RESERVA DE LEY EN MATERIA DE INFRACCION CAMBIARIA

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RESERVA DE LEY EN MATERIA DE INFRACCION CAMBIARIA-Alcance. C-343/06

RESERVA DE LEY EN MATERIA DE INFRACCION CAMBIARIA-Corresponde al Legislador definir el contenido normativo mínimo de lo que considera como infracción cambiaria. C-343/06

RESERVA DE LEY EN MATERIA DE INFRACCION CAMBIARIA-Establecimiento de solidaridad y subsidiariedad en obligación cambiaria. C-140/07

RESERVA DE LEY EN MATERIA DE INFRACCION CAMBIARIA-Legislador debe respetar autonomía del Banco de la República. C-343/06

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