PROCURADOR JUDICIAL – Homologación en virtud del artículo 280 de la Constitución Política, Naturaleza del cargo – C-214-24, C-214-24
PROCURADOR JUDICIAL – Concurso público. C-101/13.
PROCURADOR JUDICIAL – En su condición de agentes del Ministerio Público que actúan ante jueces y tribunales, tienen el derecho a ser clasificados como de carrera administrativa. C-101/13.
PROCURADOR JUDICIAL – Homologación en virtud del artículo 280 de la Constitución Política. C-101/13.
PROCURADOR JUDICIAL – Naturaleza del cargo. V. C-334/96, C-101/13.