{"id":5012,"date":"2024-05-30T20:33:58","date_gmt":"2024-05-30T20:33:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/2024\/05\/30\/c-1180-00\/"},"modified":"2024-05-30T20:33:58","modified_gmt":"2024-05-30T20:33:58","slug":"c-1180-00","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/c-1180-00\/","title":{"rendered":"C-1180-00"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0 \u00a0 Sentencia C-1180\/00 \u00a0<\/p>\n<p>TRATADO INTERNACIONAL-Examen de constitucionalidad \u00a0<\/p>\n<p>Consiste en revisar si el tratado internacional est\u00e1 conforme a la Constituci\u00f3n. Es decir, el examen de constitucionalidad de un tratado, as\u00ed como el estudio de constitucionalidad de la ley, no involucra asuntos correspondientes a la conveniencia o no del tratado o de la ley que lo aprueba. Bajo esta \u00f3ptica, se har\u00e1 el examen respectivo. \u00a0<\/p>\n<p>CONVENIO PARA LA COOPERACION EN EL MARCO DE LA CONFERENCIA IBEROAMERICANA-Objetivo \u00a0<\/p>\n<p>En el Convenio se establecen los Coordinadores Nacionales, la Secretar\u00eda Pro-t\u00e9mpore, la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n y la Reuni\u00f3n de Responsables de la Cooperaci\u00f3n, en quienes recaer\u00e1 la responsabilidad de ser los coordinadores y canales de planeaci\u00f3n y seguimiento de los proyectos ya existentes. Es decir, se facilitar\u00e1 la identificaci\u00f3n de los responsables, a nivel nacional e internacional, de los respectivos proyectos de cooperaci\u00f3n iberoamericana, seg\u00fan disponen los art\u00edculos 1 y 4 del Convenio. Para cumplir los objetivos de las Cumbres de la Conferencia Iberoamericanas, en las Consideraciones del Convenio se se\u00f1ala que es necesario que exista un marco institucional que regule las relaciones de cooperaci\u00f3n, con el fin de reforzar las relaciones pol\u00edticas y la solidaridad iberoamericana. Al articular estos programas, se favorece la participaci\u00f3n de los ciudadanos en la construcci\u00f3n del espacio econ\u00f3mico, social y cultural entre las naciones que suscriben el Convenio. \u00a0<\/p>\n<p>Referencia: expediente LAT -170 \u00a0<\/p>\n<p>Ley 558 del 2 de febrero del a\u00f1o 2000, \u201cPor medio de la cual se aprueba el Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana, suscrito en San Carlos Bariloche, Argentina, el quince (15) de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995).\u201d \u00a0<\/p>\n<p>Magistrado Ponente: \u00a0<\/p>\n<p>Dr. ALFREDO BELTR\u00c1N SIERRA. \u00a0<\/p>\n<p>Bogot\u00e1, D.C., trece (13) de septiembre del a\u00f1o dos mil (2000). \u00a0<\/p>\n<p>La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y de los requisitos y tr\u00e1mite establecidos en el Decreto 2067 de 1991, ha proferido la siguiente \u00a0<\/p>\n<p>SENTENCIA \u00a0<\/p>\n<p>I. ANTECEDENTES. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El d\u00eda 25 de febrero del a\u00f1o 2000, el Magistrado sustanciador asumi\u00f3 la revisi\u00f3n de la Ley y solicit\u00f3 a las Secretar\u00edas Generales del Senado de la Rep\u00fablica y de la C\u00e1mara de Representantes el env\u00edo de los antecedentes legislativos correspondientes. Dispuso que por la Secretar\u00eda General se procediera a la fijaci\u00f3n en lista del proceso y se surtiera el traslado al se\u00f1or Procurador General de la Naci\u00f3n, para el concepto correspondiente. \u00a0<\/p>\n<p>Cumplidos los tr\u00e1mites constitucionales y legales propios de esta clase de procesos, la Corte Constitucional entra a decidir acerca de la constitucionalidad del tratado internacional y de la ley que lo aprueba. \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>I. II. TEXTO DEL CONVENIO QUE SE REVISA Y DE SU LEY APROBATORIA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>LEY 558 DE 2000 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 2) \u00a0<\/p>\n<p>por medio de la cual se aprueba el &#8220;Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia\u00a0<\/p>\n<p>Iberoamericana&#8221;, suscrito en San Carlos Bariloche, Argentina, el quince (15) de octubre de mil\u00a0<\/p>\n<p>novecientos noventa y cinco (1995). \u00a0<\/p>\n<p>El Congreso de Colombia \u00a0<\/p>\n<p>Visto el texto del &#8220;Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana&#8221;, suscrito en San Carlos de Bariloche, Argentina, el quince (15) de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995), que a la letra dice: \u00a0<\/p>\n<p>(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto \u00edntegro del instrumento internacional mencionado, debidamente autenticado por el Jefe de la Oficina Jur\u00eddica del Ministerio de Relaciones Exteriores). \u00a0<\/p>\n<p>\u00abCONVENIO PARA LA COOPERACION EN EL MARCO\u00a0<\/p>\n<p>DE LA CONFERENCIA IBEROAMERICANA \u00a0<\/p>\n<p>Los gobiernos de los Estados Miembros de la Conferencia Iberoamericana, \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0<\/p>\n<p>El desarrollo alcanzado por los proyectos y programas de cooperaci\u00f3n realizados en el marco de las Cumbres de la Conferencia Iberoamericana; \u00a0<\/p>\n<p>La necesidad de que exista un marco institucional que regule las relaciones de cooperaci\u00f3n dentro de las Cumbres de la Conferencia Iberoamericana para reforzar el valor del di\u00e1logo pol\u00edtico existente y la solidaridad iberoamericana; \u00a0<\/p>\n<p>La conveniencia de articular programas de cooperaci\u00f3n que favorezcan la participaci\u00f3n de los ciudadanos en la construcci\u00f3n de un espacio econ\u00f3mico, social y cultural m\u00e1s cohesionado entre las naciones iberoamericanas; \u00a0<\/p>\n<p>Que los programas de cooperaci\u00f3n de las Cumbres constituyen un instrumento dinamizador del progreso social y resultan un elemento importante para lograr una identidad iberoamericana, \u00a0<\/p>\n<p>Convienen lo siguiente: \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Cuando en este convenio se haga menci\u00f3n a los &#8220;Coordinadores Nacionales&#8221;, la &#8220;Secretar\u00eda ProTempore&#8221;, la &#8220;Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n&#8221; y la &#8220;Reuni\u00f3n de Responsables de Cooperaci\u00f3n&#8221; se entiende que son los Coordinadores Nacionales, la Secretar\u00eda Pro Tempore, la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n y la Reuni\u00f3n de Responsables de Cooperaci\u00f3n de la Conferencia Iberoamericana. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Los programas y proyectos de cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana tendr\u00e1n por objeto: \u00a0<\/p>\n<p>a) Favorecer la identidad iberoamericana a trav\u00e9s de la acci\u00f3n conjunta en materia educativa, cultural, cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica; \u00a0<\/p>\n<p>b) Fortalecer la participaci\u00f3n de los Estados Miembros para coadyuvar a una mayor y m\u00e1s efectiva vinculaci\u00f3n entre sus sociedades y un sentimiento iberoamericano en sus habitantes; \u00a0<\/p>\n<p>c) Poner en pr\u00e1ctica el concepto de cooperaci\u00f3n para el desarrollo entre las naciones iberoamericanas; \u00a0<\/p>\n<p>d) Expresar la solidaridad iberoamericana ante problemas comunes que afecten a un conjunto o a la totalidad de los Estados Miembros; \u00a0<\/p>\n<p>e) Impulsar la formaci\u00f3n de un espacio iberoamericano de cooperaci\u00f3n por medio de programas de movilidad e intercambio educativo, universitario, de formaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, vinculaci\u00f3n entre investigadores y todas aquellas iniciativas que refuercen la capacidad de creaci\u00f3n cultural com\u00fan, brindando atenci\u00f3n particular a los medios de comunicaci\u00f3n. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. La Conferencia Iberoamericana entiende el desarrollo de su esfera de cooperaci\u00f3n como espec\u00edfica al espacio iberoamericano y en ning\u00fan caso se superpondr\u00e1 con los mecanismos bilaterales y\/o multilaterales ya existentes. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Cada uno de los pa\u00edses miembros informar\u00e1 a trav\u00e9s del Coordinador Nacional, la designaci\u00f3n de un responsable para el seguimiento del conjunto de programas y proyectos de las Cumbres Iberoamericanas. \u00a0<\/p>\n<p>Las reuniones de los responsables de Cooperaci\u00f3n se efectuar\u00e1n simult\u00e1neamente, con la de los Coordinadores Nacionales de la Conferencia Iberoamericana. Podr\u00e1n preverse reuniones adicionales cuando as\u00ed lo soliciten, por lo menos, cinco estados miembros. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Los responsables de cooperaci\u00f3n podr\u00e1n establecer un equipo de examen de programas y proyectos de las Cumbres Iberoamericanas, integrado por t\u00e9cnicos de cooperaci\u00f3n de los pa\u00edses miembros involucrados en cada programa o proyecto, que tendr\u00e1 la tarea de elevarles la correspondiente evaluaci\u00f3n de aquellos programas y proyectos de cooperaci\u00f3n cuyo estudio se les encomiende. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Los pa\u00edses miembros reforzar\u00e1n y ampliar\u00e1n su cooperaci\u00f3n en el \u00e1mbito de las Cumbres, al amparo de las \u00e1reas que se ir\u00e1n definiendo en \u00e9stas. Esta se realizar\u00e1 a trav\u00e9s de la ejecuci\u00f3n de proyectos o programas de inter\u00e9s iberoamericano; de intercambio cient\u00edfico, de experiencias y publicaciones, de transferencia de tecnolog\u00eda y de apoyo a la formaci\u00f3n de los recursos humanos, que permitan optimizar el desarrollo de los pa\u00edses. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. La cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana, podr\u00e1 ser t\u00e9cnica y\/o financiera. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Los Estados partes est\u00e1n facultados para presentar programas y proyectos ante la Secretar\u00eda Pro Tempore con la antelaci\u00f3n que \u00e9sta determine. \u00a0<\/p>\n<p>Tales proyectos y programas deber\u00e1n cumplir con los siguientes requisitos: \u00a0<\/p>\n<p>a) Que su objeto corresponda a las bases program\u00e1ticas del presente convenio; \u00a0<\/p>\n<p>b) Contar con la adhesi\u00f3n vinculante de a lo menos tres pa\u00edses iberoamericanos: presentante y dos o m\u00e1s pa\u00edses participantes; \u00a0<\/p>\n<p>c) Tener una duraci\u00f3n determinada y que los compromisos presupuestarios se mantengan por un plazo no inferior a tres a\u00f1os, a los efectos de cubrir eventuales retrasos en la iniciaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de los mismos. En caso de terminaci\u00f3n del proyecto antes de este plazo, finalizar\u00e1 dicho compromiso. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Las partes adoptan el Manual Operativo que se anexa al presente convenio, el que podr\u00e1 ser actualizado cada vez que se considere necesario para adaptarlo a los requerimientos de la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Los pa\u00edses proponentes y\/o participantes, que como m\u00ednimo ser\u00e1n 3 (tres), deber\u00e1n asumir al momento de la presentaci\u00f3n del programa o proyecto, un compromiso financiero y\/o t\u00e9cnico que cubra una parte para la realizaci\u00f3n del mismo de acuerdo con los procedimientos internos de cada parte. Los pa\u00edses que se adhieran posteriormente deber\u00e1n indicar su compromiso. \u00a0<\/p>\n<p>Los pa\u00edses proponentes enviar\u00e1n a la Secretar\u00eda Pro Tempore las iniciativas correspondientes para su difusi\u00f3n entre las dem\u00e1s partes. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11 . Una vez que el proyecto o programa ha sido difundido, y que cuente con el aval de por lo menos 7 pa\u00edses \u2013que deber\u00e1n asumir los compromisos respectivos de acuerdo con los procedimientos mencionados en el art\u00edculo anterior\u2013 ser\u00e1 presentado para su an\u00e1lisis a los Responsables de Cooperaci\u00f3n, quienes, si as\u00ed lo consideran, lo elevar\u00e1n para su aprobaci\u00f3n a la Cumbre por intermedio de los Coordinadores Nacionales. \u00a0<\/p>\n<p>La ampliaci\u00f3n de los Programas y Proyectos ser\u00e1 decidida por los pa\u00edses participantes en los mismos. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Una vez aprobado por consenso el programa o proyecto, la Reuni\u00f3n de Responsables de Cooperaci\u00f3n determinar\u00e1 las medidas necesarias para asegurar el seguimiento de la ejecuci\u00f3n de dicho programa o proyecto. \u00a0<\/p>\n<p>En caso de estimarse necesario para un programa o proyecto determinado, los Responsables de Cooperaci\u00f3n podr\u00e1n proponer ante la Reuni\u00f3n de los Coordinadores Nacionales la creaci\u00f3n de una Unidad T\u00e9cnica de Gesti\u00f3n bajo la responsabilidad de los Estados Miembros participantes en el respectivo programa o proyecto. \u00a0<\/p>\n<p>Los pa\u00edses participantes conjuntamente con la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n podr\u00e1n evaluar peri\u00f3dicamente los programas y proyectos en ejecuci\u00f3n a fin de informar a los Responsables de Cooperaci\u00f3n y determinar su vigencia y validez. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Los programas y proyectos que se presenten cumpliendo, los requisitos previstos en el art\u00edculo 8\u00b0 y que contando con una adecuada financiaci\u00f3n sean aprobados de acuerdo con los procedimientos establecidos, se formalizar\u00e1n a trav\u00e9s de acuerdos espec\u00edficos, en los que se establecer\u00e1n los objetivos, grados de participaci\u00f3n y formas de contribuci\u00f3n de cada uno de los pa\u00edses participantes, en funci\u00f3n de su nivel de desarrollo relativo. \u00a0<\/p>\n<p>A fin de cubrir el monto total que demanden las actividades proyectadas podr\u00e1 gestionarse, en forma conjunta o separada, financiamiento de los recursos necesarios, propios y de otras fuentes de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica y financiera. \u00a0<\/p>\n<p>Aquellos pa\u00edses que as\u00ed lo decidan, de acuerdo con sus legislaciones y disposiciones internas, podr\u00e1n convenir en establecer formas alternativas de financiaci\u00f3n, por ejemplo, fondos fiduciarios, fondos comunes, entre otros. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. El presente convenio est\u00e1 sujeto a ratificaci\u00f3n. El Gobierno de la Rep\u00fablica Argentina ser\u00e1 el depositario de los instrumentos de ratificaci\u00f3n. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. El presente convenio entrar\u00e1 en vigor el trig\u00e9simo d\u00eda a partir de la fecha en que haya sido depositado el s\u00e9ptimo instrumento de ratificaci\u00f3n. \u00a0<\/p>\n<p>Para cada Estado que ratifique el Convenio despu\u00e9s de haber sido depositado el s\u00e9ptimo instrumento de ratificaci\u00f3n, el Convenio entrar\u00e1 en vigor el trig\u00e9simo d\u00eda a partir de la fecha en que tal Estado haya depositado el instrumento de ratificaci\u00f3n. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. El presente Convenio podr\u00e1 ser modificado o enmendado a propuesta de al menos, cinco Partes. Las propuestas de enmienda ser\u00e1n comunicadas, por la Secretar\u00eda Pro Tempore, a las dem\u00e1s Partes. \u00a0<\/p>\n<p>Una vez aprobadas por consenso, las enmiendas entrar\u00e1n en vigor en la fecha en que ellas hayan sido aceptadas por la mayor\u00eda de las Partes mediante el dep\u00f3sito del respectivo instrumento de aceptaci\u00f3n. Para cada parte restante, ellas regir\u00e1n en la fecha en que efect\u00faen tal dep\u00f3sito de la manera indicada en el presente art\u00edculo. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. El presente Convenio tendr\u00e1 una duraci\u00f3n indefinida, pudiendo ser denunciado por cualquiera de las Partes mediante notificaci\u00f3n hecha por escrito al depositario. La denuncia surtir\u00e1 efecto un a\u00f1o despu\u00e9s de la fecha en que la notificaci\u00f3n haya sido recibida por el depositario. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Las cuestiones interpretativas del presente Convenio ser\u00e1n consideradas por la reuni\u00f3n de Responsables de Cooperaci\u00f3n y resueltas, por consenso, por la reuni\u00f3n de Coordinadores Nacionales. \u00a0<\/p>\n<p>Firmado en la V Cumbre de la Conferencia Iberoamericana, en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Argentina, a los quince d\u00edas del mes de octubre de mil novecientos noventa y cinco. \u00a0<\/p>\n<p>(Firmas ilegibles) \u00a0<\/p>\n<p>Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Espa\u00f1a, Guatemala, Honduras, M\u00e9xico, Nicaragua, Panam\u00e1, Paraguay, Per\u00fa, Portugal, Rep\u00fablica Dominicana, Uruguay, Venezuela. \u00a0<\/p>\n<p>QUINTA CUMBRE \u00a0<\/p>\n<p>IBEROAMERICANA \u00a0<\/p>\n<p>BARILOCHE \u00a0<\/p>\n<p>ARGENTINA 95 \u00a0<\/p>\n<p>PROGRAMA DE COOPERACION \u00a0<\/p>\n<p>MANUAL OPERATIVO \u00a0<\/p>\n<p>INDICE \u00a0<\/p>\n<p>I. Introducci\u00f3n\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>II. Aspectos program\u00e1ticos\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>III. Financiamiento de proyectos\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV. Aspectos metodol\u00f3gicos y de procedimientos\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Formulario para la presentaci\u00f3n de proyectos\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Instructivo\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Formulario\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONFERENCIA IBEROAMERICANA \u00a0<\/p>\n<p>DE JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO \u00a0<\/p>\n<p>COMISION DE COORDINACION\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Y RESPONSABLES DE COOPERACION \u00a0<\/p>\n<p>IBEROAMERICANA \u00a0<\/p>\n<p>I. INTRODUCCION \u00a0<\/p>\n<p>La cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica internacional constituye un instrumento, junto con la concertaci\u00f3n pol\u00edtica, que permitir\u00e1 hacer operativas las iniciativas de consolidaci\u00f3n del entretejido econ\u00f3mico y social iberoamericano. \u00a0<\/p>\n<p>La cooperaci\u00f3n iberoamericana tiene, como se sabe, una larga historia tanto a nivel bilateral como multilateral. El presente Programa implica una recuperaci\u00f3n de los valores hist\u00f3ricos y culturales como agentes aglutinantes y potenciadores del desarrollo. \u00a0<\/p>\n<p>En esa direcci\u00f3n resulta hoy necesario definir aspectos program\u00e1ticos, metodol\u00f3gicos y de procedimiento, a fin de ordenar el universo de proyectos y perfiles de ideas ya presentados en el marco de la Cumbre Iberoamericana, evaluar sistem\u00e1ticamente el logro de los resultados en ellos planteados, y dise\u00f1ar los lineamientos futuros del programa. \u00a0<\/p>\n<p>A tales efectos, el presente documento parte de la premisa que: \u00a0<\/p>\n<p>1. Todos los actores coadyuvan en la puesta en marcha de las actividades insertas en las \u00e1reas de contrataci\u00f3n previamente consensuadas. \u00a0<\/p>\n<p>2. Cada pa\u00eds impulsar\u00e1 los programas de cooperaci\u00f3n y coordinar\u00e1 las propuestas a nivel nacional para su presentaci\u00f3n en la pr\u00f3xima Cumbre. \u00a0<\/p>\n<p>3. Las prioridades, las metodolog\u00edas y procedimientos consensuados constituir\u00e1n el requisito previo para la aceptaci\u00f3n de iniciativas. \u00a0<\/p>\n<p>El presente Manual Operativo podr\u00e1 ser modificado, por consenso de los Responsables de Cooperaci\u00f3n de la Conferencia Iberoamericana, conforme lo establecido en el art\u00edculo 9\u00b0 del Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el Marco de la Conferencia Iberoamericana. \u00a0<\/p>\n<p>II. ASPECTOS PROGRAMATICOS \u00a0<\/p>\n<p>i) Marco Global \u00a0<\/p>\n<p>Las acciones de cooperaci\u00f3n deber\u00e1n responder a las prioridades globales se\u00f1aladas en las Cumbres a nivel pol\u00edtico: \u00a0<\/p>\n<p>I CUMBRE:\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Vigencia del derecho internacional Desarrollo Econ\u00f3mico y Social Educaci\u00f3n y Cultura. \u00a0<\/p>\n<p>II CUMBRE: \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Concertaci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Econom\u00eda, integraci\u00f3n y cooperaci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Educaci\u00f3n y modernizaci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Desarrollo social y humano, desarrollo sostenible \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Cultura. \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Cooperaci\u00f3n entre los pa\u00edses del \u00e1rea \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Combate a la pobreza \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Financiamiento del desarrollo \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Salud y Desarrollo \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Educaci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Programas de Cooperaci\u00f3n en el Campo de la Educaci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Creaci\u00f3n de F\u00f3rum Permanente sobre Gesti\u00f3n P\u00fablica y Problemas de Gobierno para Am\u00e9rica Latina, Caribe, Espa\u00f1a y Portugal \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Programa Gerencial de Inform\u00e1tica en la Administraci\u00f3n P\u00fablica \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Cultura \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Ni\u00f1ez \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Agricultura y Recursos Naturales \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Ciencia, Tecnolog\u00eda y Cooperaci\u00f3n T\u00e9cnica \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Seguridad Social. \u00a0<\/p>\n<p>IV CUMBRE:\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; El \u00e1mbito internacional y las perspectivas del Sistema Multilateral de Comercio. \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; El \u00e1mbito regional y la convergencia de los esquemas de integraci\u00f3n El \u00e1mbito nacional, la competitividad y el desarrollo social. \u00a0<\/p>\n<p>ii) Principios que guiar\u00e1n la programaci\u00f3n de la Cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana. \u00a0<\/p>\n<p>Los principios que guiar\u00e1n la programaci\u00f3n son:\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Programa deber\u00e1 propiciar un \u00e1mbito adecuado para la consolidaci\u00f3n de un entretejido econ\u00f3mico y social iberoamericano. \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Promover la acci\u00f3n conjunta en materia educativa, cultural, cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica. \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Maximizar el aprovechamiento del financiamiento intraibe-roamericano y extraiberoamericano, tanto bilateral como multilateral. \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Combatir la pobreza y mejorar las condiciones sociales de la poblaci\u00f3n (salud, vivienda, seguridad, etc.). \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Promover cambios en la estructura productiva a fin de viabilizar el aprovechamiento de las ventajas comparativas. \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Fortalecer la modernizaci\u00f3n del Estado y su capacidad en la toma de decisiones y en la implementaci\u00f3n de las mismas. \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Promover los esquemas de integraci\u00f3n. \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Incentivar una mayor participaci\u00f3n de la mujer en los procesos de desarrollo. \u00a0<\/p>\n<p>III. FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS \u00a0<\/p>\n<p>Los programas y los proyectos que se presenten cumpliendo los requisitos previstos en el presente documento y aprobados de acuerdo con el procedimiento establecido, se formalizar\u00e1n a trav\u00e9s de acuerdos espec\u00edficos en, los que se definir\u00e1n los objetivos, grados de participaci\u00f3n y formas de contribuci\u00f3n de cada uno de los pa\u00edses participantes. \u00a0<\/p>\n<p>A fin de cubrir el monto total que demanden las actividades proyectadas podr\u00e1 gestionarse, en forma conjunta o separada, el financiamiento de los recursos necesarios propios y de otras fuentes de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica y financiera. \u00a0<\/p>\n<p>IV. ASPECTOS METODOLOGICOS Y DE PROCEDIMIENTO \u00a0<\/p>\n<p>1. Proyectos \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Car\u00e1cter: \u00a0<\/p>\n<p>Multinacional. Las iniciativas deber\u00e1n prever la participaci\u00f3n de por lo menos tres pa\u00edses. \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Formulaci\u00f3n de los proyectos \u00a0<\/p>\n<p>El prop\u00f3sito del dise\u00f1o de un formulario para presentaci\u00f3n de proyectos consiste en brindar elementos cualitativos y cuantitativos en un orden l\u00f3gico a fin de permitir un an\u00e1lisis metodol\u00f3gico de las iniciativas. A estos efectos se han incluido los siguientes cap\u00edtulos:\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Car\u00e1tula: \u00a0<\/p>\n<p>Pa\u00eds auspiciante, nombre del proyecto, \u00e1rea tem\u00e1tica, pa\u00edses participantes, duraci\u00f3n, fecha estimada de inicio, recursos (por pa\u00eds aportante). \u00a0<\/p>\n<p>1. Resumen_Ejecutivo \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Antecedentes: \u00a0<\/p>\n<p>1.1.1. Marco Global: \u00a0<\/p>\n<p>Esta secci\u00f3n deber\u00e1 contener la descripci\u00f3n del contexto donde se inserta el proyecto, con una indicaci\u00f3n de su correspondencia a una de las prioridades pol\u00edticas consensuadas en el marco de las Cumbres. \u00a0<\/p>\n<p>1.1.2. Descripci\u00f3n del Subsector: \u00a0<\/p>\n<p>Se deber\u00e1 describir en forma precisa el subsector concreto (aquel que pretende el proyecto modificar a trav\u00e9s del logro de sus objetivos), indicando sus principales caracter\u00edsticas. \u00a0<\/p>\n<p>1.1.3. Marco Institucional: \u00a0<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n de los antecedentes, objetivos institucionales, infraestructura f\u00edsica y recursos humanos. \u00a0<\/p>\n<p>2. Justificaci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>2. 1. Problema que ha de abordar el proyecto: \u00a0<\/p>\n<p>Se realizar\u00e1 un planteo l\u00f3gico que incluya: \u00a0<\/p>\n<p>i) Una configuraci\u00f3n de la situaci\u00f3n inicial del proyecto con informaci\u00f3n de base suficiente. \u00a0<\/p>\n<p>ii) La definici\u00f3n acotada del problema u oportunidad que origina el proyecto. \u00a0<\/p>\n<p>iii) Una descripci\u00f3n del efecto anticipado del proyecto. \u00a0<\/p>\n<p>iv) Una explicaci\u00f3n de c\u00f3mo el proyecto se vincula con estrategias o prioridades nacionales, sectoriales, regionales y\/ o iberoamericanas. \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Poblaci\u00f3n beneficiaria: \u00a0<\/p>\n<p>Una descripci\u00f3n de las caracter\u00edsticas generales del grupo objetivo, que debe incluir los siguientes elementos: \u00a0<\/p>\n<p>i) Clasificaci\u00f3n de individuos, tipo o tipos de entidades u otra clase de grupos. \u00a0<\/p>\n<p>ii) Informaci\u00f3n social y cultural de car\u00e1cter general. \u00a0<\/p>\n<p>La descripci\u00f3n deber\u00e1 hacer referencia tanto a los beneficiarios directos como indirectos. \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Ubicaci\u00f3n geogr\u00e1fica: \u00a0<\/p>\n<p>El proyecto debe hacer referencia a \u00e1rea o \u00e1reas particulares dentro de un pa\u00eds, o varios pa\u00edses participantes, indicando sint\u00e9ticamente las principales caracter\u00edsticas. \u00a0<\/p>\n<p>3. Objetivos \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Objetivo General \u00a0<\/p>\n<p>Este objetivo es el correlato del marco global y por ende el objetivo macro en el que se inserta el proyecto. \u00a0<\/p>\n<p>3.2.Objetivos Espec\u00edficos: \u00a0<\/p>\n<p>Se describir\u00e1n en t\u00e9rminos muy concretos, los objetivos (metas) a alcanzar con el proyecto. El planteamiento deber\u00e1 redactarse de manera que permita la verificaci\u00f3n de los resultados. \u00a0<\/p>\n<p>4. Resultados y Actividades \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Resultados: \u00a0<\/p>\n<p>Se deber\u00e1n describir los &#8220;productos&#8221; concretos a alcanzar. \u00a0<\/p>\n<p>4.1.1. Actividades: \u00a0<\/p>\n<p>La programaci\u00f3n de las actividades es un componente importante en la formulaci\u00f3n, porque indica c\u00f3mo se producir\u00e1n los resultados.\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Insumos\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esta secci\u00f3n deber\u00e1 incluir la descripci\u00f3n de los insumos. \u00a0<\/p>\n<p>Los proyectos podr\u00e1n incluir los siguientes insumos: \u00a0<\/p>\n<p>5. 1. Personal (consultores) \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Equipamiento \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Misiones (pasajes y vi\u00e1ticos) \u00a0<\/p>\n<p>5.4. Capacitaci\u00f3n (individual, grupal y pasant\u00edas) \u00a0<\/p>\n<p>5. 5. Miscel\u00e1neos (impresi\u00f3n de informes, publicaciones, papeler\u00eda y otros gastos) \u00a0<\/p>\n<p>6. Presupuesto \u00a0<\/p>\n<p>Deber\u00e1 incluir la cuantificaci\u00f3n de los Insumos descritos en 5 (se\u00f1alando la unidad de valuaci\u00f3n (moneda)) \u00a0<\/p>\n<p>7. Cronograma \u00a0<\/p>\n<p>La propuesta deber\u00e1 incluir un cronograma de los resultados y actividades. \u00a0<\/p>\n<p>Se anexa propuesta de instructivo que forma parte del presente Programa. \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Presentaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de proyectos \u00a0<\/p>\n<p>Las iniciativas deber\u00e1n ser presentadas ante el organismo nacional designado como responsable por los respectivos gobiernos, quienes deber\u00e1n analizar el cumplimiento de los aspectos program\u00e1ticos y formales establecidos en el presente programa. \u00a0<\/p>\n<p>Los proyectos deber\u00e1n ser sometidos para su evaluaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n preliminar, en la primera reuni\u00f3n del a\u00f1o calendario de la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n y de Responsables de Cooperaci\u00f3n, quien recomendar\u00e1 su aprobaci\u00f3n definitiva en el marco de la Cumbre. \u00a0<\/p>\n<p>INICIATIVAS \u00a0<\/p>\n<p>FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS \u00a0<\/p>\n<p>INSTRUCTIVO \u00a0<\/p>\n<p>Car\u00e1tula: \u00a0<\/p>\n<p>Pa\u00eds auspiciante, nombre del proyecto, \u00e1rea tem\u00e1tica, pa\u00edses participantes, duraci\u00f3n, fecha estimada de inicio, recursos (por pa\u00eds aportante). \u00a0<\/p>\n<p>1. Resumen Ejecutivo: \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Antecedentes: \u00a0<\/p>\n<p>1.1.1. Marco Global: \u00a0<\/p>\n<p>Esta secci\u00f3n deber\u00e1 contener la descripci\u00f3n del contexto donde se inserta el proyecto, con una indicaci\u00f3n de su correspondencia a una de las prioridades pol\u00edticas consensuadas en el marco de las Cumbres. \u00a0<\/p>\n<p>1.1.2. Descripci\u00f3n del Subsector: \u00a0<\/p>\n<p>Se deber\u00e1 describir en forma precisa el subsector concreto (aquel que pretende el proyecto modificar a trav\u00e9s del logro de sus objetivos, indicando sus principales caracter\u00edsticas. \u00a0<\/p>\n<p>1.1.3. Marco Institucional: \u00a0<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n de los antecedentes, objetivos institucionales, infraestructura f\u00edsica y recursos humanos. \u00a0<\/p>\n<p>2. Justificaci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Problema que ha de abordar el proyecto: \u00a0<\/p>\n<p>Se realizar\u00e1 un planteo l\u00f3gico que incluya: \u00a0<\/p>\n<p>i) Una configuraci\u00f3n de la situaci\u00f3n inicial del proyecto con informaci\u00f3n de base suficiente. \u00a0<\/p>\n<p>ii) La definici\u00f3n acotada del problema u oportunidad que origina el proyecto. \u00a0<\/p>\n<p>iii) Una descripci\u00f3n del efecto anticipado del proyecto. \u00a0<\/p>\n<p>iv) Una explicaci\u00f3n de c\u00f3mo el proyecto se vincula con estrategias o prioridades nacionales, sectoriales, regionales y\/o iberoamericanas. \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Poblaci\u00f3n beneficiaria: \u00a0<\/p>\n<p>i) Clasificaci\u00f3n de individuos, tipo o tipos de entidades u otra clase de grupos. \u00a0<\/p>\n<p>ii) Informaci\u00f3n social y cultural de car\u00e1cter general. \u00a0<\/p>\n<p>La descripci\u00f3n deber\u00e1 hacer referencia tanto a los beneficiarios directos como indirectos. \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Ubicaci\u00f3n geogr\u00e1fica: \u00a0<\/p>\n<p>El proyecto debe hacer referencia a \u00e1rea o \u00e1reas particulares dentro de un pa\u00eds, o varios pa\u00edses participantes, indicando sint\u00e9ticamente las principales caracter\u00edsticas. \u00a0<\/p>\n<p>3. Objetivos \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Objetivo General \u00a0<\/p>\n<p>Este objetivo es el correlato del marco global y por ende el objetivo macro en el que se inserta el proyecto. \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Objetivos Espec\u00edficos: \u00a0<\/p>\n<p>Se describir\u00e1n en t\u00e9rminos muy concretos, los objetivos (metas) a alcanzar con el proyecto. El planteamiento deber\u00e1 redactarse de manera que permita la verificaci\u00f3n de los resultados. \u00a0<\/p>\n<p>4. Resultados y Actividades \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Resultados: \u00a0<\/p>\n<p>Se deber\u00e1n describir los &#8220;productos&#8221; concretos a alcanzar. \u00a0<\/p>\n<p>4.1.1. Actividades: \u00a0<\/p>\n<p>La programaci\u00f3n de las actividades es un componente importante en la formulaci\u00f3n, porque indica c\u00f3mo se producir\u00e1n los resultados. \u00a0<\/p>\n<p>5. Insumos \u00a0<\/p>\n<p>La factibilidad de alcanzar el objetivo espec\u00edfico del proyecto depende en gran parte de la adecuaci\u00f3n de los insumos, en t\u00e9rminos de calidad y cantidad. \u00a0<\/p>\n<p>Esta secci\u00f3n deber\u00e1 incluir la descripci\u00f3n de los insumos. \u00a0<\/p>\n<p>Los proyectos podr\u00e1n incluir los siguientes insumos: \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Personal (consultores) \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Equipamiento \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Misiones (pasajes y vi\u00e1ticos) \u00a0<\/p>\n<p>5.4. Capacitaci\u00f3n (individual, grupal y pasant\u00edas) \u00a0<\/p>\n<p>5.5. Miscel\u00e1neos (impresi\u00f3n de informes, publicaciones, papeler\u00eda y otros gastos). \u00a0<\/p>\n<p>6. Presupuesto \u00a0<\/p>\n<p>Deber\u00e1 incluir la cuantificaci\u00f3n de los insumos descritos en 5 (se\u00f1alando la unidad de valuaci\u00f3n (moneda). \u00a0<\/p>\n<p>7. Cronograma \u00a0<\/p>\n<p>La propuesta deber\u00e1 incluir un cronograma de los resultados y actividades. \u00a0<\/p>\n<p>Pa\u00eds \u00a0<\/p>\n<p>Nombre del proyecto \u00a0<\/p>\n<p>Area Tem\u00e1tica \u00a0<\/p>\n<p>Pa\u00edses participantes \u00a0<\/p>\n<p>Duraci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>Fecha de inicio estimada: \u00a0<\/p>\n<p>Recursos \u00a0<\/p>\n<p>Pa\u00eds 1 \u00a0<\/p>\n<p>Pa\u00eds 2 \u00a0<\/p>\n<p>Pa\u00eds 3 \u00a0<\/p>\n<p>&#8230; \u00a0<\/p>\n<p>Total \u00a0<\/p>\n<p>1. Resumen ejecutivo \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Antecedentes \u00a0<\/p>\n<p>1.1.1 Marco Global \u00a0<\/p>\n<p>1.1.2 Descripci\u00f3n del Subsector \u00a0<\/p>\n<p>1.1.3 Marco Institucional \u00a0<\/p>\n<p>2. Justificaci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Problemas abordados por el proyecto \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Poblaci\u00f3n beneficiaria prevista \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Ubicaci\u00f3n geogr\u00e1fica \u00a0<\/p>\n<p>3. Objetivos \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Objetivo General \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Objetivos Espec\u00edficos \u00a0<\/p>\n<p>4. Resultados y Actividades \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Resultado 1 \u00a0<\/p>\n<p>4.1.1 Actividad 1.1 \u00a0<\/p>\n<p>4.1.2 Actividad 1.2 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 Resultado 2 \u00a0<\/p>\n<p>4.2.1 Actividad 2.1 \u00a0<\/p>\n<p>4.2.2 Actividad 2.2 \u00a0<\/p>\n<p>5. Descripci\u00f3n de Ins. \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Personal (consultores) \u00a0<\/p>\n<p>5.1.1 Funci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>* Denominaci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>* T\u00e9rminos de referencia \u00a0<\/p>\n<p>5.1.2 Calificaci\u00f3n profesional \u00a0<\/p>\n<p>* Antecedentes Acad\u00e9micos \u00a0<\/p>\n<p>* Experiencia Laboral \u00a0<\/p>\n<p>* Investigaciones y publicaciones \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Equipamiento \u00a0<\/p>\n<p>5.2.1 Especificaciones T\u00e9cnicas \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Misiones \u00a0<\/p>\n<p>5.3.1 Pasajes \u00a0<\/p>\n<p>5.3.2 Vi\u00e1ticos \u00a0<\/p>\n<p>5.5 Miscel\u00e1neos \u00a0<\/p>\n<p>5.5.1 Informes \u00a0<\/p>\n<p>5.5.2 Publicaciones \u00a0<\/p>\n<p>5.5.3 Papeler\u00eda \u00a0<\/p>\n<p>5.5.4 Otros Gastos \u00a0<\/p>\n<p>6. Presupuesto \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Personal (consultores) \u00a0<\/p>\n<p>Unidad de valuaci\u00f3n (moneda) \u00a0<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n HH. Monto \u00a0<\/p>\n<p>Subtotal \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Equipamiento \u00a0<\/p>\n<p>Unidad de valuaci\u00f3n (moneda) \u00a0<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n Monto \u00a0<\/p>\n<p>Subtotal \u00a0<\/p>\n<p>6.3 Misiones \u00a0<\/p>\n<p>Unidad de valuaci\u00f3n (moneda) \u00a0<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n Monto \u00a0<\/p>\n<p>Subtotal \u00a0<\/p>\n<p>6.4 Capacitaci\u00f3n \u00a0<\/p>\n<p>Unidad de valuaci\u00f3n (moneda) \u00a0<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n Monto \u00a0<\/p>\n<p>Subtotal \u00a0<\/p>\n<p>6.5 Miscel\u00e1neos \u00a0<\/p>\n<p>Unidad de valuaci\u00f3n (moneda) \u00a0<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n Monto \u00a0<\/p>\n<p>Subtotal \u00a0<\/p>\n<p>Total \u00a0<\/p>\n<p>7. Cronograma \u00a0<\/p>\n<p>Resultado 1 \u00a0<\/p>\n<p>Actividad 1.2 \u00a0<\/p>\n<p>Resultado 2 \u00a0<\/p>\n<p>Actividad 2.1 \u00a0<\/p>\n<p>Actividad 2.2 \u00a0<\/p>\n<p>Actividad 2.3 \u00a0<\/p>\n<p>Resultado 3 \u00a0<\/p>\n<p>Actividad 3.1 \u00a0<\/p>\n<p>Actividad 3.2 \u00a0<\/p>\n<p>Resultado 4 \u00a0<\/p>\n<p>Actividad 4.1 \u00a0<\/p>\n<p>Actividad 4.2. \u00a0<\/p>\n<p>El suscrito Jefe de la Oficina Jur\u00eddica del Ministerio de Relaciones Exteriores \u00a0<\/p>\n<p>HACE CONSTAR \u00a0<\/p>\n<p>Que la presente reproducci\u00f3n es fiel fotocopia tomada del texto certificado del Manual Operativo del &#8220;Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el Marco de la Conferencia Iberoamericana&#8221;, suscrito durante la V Cumbre Iberoamericana, en la ciudad de San Carlos de Bariloche, Argentina, el quince (15) de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995), documento que reposa en los archivos de la Oficina Jur\u00eddica de este Ministerio. \u00a0<\/p>\n<p>Dada en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a veintinueve (29) d\u00edas del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999). \u00a0<\/p>\n<p>Jefe Oficina Jur\u00eddica, \u00a0<\/p>\n<p>H\u00e9ctor Adolfo Sintura Varela. \u00a0<\/p>\n<p>RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO \u00a0<\/p>\n<p>PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA \u00a0<\/p>\n<p>Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., 13 de abril de 1999. \u00a0<\/p>\n<p>Aprobado. Som\u00e9tase a la consideraci\u00f3n del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales. \u00a0<\/p>\n<p>(Fdo.) ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Relaciones Exteriores, \u00a0<\/p>\n<p>(Fdo.) Guillermo Fern\u00e1ndez de Soto. \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Apru\u00e9base el &#8220;Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el Marco de la Conferencia Iberoamericana&#8221;, suscrito en San Carlos de Bariloche, Argentina, el quince (15) de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995). \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley 7\u00aa de 1944, el &#8220;Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el Marco de la Conferencia Iberoamericana&#8221;, suscrito en San Carlos de Bariloche, Argentina, el quince (15) de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995), que por el art\u00edculo primero de esta ley se aprueba, obligar\u00e1 al pa\u00eds a partir de la fecha en que se perfeccione el v\u00ednculo internacional respecto del mismo. \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente del honorable Senado de la Rep\u00fablica, \u00a0<\/p>\n<p>Miguel Pinedo Vidal. \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General del honorable Senado de la Rep\u00fablica, \u00a0<\/p>\n<p>Manuel Enr\u00edquez Rosero. \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes, \u00a0<\/p>\n<p>Armando Pom\u00e1rico Ramos. \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General de la honorable C\u00e1mara de Representantes, \u00a0<\/p>\n<p>Gustavo Bustamante Moratto. \u00a0<\/p>\n<p>REPUBLICA DE COLOMBIA-GOBIERNO NACIONAL \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese y publ\u00edquese. \u00a0<\/p>\n<p>Ejec\u00fatese previa revisi\u00f3n de la Corte Constitucional, conforme al art\u00edculo 241-10 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0<\/p>\n<p>Dada en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 2 de febrero de 2000. \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Relaciones Exteriores, \u00a0<\/p>\n<p>Guillermo Fern\u00e1ndez de Soto. \u00a0<\/p>\n<p>III. \u00a0CONCEPTO DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION. \u00a0<\/p>\n<p>En concepto n\u00famero 2161, del 8 de mayo, el se\u00f1or Procurador General de la Naci\u00f3n solicit\u00f3 a la Corte declarar la constitucionalidad del Convenio y de la ley que lo aprob\u00f3.\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el tr\u00e1mite dado a la Ley por el Congreso, el se\u00f1or Procurador manifiesta que se cumplieron los correspondientes requisitos, seg\u00fan verificaci\u00f3n de los documentos correspondientes, as\u00ed: \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* El proyecto de ley 202\/99 fue presentado al Senado de la Rep\u00fablica por el Gobierno Nacional, a trav\u00e9s del Ministro de Relaciones Exteriores. El texto original y la correspondiente exposici\u00f3n de motivos fueron publicados en la Gaceta del Congreso Nro. 64, del 23 de abril de 1999, p\u00e1ginas 4 a 12. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* En la sesi\u00f3n del 16 de junio de 1999, seg\u00fan la certificaci\u00f3n del Secretario General de la Comisi\u00f3n Segunda, se aprob\u00f3 en primer debate, con 11 votos a favor y ninguno en contra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* La ponencia para segundo debate del senador Enrique G\u00f3mez Hurtado, se public\u00f3 en la Gaceta del Congreso Nro. 250, del 12 de agosto de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* El proyecto de ley fue aprobado en sesi\u00f3n plenaria del Senado, con un qu\u00f3rum de 94 senadores de 102, seg\u00fan consta en el acta Nro. 07, publicada en la Gaceta del Congreso Nro. 309, de septiembre de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* En la C\u00e1mara de Representantes, la ponencia del Congresista Jos\u00e9 Gentil Palacio Urquiza, para primer debate en la Comisi\u00f3n Segunda, fue publicada en la Gaceta del Congreso Nro. 433 de 1999, p\u00e1gina 15. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* En la Comisi\u00f3n Segunda de la C\u00e1mara, el proyecto de ley 112\/99 de la C\u00e1mara de Representantes, fue aprobado por unanimidad, en la sesi\u00f3n del 10 de noviembre de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* La ponencia para segundo debate fue presentada por el Representante Jos\u00e9 Gentil Palacio Urquiza, se public\u00f3 en la Gaceta del Congreso Nro. 540 del a\u00f1o 2000, p\u00e1gina 1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* El proyecto fue aprobado en sesi\u00f3n plenaria de la C\u00e1mara el 13 de diciembre de 1999, por 144 votos afirmativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* El d\u00eda 2 de febrero del a\u00f1o 2000, el se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica sancion\u00f3 la Ley 558 del 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sobre el examen material del Convenio, el se\u00f1or Procurador considera que en desarrollo del Pre\u00e1mbulo de la Constituci\u00f3n, el Gobierno Nacional se propuso realizar la pol\u00edtica exterior colombiana. Para tal efecto, ha celebrado numerosos convenios y acuerdos comerciales, econ\u00f3micos y culturales con pa\u00edses de la regi\u00f3n, que ha permitido consolidar procesos de integraci\u00f3n con la Comunidad Andina de Naciones, el Grupo de los Tres, el Grupo de R\u00edo. \u00a0<\/p>\n<p>IV. \u00a0CONSIDERACIONES Y FUNDAMENTOS \u00a0<\/p>\n<p>1.- \u00a0Competencia. \u00a0<\/p>\n<p>En virtud de lo dispuesto por el art\u00edculo 241, numeral 10, de la Constituci\u00f3n, la Corte Constitucional es competente para decidir definitivamente sobre la exequibilidad de los tratados internacionales y de las leyes que los aprueben.\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.- Examen de forma. \u00a0<\/p>\n<p>a) De acuerdo con el art\u00edculo 241, numeral 10, el Gobierno Nacional remitir\u00e1 a la Corte Constitucional la ley aprobatoria del tratado, dentro de los 6 d\u00edas siguientes a la sanci\u00f3n de la Ley correspondiente. \u00a0<\/p>\n<p>En el presente caso, hay que observar que se cumpli\u00f3 este t\u00e9rmino, pues la Ley 558 del 2000 fue sancionada el 2 de febrero del a\u00f1o 2000 y remitida a la Presidencia de la Corte, el 9 de febrero del mismo a\u00f1o. \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a. Tr\u00e1mite del proyecto de ley.\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el Senado de la Rep\u00fablica, el proyecto se identific\u00f3 con el n\u00famero 202\/99, y se le dio el siguiente tr\u00e1mite : \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* El proyecto de ley 202\/99 fue presentado al Senado de la Rep\u00fablica por el Gobierno Nacional, a trav\u00e9s del Ministro de Relaciones Exteriores. El texto original y la correspondiente exposici\u00f3n de motivos fueron publicados en la Gaceta del Congreso Nro. 64, del 23 de abril de 1999, p\u00e1ginas 4 a 12. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* La ponencia para primer debate en la Comisi\u00f3n Segunda del Senado fue presentada por el senador Carlos Alberto Castro Maya y publicada en la Gaceta del Congreso Nro. 170, de junio 18 de 1999, p\u00e1ginas 11 a 13. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* En la sesi\u00f3n del 16 de junio de 1999, seg\u00fan la certificaci\u00f3n del Secretario General de la Comisi\u00f3n Segunda, se aprob\u00f3 en primer debate, con 11 votos a favor y ninguno en contra. (folio 101) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* La ponencia para segundo debate del senador Carlos Alberto Castro Maya, se public\u00f3 en la Gaceta del Congreso Nro. 250, del 12 de agosto de 1999. (folio 162) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* El proyecto de ley fue aprobado en sesi\u00f3n plenaria del Senado, con un qu\u00f3rum de 94 senadores de 102, seg\u00fan consta en el acta Nro. 07, publicada en la Gaceta del Congreso Nro. 309, del 14 septiembre de 1999, p\u00e1gina 3. (folio 166) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En la C\u00e1mara de Representantes se identific\u00f3 como Proyecto de ley 112\/99 y se le dio el siguiente tr\u00e1mite: \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* En la C\u00e1mara de Representantes, la ponencia del Congresista Jos\u00e9 Gentil Palacio Urquiza, para primer debate en la Comisi\u00f3n Segunda, fue publicada en la Gaceta del Congreso Nro. 433 de 1999, p\u00e1gina 15. (folios 90 y 90 vuelto) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* En la Comisi\u00f3n Segunda de la C\u00e1mara, el proyecto de ley 112\/99 de la C\u00e1mara de Representantes, fue aprobado por unanimidad, en la sesi\u00f3n del 10 de noviembre de 1999, seg\u00fan certificaci\u00f3n del Secretario General de la C\u00e1mara. (folio 55) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* La ponencia para segundo debate fue presentada por el Representante Jos\u00e9 Gentil Palacio Urquiza, se public\u00f3 en la Gaceta del Congreso Nro. 534 del 10 de diciembre de 1999, p\u00e1gina 1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* El proyecto fue aprobado en sesi\u00f3n plenaria de la C\u00e1mara el 13 de diciembre de 1999, por 144 votos afirmativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El tr\u00e1mite del Convenio y la Ley que lo aprob\u00f3 en el Senado de la Rep\u00fablica y en la C\u00e1mara de Representantes, surtieron el procedimiento previsto en la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0<\/p>\n<p>3. Examen de fondo. \u00a0<\/p>\n<p>En cuanto al examen de fondo que corresponde efectuar a esta Corporaci\u00f3n, se recuerda que consiste en revisar si el tratado internacional est\u00e1 conforme a la Constituci\u00f3n. Es decir, el examen de constitucionalidad de un tratado, as\u00ed como el estudio de constitucionalidad de la ley, no involucra asuntos correspondientes a la conveniencia o no del tratado o de la ley que lo aprueba. Bajo esta \u00f3ptica, se har\u00e1 el examen respectivo. \u00a0<\/p>\n<p>4. Contenido del Convenio. \u00a0<\/p>\n<p>Este Convenio se suscribi\u00f3 el 15 de octubre de 1995, por los siguientes pa\u00edses: \u00a0<\/p>\n<p>Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Espa\u00f1a, Guatemala, Honduras, M\u00e9xico, Nicaragua, Panam\u00e1, Paraguay, Per\u00fa, Portugal, Rep\u00fablica Dominicana, Uruguay y Venezuela.\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Seg\u00fan la exposici\u00f3n de motivos, que obra en la Gaceta del Congreso Nro. 64, del 23 de abril de 1999, p\u00e1ginas 9 y 10, la Conferencia Iberoamericana fue instituida en julio de 1991, a trav\u00e9s de la Declaraci\u00f3n de Guadalajara. All\u00ed se reunieron 21 mandatarios, de los 21 pa\u00edses iberoamericanos, para examinar en forma conjunta \u201clos grandes retos y desaf\u00edos que el mundo actual impone a nuestros pa\u00edses. Se plantearon las \u00e1reas prioritarias sobre las cuales se centrar\u00edan las acciones de cooperaci\u00f3n como la educaci\u00f3n, la cultura y la lucha contra el narcotr\u00e1fico, entre otras.\u201d\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En la V Cumbre Iberoamericana, celebrada en San Carlos de Bariloche, los d\u00edas 15, 16 y 17 de octubre de 1995, se busc\u00f3 ordenar la cooperaci\u00f3n, a trav\u00e9s de objetivos precisos y mecanismos que permitieran desarrollar los proyectos que se originan en las Cumbres. \u00a0<\/p>\n<p>Este es, pues el orignen del presente Convenio. \u00a0<\/p>\n<p>En \u00e9l se establecen los Coordinadores Nacionales, la Secretar\u00eda Pro-t\u00e9mpore, la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n y la Reuni\u00f3n de Responsables de la Cooperaci\u00f3n, en quienes recaer\u00e1 la responsabilidad de ser los coordinadores y canales de planeaci\u00f3n y seguimiento de los proyectos ya existentes. Es decir, se facilitar\u00e1 la identificaci\u00f3n de los responsables, a nivel nacional e internacional, de los respectivos proyectos de cooperaci\u00f3n iberoamericana, seg\u00fan disponen los art\u00edculos 1 y 4 del Convenio. \u00a0<\/p>\n<p>Para cumplir los objetivos de las Cumbres de la Conferencia Iberoamericanas, en las Consideraciones del Convenio se se\u00f1ala que es necesario que exista un marco institucional que regule las relaciones de cooperaci\u00f3n, con el fin de reforzar las relaciones pol\u00edticas y la solidaridad iberoamericana. Al articular estos programas, se favorece la participaci\u00f3n de los ciudadanos en la construcci\u00f3n del espacio econ\u00f3mico, social y cultural entre las naciones que suscriben el Convenio. \u00a0<\/p>\n<p>El objeto del mismo, seg\u00fan el art\u00edculo 2\u00ba del mismo, consiste en que los programas y proyectos de cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana permitan: \u00a0<\/p>\n<p>\u201ca) Favorecer la identidad iberoamericana a trav\u00e9s de la acci\u00f3n conjunta en materia educativa, cultural, cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica; \u00a0<\/p>\n<p>b) Fortalecer la participaci\u00f3n de los Estados Miembros para coadyuvar a una mayor y m\u00e1s efectiva vinculaci\u00f3n entre sus sociedades y un sentimiento iberoamericano en sus habitantes; \u00a0<\/p>\n<p>c) Poner en pr\u00e1ctica el concepto de cooperaci\u00f3n para el desarrollo entre las naciones iberoamericanas; \u00a0<\/p>\n<p>d) Expresar la solidaridad iberoamericana ante problemas comunes que afecten a un conjunto o a la totalidad de los Estados Miembros; \u00a0<\/p>\n<p>e) Impulsar la formaci\u00f3n de un espacio iberoamericano de cooperaci\u00f3n por medio de programas de movilidad e intercambio educativo, universitario, de formaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, vinculaci\u00f3n entre investigadores y todas aquellas iniciativas que refuercen la capacidad de creaci\u00f3n cultural com\u00fan, brindando atenci\u00f3n particular a los medios de comunicaci\u00f3n.\u201d \u00a0<\/p>\n<p>El resto del articulado desarrolla el prop\u00f3sito de este Convenio. \u00a0<\/p>\n<p>Cabe destacar que en el art\u00edculo 9, las partes adoptan el Manual Operativo, el cual se anexa al presente Convenio. Es decir que, como parte integrante del Convenio, qued\u00f3 el documento denominado \u201cPrograma de Cooperaci\u00f3n Manual Operativo\u201d. En este Manual, se establecen, en forma detallada, los aspectos program\u00e1ticos, el financiamiento de los proyectos, aspectos metodol\u00f3gicos y de procedimiento y los formularios para la presentaci\u00f3n de los proyectos, distinguiendo la parte de instrucciones y el formulario. \u00a0<\/p>\n<p>Analizados pues, el contenido del Convenio y del Manual Operativo, se concluye que se ajustan a la Constituci\u00f3n, porque en nada se oponen a las disposiciones constitucionales en general, y a los principios previstos, especialmente, el art\u00edculo 9 de la Carta \u00a0<\/p>\n<p>En consecuencia, la Corte considera que existe conformidad formal y material del Convenio objeto de este pronunciamiento con los preceptos constitucionales. \u00a0<\/p>\n<p>V. DECISION. \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, la Corte Constitucional de la Rep\u00fablica de Colombia, administrando justicia en nombre del pueblo y por mandato de la Constituci\u00f3n, \u00a0<\/p>\n<p>RESUELVE : \u00a0<\/p>\n<p>Primero: Decl\u00e1ranse EXEQUIBLES \u201cEl Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana, suscrito en San Carlos Bariloche, Argentina, el quince (15) de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995)\u201d y la Ley 558 del 2 de febrero del a\u00f1o 2000, por medio de la cual se aprob\u00f3 este Convenio.\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Segundo: Comun\u00edquese esta decisi\u00f3n al Gobierno Nacional por intermedio de la Secretar\u00eda General de la Presidencia de la Rep\u00fablica, y env\u00edese copia aut\u00e9ntica de la misma para los efectos constitucionales previstos en el numeral 10 del art\u00edculo 241 de la Constituci\u00f3n. \u00a0<\/p>\n<p>Notif\u00edquese, comun\u00edquese, publ\u00edquese, ins\u00e9rtese en la Gaceta de la Corte Constitucional y arch\u00edvese el expediente. \u00a0<\/p>\n<p>FABIO MORON DIAZ \u00a0<\/p>\n<p>Presidente \u00a0<\/p>\n<p>ANTONIO BARRERA CARBONELL \u00a0<\/p>\n<p>Magistrado \u00a0<\/p>\n<p>ALFREDO BELTRAN SIERRA \u00a0<\/p>\n<p>Magistrado \u00a0<\/p>\n<p>MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO \u00a0<\/p>\n<p>Magistrada (e) \u00a0<\/p>\n<p>CARLOS GAVIRIA DIAZ \u00a0<\/p>\n<p>Magistrado \u00a0<\/p>\n<p>JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO \u00a0<\/p>\n<p>ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO \u00a0<\/p>\n<p>Magistrado \u00a0<\/p>\n<p>VLADIMIRO NARANJO MESA \u00a0<\/p>\n<p>Magistrado \u00a0<\/p>\n<p>ALVARO TAFUR GALVIS \u00a0<\/p>\n<p>Magistrado \u00a0<\/p>\n<p>IVAN H. ESCRUCERIA MAYOLO \u00a0<\/p>\n<p>Secretario General (e) \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00a0 Sentencia C-1180\/00 \u00a0 TRATADO INTERNACIONAL-Examen de constitucionalidad \u00a0 Consiste en revisar si el tratado internacional est\u00e1 conforme a la Constituci\u00f3n. Es decir, el examen de constitucionalidad de un tratado, as\u00ed como el estudio de constitucionalidad de la ley, no involucra asuntos correspondientes a la conveniencia o no del tratado o de la ley [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[37],"tags":[],"class_list":["post-5012","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sentencias-2000"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5012","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5012"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5012\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5012"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5012"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/corteconstitucionalcronologico202454587\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5012"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}