DESCUENTOS SOBRE EL SALARIO – Cuando se trata de deudas con corporaciones o alimentos, el juez puede decretar el embargo de hasta el 50% de cualquiera tipo de salario. T-891/13 – C-933/14.
DESCUENTOS SOBRE EL SALARIO – En los créditos por libranza el descuento será del 50% del salario siempre y cuando si se afecta el salario mínimo, no se vulnere el mínimo vital y la vida digna de la persona. T-891/13.