DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA DE POBLACION VULNERABLE EN PROYECTOS DE INTERES SOCIAL Y PRIORITARIO

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DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA DE POBLACION VULNERABLE EN PROYECTOS DE INTERES SOCIAL Y PRIORITARIO – Se vulnera mediante criterios de priorización y focalización que desconozcan a las poblaciones Rrom o gitanas y raizales como grupos étnicos beneficiarios.  C-359/13.

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