DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS DE LA TERCERA EDAD

D

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS DE LA TERCERA EDAD-Vulneración por cuanto el reajuste pensional que fue negado por el ISS se basó en normas que al momento del reconocimiento de la pensión se aplicaban al cónyuge y no a la compañera permanente  T-066/09

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS DE LA TERCERA EDAD-Vulneración por cuanto el reajuste pensional que fue negado por el ISS se basó en normas que al momento del reconocimiento de la pensión se aplicaban al cónyuge y no a la compañera permanente  T-066/09

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD – CIDH ha incorporado en su jurisprudencia los principales estándares sobre condiciones carcelarias y el deber de prevención que el Estado está obligado a garantizar.  T-857/13T-861/13.

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD – Clasificación en tres grupos: derechos suspendidos, derechos intocables y derechos restringidos o limitados.  T-511/09T-815/13T-861/13C-829/14 – T-588A/14.

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD – Condiciones carcelarias y deber de prevención del Estado para garantizar derechos del interno, según CIDH.  T-815/13T-861/13.

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD-Coordinación y cooperación interinstitucional  T-966/00

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD-Deben ser interpretados a la luz de instrumentos internacionales  T-133/06

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD – Instar a la Defensoría del Pueblo realizar seguimiento al suministro de los alimentos del accionante.  T-588A/14 – T-836/14.

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD-Medidas a adoptar para lograr protección efectiva  T-851/04

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD – Orden a INPEC disponer todo lo necesario para asegurar el suministro y acceso al agua potable de los accionantes y todos los internos  T-282/14 – T-836/14.

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD – Ordenes transitorias y definitivas para proteger, derecho a la visita íntima en condiciones dignas, al agua potable y derecho a la salud de la población carcelaria de la Picota.  T-815/13.

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD – Pueden ser limitados razonable y proporcionalmente. T-388/13.

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD-Regulación  T-322/07

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD-Vulneración por cuanto las autoridades han incumplido en forma grave sus obligaciones  T-851/04

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD-Vulneración por hacinamiento y deficiencias en el servicio de salud en la cárcel de mujeres de Cartagena  T-126/09

DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD-Vulneración por INPEC al suspender suministro de agua potable en las noches lo que impide higiene y salubridad en los baños y celdas  T-175/12

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *