EXAMEN DE RETIRO DE LA FUERZA PUBLICA-Imprescriptibilidad – T-287-19
EXAMEN DE RETIRO DE LA FUERZA PUBLICA-Obligación del Ejército Nacional de practicarlo – T-287-19
EXAMEN DE RETIRO DE LA FUERZA PUBLICA-Obligación del Ejército Nacional de practicarlo La práctica del examen de retiro, y con independencia de la causa que dio origen al retiro de las filas, se valora principalmente, de manera objetiva e integral, el estado de salud psicofísico del personal saliente y se determina si su condición clínica presente es consecuencia directa del ejercicio propio de las funciones asignadas, las que, por demás, están sujetas a riesgos especiales.T-009/20
EXAMEN DE RETIRO DE LA FUERZA PUBLICA – Obligación del Ejército Nacional de practicarlo.. T-1170/08, T-585/11 – C-503/14.
EXAMEN DE RETIRO DE LA FUERZA PUBLICA-Ejército Nacional está obligado a practicarlo al actor detenido. T-020/08
EXAMEN DE RETIRO DE LA FUERZA PUBLICA-Procedencia de la tutela depende de que se produzca una amenaza o vulneración de derechos fundamentales. T-020/08
EXAMEN DE RETIRO DE LA FUERZA PUBLICA-Vulneración de derechos fundamentales del actor por cuanto él no podía presentarse al Ejército para la práctica del examen de retiro por encontrarse privado de la libertad. T-020/08