PODER DE REFORMA A TRAVES DE ACTO LEGISLATIVO O REFERENDO CONSTITUCIONAL – Es limitado y no puede sustituir elementos esenciales definitorios de la identidad de la Constitución. C-813/14.
PODER DE REFORMA A TRAVES DE ACTO LEGISLATIVO O REFERENDO CONSTITUCIONAL – Es limitado y no puede sustituir elementos esenciales definitorios de la identidad de la Constitución. C-813/14.