DEBER LEGAL DE APROVISIONAMIENTO

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DEBER LEGAL DE APROVISIONAMIENTO – Inexistencia de precedente constitucional consolidado. T-676/13.

DEBER LEGAL DE APROVISIONAMIENTO – Los empleadores particulares, cualquiera sea su capital, deben responder por las cotizaciones a pensiones de sus trabajadores, causadas por los servicios prestados desde 1946, independientemente de la entrada en funcionamiento del ISS.  T-651/13 – T-770/13 – C-813/14 – C-929/14.

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