DEBER LEGAL DE APROVISIONAMIENTO – Inexistencia de precedente constitucional consolidado. T-676/13.
DEBER LEGAL DE APROVISIONAMIENTO – Los empleadores particulares, cualquiera sea su capital, deben responder por las cotizaciones a pensiones de sus trabajadores, causadas por los servicios prestados desde 1946, independientemente de la entrada en funcionamiento del ISS. T-651/13 – T-770/13 – C-813/14 – C-929/14.