REGIMEN PRESTACIONAL DE LA FUERZA PUBLICA – Pensión de invalidez para soldados de las Fuerzas Militares cuando en el ejercicio de sus funciones se les genere pérdida de la capacidad laboral igual o superior a 50%. T-516/13.
REGIMEN PRESTACIONAL DE LA FUERZA PUBLICA. C-835/02
REGIMEN PRESTACIONAL DE LA FUERZA PUBLICA-Regulación por el Congreso mediante normas marco y no por facultades extraordinarias. C-432/04