DENUNCIA POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR O INASISTENCIA ALIMENTARIA – Puede ser instaurada por cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos y su persecución por parte de las autoridades debe realizarse de manera oficiosa. C-022/15
DENUNCIA POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR O INASISTENCIA ALIMENTARIA – Puede ser instaurada por cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos y su persecución por parte de las autoridades debe realizarse de manera oficiosa. C-022/15