PRINCIPIO DE INMEDIATEZ EN MATERIA PENSIONAL – Debe observarse la justa causa que motive el paso del tiempo por sujetos de especial protección constitucional – T-162-24
PRINCIPIO DE INMEDIATEZ EN MATERIA PENSIONAL-Requisito debe tenerse por cumplido siempre, dado que se trata de una prestación periódica de carácter imprescriptible que compromete de manera directa el mínimo vital de una persona – T-013-19
PRINCIPIO DE INMEDIATEZ EN MATERIA PENSIONAL-Aplicación. T-714/11