DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD Y PROTECCIÓN ESPECIAL FRENTE A LAS ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS O RUINOSAS-Protección constitucional La jurisprudencia constitucional ha considerado que, el derecho a la salud es un elemento estructural de la dignidad humana que reviste la naturaleza de derecho fundamental autónomo e irrenunciable, cuyo contenido ha sido definido y determinado por el legislador estatutario y por la jurisprudencia de esta Corte. T-012/20