{"id":4933,"date":"2024-05-30T18:04:40","date_gmt":"2024-05-30T18:04:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/2024\/05\/30\/t-588-99\/"},"modified":"2024-05-30T18:04:40","modified_gmt":"2024-05-30T18:04:40","slug":"t-588-99","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/t-588-99\/","title":{"rendered":"T 588 99"},"content":{"rendered":"<p>T-588-99<\/p>\n<p>&nbsp; &nbsp; Sentencia T-588\/99 &nbsp;<\/p>\n<p>ESTABLECIMIENTO CARCELARIO-Condiciones inhumanas de celdas de aislamiento\/DIGNIDAD HUMANA DEL INTERNO-Condiciones de centro carcelario &nbsp;<\/p>\n<p>ESTABLECIMIENTO CARCELARIO-Separaci\u00f3n entre condenados y sindicados &nbsp;<\/p>\n<p>ESTABLECIMIENTO CARCELARIO-Inicio de gestiones para traslado de condenado &nbsp;<\/p>\n<p>Reiteraci\u00f3n de jurisprudencia &nbsp;<\/p>\n<p>Referencia: Expediente T-227160 &nbsp;<\/p>\n<p>Peticionario: Joe Nilson Silva Cifuentes &nbsp;<\/p>\n<p>Magistrado Ponente: &nbsp;<\/p>\n<p>Dr. EDUARDO CIFUENTES MU\u00d1OZ &nbsp;<\/p>\n<p>Santa Fe de Bogot\u00e1, D.C., doce (12) de agosto de mil novecientos noventa y nueve (1999). &nbsp;<\/p>\n<p>Joe Nilson Silva Cifuentes, quien est\u00e1 condenado, interpone acci\u00f3n de tutela contra el Director de la Penitenciar\u00eda Nacional El Barne, por considerar violados sus derechos de petici\u00f3n y a un trato digno. &nbsp;Se\u00f1ala que por razones de seguridad personal se encuentra recluido en la secci\u00f3n de aislamiento del centro penitenciario. &nbsp;Las condiciones de reclusi\u00f3n en dichas instalaciones, manifiesta, son infrahumanas, raz\u00f3n por la cual ha solicitado al Director que sea trasladado a los patios 1, 2 o 7, en los cuales no peligrar\u00eda su vida. &nbsp;<\/p>\n<p>El Director del centro carcelario inform\u00f3 al juez de instancia que las solicitudes de traslado a los patios mencionados han sido negados, por tratarse de secciones destinadas a personas sindicadas. &nbsp;<\/p>\n<p>El juez promiscuo municipal de C\u00f3mbita realiz\u00f3 una inspecci\u00f3n judicial a la zona de aislamiento de la C\u00e1rcel Nacional El Barne, en la cual encontr\u00f3 que &#8220;existen varias celdas iguales, cuyas medidas son uno punto cincuenta de ancho por dos punto diez de largo, consta de un muro con taza como inodoro sin servicio de agua, seguidamente un muro en ladrillo y cemento (cama), piso en cemento, tiene fluido el\u00e9ctrico mas no servicio de agua&#8230;, al frente se encuentra la secci\u00f3n de talleres, all\u00ed se halla una alverca (sic) y orinal y de all\u00ed un interno les trae agua a los reclusos que se encuentran en la secci\u00f3n de aislamiento en botellas, de otra parte se aprecia gran cantidad de comida botada y botellas de pl\u00e1stico vac\u00edas en este pasillo, observ\u00e1ndose gran desorden&#8221;. &nbsp;<\/p>\n<p>En sentencia del 14 de mayo de 1999, el juez promiscuo municipal de C\u00f3mbita deniega la tutela. En su concepto no existe violaci\u00f3n al derecho de petici\u00f3n, pues el director del centro carcelario ha dado respuesta a las peticiones del demandante y, por otra parte, no existe violaci\u00f3n a la dignidad humana del demandante, habida consideraci\u00f3n de que se encuentra en la secci\u00f3n de aislamiento por voluntad propia. &nbsp;<\/p>\n<p>En el presente caso se acusa la violaci\u00f3n del derecho de petici\u00f3n y a la dignidad humana del demandante. En cuanto al primer derecho no se vislumbra violaci\u00f3n alguna pues, como lo constat\u00f3 el juez de instancia, el director del penal ha dado respuesta a cada una de las peticiones elevadas por Joe Nilson Silva Cifuentes. El hecho de que las respuestas hayan sido desfavorables para el interno no implica el desconocimiento de sus derechos, como lo tiene sentada una firme jurisprudencia de la Corte Constitucional. En cuanto al segundo derecho, la circunstancia de que el interno se encuentre en la zona de aislamiento por voluntad propia no es argumento para justificar las condiciones de reclusi\u00f3n. &nbsp;<\/p>\n<p>Seg\u00fan lo manifiesta el demandante, se encuentra recluido en la zona de aislamiento por razones de seguridad personal. Es decir, se encuentra en dichas celdas con el objeto de proteger un derecho fundamental, como lo es su integridad f\u00edsica y, eventualmente, su derecho a la vida. La protecci\u00f3n de un derecho fundamental no puede aparejar la violaci\u00f3n de otro. &nbsp;<\/p>\n<p>Seg\u00fan se indica en la sentencia de instancia, la zona de aislamiento de la C\u00e1rcel Nacional El Barne presenta serias deficiencias, que efectivamente significan que el demandante ha sido colocado, en raz\u00f3n de la incapacidad de las autoridades carcelarias de proteger sus derechos fundamentales en los patios ordinarios, en una condici\u00f3n inhumana. La Corte, en otra oportunidad1, hizo un amplio estudio sobre dichas condiciones y fij\u00f3 un t\u00e9rmino dentro del cual deber\u00e1n adecuarse las instalaciones carcelarias del pa\u00eds. &nbsp;Como quiera que dicho t\u00e9rmino no ha vencido, se ordenar\u00e1 a las autoridades carcelarias de El Barne que atiendan lo dispuesto en la sentencia T-153\/98. &nbsp;Lo anterior, sin perjuicio de que se mantenga el debido orden , aseo e higiene en la zona de aislamiento (lo cual no requiere erogaci\u00f3n extraordinaria) y, si la disponibilidad presupuestal lo admite, que se corrijan las condiciones de las celdas de aislamiento, en particular lo relativo al suministro del servicio de agua y alcantarillado. &nbsp;<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n con el traslado del demandante a uno de los patios solicitados, la Corte no puede expedir orden en tal sentido, habida consideraci\u00f3n que corresponde a una exigencia legal e internacional mantener separados a los condenados y los sindicados. &nbsp;Por lo tanto, se ordenar\u00e1 al Director de la C\u00e1rcel El Barne para que realice las gestiones orientadas a que se logre su traslado a otro centro carcelario. &nbsp;<\/p>\n<p>RESUELVE &nbsp;<\/p>\n<p>Primero.- REVOCAR la sentencia del juez promiscuo municipal de C\u00f3mbita y en su lugar conceder la tutela al ciudadano Joe Nilson Silva Cifuentes. &nbsp;<\/p>\n<p>Segundo.- ORDENAR al Director de la C\u00e1rcel Nacional El Barne que inicie las gestiones tendentes a lograr el traslado del demandante a otro centro carcelario, si as\u00ed lo consiente el demandante y si existe la posibilidad. &nbsp;As\u00ed mismo, deber\u00e1, en el t\u00e9rmino de quince d\u00edas, iniciar las gestiones administrativas y presupuestales necesarias para garantizar el orden, el aseo y la higiene en zona de aislamiento, as\u00ed como el suministro de los servicios de agua y alcantarillado. &nbsp;<\/p>\n<p>Tercero.- LIB\u00c9RESE por la Secretar\u00eda General de esta Corporaci\u00f3n, la comunicaci\u00f3n de que trata el art\u00edculo 36 del decreto 2591 de 1991. &nbsp;<\/p>\n<p>Comun\u00edquese, notif\u00edquese e ins\u00e9rtese en la Gaceta de la Corte Constitucional. &nbsp;<\/p>\n<p>EDUARDO CIFUENTES MU\u00d1OZ &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;CARLOS GAVIRIA DIAZ &nbsp;<\/p>\n<p>Magistrado Ponente &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;Magistrado &nbsp;<\/p>\n<p>JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;MARTHA V. SACHICA DE MONCALEANO &nbsp;<\/p>\n<p>Magistrado &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;Secretaria General &nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp; &nbsp;&nbsp;<\/p>\n<p>1 &nbsp; Sentencia T-153\/98 &nbsp; &nbsp;<\/p>\n<p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>T-588-99 &nbsp; &nbsp; Sentencia T-588\/99 &nbsp; ESTABLECIMIENTO CARCELARIO-Condiciones inhumanas de celdas de aislamiento\/DIGNIDAD HUMANA DEL INTERNO-Condiciones de centro carcelario &nbsp; ESTABLECIMIENTO CARCELARIO-Separaci\u00f3n entre condenados y sindicados &nbsp; ESTABLECIMIENTO CARCELARIO-Inicio de gestiones para traslado de condenado &nbsp; Reiteraci\u00f3n de jurisprudencia &nbsp; Referencia: Expediente T-227160 &nbsp; Peticionario: Joe Nilson Silva Cifuentes &nbsp; Magistrado Ponente: &nbsp; Dr. EDUARDO [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[35],"tags":[],"class_list":["post-4933","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-tutelas-1999"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4933","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4933"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4933\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4933"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4933"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4933"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}