro, cuando puede haber solución equilibrada y razonable: la cohabitación de derechos. El estudiante-trabajador se halla en una situación de hecho distinta a quien simplemente es estudiante o trabajador ...

T 344 94

T-344-94 Sentencia No. T-344/94 SALARIO-Protección constitucional/ALCALDE-Sueldo/ACCION DE TUTELA TRANSITORIA/JUEZ DE TUTELA-Límites La protección constitucional al salario debe ser efectiva. El salario debe pagarse lo más pronto posible porque la subsistencia del trabajador y su familia depende generalmente del producto de su trabajo. En casos muy excepcionales de fuerza mayor insuperable puede existir una demora que no debe ir más allá de lo razonable. Tratándose del sueldo de los alcaldes, se les debe pagar cumplidamente. Si la Contraloría obstaculiza, el alcalde puede ejecutar judicialmente o acudir ante el Contencioso-administrativo. Lo que no tiene respaldo legal es impedir el pago del sueldo ...

T 343 94

T-343-94 Sentencia No. T-343/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES-Improcedencia/DEBIDO PROCESO Contra las providencias de los jueces y tribunales, sólo es viable la acción de tutela cuando se configura una ostensible violación del debido proceso, o cuando la actuación del juez equivale a una vía de hecho. En el caso que nos ocupa, tal violación no se observa por parte alguna: se presentó una demanda, fue inadmitida y contra esta decisión se interpuso el recurso de apelación. Al desatar este último, el superior confirmó la providencia apelada. La acción de tutela no se estableció para hacer desaparecer las consecuencias de ...

T 342 94

T-342-94 Expediente T-20973 Sentencia No. T-342/94 AGENCIA OFICIOSA EN TUTELA LEGITIMACION POR PASIVA EN TUTELA/ASOCIACION NUEVAS TRIBUS DE COLOMBIA La acción de tutela contra la "Asociación Nuevas Tribus de Colombia", es viable formalmente según el numeral 4° del artículo 42 del decreto 2591 de 1991, pues la comunidad indígena de los "Nukak-Maku" se encuentra en estado de indefensión, debido a que no se encuentran en condiciones físicas y jurídicas para neutralizar los efectos de las actividades que dicha Asociación realiza, si se tienen en cuenta las relaciones de dependencia que se han generado por la variedad de las acciones, amparadas ...

T 341 94

T-341-94 Sentencia T-341/94 DERECHO A LA SALUD/DERECHO A LA PROCREACION Se entiende por salud, el "estado en que el ser orgánico ejerce normalmente todas sus funciones". De allí, que la actora consideró que recuperar la ovulación, equivalía a recuperar su salud. La peticionaria tenía derecho a que se le prestara la atención médica que requería en el período posterior a su parto y que, el ser tratada para recuperar plenamente su función reproductora, hacía parte de su derecho a la salud. DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL-Irrenunciabilidad/MATERNIDAD-Protección La actora tenía derecho a ser afiliada forzosamente al régimen del seguro social y ...

T 340 94

T-340-94 Sentencia No. T-340/94 ACCION DE TUTELA-Subsidiariedad La acción de tutela es un mecanismo de protección inmediata de derechos fundamentales que sólo procede cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo cuando aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. ACCION DE TUTELA PARA HACER CUMPLIR CONTRATO/INTERNAMIENTO EN ASILO/CONTRATO CIVIL Las controversias generadas por un contrato civil o comercial, entre ellas su cumplimiento, son de competencia exclusiva de la jurisdicción civil o comercial. Si existen dentro de esos hechos motivos que induzcan a pensar en la posible comisión de un hecho punible, sería ...

T 339 94

T-339-94 Sentencia No. T-339/94 MATERNIDAD-Cuidado personal del hijo/DERECHOS DEL NIÑO AL CUIDADO Y AL AMOR Todo niño tiene derecho a gozar de la protección de una madre, ya que es un hecho notorio que el menor desposeído de la asistencia materna -y también paterna- es víctima de una situación en estricto sentido anti natural. Los primeros obligados a dar amor al niño son sus padres, de suerte que si hay una falta continua de amor hacia el hijo, no se está cumpliendo, propiamente, la maternidad. De esta manera, todo niño tiene derecho a ser tratado con amor, especialmente por sus ...

T 332 94

T-332-94 Sentencia No. T-332/94 DERECHO A LA CANCELACION DE HIPOTECA/INURBE-Refinanciación de Créditos Al haber cancelado la peticionaria la totalidad del crédito que tenía para con el Instituto, no obstante la existencia de la sentencia judicial proferida por el Juzgado, tiene derecho a que esa entidad, por la omisión en el ejercicio de sus funciones al haber permitido a la accionante acogerse al sistema de refinanciación a pesar de existir contra ella una sentencia judicial en firme, no atribuible a ella sino a un error originado en la Oficina Jurídica del Instituto, proceda a corregir su error y por ende, a ...

T 331 94

T-331-94 Sentencia No. T-331/94 DERECHO DE ACCESO A DOCUMENTOS PUBLICOS RESERVADOS/DERECHO A LA INFORMACION-Límites/PROCESO PENAL-Reserva En nuestro ordenamiento jurídico, la reserva legal de ciertos documentos es una estricta limitante al ejercicio del derecho de los particulares a la información. Razones de fondo justifican esta limitación, entre las cuales sobresalen el respeto a la presunción de inocencia, y la protección del derecho a la intimidad, garantías constitucionales que hacen parte de la esencia misma del Estado de Derecho y que revisten especial importancia para la defensa de un orden justo y respetuoso de los derechos del individuo. El expediente que el ...

T 330 94

T-330-94 Sentencia No. T-330/94 DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL-Cobertura/ INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES-Desafiliación El I.S.S. únicamente tiene la obligación legal de prestar los servicios asistenciales a sus afiliados, es decir que, miradas las cosas desde el punto de vista de quien los demanda, tan sólo los puede obtener para sí y para quienes dentro de su familia estén cobijados a título de beneficiarios, en la medida en que permanezca en esa condición y, desde luego, cumpla las obligaciones correspondientes a ella. El asegurado que sea desafiliado después de haber adquirido el derecho a las prestaciones asistenciales allí previstas, tendrá derecho ...

T 329 94

T-329-94 Sentencia No. T-329/94 Si la causa actual de la vulneración de un derecho está representada por la resistencia de un funcionario público o de un particular a ejecutar lo dispuesto por un juez de la República, nos encontramos ante una omisión de las que contempla el artículo 86 de la Carta, como objeto de acción encaminada a la defensa efectiva del derecho constitucional conculcado. Al fin y al cabo, se trata de acudir a una instancia dotada del suficiente poder como para lograr que de manera cierta e indudable tengan vigencia en el caso concreto las prescripciones abstractas de ...

T 328 94

T-328-94 Sentencia No. T-328/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES-Improcedencia/SUBARRENDAMIENTO/EJERCICIO ARBITRARIO DE LAS PROPIAS RAZONES La procedencia de la acción de tutela contra particulares, está condicionada a que no exista otro mecanismo de defensa de los derechos que se estiman vulnerados. En el presente caso, se palpa a simple vista que el actor en calidad de arrendatario de espacios dentro de locales comerciales, tiene a su alcance mecanismos que lo protegen frente al desalojo de que fue objeto por parte del arrendador, no puede ordenar el juez de tutela, como se hizo en el fallo que se revisa, la restitución de ...

T 327 94

T-327-94 Sentencia No. T-327/94 VIA DE HECHO-Requisitos Las vías de hecho no siempre dan lugar a la acción de tutela, porque, de acuerdo con la jurisprudencia de esta Corporación, para que proceda la acción referida contra providencias que presentan en su contenido el vicio de las vías de hecho, deben concurrir los siguientes requisitos: Que la conducta del agente carezca de fundamento legal; Que la acción obedezca a la voluntad subjetiva de quien desempeña la autoridad judicial; Que tenga como consecuencia la vulneración de los derechos fundamentales, de manera grave e inminente; Que no exista otra vía de defensa judicial, ...

T 326 94

T-326-94 Sentencia No. T-326/94 TRABAJO SUPLEMENTARIO-Igualdad de oportunidades/HORAS EXTRAS-Discrecionalidad/COOPFEBOR La jornada suplementaria no puede ser asimilada, en estricto sentido, a la jornada ordinaria, por cuanto su efecto remunerativo siempre es extraordinario. Como la labor suplementaria viene determinada por la necesidad, y no por la pretensión o facultad del trabajador, no puede interpretarse que existe el derecho a la jornada extraordinaria, sino el derecho a la igualdad de oportunidades ante ella. En cuanto a la igualdad de oportunidades, hay que señalar que el arbitrio del patrono no puede descartar a un trabajador por ningún motivo distinto al de su capacidad. El ...

T 325 94

T-325-94 Sentencia T-325/94 ACCION POPULAR-Carácter preventivo/BIENES DE USO PUBLICO Si bien las acción populares gozan de un carácter preventivo, en el caso concreto no se ha demostrado que exista un daño consumado que haga improcedente su uso. Y de existir ya un daño, esta acción sigue siendo procedente con el objeto de prevenir su extensión o repetición. El petente tiene a su alcance la acción popular consagrada en el artículo 1005 del Código Civil, pues ejerciéndola no sólo logrará que la autoridad correspondiente tome las medidas necesarias para la recuperación del caño Puerto Trancas, bien de uso público, sino que ...

T 324 94

T-324-94 Sentencia No. T-324/94 La participación política bajo su forma de sufragio, comprende no sólo la actividad subjetiva encaminada a ejercer el derecho, sino también una cierta acción del Estado encaminada a crear las condiciones necesarias para que el ejercicio del derecho tenga lugar. Lo segundo es una condición indispensable de lo primero. Sin la organización electoral, la expresión de la voluntad política individual deja de tener eficacia y sentido. Corresponde al Estado poner en marcha los medios para que la voluntad ciudadana sea adecuadamente recepcionada y contabilizada. DERECHO AL SUFRAGIO-Núcleo Esencial El concepto de prestación estatal debe ser tenido ...

T 323 94

T-323-94 Sentencia No. T-323/94 DERECHO A LA EDUCACION-Obligación académica La educación es un derecho-deber que no sólo representa beneficios para el alumno sino también responsabilidades. El incumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, como sería el no responder el estudiante a sus obligaciones académicas y al comportamiento exigido por los reglamentos, puede dar lugar a diversa suerte de sanciones. El carácter fundamental del derecho a la educación no entraña una obligación de las directivas del plantel consistente en mantener indefinidamente entre sus discípulos a quienes de manera constante y reiterada desconocen las directivas disciplinarias y el rendimiento académico ...

T 322 94

T-322-94 Sentencia No. T-322/94 PRINCIPIO DE CONGRUENCIA EN TUTELA Es al fallador, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, a quien corresponde verificar la existencia de una vulneración o amenaza de los derechos fundamentales y, mediante la elaboración e imposición de mandatos adecuados y oportunos, brindar su protección inmediata, sin que para el efecto deba sujetarse a la congruencia de la decisión judicial con respecto a las pretensiones del actor, principio éste que sí rige para otros ámbitos del derecho. ACCION DE TUTELA CONDICIONADA-Improcedencia Si bien la interposición de una acción de tutela condicionada a la ocurrencia de un ...

T 317 94

T-317-94 Sentencia No. T-317/94 LIBERTAD DE EXPRESION-Límites/PROPAGANDA POLITICA-Vallas La libertad de expresión se encuentra limitada por el orden público, esto es, por la armonía social mediante la realización de la tranquilidad, la seguridad, la salubridad y la moralidad públicas. En consecuencia, ante la primacía del interés general y del bien común (Art. 2o. C.P.), la libertad de expresión no puede trascender más allá de los límites que fundamentan al Estado mismo, porque de lo contrario se constituiría en un objeto jurídico imposible de proteger. La libertad de expresión se encuentra limitada por los derechos de los demás, tal como lo ...

T 316 94

T-316-94 Sentencia No. T-316/94 DERECHO A LA EDUCACION/PLANTEL EDUCATIVO-Retiro La educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la indisciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede, respetando el debido proceso y los otros derechos fundamentales, a más de la participación de la comunidad educativa, llegar hasta a separar a la persona del establecimiento. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la ...

T 315 94

T-315-94 Sentencia No. T-315/94 IMPUGNACION FALLO DE TUTELA-Alcance El juez de tutela en segunda instancia puede ocuparse de todos los contenidos de la providencia, pues, el citado artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, permite revisar los fundamentos del "fallo" y su conformidad con el derecho. Además, las decisiones de instancia en el proceso de tutela, obedecen a una lógica de justicia rogada, de manera que el interesado legalmente autorizado debe formular la respectiva petición o demanda a fin de que se trabe la litis. Sin embargo, los principios superiores y prevalentes que informan al régimen constitucional, se encuentran íntimamente ...

T 314 94

T-314-94 Sentencia No. T-314/94 Los actos académicos son objeto de tutela porque no son objeto de control por parte de la justicia contencioso-administrativa. REAPERTURA DEL EXPEDIENTE DE TUTELA Esta situación sui generis se explica por el principio de eficacia y es desarrollo del concepto de derecho útil. Esta forma de reabrir un proceso es una posibilidad equitativa porque impide dejar desprotegidos los derechos fundamentales. Esto no quiere decir que el fallo quede ineludiblemente atado al compromiso que hubiere motivado el desistimiento. El Juez de Tutela, una vez retomada la acción, y dentro del término hábil que le quede de los ...

T 307 94

T-307-94 Sentencia No. T-307/94 Los establecimientos educativos pueden tener sus propios reglamentos internos en los que se determinen las condiciones en que se proporcionará su educación, es decir, los derechos y obligaciones que surgen con su vinculación al plantel. Lo anterior, sin perjuicio de consultar realidades sociológicas que tienen que ver principalmente con los costos de los uniformes, especialmente, por ejemplo, los niveles de exigencia en cuanto a modo, lujos, variedad, y teniendo en cuenta el estrato social y las capacidades económicas de los educandos, para que prevalezca en estos aspectos, una cierta dosis de austeridad. REF.: Expediente No. T-32893 ...

T 306 94

T-306-94 DERECHOS COLECTIVOS/ACCION POPULAR-Aplicación Cuando se trata de preservar derechos colectivos no cabe en principio la acción de tutela, a menos que la persona demuestre estar perjudicada o amenazada. Cuando el interés que está de por medio no es el individual sino el de toda una comunidad, como sucede en el caso que se examina, el artículo 88 de la Constitución es en principio la norma aplicable, la cual regula las llamadas acciones populares. SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS El suministro de agua potable es un servicio público domiciliario -los cuales según se entiende de lo dispuesto en el Decreto-Ley 1842 de ...

T 305 94

T-305-94 Sentencia No. T-305/94 REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL-Cedulación de indígenas/DERECHO A LA PARTICIPACION POLITICA/REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL-Eficiencia No obstante el interés de la Registraduría del Estado Civil en mantener las comisiones de cedulación en sectores distantes de las cabeceras municipales, en la actualidad existen limitaciones de orden presupuestal que le impiden cumplir ese objetivo, hasta tanto no se apropien los recursos necesarios, lo cual es significativo poner de presente, pues no es admisible que a través de una acción de tutela se ordene a la administración que amplíe la cobertura de un servicio hasta el extremo de aproximarlo ...

T 304 94

T-304-94 Sentencia No. T-304/94 RECURSOS ADMINISTRATIVOS-Término Uno de los elementos que configuran el derecho de petición, es el término que tienen las autoridades para dar respuesta, término que establece el legislador según su criterio. Para el caso en estudio, si bien el Código Contencioso no fija un término preciso dentro del cual se deban resolver los recursos, pues parece existir cierta discrecionalidad para que el funcionario, dada la naturaleza del asunto, resuelva, sí se ha establecido en él una ficción que le permite al recurrente presumir que las razones en las que fundamentaba su solicitud de aclaración, modificación o revocación, ...

T 303 94

T-303-94 Sentencia No. T-303/94 PRINCIPIO DE LEGALIDAD Como regla general los servidores públicos ejercen sus funciones sujetos a la ley de manera proyectiva, de manera restrictiva, y de manera valorativa, esta última sustentada en valores y principios superiores adoptados como fórmulas de convivencia en el régimen constitucional. Dicho de otra manera, la ley impone responsabilidades al servidor público del Estado liberal, por acción, por omisión o por extralimitación en el ejercicio de las funciones que le son propias, sometido a los imperativos que en las direcciones indicadas le impone la ley. En este sentido la Carta Política establece que los ...

T 302 94

T-302-94 Sentencia No. T-302/94 La razón jurídica de la disposición es el deber de asistencia que tiene el hijo para con sus padres, como deber correlativo al derecho de los hijos de tener educación y de sostenimiento a cargo de los padres, y la protección integral que tiene que darle el Estado, debido a que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad. En el caso en concreto, se inaplicará, con fundamento en el artículo 4º C.P., por desconocer los artículos 5º y 42 de la Carta, el parágrafo del aparte d) de la Circular No. CER-INSP-127 de 10 ...

T 301 94

T-301-94 Sentencia No. T-301/94 PREVALENCIA DEL INTERES GENERAL/OCUPACION TEMPORAL DE INMUEBLES POR EL EJERCITO Se trata de una afectación temporal al derecho de propiedad del accionante, que no produce vulneración alguna a dicho derecho. Por el contrario, se pretende con la presencia del grupo militar, la defensa de los intereses de los habitantes, los cuales prevalecen sobre los intereses particulares del propietario del predio, y que en este caso están en peligro inminente frente a un posible ataque de la guerrilla, teniendo en cuenta que el municipio ha sido declarado zona roja, lo que hace necesaria la presencia de la ...

T 298 94

T-298-94 {p} Sentencia No. T-298/94 SERVICIO PUBLICO DE EDUCACION-Connotación de empresa mercantil La educación y la actividad de prestación asociada a la misma, exhibe el carácter de servicio público que tiene una función social. La ley expresamente califica la educación para personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas o emocionales como parte integrante del servicio público educativo. No obstante que los particulares puedan fundar establecimientos educativos, no deja de ser una impropiedad concederle a su actividad la connotación de empresa mercantil y, al mismo tiempo, al conjunto de bienes organizados para realizar dicho fin, la naturaleza de establecimientos de comercio ...

T 297 94

T-297-94 Sentencia No. T-297/94 FUERO SINDICAL-Naturaleza El fuero sindical constituye una garantía a los derechos de asociación y libertad sindical, antes que la protección de los derechos laborales del trabajador sindicalizado, pues indudablemente dicha garantía protege la organización sindical, en cuanto tiende a precaver los actos arbitrarios del patrono que afectan al personal con cargos de relevancia en la misma, los cuales necesariamente repercuten en el desarrollo de su actividad y en el cumplimiento de sus objetivos y, además, en la libertad que tienen los trabajadores para afiliarse o retirarse de la organización. TRASLADO-Motivación/JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA/ACCION DE TUTELA TRANSITORIA PARA ...

T 296 94

T-296-94 Sentencia No. T-296/94 JUEZ-Sometimiento al imperio de la ley/ACCION DE CUMPLIMIENTO-Falta de Desarrollo Legal Los jueces "...sólo están sometidos al imperio de la ley", significa, no sólo que conocen el ordenamiento vigente, sino que dictan sus providencias dentro del marco normativo establecido por la Constitución y las leyes que la desarrollan. Esa manera de proceder, brilla por su ausencia en las decisiones de ambas instancias. La Corte tiene que señalar que las indicaciones contenidas en los fallos de instancia sobre la competencia para conocer de las acciones de cumplimiento según la clase de acto incumplido y sobre las características ...

T 295 94

T-295-94 Sentencia No. T-295/94 ACCION DE TUTELA TEMERARIA La acción de tutela interpuesta no procede, pues la firma demandante contaba con otro medio de defensa judicial para la protección de sus derechos, que no se ejerció por las posibles consecuencias negativas para los intereses del señor y que temerariamente se intentó reemplazar por el trámite de la tutela. ABOGADO-Ejercicio de la Profesión El ejercicio de la profesión de abogado, en Colombia, ha de ceñirse a los preceptos de la Constitución de 1991, o ninguno de los privilegios que otorgan la Carta Fundamental y la ley a estos profesionales -incluído el ...

T 294 94

T-294-94 Sentencia No. T-294/94 ACCION DE TUTELA-Desistimiento El apoderado no estaba expresamente facultado para desistir de la presente acción de tutela, o sea que se encontraba sin legitimación para la realización de la anterior conducta, lo cual conlleva tomar como no presentado el desistimiento. Se concluye, entonces, que se ha pretermitido la segunda instancia mediante un acto ilegítimo, a pesar de que el accionante ha ejercitado el derecho a impugnar el fallo de tutela. ACTA DE POSESION-Validez/REVOCACION DE ACTO ADMINISTRATIVO-Improcedencia/DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO-Vulneración Un acta de posesión es un acto administrativo válido, que debe cumplirse. Por consiguiente, se le viola un ...

T 293 94

T-293-94 Sentencia No. T-293/94 ACCION DE TUTELA INTERPUESTA POR MENOR/CONSTREÑIMIENTO ILEGAL Según lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución, la mayoría de edad no es requisito indispensable para acudir ante los jueces en demanda de amparo. Por tanto, los niños pueden actuar directamente, en especial si se trata precisamente de obtener protección respecto de la conducta de uno de sus progenitores, como aquí acontece. Si, llegado el momento de evaluar la situación, el juez de tutela se convence de que una persona ejerció coacción para que un menor actuara, debe ordenar lo pertinente para que se adelante el ...

T 292 94

T-292-94 Sentencia No. T-292/94 MATERNIDAD-Protección/DERECHO A LA EDUCACION-Estudiante embarazada/DERECHOS DEL ESTUDIANTE-Reserva del cupo Para la Corte Constitucional, es apenas natural y elementalmente lógico que en condiciones de grave anormalidad en la salud, cualquier mujer y mucho más una estudiante de una carrera universitaria, esté imposibilitada para cumplir con su carga académica ante el centro de estudios superiores; por ello, la suspensión de los estudios de la peticionaria se encuentra suficientemente justificada y en este caso debió ser tenida en cuenta plenamente por el establecimiento público de educación superior, para concederle la reserva del cupo y su reintegro, no obstante la ...

T 291 94

T-291-94 Sentencia No. T-291/94 LIBERTAD DE EMPRESA-Límites/LIBERTAD ECONOMICA Las limitaciones constitucionales de la libertad de empresa, para que sean legítimas, deben emanar o ser impuestas en virtud de una ley y no afectar el núcleo esencial de este derecho. La legitimidad de las intervenciones depende de la existencia de motivos adecuados y suficientes para limitar los procesos de creación y funcionamiento de las empresas. El derecho consagrado en el artículo 333 de la Carta Política no sólo entraña la libertad de iniciar una actividad económica sino la de mantenerla o proseguirla en condiciones de igualdad y libertad. JUEGOS DE SUERTE ...

T 290 94

T-290-94 Sentencia No. T-290/94 DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL-Fundamental/PERSONA DISMINUIDA PSIQUICAMENTE/PRINCIPIO DE PREVALENCIA DE LA REALIDAD/DERECHOS FUNDAMENTALES/PRINCIPIO DE EFECTIVIDAD DE LOS DERECHOS La seguridad social se considera derecho fundamental sólo sobre la base de los siguientes supuestos: primero, que opere en conexión con otro derecho fundamental; segundo, entendida como la asistencia pública que debe prestarse ante una calamidad que requiera, de manera urgente, la protección del Estado y de la sociedad, por afectar de manera grave e inminente la vida humana o la salud; tercero, ante casos de extrema necesidad, y cuarto, que se pueda prestar de acuerdo con las ...

T 289 94

T-289-94 Sentencia No. T-289/94 ACCION DE TUTELA-Vigencia Se infiere de los elementos de juicio señalados, que la providencia impugnada y las actuaciones tanto del Juzgado Cuarto Especializado de Villavicencio, como del Tribunal Nacional de Orden Público y de la Sala de Casación Penal de la H. Corte Suprema de Justicia, ocurrieron mucho antes de que entrara a regir la nueva Constitución. No obstante, siguen produciéndose sus efectos en la actualidad, por cuanto el condenado -accionante de tutela- se encuentra purgando la pena impuesta y agravada por el Tribunal Superior de Villavicencio. PRINCIPIO NO REFORMATIO IN PEJUS-Improcedencia/CONSULTA No tiene cabida la ...

T 288 94

T-288-94 Sentencia No. T-288/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución/ESTABLECIMIENTO COMERCIAL/LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Se hace esencial, a efectos de hacer efectivo el derecho de petición, que la solicitud formulada sea resuelta prontamente, como obligación inexcusable del Estado, lo que significa que al hablar de pronta resolución, el Estado está obligado a resolver la petición y no simplemente a expedir constancias de que la recibió, lo cual no significa que la respuesta deba ser favorable. REF: Expediente No. T - 24.138. PETICIONARIO: Gonzalo Ramírez Hernández contra el Municipio de Medellín. PROCEDENCIA: H. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo. TEMA: Derecho de ...

T 287 94

T-287-94 Sentencia No. T-287/94 DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL-Alcance El derecho a la seguridad social no puede ser exigido por los usuarios del sistema mas allá de las posibilidades económicas propias de su organización y funcionamiento, esto es, que puedan demandarse prestaciones que excedan su capacidad y que naturalmente no esten amparadas en las cotizaciones que se les exigen a los beneficiarios. INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES-Exclusión de atención médica/INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES-Enfermedades preexistentes El caso de la petente se adecúa a la regulación que la excluye de la asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria por el Instituto de los Seguros Sociales, ...

T 286 94

T-286-94 Sentencia No. T-286/94 PRINCIPIO DE PREVALENCIA DE LA REALIDAD La Carta Política ha rodeado de garantías a los trabajadores. Ha asegurado, entre otros, el derecho de todos al trabajo en condiciones dignas y justas, la libertad de escoger profesión u oficio, los derechos de asociación sindical, negociación colectiva y huelga, la igualdad de oportunidades, la remuneración mínima vital y móvil, la estabilidad en el empleo, la irrenunciabilidad de los beneficios mínimos establecidos en normas laborales, el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales, la seguridad social, la obligación del Estado y de los empleadores ...

T 285 94

T-285-94 Sentencia No. T-285/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES-Legatario Testamentario/UNIVERSIDAD JAVERIANA El cargo que se pueda hacer a un particular por vía de la acción de tutela debe estar asociado al tipo de servicio público que constituya su objeto y la circunstancia de ser legatario testamentario, no vincula con los hechos con que considera la actora se le violan derechos fundamentales. Conforme a los dictados de la Carta Política queda claro que no resulta procedente la acción de tutela contra quienes se dirige, por no estar encargados de la prestación de un servicio público vinculado, ni con su conducta se ...

T 284 94

T-284-94 Sentencia No. T-284/94 DERECHO A LA PROPIEDAD-Fundamental por conexidad No en todos los casos en que una persona exija el amparo inmediato de su derecho a la propiedad, deba prosperar la acción de tutela. Será necesario, entonces, analizar el caso en concreto y prestar particular atención a la situación del interesado, de forma tal que mediante la orden que se imparta, se logre realmente el propósito de que las autoridades del Estado propendan por el mejoramiento en la calidad de vida de los asociados, con fundamento en la igualdad y la dignidad. EXPROPIACION-Concepto Tanto la doctrina como la jurisprudencia ...

T 283 94

T-283-94 Sentencia No. T-283/94 PREVALENCIA DE DERECHOS DEL NIÑO El artículo 44 de la Constitución Política establece la prevalencia de los derechos del niño sobre los derechos de los demás. La Corte ha considerado que se trata de un derecho fundamental de aplicación inmediata, que establece una garantía mayor para los menores y una responsabilidad especial del Estado en el cuidado y protección de sus derechos. INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR El Estado, a través del Instituto de Bienestar Familiar, tiene la responsabilidad de proteger al menor abandonado y para ello actúa de oficio o a petición de parte, incluso ...

T 279 94

T-279-94 Sentencia No. T-279/94 DERECHO DE PETICION-Aplicación Inmediata El Constituyente elevó el derecho de petición al rango de derecho constitucional fundamental de aplicación inmediata, susceptible de ser protegido mediante el procedimiento, breve y sumario, de la acción de tutela, cuandoquiera que resulte vulnerado o amenazado por la acción u omisión de una autoridad pública. Y no podría ser de otra forma, si tenemos en cuenta que el carácter democrático, participativo y pluralista de nuestro Estado Social de derecho, puede depender, en la práctica, del ejercicio efectivo del derecho de petición, principal medio de relacionarse los particulares con el Estado. SILENCIO ...

T 278 94

T-278-94 Sentencia No. T-278/94 PRESUNCION DE INDEFENSION/ACCION DE TUTELA CONTRA PADRES BIOLOGICOS El mismo artículo establece la presunción de indefensión (que se produce cuando una persona, sin culpa de su parte, no ha podido defenderse o defender sus derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio) cuando se trata de un menor de edad. Como se dá el requisito de la indefensión para la procedencia de la acción de tutela contra particulares, la Corte entra a examinar si en este caso es viable la solicitud de la tutela en los términos formulados por la menor accionante y por el ...

T 277 94

T-277-94 Sentencia No. T-277/94 RECLUSION CARCELARIA-Condiciones de alta seguridad/DERECHOS DEL INTERNO-Unidad Familiar La reclusión carcelaria bajo condiciones de alta seguridad, no sólo es admitida por la ley colombiana cuando se tienen fundadas razones para temer que el detenido cause daño a sus compañeros o al personal del establecimiento penitenciario; también lo es, cuando la autoridad responsable de la comparecencia del detenido en el proceso tiene fundadas razones para temer una fuga o la posibilidad de un ataque en contra del sindicado. Estas dos últimas razones han sido aducidas repetidamente en el proceso de tutela, tanto por la Dirección General de ...

T 276 94

T-276-94 Sentencia No. T-276/94 ACCION DE TUTELA-Inexistencia de violación al derecho No ha existido violación del derecho a la educación de los alumnos del Centro Decente. Y no existe prueba de que alguna vez estuvo amenazado. DERECHO A LA EDUCACION-Universalización PARTICIPACION CIUDADANA/RECURSOS MUNICIPALES-Distribución y asignación Es con amplia participación ciudadana, que los recursos con los que cuenta el municipio se asignan a asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a cargo del ente territorial. Si los ciudadanos del área de influencia del Centro Docente No. 83, no están conformes con la asignación de los recursos ...

T 275 94

T-275-94 Sentencia No. T-275/94 DERECHO DE ACCESO A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA-Búsqueda de la verdad Una madre tiene justificación cuando exige que se le aclare la causa del fallecimiento de su hijo, especialmente si no aparecen razones o motivos para un suicidio. La validez y la búsqueda de la verdad son objetos de la justicia. El derecho a participar de la búsqueda de la verdad sobre sus familiares también está íntimamente ligado con el respeto a la dignidad, a la honra, a la memoria y la imagen del fallecido. En efecto, estos derechos y la dignidad de una persona se ...

T 274 94

T-274-94 Sentencia No. T-274/94 DERECHO A TENER UNA FAMILIA Y NO SER SEPARADO DE ELLA Uno de los derechos fundamentales de los niños y, en general, de las personas, consiste en tener una familia y no ser separado de ella. No obstante, cuando por diversas razones los padres se separan, y quedan de por medio menores, no puede entenderse que el padre a cuyo cuidado haya quedado el menor, sea quien decida, a su arbitrio, si el otro tiene o no derecho a entrevistarse con sus hijos. Esta decisión deben adoptarla, de común acuerdo, los progenitores, y a falta de ...

T 269 94

T-269-94 Sentencia No. T-269/94 DEBIDO PROCESO/PRESUNCION DE LA BUENA FE/ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO-Expedición certificado de estudios Se considera justo que el actor solicite al Liceo que se examine su caso particular, con su citación y audiencia, y, que se le entreguen las calificaciones requeridas, de acuerdo con los registros correspondientes. En caso de que no se le expidan, la negativa del Liceo, debe ser motivada y notificada, para que el actor pueda ejercer los recursos pertinentes. En esta forma se examinará el caso concreto de quien es actor en este proceso, pues no tiene él porque sufrir las consecuencias adversas de las ...

T 268 94

T-268-94 Sentencia No. T-268/94 DERECHO A LA TRANQUILIDAD-Naturaleza Aunque el derecho a la tranquilidad puede verse afectado al permitirse en una zona residencial la realización de actividades comerciales éste no tiene el carácter de fundamental; sin embargo, esta misma Sala de Revisión ha sostenido que puede ser protegido a través de la tutela en determinadas circunstancias, que no se dan en el presente caso. AUTORIDAD ADMINISTRATIVA-Competencia/CHICO RESERVADO/ESTABLECIMIENTO COMERCIAL/ZONA RESIDENCIAL Es de la exclusiva competencia de la autoridad administrativa sopesar la situación que presenta la subzona Chicó Reservado-La Gran Vía, para adoptar la decisión que corresponda, conforme a sanos criterios de ...

T 262 94

T-262-94 Sentencia No. T-262/94 DERECHO AL AMBIENTE SANO-Limpieza de canal/ACCION POPULAR No existe prueba en el expediente de la vulneración o amenaza de los derechos a la salud, a la integridad física y a la vida. Al no existir, en el caso concreto, conexidad entre la vulneración del derecho a gozar de un ambiente sano, como consecuencia de la falta de limpieza del canal colector de aguas lluvias y negras, y la vulneración o amenaza de los derechos a la salud, a la vida y a la integridad física del peticionario, no se cumple el segundo requisito indicado, y sólo ...

T 261 94

T-261-94 Sentencia No. T-261/94 CONTRATO DE TRABAJO-Terminación Unilateral/DESPIDO INJUSTO/JURISDICCION LABORAL Las pretensiones elevadas por el accionante ante la justicia ordinaria y que en igual forma pretendía obtener mediante acción de tutela, fueron satisfechas por el juez laboral, en cuanto resolvió a su favor el restablecimiento de sus derechos y la indemnización correspondiente para el pago de los perjuicios causados; decisión que comparte plenamente esta Corporación, que en el análisis de la documentación allegada observó una clara violación de los derechos de defensa, honra y trabajo por parte de Ecopetrol frente al peticionario. ACCION DE TUTELA TRANSITORIA-Improcedencia/ACCION DE TUTELA PREVENTIVA En ...

T 260 94

T-260-94 Sentencia No. T-260/94 SALARIO-Naturaleza/PRESTACIONES SOCIALES-Naturaleza Hoy el salario y las prestaciones sociales son derechos subjetivos, patrimoniales, no solo porque son derechos adquiridos sino porque la Nueva Constitución se expidió precisamente con el fin de asegurar el trabajo dentro de un marco económico y social justo, caracterizándose al Estado como Social de Derecho, fundado entre otras cosas en el respeto al trabajo, teniendo como uno de sus fines esenciales la efectividad de los derechos dentro de los cuales está la remuneración y el pago oportuno. El salario y las prestaciones son REMUNERACIONES protegidas constitucionalmente. Es más, el constitucionalismo del 91 ...

T 259 94

T-259-94 Sentencia No. T-259/94 INFORMACION-Veracidad/INFORMACION-Imparcialidad/TITULARES DE PRENSA/MEDIOS DE COMUNICACION-Responsabilidad La veracidad y la imparcialidad de una información son cualidades que deben predicarse del conjunto de ella, es decir, para que tales requerimientos constitucionales se cumplan, es necesario que todos los factores integrantes del material informativo que llega al público contribuyan a su realización (unidad informativa). En efecto, de nada sirve que el contenido de la noticia sea exacto si el titular usado para encabezarla no lo es y viceversa. Los titulares determinan, con frecuencia de modo irreversible, el criterio que se forma el receptor de las informaciones acerca del alcance ...

T 258 94

T-258-94 Sentencia No. T-258/94 La acción de tutela no procede contra cualquier clase de irregularidad procesal; sólo contra aquellas que no puedan subsanarse por medio de los mecanismos que ofrece el ordenamiento jurídico, pues de lo contrario se estaría desconociendo la esencia misma de la acción de tutela, concebida por el Constituyente de 1991, como un mecanismo excepcional y subsidiario. Además, debe tratarse de providencias proferidas atendiendo únicamente a la voluntad del funcionario, a su mero querer, lo que se traduce en la utilización de vías de hecho para tomar una decisión, configurándose una violación del ordenamiento jurídico (artículo 230 ...

T 257 94

T-257-94 Sentencia No. T-257/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución/SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO-Improcedencia El ejercicio del derecho de petición no implica que la administración decida positivamente en torno a las pretensiones del petente, únicamente señala la obligación que tiene el funcionario encargado del caso de decidir dentro del término señalado, y que la omisión de tal deber viola en sí mismo el derecho de petición. El silencio administrativo, figura contemplada en el C.C.A., no es el mecanismo eficaz e idóneo para evitar la violación del derecho de petición, pues está figura solo faculta al petente para poner en manos de la justicia contenciosa ...

T 256 94

T-256-94 Sentencia No. T-256/94 DEMOLICION Cuando la norma habla de IMPONER DEMOLICION, se debe entender que es el propietario quien debe realizar la demolición, y que en caso de incumplimiento, se hará por parte de empleados municipales a costa del infractor. Además, en la orden se fijará la caución. INMUEBLES EN RUINA El estado ruinoso en que se encuentra el inmueble perturba la seguridad y la tranquilidad públicas, pues para los vecinos, los propios habitantes y los transeúntes, significa un factor de intranquilidad estar en presencia permanente de un inmueble que en cualquier momento puede causar una tragedia. Y representa ...

T 255 94

T-255-94 Sentencia No. T-255/94 CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL-Días hábiles/TERMINO PARA INTERPOSICION DE RECURSOS Se deduce que si bien la Caja restringió el horario de atención al público de lunes a jueves de 8:30 a 12:30 p. m., para efectos de la interposición de recursos el horario era para la época de los hechos de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Por lo tanto, como la Resolución 10325 fue notificada el día 14 de marzo de 1993 a la peticionaria de la tutela, y los recursos fueron interpuestos por su apoderado mediante escrito del 23 de marzo ...

T 254 94

T-254-94 Sentencia No. T-254/94 COMUNIDAD INDIGENA-Naturaleza/INDEFENSION FRENTE A COMUNIDADES INDIGENAS Las comunidades indígenas son verdaderas organizaciones, sujetos de derechos y obligaciones, que, por medio de sus autoridades, ejercen poder sobre los miembros que las integran hasta el extremo de adoptar su propia modalidad de gobierno y de ejercer control social. Respecto de las decisiones de la comunidad que afectan a uno de sus integrantes, no existen medios de defensa judicial. En consecuencia, el petente se encuentra en situación de indefensión respecto de una organización privada, la comunidad indígena, razón por la que está constitucional y legalmente habilitado para ejercer la ...

T 253 94

T-253-94 Sentencia No. T-253/94 JUEZ DE TUTELA/PERJUICIO IRREMEDIABLE Le corresponde únicamente al juez de tutela determinar si una situación en particular puede enmarcarse dentro de los parámetros que esta Corte ha definido para calificar el "perjuicio irremediable". Será necesario evaluar si los hechos que se ponen en conocimiento de la autoridad judicial son inminentes y graves, frente a lo cual resultaría necesario adoptar una solución en forma urgente e impostergable. LABORES AGRICOLAS-Desarrollo/DERECHO A LA PROPIEDAD-Vulneración /CREDITO AGRARIO Quienes se encuentren perjudicados por la acción o la omisión de una autoridad pública, en eventos relacionados con las garantías constitucionales al desarrollo ...

T 247 94

T-247-94 Sentencia No. T-247/94 DERECHO DE PETICION Ref: proceso T-30326 Peticionario: Carlos Alberto Chunza Garzón Magistrado ponente: Dr. Jorge Arango Mejía Aprobada en sesión de mayo veinticuatro (24) de mil novecientos noventa y cuatro (1994). La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados Jorge Arango Mejía, Antonio Barrera Carbonell y Eduardo Cifuentes Muñoz, decide sobre la sentencia del Juzgado Sexto (6o.) Laboral del Circuito de Santafé de Bogotá, Distrito Capital, de fecha enero doce (12) de mil novecientos noventa y cuatro (1994). I. ANTECEDENTES. A. Hechos. El actor formuló acción de tutela contra la Oficina ...

T 246 94

T-246-94 Sentencia No. T-246/94 TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO-Venta de acciones La demanda de tutela, no debe olvidarse, se dirigió contra todos y cada uno de los consocios de los peticionarios en la sociedad mencionada, y, en gracia de discusión -por interpretación del libelo-, contra la sociedad misma. Esto, claramente, coloca el debate dentro de las disputas entre socios, o entre éstos y la sociedad, lo cual hace que tal cuestión, por estar contemplada en la cláusula compromisoria, deba ventilarse conforme a las previsiones de ésta. En otras palabras, por existir la justicia arbitral para definir pretensiones como las del presente caso, ...

T 245 94

T-245-94 Sentencia No. T-245/94 No procede la acción de tutela contra sentencias ejecutoriadas u otras providencias que han puesto fin al proceso judicial, excepción hecha respecto de éstas últimas, en aquellos casos en que sea indispensable reaccionar ante las denominadas "vías de hecho", para evitar perjuicios irremediables y defender los derechos fundamentales de las personas. No existe justificación o argumento alguno que pueda llevar a pensar que el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca incurrió en una vía de hecho al declarar la excepción de inepta demanda, por cuanto el demandante incumplió con la carga procesal de hacer la proposición jurídica ...

T 244 94

T-244-94 Sentencia No. T-244/94 ACCION DE CUMPLIMIENTO-Falta de Reglamentación/ACTO ADMINISTRATIVO-Cumplimiento La tutela no se instituyó como medio procesal para hacer efectivo el cumplimiento de las leyes o los actos administrativos. Para ello existen otras acciones o recursos como lo son las denominadas acciones de cumplimiento que requieren desarrollo legal para que puedan hacerse efectivas y puedan acudir a ellas los ciudadanos, a efectos de obtener el cumplimiento de una ley o acto administrativo. Si lo que pretende el peticionario es que cumpla la Resolución 449/93, emanada del INDERENA - Regional Cundinamarca, debe acudir a la autoridad judicial competente para hacer ...

T 243 94

T-243-94 Sentencia No. T-243/94 DERECHO AL AMBIENTE SANO/DERECHO A LA VIDA-Amenaza por desbordamiento de Río Cuando la amenaza o violación del derecho al ambiente implica o conlleva simultáneamente un ataque directo y concreto a un derecho fundamental, como lo es en el presente asunto el derecho a la vida de los peticionarios, se constituye la acción de tutela en el instrumento idóneo y efectivo de protección de los derechos amenazados. Para la determinación de esa conexidad, es fundamental, como así se ha podido constatar en el presente asunto, el análisis de los hechos en concreto. Allí es donde se pueden ...

T 242 94

T-242-94 Sentencia No. T-242/94 LIBERTAD PERSONAL/HABEAS CORPUS/SERVICIO MILITAR-Privación de la libertad/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL-Eficacia En relación con la libertad personal, la acción de tutela sólo puede proceder cuando el Habeas Corpus o las normas penales de garantía, en cada caso en concreto, no constituyan mecanismos efectivos de defensa judicial. El Juez para conceder la tutela, en los casos en los cuales está en juego la libertad personal, debe verificar la inefectividad de los medios de defensa específicamente determinados para el precitado derecho fundamental, ya que lo contrario generaría una hipertrofia del mencionado mecanismo de defensa de derechos fundamentales. REF: EXPEDIENTE ...

T 238 94

T-238-94 Sentencia No. T-238/94 DEBIDO PROCESO-Falta de notificación de mandamiento de pago/PROCESO EJECUTIVO/MANDAMIENTO DE PAGO/NOTIFICACION PERSONAL/NULIDAD SANEABLE/ACCION DE TUTELA-Improcedencia El yerro procesal consistió en el adelantamiento de un proceso ejecutivo, sin intentar la notificación personal del mandamiento de pago al demandado. Esto, para la Sala, encuadra perfectamente dentro de la causal de nulidad. Pero conforme a la anterior disposición, la nulidad fue saneada ya que el interesado, de actuar en el proceso sin alegarla oportunamente, la sanea. Lo dicho indica, entonces, que por no presentarse aquí una violación del debido proceso, no es del caso que la tutela incoada prospere ...

T 237 94

T-237-94 Sentencia No. T-237/94 LITISCONSORCIO PASIVO La ausencia de integración del litisconsorcio pasivo no conduce a una decisión inhibitoria, en razón de que si bien la acción de tutela debe dirigirse contra la autoridad pública o el representante del órgano que presuntamente violó o amenazó el derecho fundamental, en este caso, el gerente de la Empresa Distrital de Servicios Públicos -EDIS-, la acción estuvo bien ejercida contra el señor Alcalde de Santafé de Bogotá D.C., quien constitucional y legalmente es el jefe de la administración distrital y además, el responsable de garantizar la eficiente prestación de los servicios a cargo ...

T 236 94

T-236-94 Sentencia No. T-236/94 SERVICIO PUBLICO DE EDUCACION-Límites Si bien la educación es un derecho fundamental y se consagra como un servicio público, en cuanto que constituye una actividad de interés general que se ha de satisfacer, bien por el Estado o bajo su vigilancia por los particulares, su prestación está condicionada por las limitaciones que surgen de las propias posibilidades operativas y de cobertura de las instituciones que la ofrecen (limitación material) y, además, por los requerimientos académicos y administrativos (limitación técnica) que éstas reclaman de quienes pretenden acceder a sus aulas. Los referidos condicionamientos deben ser apreciados en ...

T 235 94

T-235-94 Sentencia No. T-235/94 SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA-Interrupción/ESTABLECIMIENTO CARCELARIO/DERECHO A LA VIDA/DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL-Amenaza La interrupción o el funcionamiento inadecuado del servicio de energía eléctrica en un establecimiento carcelario, es susceptible de generar por las condiciones de violencia generalizada y de inseguridad que vive el país un factor de riesgo de gran magnitud, que puede afectar los derechos fundamentales a la vida y a la integridad personal, no sólo del personal administrativo y de vigilancia del centro penitenciario, sino de los propios reclusos. SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA En principio, resulta inconcebible pueda ser interrumpido para hacer prevalecer el ...

T 234 94

T-234-94 Sentencia No. T-234/94 MESADA PENSIONAL-Pago oportuno/ACCION DE TUTELA-Improcedencia/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL La pretensión principal de los accionantes es obtener el pago de su pensión de jubilación reconocida por la Caja de Crédito de los Trabajadores Municipales de Cali, entidad que en la actualidad no ha dejado de existir jurídicamente; esta sola pretensión hace que la presente acción de tutela no esté llamada a prosperar, en razón a que existe otra vía judicial mediante la cual pueden exigir el pago del derecho reconocido, iniciando la correspondiente acción ejecutiva contra la entidad obligada, es decir, contra la Caja de Crédito. PREVALENCIA ...

T 233 94

T-233-94 Sentencia No. T-233/94 PROPIEDAD HORIZONTAL/ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS-Facultades La propiedad horizontal es una forma de dominio que implica, por un lado, la propiedad exclusiva sobre una parte del inmueble -apartamento o piso-, y, por otro, la propiedad común de las áreas sociales -las necesarias para la existencia,seguridad y conservación del edificio-, cuyo dominio pertenece a la persona jurídica que, eventualmente, nace una vez se constituye legalmente este tipo de propiedad o a la comunidad pro indiviso y que es diferente a los propietarios individualmente considerados. La dirección y administración del condominio está a cargo de la asamblea general, integrada por ...

T 232 94

T-232-94 Sentencia No. T-232/94 NOTIFICACION POSTAL-Cambio de Dirección/DEBER DE CONTRIBUIR A LOS GASTOS E INVERSIONES DEL ESTADO No puede alegar el accionante, con razón suficiente, que se le violó el debido proceso al resultar ineficaz la notificación que se le hiciese a la dirección que él mismo había suministrado, cuando la actuación de la administración para ese acto se había conformado, como se ha visto, ajustada a los mandatos legales. Antes, por el contrario, se observa en los hechos no sólo una falta de diligencia del interesado en informar a la administración, sino también el incumplimiento del deber de hacerlo, ...

T 231 94

T-231-94 Sentencia No. T-231/94 VIA DE HECHO La vía de hecho predicable de una determinada acción u omisión de un juez, no obstante poder ser impugnada como nulidad absoluta, es una suerte de vicio más radical aún en cuanto que el titular del órgano se desliga por entero del imperio de la ley. Si la jurisdicción y la consiguiente atribución de poder a los diferentes jueces, se hace con miras a la aplicación del derecho a las situaciones concretas y a través de los cauces que la ley determina, una modalidad de ejercicio de esta potestad que discurra ostensiblemente al ...

T 230 94

T-230-94 Sentencia No. T-230/94 DERECHO AL TRABAJO EN LA CONSTITUCION VIGENTE La Constitución Colombiana, por su parte, no sólo consagra todos los postulados esenciales del Estado social de derecho, sino que de manera específica, define al trabajo como uno de los fundamentos del Estado y contempla plenas garantías laborales para la consecución de los fines propuestos. Como características esenciales de esta nueva concepción de las relaciones obrero-patronales sobresalen las siguientes: 1) percepción dialéctica y conflictiva de los intereses que confluyen; 2) carácter funcional de los conflictos como impulsadores de una sociedad pluralista, solidaria y justa y 3) excepción al principio ...

T 229 94

T-229-94 Sentencia No. T-229/94 PENSION DE INVALIDEZ-Suspensión/REINTEGRO DE INVALIDO/DOCENTE INCAPACITADO/PENSION DE INVALIDEZ-Carácter temporal En el derecho laboral la pensión de invalidez puede suspenderse cuando la evolución clínica es favorable para el paciente. Lo normal es que en los primeros meses la pensión sea provisional, precisamente para tener seguridad de si se justifica o no. Tanto el empleador como la entidad encargada de cubrir la prestación se supone que estarán atentos para ver si debe o no continuarse con el pago de la pensión de invalidez. Lo lógico es que al conocer el nominador el dictamen médico, proceda a reinstalar al ...

T 228 94

T-228-94 Sentencia No. T-228/94 DERECHOS FUNDAMENTALES-Límites Los derechos constitucionales fundamentales no son absolutos. Encuentran límites y restricciones en los derechos de los demás, en la prevalencia del interés general, en la primacía del orden jurídico y en los factores de seguridad, moralidad y salubridad públicos, que no pueden verse sacrificados en aras de un ejercicio arbitrario o abusivo de las prerrogativas individuales. ACCION DE TUTELA-Abuso Abusa de la acción de tutela quien, desquiciando el objeto de la misma, pretende amparar lo que no es un derecho suyo sino precisamente aquello que repugna al orden jurídico y que apareja responsabilidad y ...

T 227 94

T-227-94 Sentencia No. T-227/94 PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURIDICA/IUS GENTIUM Toda la costumbre tiende, inexorablemente, a fortalecer el principio de seguridad jurídica, como expresión máxima del ius gentium. Es por ello que las formalidades y procedimientos tienden a ser un ritual que vivifica el principio de seguridad jurídica, de manera que todos saben que, al obedecer ciertas prácticas formales comunes, se efectivizan las garantías del hombre. El principio de seguridad jurídica sólo tiene lugar entre los hombres libremente constituidos bajo la forma de Estado. Todo lo que tiende al orden social justo es una forma de estabilizar la libertad humana puesta ...

T 220 94

T-220-94 Sentencia No. T-220/94 PRUEBAS EN TUTELA/INFORMES EN TUTELA Las disposiciones sobre pruebas en el proceso de tutela deben ser interpretadas a la luz del principio general de libertad en materia de apreciación de las mismas, pero siempre dentro del marco de la sana crítica y de lo razonable. De acuerdo con esto, la disposición del artículo 20 del decreto que se comenta, no entraña la obligación ineludible de dar por ciertos los hechos objeto del informe solicitado, sino simplemente la mera posibilidad o autorización para decidir de conformidad, siempre que de las pruebas acopiadas pueda derivarse una certidumbre objetiva ...

T 219 94

T-219-94 Sentencia No. T-219/94 DERECHO AL AMBIENTE SANO/DERECHOS FUNDAMENTALES-Vulneración/DERECHOS FUNDAMENTALES-Conexidad Si se logra establecer en el proceso de tutela la conexidad entre la afectación del medio ambiente y la vulneración o amenaza de un derecho fundamental, el juez deberá acceder a la petición de amparo solicitada, sin perjuicio de las acciones populares a que haya lugar. DERECHO A LA PROPIEDAD-Prueba de su vulneración Los peticionarios no demuestran que sus predios o viviendas se hayan desvalorizado como consecuencia del funcionamiento de la industria. No es suficiente para derivar la existencia de una vulneración o amenaza de un derecho fundamental, aducir su ...

T 218 94

T-218-94 Sentencia No. T-218/94 La pena en el ordenamiento colombiano, es esencialmente temporal, lo mismo que sus efectos jurídicos. Consiste en la aplicación temporal y forzada de un régimen personal, definido por el juez de la causa dentro de los parámetros legales, en el que se limita o suspende el ejercicio de algunos derechos fundamentales (libertad, locomoción, reunión, participación, etc.), se recorta, por razón de la limitación o suspensión de esos derechos, el ejercicio de otros que los suponen (libre desarrollo de la personalidad, iniciativa privada, intimidad personal, etc.) y, a la vez, se mantienen inalterados algunos (libertad de conciencia, ...

T 217 94

T-217-94 Sentencia No. T-217/94 PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD-Niño expósito/DERECHOS DEL NIÑO A TENER UNA FAMILIA /COLOCACION FAMILIAR Los niños son objeto primordial de la solidaridad social. Obstaculizar a quién ejerce sana y eficaz solidaridad en favor de un menor, es vulnerar el derecho que éste tiene a que se la presten. Así se interpreta el Derecho humanitario. Si un núcleo humano está protegiendo eficaz y honestamente a un niño, el Estado no puede válidamente hostigar y atacar a quien cumple con el deber constitucional de la solidaridad. Y si lo hace, está poniendo en peligro la asistencia que le dan al ...

T 210 94

T-210-94 Sentencia No. T-210/94 INDEFENSION/COMUNIDAD RELIGIOSA-Reuniones Ruidosas La situación de indefensión es una circunstancia empírica, no normativa, que coloca a la persona en la imposibilidad real de ejercer sus derechos fundamentales por motivos ajenos a su voluntad. Pese a que, in abstracto el ordenamiento jurídico dispone de medios de defensa judicial para la protección de los derechos e intereses, en la práctica, diversos factores de hecho, entre ellos la inacción de las autoridades públicas, pueden dar lugar a la desprotección y consecuente indefensión de una persona frente al poder o a la supremacía de otro particular. En estos casos, al ...

T 209 94

T-209-94 Sentencia No. T-209/94 CONCURSO DE MERITOS/IGUALDAD ANTE LA LEY MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA/SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO-Nombramientos Los motivos de inconformidad que la peticionaria tiene respecto del nombramiento efectuado por el señor Superintendente de Industria y Comercio, son cuestiones del ámbito o de la competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Ello, además, por cuanto el acto que se controvierte a través de la solicitud de tutela, ostenta el carácter de acto administrativo, susceptible de ser controvertido o demandado ante esa jurisdicción. Por lo tanto, como la accionante puede ejercer o dispone de las denominadas acciones ...

T 208 94

T-208-94 Sentencia No. T-208/94 ACCION DE TUTELA-Improcedencia/VIA DE HECHO-Improcedencia/JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA/ACCION DE TUTELA CONTRA AUTO INTERLOCUTORIO No se observa en ningún caso que la decisión del Consejo de Estado tenga el carácter de "vía de hecho", ni que la misma produzca un perjuicio irremediable, por cuanto ella se encuentra conforme con las normas que regulan el procedimiento contencioso administrativo, y específicamente, aquellas relativas al Recurso Extraordinario de Revisión Por lo anterior, habiéndose agotado por el accionante los medios de defensa judicial a su disposición ante la jurisdicción contencioso administrativa, como fueron los recursos ordinarios y extraordinarios, hasta obtenerse una decisión ...

T 207 94

T-207-94 Sentencia No. T-207/94 CONCEJO MUNICIPAL-Autonomía/PLAZAS DOCENTES-Creación A los concejos municipales les corresponde la expedición de acuerdos mediante los cuales cumplen, entre otras, la función de autorizar al Alcalde para celebrar contratos. Desde luego, el Concejo es autónomo en el ejercicio de sus competencias y, por tanto, es discrecional de la Corporación expedir o no un Acuerdo en tal sentido, es decir, bien puede el Concejo Municipal autorizar al Alcalde para celebrar contratos o convenios o abstenerse de hacerlo, sin que por adoptar una u otra decisión sea posible forzarlo mediante el ejercicio de una acción de tutela. En cuanto ...

T 206 94

T-206-94 Sentencia No. T-206/94 FUNCION ADMINISTRATIVA-Eficacia El mandato constitucional contenido en el artículo 209 de la Carta impone a las autoridades la obligación de atender -no con promesas ni estudios a largo plazo, sino en forma pronta y eficaz- las necesidades de los administrados, más aún cuando éstos se encuentran en circunstancias materiales de indefensión como es el caso del peticionario, quien por la ubicación de su vivienda, en la parte baja de una pendiente, tiene que soportar permanente y continuamente la injusta carga que significa el paso cerca a su lugar de habitación. La eficacia de la función administrativa ...

T 205 94

T-205-94 Sentencia No. T-205/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PADRES DE FAMILIA/MENOR DE EDAD-Protección No tendría sentido, y sería contraproducente para el propio menor, ordenar a uno cualquiera de sus padres tenerlo consigo. La ley no puede imponer a las personas determinados sentimientos, en especial los afectuosos o altruistas, pero sí les impone deberes y obligaciones, cuyo incumplimiento se sanciona hasta penalmente. Por eso, en su momento, puede acudirse a mecanismos como el juicio de alimentos o la denuncia por el delito de inasistencia alimentaria, si se considera que se ha faltado a la obligación de sostener material y moralmente a ...

T 204 94

T-204-94 Sentencia No. T-204/94 DERECHO A LA SALUD/MENOR ENFERMO-Protección/INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES-Asistencia médica Debe haber protección tanto para el niño (art. 44 de C.P.) como para el adolescente. Con mayor razón si se trata de un disminuido físico, sensorial o psíquico, en estos casos debe ser la requerida y especializada. Si una norma del I.S.S. supedita las prestaciones asistenciales necesarias a un pronóstico favorable de curación, ésta debe entenderse no solamente como la derrota de la enfermedad, sino, además, como el tratamiento requerido para evitar secuelas o interrupción de tratamientos necesarios, para superar algunas etapas de la enfermedad o afección, ...

T 203 94

T-203-94 Sentencia No. T-203/94 ACUMULACION INDEBIDA DE PRETENSIONES/AMPARO DE POSESION/AMPARO DOMICILIARIO/LANZAMIENTO POR OCUPACION DE HECHO En el caso sub examine no procede la acumulación, por cuanto se trata de juicios distintos, que no tienen igual procedimiento. Además, existen pretensiones excluyentes, pues la pretensión del amparo posesorio es incompatible con la del lanzamiento por ocupación de hecho, así como con el amparo domiciliario. Es decir, dichas acciones no pueden interponerse al mismo tiempo y bajo el mismo aspecto. Por lo tanto, hay una indebida acumulación, por cuanto cada uno de los procesos allí reunidos tiene identidad propia, y, por tanto, los ...

T 194 94

T-194-94 Sentencia T-194/94 ACCION DE TUTELA-Requisitos para su presentación/ACCION DE TUTELA-Hecho indeterminable La acción de tutela en este caso no puede prosperar porque la petición omitió el cumplimiento de los requisitos esenciales para la interposición de esta acción, como lo son la identificación de la autoridad o de las autoridades públicas causantes del agravio o de la amenaza, en este caso una autoridad pública específica, y la determinación de la acción o la omisión que presuntamente vulnera los derechos invocados por el actor. Esto significa que sin caso específico y sin hechos determinables con precisión, el juez que conoce de ...

T 193 94

T-193-94 Sentencia No. T-193/94 DERECHOS DEL INTERNO-Traslado En una relación jurídica el predominio de una parte sobre la otra no impide la existencia de derechos y deberes para ambas partes. Ese es el caso del interno en un centro penitenciario. Frente a la administración, el preso se encuentra en una relación especial de sujeción, diseñada y comandada por el Estado, el cual se sitúa en una posición preponderante, que se manifiesta en el poder disciplinario y cuyos límites están determinados por el reconocimiento de los derechos del interno y por los correspondientes deberes estatales que se derivan de dicho reconocimiento ...

T 192 94

T-192-94 Sentencia No. T-192/94 PRESUNCION DE VERACIDAD/INFORMES EN TUTELA No puede el juez de tutela precipitarse a fallar dando por verdadero todo lo que afirma el accionante o su contraparte sino que está obligado a buscar los elementos de juicio fácticos que, mediante la adecuada información, le permitan llegar a una convicción seria y suficiente para fallar en derecho. Precisamente en razón de esta responsabilidad, en la que se funda parte importante de la justicia del fallo, el juez está habilitado y aún obligado a requerir informes a la persona, órgano o entidad contra quien se ejerce la acción de ...

T 191 94

T-191-94 Sentencia No. T-191/94 NOTIFICACION POR TELEGRAMA-Término/TERMINO PARA IMPUGNAR La impugnación únicamente puede ejercerse dentro de un término preclusivo: los tres días siguientes a la notificación del fallo de primera instancia. Desde luego, cuando la notificación se surta por el medio telegráfico -como en este caso- los tres días aludidos se principan a contar desde el siguiente a aquel en que efectivamente se haya introducido el marconi en las oficinas de Telecom. Si la impugnación no se presenta dentro de los tres días siguientes a la notificación de la providencia objeto de la misma, ésta se tiene por no impugnada ...

T 190 94

T-190-94 Sentencia No. T-190/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES-Indefensión/ACCION DE TUTELA-Improcedencia/MENOR DE EDAD/PRESUNCION DE INDEFENSION Debe existir una relación de subordinación o de indefensión del petente en relación con la persona contra quien se dirige la acción. Salvo en los casos de menores, en los que esa calificación de la relación se presume, deberá siempre probarse ese carácter (indefensión o subordinación), para que prospere la tutela. La situación de indefensión a que alude el numeral noveno del artículo 42, significa que la persona que interpone la tutela carezca de medios de defensa contra los ataques o agravios que, a sus ...

T 186 94

T-186-94 Sentencia No. T-186/94 ACCION DE TUTELA CONTRA CONYUGE/ACCION DE TUTELA CONTRA DEFENSOR DEL MENOR Procesalmente la acción de tutela procede contra la defensora de menores, como sujeto pasivo, por tratarse de una autoridad pública, e igualmente, contra el particular YY, cónyuge del petente y madre de la menor cuyo derecho se pretende amparar, por cuanto se trata de un particular frente al cual la menor se encuentra en estado de indefensión. ACCION DE TUTELA TEMERARIA-Advertencia de haber presentado otra La temeridad vulnera los principios de buena fe, la economía y la eficacia procesales, porque desconoce los criterios de probidad ...

T 185 94

T-185-94 Sentencia No. T-185/94 PRUEBAS EN TUTELA-Alcance/DERECHOS FUNDAMENTALES-Incertidumbre sobre su violación En el expediente no hay ninguna prueba que indique que las dolencias de los niños sean el efecto de los malos olores, la proliferación de moscas u otras causas vinculadas con la operación de la granja porcícola. Es más: ni siquiera está probada la identidad de los niños que se dice son las víctimas. Como, entonces, no puede afirmarse que hay una relación de causalidad entre las anomalías denunciadas y los problemas de salud de personas claramente identificadas, no cabe acceder a la tutela impetrada. La incertidumbre sobre la ...

T 184 94

T-184-94 Sentencia No. T-184/94 DERECHOS DE PERSONA DE LA TERCERA EDAD/PENSION DE JUBILACION-Pago/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL-Improcedencia/MESADA PENSIONAL-Pago oportuno En cuanto a la eficacia que deben tener los medios alternativos de defensa judicial llamados a "sustituir" la tutela, es claro que el otro medio de defensa judicial debe poseer necesariamente, la misma eficacia en materia de protección inmediata de derechos constitucionales fundamentales que, por su naturaleza tiene la acción de tutela. En el caso de las pensiones de jubilación, la acción ejecutiva laboral ha resultado inoperante para la defensa efectiva de los derechos de los pensionados, debido a la existencia de ...

T 183 94

T-183-94 Sentencia No. T-183/94 REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD-Control de legalidad Cuando el afectado o perjudicado en uno de sus derechos fundamentales tiene a su disposición otro medio de defensa judicial que para la protección de los mismos, consagra el ordenamiento constitucional o legal, es improcedente la acción de tutela. Por lo tanto, en el caso en comento, si a juicio del accionante las normas contenidas en el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial de la accionada, vulneran sus derechos fundamentales, convirtiéndose en su criterio, en ilegítimas e inconstitucionales, no es la acción de tutela el mecanismo idóneo para atacarlas, ...

T 182 94

T-182-94 Sentencia No. T-182/94 NOTIFICACION DE TUTELA Es importante el cumplimiento del debido proceso en el trámite de las acciones de tutela. Se ha señalado expresamente que la notificación a la persona contra quien se dirige la demanda, es una de sus manifestaciones más importantes. Su omisión, si no se ha saneado oportunamente, genera la nulidad del correspondiente proceso. La notificación de la iniciación de una acción de tutela, debe hacerse en la forma más expedita y eficaz. INDEMNIZACION DE PERJUICIOS-Dolo No existe en el expediente prueba de que la violación al derecho de petición sea consecuencia de una acción ...

T 181 94

T-181-94 Sentencia No. T-181/94 ACCION DE TUTELA-Valoración de Normas contradictorias Mediante la acción de tutela no se puede definir que un Acuerdo, norma de rango inferior, no se debe aplicar aduciéndose que entra en contradicción con un Decreto. En la tutela el punto de comparación es necesariamente el de los Derechos Fundamentales consignados en la Constitución. ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO/REGIMEN PRESTACIONAL-Aplicación La tutela sólo procede cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. Cuando surge discusión sobre cuál régimen de prestaciones sociales ...

T 178 94

T-178-94 Sentencia No. T-178/94 PERSONAL MILITAR-Retiro voluntario del servicio/LIBERTAD DE ESCOGER PROFESION U OFICIO-Vulneración/ LIBERTAD PERSONAL-Vulneración/CARRERA MILITAR-Retiro Como el actor solicitó su retiro de las Fuerzas Armadas y no hay motivo legal para retenerlo en ellas, aparece claro que la falta de la pronta resolución a la petición de retiro, viola el derecho del petente a escoger una profesión u oficio distinto al de las armas. Es claro que el Ejército Nacional, al no resolver la petición del actor con la prontitud exigida por la Constitución y la ley, viene vulnerando, no sólo su derecho de petición y el de ...

T 175 94

T-175-94 Sentencia No. T-175/94 ACCION DE TUTELA CONTRA SENTENCIAS/VIA DE HECHO/COSA JUZGADA-Improcedencia La certeza que impone la cosa juzgada no constituye un valor absoluto frente a la vigencia y defensa de los derechos fundamentales, de suerte que si está de por medio la protección de tales valores, procede la tutela contra sentencias que sean el resultado de una "vía de hecho", lo cual ocurre cuando el juez la adopta contrariando ostensiblemente el contenido y voluntad de la ley o desconociendo ritualidades cuya observancia consagran una garantía del derecho de defensa de las partes en el proceso. La cosa juzgada como ...

T 174 94

T-174-94 Sentencia No. T-174/94 DERECHO A LA SALUD/DERECHOS FUNDAMENTALES Respecto del carácter de fundamental del derecho a la salud, éste toma la mencionada naturaleza como prolongación necesaria del respeto al derecho a la vida, pues "en estricto sentido, el derecho a la vida es el derecho fundamental por excelencia, por cuanto en él se fundan todos los demás derechos. Así, el derecho a la salud "comparte la misma característica jurídica de la especie a que pertenece. Si el derecho a la vida es fundamental, los derechos que esencialmente se derivan de aquél, como la salud, también lo serán necesariamente. El ...

T 173 94

T-173-94 Sentencia No. T-173/94 SUSTITUCION PENSIONAL/DERECHOS FUNDAMENTALES/MESADA PENSIONAL-Pago oportuno/INDEFENSION La pensión forma parte del patrimonio del trabajador y al fallecer éste surge la sustitución de pensión en forma vitalicia a la viuda, para protegerla económicamente, y a los hijos menores y a los hijos inválidos para que no queden desamparados quienes dependían económicamente del trabajador fallecido. Este derecho es cierto e indiscutible, irrenunciable. Ese derecho, para los beneficiarios es derecho fundamental por estar contenido dentro de valores tutelables: el derecho a la vida, a la seguridad social, a la salud, al trabajo. Es inalienable, inherente y esencial. Y, hay una ...

T 172 94

T-172-94 Sentencia No. T-172/94 PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL/ACCION DE TUTELA-Improcedencia La prevalencia del derecho sustancial en materia de protección constitucional de los derechos y el principio de informalidad que rige el procedimiento de tutela impiden que debido a errores de forma en la solicitud de tutela se dejen de amparar efectivamente los derechos de personas afectadas. Así pues, el error en cuanto a la terminología utilizada por el impugnante no puede ser razón para que no sea resuelta su solicitud elevada en término, para que el superior jerárquico se pronuncie. DERECHO DE ACCESO A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA-Eficacia/DERECHOS DE PERSONA ...

T 171 94

T-171-94 JUEZ DE TUTELA-Juzgamiento Superficial/DERECHOS FUNDAMENTALES-Vulneración/DERECHO DE ACCESO A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA-Eficacia La función del Juez de Tutela es una función delicada y seria, que no puede limitarse simplemente a la evacuación formal de fallos sino que requiere el elemento sustancial de una plena conciencia sobre los hechos planteados y acerca de las normas constitucionales aplicables, para lograr así, mediante la administración de una justicia eficaz, que se hagan realidad en los casos específicos los mandatos generales del Constituyente. El juez no puede acudir a interpretaciones superficiales de la normatividad para despachar sin mayor análisis las solicitudes de protección ...

T 170 94

T-170-94 Sentencia T-170/94 PERSONAL DOCENTE-Traslado/DERECHO A LA FAMILIA/TRASLADO LABORAL-Necesidades del servicio público no implica ruptura de lazos familiares La orden de traslado no comporta absoluta separación ni ruptura del núcleo familiar que según afirma el accionante integra con sus tres hijos menores. Es cierto que la presencia física del padre resulta cuando menos deseable, pero a más de ese elemento la unidad familiar, y dentro de ella la relación padres-hijos, se constituye sobre una base más sólida conformada por los vínculos afectivos desarrollados entre los miembros de la célula social, vínculos estos que no necesariamente están condenados a la desaparición ...

T 169 94

T-169-94 Sentencia No. T-169/94 LIBERTAD DE ASOCIACION-Alcance/APORTES-Retención/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL El derecho consagrado en el Artículo 38 superior comporta la libertad de unirse para constituir asociaciones con carácter duradero, así como la libertad de adherir a las ya existentes y en un sentido negativo implica la imposibilidad de ser compelido u obligado a formar parte de alguna. La asociación generalmente persigue ciertos fines para cuyo logro resulta necesario el desarrollo de las actividades lícitas indispensables que contribuyan a la consecusión de esas finalidades. Para la Sala resulta claro que no se presenta la violación alegada por cuanto la falta del ...

T 168 94

T-168-94 Sentencia No. T-168/94 DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL/MESADA PENSIONAL-Pago oportuno REF.: EXPEDIENTE No. 25333. PETICIONARIO: RUBEN OSTILIO PEREZ BUSTOS. TEMA Derecho al pago oportuno de las pensiones y derecho a la seguridad social. PROCEDENCIA: TRIBUNAL SUPERIOR DE ANTIOQUIA - SALA CIVIL. MAGISTRADO PONENTE: Dr. HERNANDO HERRERA VERGARA. Santafé de Bogotá, D.C., veinticinco (25) de marzo de mil novecientos noventa y cuatro (1994). La Sala Sexta de Revisión, integrada por los Honorables Magistrados ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO, FABIO MORON DIAZ y HERNANDO HERRERA VERGARA, previo estudio del Magistrado Ponente, procede a revisar la sentencia que para decidir la acción de la ...

T 167 94

T-167-94 Sentencia No. T-167/94 DERECHO AL TRABAJO CONDICIONES DIGNAS Y JUSTAS/DERECHO AL TRABAJO-Pago oportuno de salarios El contenido del derecho al trabajo, tenido por fundamental, desde una perspectiva individual involucra la posibilidad de desempeñar libremente una actividad lícita determinada, pero no se agota en esa faceta tan importante, sino que expande un poco más su ámbito para cobijar elementos adicionales, así por ejemplo, las condiciones en que esa labor se desarrolla, condiciones que, por ende no son constitucionalmente irrelevantes. Es obvio que quien desempeña un trabajo al servicio de un empleador, por ese medio busca satisfacer necesidades de diversa índole, ...

T 166 94

T-166-94 Sentencia No. T-166/94 SERVICIO MILITAR-Exenciones/SERVICIO MILITAR-Hijo único/DERECHO A LA IGUALDAD/ACCION DE TUTELA La regla general está constituida por la prestación del servicio militar que es obligatorio; las circustancias eximentes obedecen a situaciones tratadas por el ordenamiento jurídico como excepcionales y cuya indicación corresponde a la Ley, ya que de acuerdo con las voces del artículo 216 superior "la Ley determinará las condiciones que en todo tiempo eximen del servicio militar." Las exenciones, consagradas legalmente, encuentran sustento en causas de diversa índole, para la Corte Constitucional "es claro que estas exenciones legales no pueden tener origen en justificaciones de tipo ...

T 165 94

T-165-94 Sentencia No. T-165/94 SERVICIO MILITAR-Unión de hecho/PREVALENCIA DE DERECHOS DEL NIÑO El servicio militar, a pesar de constituir un deber de los colombianos y un derecho de la patria a exigirlo, no puede sobreponerse a los intereses de los niños, que la Constitución Política consagró como derechos fundamentales y les reconoció una evidente preeminencia sobre los derechos de los demás. Pretender lo contrario, significa ignorar esa primacía que el Estado no puede desconocer, porque uno de sus fines esenciales, al decir del Artículo 2o. de la Carta, es el de `garantizar la efetividad de los principios, derechos y deberes ...

T 164 94

T-164-94 Sentencia No. T-164/94 DERECHO A LA INTIMIDAD-Prevalencia/DERECHO A LA INFORMACION La prevalencia del derecho a la intimidad sobre el derecho a la información, es consecuencia necesaria de la consagración de la dignidad humana como principio fundamental y valor esencial, a la vez, del Estado Social de Derecho en que se ha transformado hoy Colombia, por virtud de lo dispuesto en el artículo primero de la Carta de 1991. HABEAS DATA La actualización de datos significa que "una vez producido voluntariamente el pago la entidad que disponía del dato pierde su derecho a utilizarlo y por tanto, carece de razón ...

T 163 94

T-163-94 Sentencia No. T-163/94 DOCUMENTO PUBLICO/DERECHO A OBTENER COPIAS/ACCION DE TUTELA Si dentro de los tres días subsiguientes a la configuración del silencio administrativo positivo no se entregan las copias requeridas, se vulnera "el derecho fundamental a la obtención de la copia del respectivo documento público" para cuya defensa y efectividad "no existe en el ordenamiento ningún medio judicial diferente de la acción de tutela que pueda garantizar en términos de eficacia y celeridad su protección inmediata. La efectividad del derecho a obtener copias es manifestación concreta del derecho a obtener pronta resolución a las peticiones formuladas que también hace ...

T 162 94

T-162-94 Sentencia No. T-162/94 DERECHO A EXHUMAR UN CADAVER-Naturaleza/DERECHO A EXHUMAR UN CADAVER-Titularidad El derecho sobre el cadáver no puede fundarse en el concepto de dominio, ni siquiera en el de posesión jurídica. Esta sola posibilidad repugna a los sentimientos y a los principios de respeto, veneración y culto a los muertos. En lo que respecta a la exhumación de los restos, nadie duda de que son los familiares los llamados a reclamar tal derecho. Sin embargo, este criterio no es suficiente para resolver disputas que sobre el particular se susciten entre sus deudos. En estas circunstancias, lo más razonable ...

T 161 94

T-161-94 Sentencia No. T-161/94 DERECHO A LA EDUCACION-Vulneración/ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO-Permanencia/DERECHO A LA LIBERTAD-Constreñimiento/DEBER DE SOLIDARIDAD/ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO-Venta de boletas La obligación de vender algo sobrepasa las exigencias propias de la solidaridad y del deber de colaboración que los padres adquieren con el colegio. La venta periódica de boletas - con un costo unitario que supera el salario mínimo legal diario - constituye una presión económica para las familias de bajos recursos, que no tiene justificación legal ni constitucional, al convertirse en una cuota excepcional que debe ser sufragada obligatoriamente por los padres. La venta de las boletas de una rifa es una ...

T 160 94

T-160-94 Sentencia No. T-160/94 DERECHO A LA VIDA-Amenaza/DERECHO DE PETICION/PERSONAL DOCENTE-Traslado/SERVIDOR PUBLICO-Reubicación/ FALLO DE TUTELA-Ordenes Es deber de la administración actuar con diligencia, celeridad y eficacia para decretar la reubicación del servidor público, que no se encuentra en condiciones de atender sus funciones en el lugar inicialmente asignado, porque su vida se halla en grave peligro. En este caso se trata de un tipo especifico de situación de hecho en la que se configura una grave amenaza contra el derecho a la vida del educador ubicado en una zona de evidente alteración del orden público, y no de una simple ...

T 159 94

T-159-94 Sentencia No. T-159/94 DERECHO DE ALIMENTOS/ACCION DE TUTELA-Improcedencia/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/OBLIGACION ALIMENTARIA/NOVACION La acción pretende, que se declare mediante esta vía judicial, la novación en las obligaciones de un contrato suscrito por uno de los cónyuges independientemente, a fin de garantizar por esa vía los derechos de alimentos de los hijos menores. Lo que se reclama tiene por finalidad el amparo de los derechos de alimentos del menor. Como estos derechos tienen autorizadas vías administrativas y judiciales de alta eficiencia, no pueden ser reclamados mediante la acción de tutela; en razón de su carácter subsidiario o residual según el ...

T 158 94

T-158-94 Sentencia No. T-158/94 DERECHO DE ACCESO A DOCUMENTOS PUBLICOS/RESERVA DE HISTORIA CLINICA/INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES/DERECHO DE PETICION-Vulneración Toda persona tiene la facultad para invocar el derecho a solicitar la copia de documentos públicos relacionados con su propia esfera e intimidad, según el mandato constitucional. La historia clínica del paciente que reposa en el Seguro Social, se constituye en principio, no sólo en un documento privado sometido a reserva, que tan sólo puede ser conocido por el paciente y la institución, y excepcionalmente por un tercero, sino además, en el único archivo o banco de datos donde legítimamente reposarán, sometidas ...

T 157 94

T-157-94 Sentencia No. T-157/94 HABEAS DATA/RECTIFICACION DE INFORMACION Las entidades públicas o privadas que se encarguen de la recolección, tratamiento y circulación de informaciones en bancos de datos y archivos de las entidades públicas y privadas, están en la obligación de garantizarle a las personas que los datos que sobre ellas se recogan o almacenen, deberán ser actualizados. Por ello, cuando ya no existe la obligación que generó la inclusión de la persona en el respectivo banco de datos o central de información -generalmente por el pago de la deuda-, o por ser ésta inexacta, o por lesionar abiertamente el ...

T 156 94

T-156-94 Sentencia No. T-156/94 PERSONAL DOCENTE-Carga académica/AUTONOMIA UNIVERSITARIA/JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA/UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Cuando la accionante aceptó las cátedras asignadas, firmó la planilla de trabajo básico a que se hizo mención e inició sus actividades docentes, se entiende que dió pleno consentimiento a la programación y cursos establecidos por el centro universitario, el cual no excede el tiempo que el mismo reglamento del establecimiento establece para profesores de tiempo parcial. No siendo la tutela el instrumento adecuado para la prosperidad de la solicitud formulada por la accionante, en cuanto a la promoción al cargo de docente de tiempo completo, dispone de ...

T 155 94

T-155-94 Sentencia No. T-155/94 TARJETA DE CREDITO-Violación de la relación contractual/ACCION DE TUTELA-Improcedencia/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/SANCION POR ACTO PROPIO La accionante incurrió en violación a una de las cláusulas del contrato, ya que ciertos comprobantes de venta pagados con tarjeta de crédito, estaban mal diligenciados. Es evidente que el único responsable de la sanción impuesta es el mismo accionante, sanción que es suspensiva y depende de él mismo que se levante tan pronto como subsane las irregularidades ocurridas. Por lo tanto, en el evento en que la demandante desee controvertir las decisiones de la sociedad INCOCREDITO, debe dirigirse a la ...

T 154 94

T-154-94 Sentencia No. T-154/94 DERECHO AL AMBIENTE SANO/DERECHO A LA VIDA/DERECHO A LA SALUD/ACCION DE TUTELA/MOLINO FLOR HUILA-Contaminación Cuando la violación del derecho a un ambiente sano implica o conlleva simultáneamente un ataque directo y concreto a un derecho fundamental, como lo es en el presente asunto la vida y salud de la comunidad de Campoalegre, afectada por las actividades de incineración de la cascarilla de arroz por parte del Molino Flor Huila, se convierte la Acción de Tutela en el instrumento de protección de los derechos amenazados, por virtud de la mayor jerarquía que ostentan los derechos fundamentales dentro ...

T 144 94

T-144-94 Sentencia No. T-144/94 CAMPAÑAS POLITICAS-Adherentes La calidad de servidor público que ostenta el demandante, no es óbice para la procedencia de la acción, pues el actor, como Representante a la Cámara, a diferencia de los funcionarios públicos señalados en el artículo 127 de la Constitución, puede "tomar parte en las actividades de los partidos y movimientos y en las controversias políticas...". Teniendo en cuenta los hechos que sirven de base a la demanda (una reunión partidista, parte de una campaña electoral, con adhesión pública a una precandidatura presidencial, etc.), no se encuentra irregular la asistencia del Representante a un ...

T 143 94

T-143-94 Sentencia No. T-143/94 DEMANDANTE-Cambio de la situación/DEMANDADO-Cambio de la situación Se ha producido, pues, un cambio sustancial en las situaciones de derecho del demandante y del demandado, que ya no permite considerar al actor como a un extraño que se empecina en inmiscuírse indebidamente en la vida íntima personal y familiar del menor. Ahora, el demandado es el padre del menor y, por eso mismo, el llamado por la Constitución y la ley vigentes a participar activa y diligentemente en el cuidado, educación, guía y corrección del demandante, así éste se niegue a aceptar el reconocimiento del que fue ...

T 142 94

T-142-94 Sentencia No. T-142/94 ACCION INDEMNIZATORIA-Titularidad/DEBIDO PROCESO/PROCESO DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO En el presente caso, la negativa de entregar a la actora la suma indemnizatoria obedece a un aspecto sustancial, enmarcado en el debido proceso, por la siguiente razón. El señor se encuentra desaparecido y no ha culminado el proceso respectivo. Es obligación del Estado proteger también los intereses del desaparecido, los cuales sólo se protegen con el cumplimiento del debido proceso, sin que sea posible pretermitir trámite procesal alguno. La Sala considera que la negativa del Juzgado Penal no puede considerarse violatoria de los derechos fundamentales señalados por la ...

T 141 94

T-141-94 Sentencia No. T-141/94 REGALIAS La Carta Política no reconoce un derecho de propiedad al departamento, al municipio productor o al puerto marítimo o fluvial sobre la regalía, puesto que, como se ha visto, las entidades territoriales del Estado, al no ser propietarias del recurso natural no renovable, tampoco lo son de los beneficios que de la extracción de los mismos se deriven. REGALIAS-Concepto/PARTICIPACIONES-Concepto Aunque el legislador utiliza indistintamente los conceptos 'REGALIAS' y 'PARTICIPACIONES', la Sala tiene la cabal comprensión del universo estricto y jurídico de cada uno de ellos, pues la primera es el derecho que le corresponde al ...

T 140 94

T-140-94 Sentencia No. T-140/94 DERECHO A LA VIDA/DERECHO A LA SALUD/DERECHO A LA SALUBRIDAD PUBLICA/DERECHOS COLECTIVOS Si el derecho a la vida es fundamental, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 11 del Estatuto Superior, lógicamente los derechos que esencialmente se derivan de aquél -como la salud- también lo serán necesariamente. Si hay una vulneración grave e inminente de la salubridad pública, debe reconocerse el interés legítimo de quien procura el restablecimiento judicial de ese derecho que, a pesar de calificarse como "colectivo", también lo afecta en su calidad de persona singular, única e irrepetible. PREVALENCIA DE TRATADOS INTERNACIONALES ...

T 139 94

T-139-94 Sentencia No. T-139/94 La tutela es jurídicamente viable contra una decisión judicial que no decida de mérito con valor de cosa juzgada, cuando se ejerce para impedir el quebrantamiento de un derecho fundamental o evitar toda amenaza contra su existencia, en virtud de una vía de hecho. El juez sólo puede obrar con arreglo a la ley, en virtud del principio de legalidad y que se supone implícito en un Estado Social de Derecho; su sóla voluntad discrecional, como criterio para decidir, está definitivamente proscrito de la actuación judicial, porque riñe con la voluntad constitucional e injuria la majestad ...

T 138 94

T-138-94 Sentencia No. T-138/94 ACCION DE TUTELA-Hecho consumado/LOCAL COMERCIAL-Cerramiento El supuesto del daño consumado impide el fin primordial de la acción de tutela, cual es la protección inmediata de los derechos fundamentales, para evitar precisamente los daños que dicha violación pueda generar, y no una protección posterior a la causación de los mismos cuya protección es objeto de acción indemnizatoria que puede reclamarse por otra vía judicial. Para el caso en concreto, la peticionaria manifiesta que la Cafetería dejó de funcionar como consecuencia del cerramiento ordenado por la Inspección de Policía, es decir, que el daño que pudo haberse causado ...

T 137 94

T-137-94 Sentencia No. T-137/94 El contrato educativo se trata de un contrato bilateral, que puede ser gratuito u oneroso, cuyo objeto es el de suministrar los elementos necesarios al estudiante para que éste obtenga la formación de grado o nivel correspondiente a la situación en que se encuentre el estudiante, en sus estudios. Este acuerdo impone en consecuencia obligaciones a las partes, que se encuentran enmarcadas en una legislación de derecho público, por el interés superior que es reconocido a la educación en el ordenamiento jurídico. DERECHO A LA EDUCACION-Ingreso a establecimiento educativo/DERECHO A LA ENSEÑANZA-Límites El ingreso a un ...

T 136 94

T-136-94 Sentencia No. T-136/94 DERECHO A LA EDUCACION-Amenaza/ACCION DE TUTELA-Improcedencia La violación directa o eventual del derecho a la educación, exige como precondición necesaria, para que opere la tutela como un instrumento judicial de protección, que su quebrantamiento o la amenaza de tal, además de ser un hecho cierto, tenga la entidad suficiente como para afectar en forma grave su existencia. No cualquier desconocimiento ni amenaza, puede tomarse como causa determinante y justificativa de la acción de tutela, sino aquélla que evidencie un daño esencial del núcleo del derecho, de manera que resulte imposible o muy difícil su ejercicio por ...

T 135 94

T-135-94 Sentencia No. T-135/94 El artículo 2º de la Constitución Política declara que las autoridades de la República están instituídas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Allí está la razón de su existencia, de tal manera que la autoridad que evade o elude el cumplimiento de su función traiciona uno de los principios básicos de la organización política y, al dejar a la persona en estado de indefensión, se constituye en ...

T 128 94

T-128-94 Sentencia No. T-128/94 NOTIFICACION DE TUTELA La notificación es una de sus manifestaciones más importantes, pues da la oportunidad a la parte contra quien se dirige la acción, para oponerse o explicar las razones de su actuación u omisión. La notificación es más necesaria en tratándose de tutela contra particulares. Y que debe hacerse por el medio que el juez considere más expedito y eficaz. ACCION DE TUTELA-Improcedencia/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR-Intervención/ACCION DE TUTELA CONTRA PADRES DE FAMILIA-Maltratos/MENOR DE EDAD-Protección MEDIDAS PROVISIONALES EN TUTELA La Corte, por no conocer la suerte que han corrido las menores, ...

T 127 94

T-127-94 Sentencia No. T-127/94 HABEAS DATA La actualización a que se tiene derecho según el artículo 15 de la Carta Política significa que una vez producido voluntariamente el pago, la entidad que disponía del dato pierde su derecho a utilizarlo y por tanto, carece de razón alguna que siga suministrando la información en torno a que el individuo es o fue deudor moroso. Prima el derecho de toda persona a que la información que sobre ella se recoja o registre en entidades que se encargan de la recolección, tratamiento y circulación de datos, bien sean públicas o privadas, sea actualizada, ...

T 126 94

T-126-94 Sentencia No. T-126/94 DERECHO AL AMBIENTE SANO/RELLENO SANITARIO/BASURAS-Manejo El Estado tiene la obligación social de brindarle a la comunidad el saneamiento ambiental, considerado como un servicio público y para todas las personas, es un derecho irrenunciable el de gozar de un ambiente sano, le impuso la obligación al Estado de planificar en forma adecuada y razonable el aprovechamiento de los recursos para garantizar su desarrollo y vida útil, al servicio de la humanidad. La responsabilidad social de proteger los recursos naturales y la conservación del medio ambiente sano, no son sino una consecuencia lógica de aquellas que tiene el ...

T 125 94

T-125-94 Sentencia No. T-125/94 DEBERES CONSTITUCIONALES-Concepto Los deberes constitucionales son aquellas conductas o comportamientos de carácter público, exigibles por la ley a la persona o al ciudadano, que imponen prestaciones físicas o económicas y que afectan, en consecuencia, la esfera de su libertad personal. Las restricciones a la libertad general sólo pueden estar motivadas por fundadas razones que determine el Legislador. En este sentido, los deberes consagrados en la Constitución comprenden una habilitación al Legislador para desarrollar y concretar la sanción por el incumplimiento de los parámetros básicos de conducta social fijados por el Constituyente. La exigibilidad de los deberes ...

T 124 94

T-124-94 Sentencia No. T-124/94 DERECHO DE ALIMENTOS/INASISTENCIA ALIMENTARIA/DERECHOS DEL NIÑO/TUTELA CONTRA PADRES DE FAMILIA La solicitud formulada por el menor contra su padre, tiene como finalidad el amparo de derechos cuyo carácter fundamental no es evidente, toda vez que el derecho de "alimentos" es un derecho típica y naturalmente asistencial; la interpretación de la expresión "fundamentales" del artículo 44, debe entenderse como el énfasis que quiso otorgarle el constituyente a los derechos de los niños, énfasis materializado, en término de eficacia, en la prevalencia que a esa categoría de derechos humanos de los niños otorga la parte final del mismo ...

T 123 94

T-123-94 Sentencia No. T-123/94 DERECHO A LA SALUD El derecho a la salud, como integrante natural de la vida humana en su calidad indiscutida de derecho fundamental, comparte la misma característica jurídica de la especie a que pertenece. Si el derecho a la vida es fundamental, de acuerdo con lo señalado en el artículo 11 del Estatuto Superior, lógicamente los derechos que esencialmente se derivan de aquél, como la salud, también lo serán necesariamente. DERECHO A LA INTEGRIDAD/PRINCIPIO DE DIGNIDAD HUMANA/DERECHO A LA CORRECCION PATERNA /MALTRATO El derecho a la integridad física y moral consiste en el reconocimiento, respeto y ...

T 122 94

T-122-94 Sentencia No. T-122/94 SERVICIO MILITAR-Unión de hecho/PREVALENCIA DE DERECHOS DEL NIÑO El servicio militar, a pesar de constituir un deber de los colombianos y un derecho de la patria a exigirlo, no puede sobreponerse a los intereses de los niños, que la Constitución Política consagró como derechos fundamentales y les reconoció una evidente preeminencia sobre los derechos de los demás. Pretender lo contrario, significa ignorar esa primacía que el Estado no puede desconocer, porque uno de sus fines esenciales, al decir del Artículo 2o. de la Carta, es el de `garantizar la efetividad de los principios, derechos y deberes ...

T 121 94

T-121-94 Sentencia No. T-121/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución No se debe confundir el derecho de petición -cuyo núcleo esencial radica en la posibilidad de acudir ante la autoridad y en obtener pronta resolución- con el contenido de lo que se pide, es decir con la materia de la petición. La falta de respuesta o la resolución tardía son formas de violación de aquel y son susceptibles de la actuación protectora del Juez mediante el uso de la acción de tutela, pues en tales casos se conculca un derecho constitucional fundamental. En cambio, lo que se debate ante la jurisdicción cuando ...

T 120 94

T-120-94 Sentencia No. T-120/94 DERECHO A LA PENSION DE JUBILACION-Pago Oportuno/ACTO DE INCLUSION EN NOMINA El pago de las pensiones se hace efectivo si previamente al mismo se realiza la inclusión en nómina de pensionados, inclusión que constituye un acto instrumental, de trámite o preparatorio de la decisión administrativa, no susceptible de ser atacado en vía gubernativa y que, consecuencialmente, tampoco puede controvertirse ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de donde surge que es la acción de tutela el único mecanismo de defensa ante la inexistencia de otros medios judiciales que puedan asegurar la protección del derecho conculcado REF.: ...

T 119 94

T-119-94 Sentencia No. T-119/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución/SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO No se debe confundir el derecho de petición -cuyo núcleo esencial radica en la posibilidad de acudir ante la autoridad y en obtener pronta resolución- con el contenido de lo que se pide, es decir con la materia de la petición. La falta de respuesta o la resolución tardía son formas de violación de aquel y son susceptibles de la actuación protectora del Juez mediante el uso de la acción de tutela, pues en tales casos se conculca un derecho constitucional fundamental. En cambio, lo que se debate ante la ...

T 118 94

T-118-94 Sentencia No. T-118/94 ACCION DE TUTELA-Improcedencia/DERECHOS FUNDAMENTALES-Mención en la demanda/INDEMNIZACION-Reconocimiento/JUEZ DE TUTELA-Facultades de oficio La solicitud formulada la peticionaria omite la mención de los derechos constitucionales fundamentales que considera vulnerados, y aun cuando ello no es obstáculo para brindar la protección impetrada, siempre que aparezca demostrada la vulneración o la amenaza, advierte la Sala que la acción de tutela en el presente evento no está llamada a prosperar porque del análisis del material obrante en el expediente no se desprende violación o amenaza alguna de los derechos constitucionales fundamentales. El objeto principal de la acción de tutela que impetró ...

T 117 94

T-117-94 Sentencia No. T-117/94 SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO/DERECHO DE PETICION La ocurrencia del fenómeno del silencio administrativo negativo, no exime a las autoridades de emitir respuesta a las peticiones respetuosas que ante ellas se eleven; pues aunque este fenómeno traiga como consecuencia que quienes no obtienen respuesta a su solicitud, tengan la posibilidad de acudir a las acciones contencioso-administrativas, no puede convertirse en un acicate, para la desidia de la Administración, en el sentido de que esta guarde silencio respecto de las peticiones que se le hacen, y, amparada en el fenómeno del silencio administrativo negativo, simplemente omita dar respuesta a ...

T 116 94

T-116-94 Sentencia No. T-116/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución La pronta resolución de las peticiones respetuosas presentadas ante las autoridades "por motivos de interés general o particular" , aspecto que hace parte del núcleo esencial del derecho fundamental de petición, ya que "sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad este derecho" y puede "incluso llegar a afirmarse que el derecho fundamental sería inocuo si solo se formulara en términos de poder presentar la respectiva petición. Lo que hace efectivo el derecho es que la petición elevada sea resuelta rápidamente". Es en la resolución y no ...

T 115 94

T-115-94 Sentencia No. T-115/94 DERECHO A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR-Inexistencia/CONJUNTO RESIDENCIAL-Publicación de cartas/LOCAL COMERCIAL-Uso inadecuado El derecho a la intimidad pretende resguardar el ámbito personal reservado que corresponde al individuo y dentro del cual cada uno desarrolla las actividades inherentes a lo que se conoce como "vida privada" imponiéndosele al Estado y a los demás miembros del conglomerado social el deber negativo de respetar ese reducto, omitiendo toda clase de intromisiones indebidas en esa esfera que los particulares desean mantener alejada del conocimiento público. Por lo tanto, la sola publicación de una carta en las carteleras del conjunto residencial ...

T 114 94

T-114-94 Sentencia No. T-114/94 DERECHO DE PETICION-Pronta resolución Lo que hace efectivo el derecho es que la petición elevada sea resuelta rápidamente, sin que ello signifique o que permita deducir, que deba ser resuelto favorablemente. De nada serviría por tanto el derecho de petición, si la misma Constitución no consagrara el correlativo deber de las autoridades de proferir pronta resolución. La Corte ha señalado en su jurisprudencia la posibilidad de que a través de la acción de tutela se amparen derechos de carácter colectivo, siempre y cuando exista una estrecha relación de conexidad entre el derecho colectivo y un derecho ...

T 113 94

T-113-94 Sentencia No. T-113/94 LEGITIMACION POR ACTIVA EN TUTELA-Ausencia/DERECHOS COLECTIVOS-Protección/DERECHOS COLECTIVOS-Protección/ESCUELA-Derrumbe Con base en los hechos y las pretensiones de la demanda, cuyo objetivo esencial es definir una situación de carácter general, se observa que existe por parte de los peticionarios, más que la simple intención de amparar unas situaciones de hecho, concretas y personales de cada estudiante de los centros educativos citados, el propósito es proteger los intereses colectivos de la comunidad estudiantil como tal, razón por la cual, al no haber acreditado la calidad de representantes o agentes oficiosos de los afectados, no están facultados para solicitar la ...

T 112 94

T-112-94 Sentencia No. T-112/94 DERECHO A LA TRANQUILIDAD-Autoridad de Policía/TRANQUILIDAD PUBLICA/ORDEN PUBLICO La tranquilidad pública, elemento esencial del orden público, exige de la autoridad administrativa, la adopción de medidas destinadas a la prevención de conductas o actividades de los particulares, que atenten contra la convivencia pacifica, el sosiego y el desarrollo normal de la vida de las personas. En este sentido, en principio, corresponde a las autoridades administrativas de policía, garantizar a todo miembro de la comunidad el derecho a no ser intranquilizado sin justa causa y a que nadie lo inquiete o le cause desasosiego, actuando contra la ley, ...

T 111 94

T-111-94 Sentencia No. T-111/94 DERECHO A LA PENSION DE JUBILACION-Efectividad/PENSION DE JUBILACION-Pago/DERECHOS CONSTITUCIONALES-Efectividad Constituye un fin del Estado Social de Derecho, la efectividad de los derechos constitucionales; si bien, cuando la Constitución Colombiana habla de la efectividad de los derechos, se refiere al concepto de eficacia en sentido estricto, es decir, a la idea de que sus contenidos materiales se realicen, esta Sala debe precisar que, las actuaciones o decisiones encaminadas a lograr la efectividad de los derechos, no puede estar en contradicción con el juicio jurídico-formal que asegure la vigencia del principio de legalidad. Si como sucede en el ...

T 101 94

T-101-94 Sentencia No. T-101/94 MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA/CAMARA DE REPRESENTANTES/COMISION DE ETICA El actor tenía otros medios judiciales de defensa, que pudo ejercer, incluso antes de que la plenaria de la Cámara enviara al Consejo de Estado el expediente de su pérdida de investidura. La actuación administrativa realizada por la Sub-Comisión, culminó con un acto que el actor podía demandar ante la jurisdicción Contencioso Administrativa. Ref.: Expediente No. T- 23641. Acción de tutela en contra de la Comisión de Etica de la Cámara de Representantes, por violación del debido proceso. Temas: Debido proceso. Improcedencia de la acción de ...

T 100 94

T-100-94 DERECHO A LA IGUALDAD ANTE LA LEY/DOCENTE-Invidente Al actor no se le permitió desempeñar el cargo público para el cual fué contratado por el Municipio de Medellín (dándosele trato diferente al recibido por los otros docentes ciegos al servicio del mismo ente estatal); pero, además, se le separó de la docencia -en la Concentración Educativa San Juan Bautista de la Salle- y no se le permitió iniciarla en el IDEM "Merceditas Gómez Martínez, en razón de su invidencia y, en ejercicio -por los rectores de ambas instituciones-, de funciones no autorizadas en ley o reglamento alguno, las que se ...

T 099 94

T-099-94 Sentencia No. T-099/94 SENTENCIA DE HOMOLOGACION-Autenticidad/TRIBUNAL SUPERIOR-Actuación Legal Puesto que la sentencia de homologación dictada el 28 de octubre de 1992 por la Sala de Decisión Laboral del Tribunal de Medellín, es un instrumento público respecto del cual no hay duda sobre quiénes lo suscribieron, y no se demostró que contenga falsedades, particularmente sobre la fecha de la audiencia de juzgamiento y la de su notificación en estrados, la Sala considera que debe darse plena aplicación a la presunción iuris tantum sobre su autenticidad, con arreglo al inciso primero del artículo 252 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, ...

T 098 94

T-098-94 Sentencia No. T-098/94 DERECHO DE PETICION-Ejercicio Verbal La ausencia de norma jurídica - legal, reglamentaria o estatutaria - que obligue a la peticionaria a presentar en forma escrita la solicitud de afiliación a la entidad demandada, le resta fuerza y validez a la argumentación del juez de tutela, quien estima improcedente la interposición de la acción de tutela por no haberse dado a la autoridad la oportunidad de pronunciarse sobre la solicitud de inscripción. La tendencia racionalizadora de la actividad estatal, que propugna la formalización de los asuntos que se suscitan entre el Estado y los particulares, debe ser ...

T 097 94

T-097-94 Sentencia No. T-097/94 JUEZ DE TUTELA-Pruebas pretermitidas/PROCESO DISCIPLINARIO-Irregularidades El hecho de decretar pruebas pretermitidas en el trámite disciplinario, en primer término, reconoce de manera implícita las fallas procedimentales del Consejo Disciplinario y, en segundo término, desborda la competencia del juez de tutela, que debe limitarse a establecer la violación del derecho fundamental sin sustituir a la autoridad generadora del eventual quebranto. Las pruebas practicadas por el juez de tutela no enderezan el procedimiento efectuado por el primer órgano juzgador. Además, se hace patente una vía probatoria innecesaria, pues, en este caso, la investigación en el proceso de tutela no ...

T 096 94

T-096-94 Sentencia No. T-096/94 ACCION DE TUTELA-Vulneración/ACCION DE TUTELA-Amenaza La vulneración lleva implícito el concepto de daño o perjuicio. Se vulnera un derecho cuando el bien jurídico que constituye su objeto es lesionado. Se amenaza el derecho cuando ese mismo bien jurídico, sin ser destruido, es puesto en trance de sufrir mengua. La amenaza es una violación potencial que se presenta como inminente y próxima. MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA En el caso particular, el primer requisito de la amenaza del derecho fundamental no se configura, pero a pesar de ello, tampoco la tutela es el medio idóneo para ...

T 095 94

T-095-94 Sentencia No. T-095/94 DEFENSOR DEL PUEBLO-Atribuciones/INSISTENCIA DE REVISION FALLO DE TUTELA Debe anotarse que el Defensor del Pueblo, al tenor del artículo 33 del Decreto 2591 de 1991, puede insistir en la selección de casos excluídos de revisión por la Sala correspondiente, pero de ninguna manera tiene atribuciones para indicar cómo debiera fallar la Corte al revisar el proceso, tal como acontece en el asunto bajo examen. Su papel es apenas el de sugerir a la Corporación la escogencia de los fallos cuya revisión pueda estimar relevante; no el de establecer los lineamientos con base en los cuales haya ...

T 094 94

T-094-94 Sentencia No. T-094/94 SINDICATO-Personería jurídica/LEGITIMACION POR ACTIVA EN TUTELA-Ausencia/ACCION DE TUTELA-Improcedencia La controversia materia de la demanda de tutela tiene como objetivo fundamental definir una situación de carácter sindical; es decir, que existe más que la simple intención de amparar unas situaciones de hecho, concretas y personales de cada trabajador, el propósito de proteger los intereses del sindicato como tal, cuales son, la definición del pliego de peticiones y la defensa de los intereses propios de la organización sindical, por lo que quien ha debido ejercer la acción y quien estaba legitimado para ello era el propio sindicato como ...

T 092 94

T-092-94 Sentencia No. T-092/94 LIBERTAD DE ENSEÑANZA-Titulares/LIBERTAD DE CATEDRA/PERSONAL DOCENTE-Presentación de programas Son titulares de la libertad de enseñanza, aprendizaje e investigación la comunidad en general, y en particular las instituciones de enseñanza, sean éstas públicas o privadas, los docentes e investigadores y los estudiantes. Pero la "libertad de cátedra", tiene un destinatario único y este es el educador, cualquiera fuese su nivel o su especialidad. Por lo tanto, la libertad de cátedra es el derecho garantizado constitucionalmente a todas las personas que realizan una actividad docente a presentar un programa de estudio, investigación y evaluación que según su criterio, ...

T 091 94

T-091-94 Sentencia No. T-091/94 DERECHO AL ESPACIO PUBLICO/DERECHO AL TRABAJO-Coexistencia/VENDEDOR AMBULANTE-Reubicación Del libre ejercicio del derecho fundamental al trabajo depende la subsistencia de las familias de los vendedores ambulantes. Sin embargo, su ocupación del espacio público no está legitimada por la Constitución. Se impone por lo tanto establecer una pauta de coexistencia entre los derechos e intereses en conflicto, que resulte proporcional y armoniosa en relación con los valores y principios consagrados en la Constitución y que permita al Estado dar cumplimiento a la obligación a su cargo de `velar por la protección de la integridad del espacio público y ...

T 090 94

T-090-94 Sentencia No. T-090/94 SERVICIO MILITAR-Unión de hecho/PREVALENCIA DE DERECHOS DEL NIÑO El servicio militar, a pesar de constituir un deber de los colombianos y un derecho de la Patria a exigirlo, no puede sobreponerse a los intereses de los niños, que la Constitución Política consagró como derechos fundamentales y les reconoció una evidente preeminencia sobre los derechos de los demás. Pretender lo contrario, significa ignorar esa primacía, que el Estado no puede desconocer, porque uno de sus fines esenciales, es el de "garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución". DERECHO A LA FAMILIA/SERVICIO ...

T 085 94

T-085-94 Sentencia No. T-085/94 JUEZ DE TUTELA-Obligaciones Corresponde a los jueces la tarea de buscar, como lo indican las normas citadas y otras del Decreto 2591 de 1991, las informaciones preliminares mínimas para administrar justicia dentro de su competencia, en orden a garantizar la efectividad de los derechos constitucionales fundamentales. Dejar de lado las vías que la ley otorga al juez para llegar a una convicción cierta en relación con el caso materia de la solicitud de tutela, equivale a convertir en ilusorio y vano un mecanismo instituído precisamente con el fin deliberado de acercar la teoría del ordenamiento jurídico ...

T 084 94

T-084-94 Sentencia No. T-084/94 DERECHO AL TRABAJO CONDICIONES DIGNAS Y JUSTAS/TRASLADO-Improcedencia/FONDO DE PREVISION DEL CONGRESO/REGIMEN DISCIPLINARIO-Obligatoriedad de aplicarlo El artículo 25 de nuestro Estatuto Superior, no se detiene en el punto de garantizar al ciudadano el acceso a un empleo; va más allá, estableciendo que el desempeño de ese trabajo debe darse en condiciones dignas y justas. Dentro de éstas, se encuentran las que permiten al trabajador tener una clara apreciación del cargo que va a desempeñar y las funciones que debe realizar en el mismo. Tal precepto es de suma importancia, ya que permite individualizar y establecer la responsabilidad ...

T 083 94

T-083-94 Sentencia No. T-083/94 ACCION DE TUTELA-Subsidiariedad/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/ACCION DE TUTELA-Improcedencia/PROCESO ORDINARIO LABORAL La acción de tutela no procede cuando el afectado dispone de otro medio de defensa judicial, salvo si se utiliza como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. Ahí se consagra lo que se ha dado en llamar el carácter subsidiario de la institución. Para la Sala, la presente reclamación cuenta con un medio judicial principal y efectivo: el proceso ordinario laboral. En consecuencia, esta acción, encaminada al reconocimiento de salarios, subsidio familiar, vacaciones y primas de servicios, no podrá prosperar. INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES/MORA EN ...

T 082 94

T-082-94 Sentencia No. T-082/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES/NOTIFICACION/DEBIDO PROCESO Si tratándose de acciones de tutela dirigidas contra una autoridad pública, las notificaciones deben realizarse por el medio que el juez considere más expedito y eficaz, este principio opera con mayor razón cuando la acción está dirigida contra un particular. El ideal, lógicamente, consiste en la notificación personal de la providencia que admite la demanda de tutela y ordena tramitarla. Pero si esta notificación personal no es posible, en razón de la distancia, y el angustioso término de diez (10) días fijado en la Constitución impide el emplazamiento de la ...

T 081 94

T-081-94 Sentencia No. T-081/94 VIA DE HECHO/JUEZ DE TUTELA-Incumplimiento de su propia sentencia Si el juez omite la realización de los actos procesales que son necesarios para el cumplimiento de la sentencia que ha concedido una tutela, o expide actos procesales a través de los cuales enerva la eficacia jurídica de la misma, incurriendo de este modo en una vía de hecho, es viable la acción de tutela, con el fin de que la decisión contenida en dicha sentencia se materialice. De esta manera, se busca no sólo hacer efectivo el derecho de acceso a la justicia, sino la protección ...

T 079 94

T-079-94 Sentencia No. T-079/94 ACCION DE TUTELA-Titularidad de menores de edad La tutela, por voluntad constitucional, se consagró como una acción, esto es, con el alcance de un poder jurídico que tiene toda persona para acceder a los órganos jurisdiccionales con el fin de actuar una pretensión. Conforme con los términos de la consagración constitucional, se hallan investidas de la potestad de deducir ante los órganos de la jurisdicción el amparo de sus derechos fundamentales conculcados o en peligro de serlo, todas las personas, sin distingos ni limitaciones de ninguna naturaleza. MATERNIDAD-Protección/DERECHO A LA EDUCACION/IGUALDAD ANTE LA LEY/DERECHO AL LIBRE ...

T 078 94

T-078-94 Sentencia No. T-078/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución La nueva Constitución contempla el derecho a obtener "la pronta resolución" de las peticiones respetuosas ante las autoridades "por motivos de interés general o particular" , aspecto que hace parte del núcleo esencial del derecho fundamental de petición, ya que "sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad este derecho. REF.: Expediente No. 25367 PETICIONARIO: ARTURO WILCHES NAVAS. TEMA: Derecho de Petición PROCEDENCIA: Juzgado Veintitres Civil Municipal de Santafé de Bogotá. Santafé de Bogotá, D.C., veintitres (23) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994). La ...

T 077 94

T-077-94 Sentencia No. T-077/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución La nueva Constitución contempla el derecho a obtener "la pronta resolución" de las peticiones respetuosas ante las autoridades "por motivos de interés general o particular" , aspecto que hace parte del núcleo esencial del derecho fundamental de petición, ya que "sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad este derecho. REF .: Expediente No. 25298 PETICIONARIO: MALELY AMPARO SANTANA BARBOSA en representación de AMINTA SOFIA SANTANA BARBOSA. TEMA: Derecho de Petición PROCEDENCIA: Juzgado Treinta Civil del Circuito de Santafé de Bogotá. MAGISTRADO PONENTE: Dr. HERNANDO HERRERA VERGARA ...

T 076 94

T-076-94 Sentencia No. T-076/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución La nueva Constitución contempla el derecho a obtener "la pronta resolución" de las peticiones respetuosas ante las autoridades "por motivos de interés general o particular" , aspecto que hace parte del núcleo esencial del derecho fundamental de petición, ya que "sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad este derecho. REF .: Expediente No. 25125 PETICIONARIO: EDUARDO CESPEDES ROBAYO. TEMA: Derecho de Petición PROCEDENCIA: Juzgado Treinta Civil del Circuito de Santafé de Bogotá. MAGISTRADO PONENTE: Dr. HERNANDO HERRERA VERGARA. Santafé de Bogotá, D.C., veintitres (23) de febrero ...

T 075 94

T-075-94 Sentencia No. T-075/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución La nueva Constitución contempla el derecho a obtener "la pronta resolución" de las peticiones respetuosas ante las autoridades "por motivos de interés general o particular" , aspecto que hace parte del núcleo esencial del derecho fundamental de petición, ya que "sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad este derecho". REF.: Expediente No. 24945 PETICIONARIO: YENIS MARGARITA LECHUGA RUA. TEMA: Derecho de Petición PROCEDENCIA: Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Barranquilla. MAGISTRADO PONENTE: Dr. HERNANDO HERRERA VERGARA. Santafé de Bogotá, D.C., veintitres (23) de febrero de mil ...

T 074 94

T-074-94 Sentencia No. T-074/94 CONJUNTO RESIDENCIAL-Deudor Moroso No encuentra la Sala la violación del derecho fundamental a la intimidad porque pese a su afirmación de que "la administradora viene pegando avisos en la caseta" , los elementos probatorios que allega no conducen a definir esta situación, sino la contraría, es decir, que la administración en reiteradas oportunidades le ha enviado comunicaciones personales en las que le recuerda, por ejemplo, que "según el reglamento interno del conjunto es un deber mantener las cuotas de la administración", que "su cuenta la debe pagar en la casa de cobranzas" o que "después de ...

T 073 94

T-073-94 Sentencia No. T-073/94 ACCION DE TUTELA-Improcedencia/JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA No sirve la acción de tutela para invadir las esferas de las competencias administrativas de la rama ejecutiva del poder público, ni para provocar que ella adopte decisiones ordinarias como la resolución de una situación administrativa de un servidor público, o sobre las condiciones de acceso o de retiro de funcionarios de libre nombramiento y remoción. No es del caso, pues, que en estas materias se utilice la acción de tutela para que se produzca una resolución de insubsistencia o de traslado o de nombramiento, ni el reconocimiento de salarios o ...

T 068 94

T-068-94 Sentencia No. T-068/94 REVISION FALLO DE TUTELA-Naturaleza La revisión por parte de la Corte Constitucional no implica una tercera instancia ni proviene del ejercicio de un recurso. Es una institución establecida por la propia Carta pero con un carácter eventual y busca la unificación de la jurisprudencia en la materia. Tiene, pues, una naturaleza y unos fines diversos de los que normalmente se asignan a los recursos, que están enderezados a obtener la verificación de lo juzgado, a petición de parte interesada. La revisión de la Corte puede darse respecto de cualquier sentencia de tutela, pero es la misma ...

T 067 94

T-067-94 Sentencia No. T-067/94 JUEZ DE TUTELA-Deberes Al fallar sobre las acciones de tutela, como al ejercer sus demás funciones, corresponde al juez desentrañar el sentido de los términos usados por el legislador para hacerlos acordes con los postulados constitucionales -entenderlos a la luz de la Constitución y no a espaldas de ella- y lograr que mediante sus providencias se haga viva y actuante la idea del Estado Social de Derecho. Debe, pues, completar la tarea del legislador y suplir la visión constitucional de éste, en especial cuando se trata de poner en práctica disposiciones expedidas con anterioridad a la ...

T 066 94

T-066-94 Sentencia No. T-066/94 ACCION DE TUTELA-Apoderado judicial Siempre que se obre a nombre de otro y a título profesional dentro del marco de un mandato judicial, quien actúa deberá acreditar la condición de abogado y someterse a las normas que regulan el ejercicio de la profesión. LEGITIMACION POR ACTIVA EN TUTELA/DEFENSOR DEL PUEBLO-Atribuciones El agente oficioso o el Defensor del Pueblo o sus delegados, sólo pueden actuar dentro de los precisos límites que la ley ha señalado a sus actuaciones; por lo tanto, no pueden de ninguna manera arrogarse la atribución de interponer acciones de tutela a su arbitrio, ...

T 065 94

T-065-94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución La nueva Constitución contempla el derecho a obtener "la pronta resolución" de las peticiones respetuosas ante las autoridades "por motivos de interés general o particular" , aspecto que hace parte del núcleo esencial del derecho fundamental de petición. REF.: Expediente No. 23869 PETICIONARIO: LUIS JOSE MONTILLA LOZADA TEMA: Derecho de Petición PROCEDENCIA: Juzgado Décimo Penal Municipal de Bucaramanga MAGISTRADO PONENTE: Dr. HERNANDO HERRERA VERGARA. Santafé de Bogotá, D.C., diecisiete (17) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994). La Sala Sexta de Revisión, integrada por los Honorables Magistrados ALEJANDRO MARTINEZ CBALLERO, FABIO MORON DIAZ ...

T 064 94

T-064-94 Sentencia No. T-064/94 SERVICIOS PUBLICOS-Concepto/SERVICIO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO-Tarifas El concepto genérico de servicio público comprende diversos tipos, en forma tal que es posible distinguir entre servicios públicos esenciales, sociales, comerciales e industriales y domiciliarios. Estos últimos, según la jurisprudencia de la Corte Constitucional "son aquellos que se prestan a través del sistema de redes físicas o humanas con puntos terminales en las viviendas o sitios de trabajo de los usuarios y cumplen la finalidad específica de satisfacer las necesidades esenciales de las personas". A esta categoría corresponde el servicio de acueducto y alcantarillado al que por lo mismo ...

T 056 94

T-056-94 Sentencia No. T-056/94 ACCION DE TUTELA-Mecanismo Principal/JUEZ DE TUTELA-Deberes Los aspectos formales de la solicitud de tutela son simples medios para plantear un problema de fondo - la vulneración de un derecho fundamental - que deben ser considerados como elementos subordinados al aspecto sustancial de la vulneración (decreto 2591 arts. 3 y 14). En consecuencia, el juez, antes de definir la improcedencia, debió, por lo menos, explorar otras posibilidades que pudieran servir para la protección del peticionario, así no hubieren sido planteadas por éste, aunque fácilmente deducibles del sentido de su petitum orientado a la demanda de protección sustancial ...

T 055 94

T-055-94 Sentencia No. T-055/94 PRUEBAS-Omisión/PRINCIPIO DE PUBLICIDAD-Vulneración/DERECHO A LA INFORMACION/PRUEBAS-Controversia/FISCAL REGIONAL La omisión de una prueba objetivamente conducente en el proceso que se sigue contra el peticionario, constituye una violación a su derecho de defensa y al debido proceso. Con la omisión señalada se viola igualmente el principio de publicidad que debe inspirar las diferentes actuaciones procesales. Según este principio la justicia penal debe ser comunicada a las partes y al público en general; los fallos y las decisiones deben ser difundidos y motivados. Con ello se protege el derecho a la información de personas afectadas por decisiones judiciales y ...

T 054 94

T-054-94 DERECHOS LEGALES-Protección/DERECHOS FUNDAMENTALES-Protección/JUEZ DE TUTELA-Incompetencia por materia La acción de tutela sólo procede para garantizar derechos fundamentales, lo que quiere decir que no procede para amparar derechos de rango legal. La acción de tutela no fue organizada por el constituyente para amparar derechos de rango legal. Lo que implica que el juez de tutela se encuentra sin competencia para abordar la revisión de la titularidad de derechos reconocidos en la ley, haciendo adecuaciones normativas de los supuesto de hecho en que se encuentra el interesado, o evaluando las pruebas que para determinar los mismos, presente quien aspire a la ...

T 053 94

T-053-94 Sentencia No. T-053/94 ACCION DE TUTELA TEMERARIA/ABOGADO-Sanciones/PARTICULARES-Sanciones Así como el artículo 38 del Decreto 2591 de 1991 establece sanciones contra el abogado que instaure acciones de tutela temerarias, también ha debido establecerlas contra los no abogados. DERECHO A LA POSESION-Contenido/DERECHOS ADQUIRIDOS-Protección Es natural que los derechos que se reclaman por vía de la acción de tutela cuando se pretende la devolución de la posesión de un inmueble, comprenden la protección específica de los derechos adquiridos que se hayan podido consolidar en cabeza de quien pretende impedir la modificación de su situación jurídica y fáctica, que depende de la posesión ...

T 052 94

T-052-94 Sentencia No. T-052/94 ACCION DE TUTELA TRANSITORIA-Improcedencia La tutela como mecanismo transitorio ha sido prevista exclusivamente por la Constitución -artículo 86-, para el evento de producirse un perjuicio irremediable, en el entendido que allí la protección o amparo que se concede, si es del caso, sólo puede tener efectos de carácter temporal y transitorio, mientras se produce una decisión de fondo por parte del juez competente, cuando para la defensa y protección del derecho existe otro mecanismo judicial. No existe con certeza ni aún eventualmente la posibilidad de que se produzca el perjuicio irremediable a que se refiere la ...

T 051 94

T-051-94 Sentencia No. T-051/94 AUTO DE CESACION DE PROCEDIMIENTO/ACCION DE TUTELA CONTRA AUTOS-Improcedencia El auto que ordena cesar el procedimiento pone fin al proceso y tiene la cualidad de hacer tránsito de cosa juzgada. Al estar en presencia de una providencia en firme, con fuerza de cosa juzgada, no es procedente la acción de tutela. MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL-Utilización/HURTO ENTRE CONYUGES Quien no ha hecho uso oportuno y adecuado de los medios procesales que la ley le ofrece para obtener el reconocimiento de sus derechos o prerrogativas, se abandona voluntariamente a las consecuencias de los fallos que le son adversos ...

T 044 94

T-044-94 Sentencia No. T-044/94 DERECHO AL TRABAJO-Tratamiento digno/DESPIDO INJUSTO/DISCRIMINACION POR SEXO La Corte no puede dejar de señalar que no es solidario, no es justo y no es un tratamiento digno, que una empresa dé a entender a un trabajador suyo, que se le ha promovido a un cargo determinado, le asigne tareas propias de ese cargo, le reajuste el salario, periódicamente le certifique que efectivamente ese es su cargo, le proporcione documentación para que se acredite ante los clientes como si ocupara el cargo y, luego de tres años de mantener esta situación, ante un reclamo (al menos justificado ...

T 043 94

T-043-94 Sentencia No. T-043/94 ACCION DE TUTELA CONTRA ACTO DE TRAMITE No queda duda sobre la naturaleza de acto de trámite que tiene el memorando y, en consecuencia, no se está en presencia, como lo consideró el fallo de instancia, de un acto en contra del cual existan otros mecanismos judiciales de defensa de los derechos conculcados. ACTUACION ADMINISTRATIVA/PRESUNCION DE VERACIDAD/DEBIDO PROCESO/DERECHO DE PETICION-Vulneración /PRUEBAS NO APORTADAS/DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DISTRITAL/LICENCIA DE CONSTRUCCION La Corte ha de dar aplicación a los artículos 19 y 20 del Decreto 2591 de 1991, teniendo por ciertos los hechos planteados en la demanda y ...

T 042 94

T-042-94 Sentencia No. T-042/94 La interpretación de la Corte confirma entonces la realidad familiar independientemente de que tenga por causa un matrimonio civil o religioso admitido o una unión marital de hecho. Por lo tanto, la causal antes indicada, eximente de la prestación del servicio militar, debe aplicarse a cualquier tipo de estructura familiar. REF.: Expedientes No. T-21459, T-21485 y T-21772, acumulados Derechos de la Familia y de los Niños y la prestación del Servicio Militar Peticionarias: SANDRA LILIANA TRUJILLO RESTREPO ELIANA PATRICIA ARANGO CERON ARACELLY PALENCIA ROMERO (Personera Municipal (E), de Pradera Valle). Magistrados: Dr. FABIO MORON DIAZ -Ponente- ...

T 036 94

T-036-94 Sentencia No. T-036/94 ACCION DE TUTELA-Improcedencia/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/RECURSOS ORDINARIOS-Extemporaneidad No es admisible la utilización de la tutela cuando existen otros medios de defensa judicial, salvo el caso del perjuicio irremediable. Tampoco cabe intentar la acción cuando quien se considera afectado o amenazado en uno de sus derechos fundamentales gozó de oportunidades procesales para su protección y dejó de aprovecharlas, permitiendo que se vencieran los términos contemplados en la ley. Si así acontece, el amparo constitucional no puede tomarse como opción adicional para suplir el cuidado y diligencia que el interesado ha debido observar. En el proceso que se ...

T 035 94

T-035-94 Sentencia No. T-035/94 Todo fallo de tutela es susceptible de impugnación. La Constitución no plasmó, por lo tanto, ningún motivo de rechazo "in limine" de aquella, ni tampoco razón alguna para su improcedencia. Aún en los casos en los cuales la tutela en sí misma haya sido considerada improcedente por el juez, debe ser posible la impugnación contra el contenido de la determinación adoptada. JUEZ COMPETENTE-Superior Jerárquico El juez competente para efectos de decidir sobre la impugnación propuesta es, en palabras del artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, "el superior jerárquico correspondiente". En el caso de las corporaciones ...

T 034 94

T-034-94 Sentencia No. T-034/94 ACCION DE TUTELA-Rechazo In limine No hay lugar al rechazo de la demanda de tutela, pues el claro texto de la preceptiva superior no deja lugar a dudas en el sentido de que la administración de justicia, ante la petición de quien se considere afectado, está en la obligación de verificar si los derechos fundamentales del quejoso han sido vulnerados o amenazados y, si así lo estableciere, de disponer lo conducente al imperio efectivo de la normatividad constitucional. JUEZ DE TUTELA-Obligaciones El juez u organismo judicial ante el cual se invoca un derecho primario, como los ...

T 033 94

T-033-94 Sentencia No. T-033/94 ACCION DE TUTELA-Carencia actual de Objeto/CONTRABANDO/PAGO DE LA PARTICIPACION La decisión judicial mediante la cual se concede una tutela tiene por objeto la restauración del derecho conculcado, ajustando la situación planteada a la preceptiva constitucional. Si ello es así, la desaparición de los supuestos de hecho en los cuales se fundó la acción -bien sea por haber cesado la conducta violatoria, por haber dejado de tener vigencia o aplicación el acto en que consistía el desconocimiento del derecho, o por haberse llevado a cabo la actividad cuya ausencia representaba la vulneración del mismo- conduce a la ...

T 032 94

T-032-94 Sentencia No. T-032/94 COMPETENCIA DE TUTELA-Factor territorial El lugar donde ocurriere la violación o amenaza del derecho constitucional fundamental, es la pauta que determina la competencia del juez para admitir, tramitar y fallar solicitudes de tutela. Por lo tanto, toda decisión judicial que claramente contravenga las disposiciones referidas anteriormente debe ser investigada por las autoridades competentes (Fiscalía General de la Nación y Procuraduría General de la República). REVOCATORIA DEL FALLO DE TUTELA-Efectos Si el A-quo encuentra que efectivamente el fallo carece de fundamento, que existió una errónea aplicación de las disposiciones constitucionales y legales o que incurrió en una ...

T 031 94

T-031-94 Sentencia No. T-031/94 El artículo 216 constitucional estableció una regla general aplicable a todos los colombianos y dejó a la ley la determinación de las excepciones del servicio militar y esta, a su vez, no consagró como circunstancia eximente el hecho de ser menor de edad. Además, no existe violación de los derechos del niño, en el caso del reclutamiento del conscripto bachiller adolescente, pues este, a pesar de ser menor de edad, no se encuentra dentro de la condición de niño. En este sentido, el servicio militar no constituye, en modo alguno, atentado contra los derechos del adolescente, ...

T 030 94

T-030-94 Sentencia No. T-030/94 SERVICIO PUBLICO DE SALUD-Prestación La prestación de los servicios de salud es obligación del Estado en la medida en que el peticionario del servicio no cuente con los recursos necesarios para sufragarlos. A través de diversas entidades para todos los habitantes del territorio nacional, de sus entes descentralizados y de las personas privadas autorizadas para tal fin, en las condiciones que establece el servicio público de salud y en la medida en que exista capacidad presupuestal para la cobertura del servicio. Sala Séptima de Revisión REF: EXPEDIENTE N° T-22503 Peticionario: Aura Elisa Hincapié Procedencia: Juzgado 26 ...

T 029 94

T-029-94 {p} Sentencia No. T-029/94 DERECHOS DEL NIÑO INDIGENTE-Protección/ASISTENCIA PUBLICA/ PRINCIPIO DE PRIMACIA DE REALIDAD SOBRE FORMALIDADES ESTABLECIDAS POR SUJETOS DE RELACIONES LABORALES/DERECHO A LA VIDA Los menores son titulares de todos los derechos fundamentales, y de manera especial, del derecho a la seguridad social. Por ende, ni el Estado ni la sociedad pueden permitir que un grupo de sus miembros se abandone a la miseria y al desamparo total, sobre todo tratándose, como es el caso particular, de un grupo de niños carentes, al parecer, de familia que pueda responder por la subsistencia en condiciones dignas. Uno de los ...

T 028 94

T-028-94 Sentencia No. T-028/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES/INTERES COLECTIVO En algunos eventos la acción o la omisión de un particular, así como la de una autoridad pública, puede afectar a un número plural de personas, todas ellas identificadas o identificables, en cuyo caso no se puede predicar una situación de "interés colectivo" que amerite la protección jurídica mediante la figura de las acciones populares de que trata el artículo 88 superior, sino que se trata de una circunstancia que puede protegerse o remediarse mediante instrumentos especiales como lo son las acciones consagradas en la legislación colombiana, o la acción ...

T 027 94

T-027-94 Sentencia No. T-027/94 PLANTEL EDUCATIVO-Pagos Si bien es cierto que los planteles educativos tienen derecho a recibir los pagos de matrículas, pensiones, etc., provenientes de la ejecución del contrato educativo no es menos cierto que resulta contrario a la propia naturaleza impuesta por el nuevo orden constitucional a esta clase de contratos, que la exigibilidad de dichos pagos tenga como elemento adicional la posibilidad de retención del resultado de la actividad educativa del educando, hasta cuando se produzca la aludida solución crediticia. REF.: Expediente No. 22903 PETICIONARIO: GUSTAVO SALAMANCA en nombre de su menor hijo ARTURO SALAMANCA BUENDIA TEMA: ...

T 026 94

T-026-94 Sentencia No. T-026/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución La nueva Constitución contempla el derecho a obtener "la pronta resolución" de las peticiones respetuosas ante las autoridades "por motivos de interés general o particular". PENSION DE JUBILACION-Pago La acción de tutela encaminada al reconocimiento de la Pensión de Jubilación, no está llamada a prosperar porque es a la autoridad encargada a quien corresponde determinar, conforme a sus facultades, si reconoce o no las prestaciones demandadas y de acuerdo con ello si procede o no al pago de las mismas. PETICIONARIO: PABLO ENRIQUE RAMIREZ MELENDEZ TEMA: Derecho de Petición PROCEDENCIA: Tribunal Superior ...

T 025 94

T-025-94 Sentencia No. T-025/94 DERECHO AL AMBIENTE SANO/ACCION DE TUTELA CONTRA EL RUIDO/DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL Dentro de los muchos agentes de contaminación ambiental, potencialmente dañosos para la salud del hombre, se encuentra el ruido. Como el derecho a la integridad está consagrado como una manifestación propia de los derechos a la vida y a la salud, comparte con éstos el carácter de constitucional fundamental y, entonces, es también susceptible de ser defendido a través de la acción de tutela. INDEFENSION-Concepto El concepto de indefensión se refiere a la posibilidad de la víctima de enfrentarse con éxito al origen ...

T 019 94

T-019-94 Sentencia No. T-019/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución El texto constitucional vigente, contempla el derecho a obtener "la pronta resolución" de las peticiones respetuosas presentadas ante las autoridades "por motivos de interés general o particular", aspecto que hace parte del núcleo esencial del derecho fundamental de petición, ya que "sin la posibilidad de exigir una respetuosa, rápida y oportuna carecería de efectividad este derecho" y puede "incluso llegar a afirmarse que el derecho fundamental sería inocuo si solo se formulara en términos de poder presentar la respectiva petición. REF.: Expediente No. 22905 PETICIONARIO: CARLOS AUGUSTO BURBANO GUERRERO TEMA: Derecho de ...

T 018 94

T-018-94 Sentencia No. T-018/94 ACCION DE TUTELA-Vigencia Cabe distinguir entre las situaciones vulneradoras de derechos fundamentales acaecidas antes de la vigencia de la actual Carta que agotaron sus nocivas consecuencias durante ese lapso de tiempo en forma tal, que sus efectos quedaron definitivamente consumados bajo el imperio de la Constitución de 1886, y aquellas otras situaciones, igualmente conculcadoras de los derechos fundamentales, que pese a haberse originado cuando regia el ordenamiento constitucional anterior proyectan sus efectos en el espacio de tiempo posterior a la entrada en vigencia del nuevo estatuto superior, de modo que, persiste la acción u omisión violadora ...

T 017 94

T-017-94 Sentencia No. T-017/94 DERECHO DE PETICION-Pronta Resolución El texto constitucional vigente, contempla el derecho a obtener "la pronta resolución" de las peticiones respetuosas presentadas ante las autoridades "por motivos de interés general o particular", aspecto que hace parte del núcleo esencial del derecho fundamental de petición, ya que "sin la posibilidad de exigir una respetuosa, rápida y oportuna carecería de efectividad este derecho" y puede "incluso llegar a afirmarse que el derecho fundamental sería inocuo si solo se formulara en términos de poder presentar la respectiva petición. REF: Expediente No. 22486 Peticionario: BENJAMIN ROMERO PABON. TEMA: Derecho de Petición ...

T 016 94

T-016-94 Sentencia No. T-016/94 ACCION DE TUTELA-Titularidad/PERSONA JURIDICA/DERECHOS FUNDAMENTALES Las personas jurídicas poseen derechos constitucionales fundamentales por dos vías: a) Indirectamente, cuando la esencialidad de la protección gira alrededor de la tutela de los derechos constitucionales fundamentales de las personas naturales asociadas. b) Directamente, cuando las personas jurídicas son titulares de derechos fundamentales no porque actúan en sustitución de sus miembros, sino que lo son por sí mismas, siempre, claro está que esos derechos por su naturaleza sean ejercitables por ellas mismas. LEGITIMACION POR ACTIVA EN TUTELA Los hechos narrados por el actor, se enderezan a la protección de derechos ...

T 015 94

T-015-94 Sentencia No. T-015/94 DERECHO A LA EDUCACION/ADOLESCENTE-Formación El derecho a la educación cobra especial relevancia en los primeros años de la vida, ya que se trata de la etapa de formación del individuo, de su acercamiento a la sociedad y a sí mismo. El derecho a la educación de los menores de edad tiene el carácter de fundamental explícitamente e implícitamente en el desarrollo de la vida del ser humano en formación. El adolescente presenta rasgos de difícil conducción tanto para padres, profesores y demás personas que se encuentren en su entorno social. Su manejo exige de un programa ...

T 014 94

T-014-94 ACCION DE TUTELA TEMERARIA-Inexistencia/PRINCIPIO DE AUTONOMIA DEL INTERES Para que exista acción temeraria a la luz de la mencionada norma, es indispensable que, sin motivo expresamente justificado, la misma acción de tutela sea instaurada "por la misma persona o su representante" (se subraya) ante varios jueces o tribunales, lo que evidentemente no acontece cuando quienes actúan son personas naturales o jurídicas diversas, empeñadas cada una en la defensa de sus propios derechos fundamentales, así los hechos que dan origen a la acción sean los mismos y las pretensiones idénticas. En este aspecto debe entenderse al principio de la autonomía ...

T 007 94

T-007-94 Sentencia No. T-007/94 ACCION DE TUTELA INTERPUESTA POR INTERNO Para evitar que los internos de las cárceles del país presenten varias solicitudes de tutela sobre los mismos hechos amparados en que por su situación de privación de la libertad no pueden acudir a presentar personalmente la petición, el asesor jurídico deberá incluir en el escrito la nota contentiva de la manifestación de no haber presentado la misma solicitud, con la correspondiente advertencia legal y que como aceptación sea firmada por el peticionario de la tutela. ACCION DE TUTELA TEMERARIA No ha habido acontecimientos sobrevinientes, súbitos nuevos o excepcionales, que ...

T 006 94

T-006-94 Sentencia No. T-006/94 PROCURADOR GENERAL DE LA NACION Bajo el imperio de la Carta Política de 1991, el Procurador General de la Nación no depende ya, en sus funciones, del Presidente de la República. Esto obedece a la filosofía que inspira todo el ordenamiento constitucional contemporáneo, según la cual los organismos de control no pueden estar supeditados a los organismos que ellos mismos controlan, porque sería una contradicción lógica que atentaría el ejercicio del control. En efecto, sería inconveniente que el Procurador General de la Nación ejerciera "vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones pública, inclusive ...

T 005 94

T-005-94 Sentencia No. T-005/94 MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL-Eficacia/ACCION DE TUTELA-Improcedencia/ESCRITURA PUBLICA-Suscripción/NOTARIOS-Funciones El actor ha contado con otros medios de defensa judicial, por lo cual no es procedente la acción de tutela, ni siquiera como mecanismo transitorio, ya que lo pedido por el actor, ordenar que el notario suscriba la escritura mencionada, por su propia naturaleza, no es susceptible de ser amparado temporalmente, pues al suscribirse la escritura, tal suscripción es definitiva, porque la escritura queda completa con la firma del notario. Sólo la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo podría adoptar en el presente caso una decisión de fondo. Además, al ...

T 004 94

T-004-94 Sentencia No. T-004/94 BALASTERA-Explotación/DERECHO A LA PROTECCION INTEGRAL A LA FAMILIA Como la explotación de la balastera supone la amenaza de varios derechos constitucionales fundamentales, la protección inmediata de éstos conducirá a la prosperidad de la acción de tutela. Como los peligros -ocasionados por la actividad de un ente territorial ya advertido de la situación-, pueden afectar el núcleo familiar del peticionario, la Sala ve ahí una amenaza al derecho a la protección integral del Estado a la familia. Y este derecho, por recaer sobre la "institución básica de la sociedad", según dice el artículo 5o. ibidem, tiene la ...

T 003 94

T-003-94 Sentencia No. T-003/94 ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES/CLUB SOCIAL-Socios/ACCION DE TUTELA-Subordinación No es esencial para quien ostenta la calidad de socio -bien sea de clubes sociales u otras clases de personas jurídicas, como sociedades civiles o comerciales-, el estar sujeto o sometido a las órdenes o al dominio del ente social. El hecho de que los socios estén obligados a observar ciertas conductas y a respetar las disposiciones estatutarias y las de los órganos directivos, demuestra sólo que es propio de los contratos el establecimiento de obligaciones. Pero, no supone, necesariamente, la potestad de la persona moral para ejercitar ...

T 002 94

T-002-94 Sentencia No. T-002/94 AUTONOMIA UNIVERSITARIA El concepto de autonomía universitaria implica la consagración de una regla general que consiste en la libertad de acción de los centros educativos superiores, de tal modo que las restricciones son excepcionales y deben estar previstas en la ley. SISTEMA EDUCATIVO-Acceso/DERECHO A LA IGUALDAD-Admisión a la Universidad La garantía de acceso al sistema educativo no consiste, pues, en que todo aspirante deba ser admitido, ni en la ausencia de criterios de selección, sino en la posibilidad de llegar a ser aceptado en igualdad de condiciones con los demás aspirantes y dentro de las reglas ...

T 001 94

T-001-94 Sentencia No. T-001/94 INTERES COLECTIVO/ACCION DE TUTELA-Naturaleza Puede invocarse excepcionalmente la tutela cuando, pese a existir un interés colectivo, la situación que lo afecta repercute también de manera directa en daño o amenaza a derechos fundamentales individuales y concretos, siempre que quien invoque la acción acredite su interés específico. El presente caso debe considerarse teniendo en cuenta que el interés de la comunidad indígena a cuyo nombre dice actuar el demandante es uno solo, es decir, no ha de mirarse como colectivo en los términos indicados, sino que debe verse como el de un sujeto de derechos fundamentales. COMUNIDAD ...