PROCURADOR JUDICIAL

P

PROCURADOR JUDICIAL – Homologación en virtud del artículo 280 de la Constitución Política, Naturaleza del cargo – C-214-24C-214-24

PROCURADOR JUDICIAL – Concurso público. C-101/13.

PROCURADOR JUDICIAL – En su condición de agentes del Ministerio Público que actúan ante jueces y tribunales, tienen el derecho a ser clasificados como de carrera administrativa. C-101/13.

PROCURADOR JUDICIAL – Homologación en virtud del artículo 280 de la Constitución Política. C-101/13.

PROCURADOR JUDICIAL – Naturaleza del cargo. V. C-334/96C-101/13.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *