EJERCICIO DE UNA PROFESION U OFICIO-No está condicionado por la posesión de un titulo académico sino cuando lo exige la ley y que ésta sólo puede exigirlo para precaver un riesgo social. C-296/12.
EJERCICIO DE UNA PROFESION U OFICIO-No está condicionado por la posesión de un titulo académico sino cuando lo exige la ley y que ésta sólo puede exigirlo para precaver un riesgo social. C-296/12.