DERECHO A LA DEVOLUCION DE SALDOS

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DERECHO A LA DEVOLUCION DE SALDOS  T-138/10

DERECHO A LA DEVOLUCION DE SALDOS-Casos en que entidades demandadas niegan devolución por no cumplir con los requisitos exigidos en los artículos 61 y 65 de la Ley 100 de 1993, respectivamente  T-601/10

DERECHO A LA DEVOLUCION DE SALDOS-Es una alternativa a la pensión de vejez y no puede estar sujeta a la discrecionalidad del titular de la cuenta de ahorro individual  T-138/10

DERECHO A LA DEVOLUCION DE SALDOS – Tienen derecho las personas que manifiestan imposibilidad de seguir cotizando y no alcanzan las 500 semanas de cotización, excepción contenida en el art. 28 del Decreto 1513 de 1998.  T-640/13.

DERECHO A LA DEVOLUCION DE SALDOS-Vulneración por abstención injustificada por parte de la entidad demandada para proferir la resolución donde reconoce y paga la prestación pensional  T-270/10

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