DEBIDO PROCESO JUDICIAL

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DEBIDO PROCESO JUDICIAL – Extensión de las garantías al ámbito administrativo, no implica una aplicación directa e idéntica de las exigencias propias de la administración de justicia al ejercicio concreto de la función pública. C-083/15.

 

DEBIDO PROCESO JUDICIAL – Imposibilidad de realizar traslación mecánica de sus contenidos al debido proceso administrativo. C-500/14.

 

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