DERECHO AL HABEAS DATA EN MATERIA CREDITICIA

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DERECHO AL HABEAS DATA EN MATERIA CREDITICIA-Pago posterior al término de 10 años de caducidad del dato, no revive el término de permanencia en las centrales de información  T-284/08

DERECHO AL HABEAS DATA EN MATERIA CREDITICIA-Término máximo de 10 años para el almacenamiento de datos de personas que no han cancelado sus obligaciones contados a partir del momento en que la obligación se hizo exigible  T-284/08

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