DERECHOS DE LAS MUJERES VICTIMAS DE DELITOS SEXUALES – Deber del Estado proteger a las potenciales víctimas de delitos sexuales, especialmente en el marco de los contextos sociales, económicos y culturales en los cuales la vulnerabilidad de la mujer es evidente. T-595/13.
DERECHOS DE LAS MUJERES VICTIMAS DE DELITOS SEXUALES – Prohibición de revictimizarlas. T-595/13.
DERECHOS DE LAS MUJERES VICTIMAS DE DELITOS SEXUALES – Protección constitucional e internacional. T-595/13.