SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES

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SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Deber del empleador de efectuar cotizaciones – SU226-19

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES – Deber del empleador de efectuar cotizaciones.. T-596/14 – T-695/14

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES – Desarrollo normativo.. C-504/14 – T-695/14

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Afiliación de los trabajadores de la industria del petróleo con anterioridad y posterioridad a la Ley 100 de 1993. T-784/10T-890/11T-205/12

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Año de cotizaciones debe contabilizarse en 360 días. T-248/08

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Aplicación del principio de solidaridad. C-967/03

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Aportes. C-967/03

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Base de la cotización no puede ser inferior al salario mínimo. C-967/03

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Cobertura. T-972/06

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Condiciones para el cambio de régimen dentro de un sistema pensional sostenible. C-030/09

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Considera invalidez por enfermedad común por pérdida del 50% o más de la capacidad laboral. T-337/12

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Decreto 3995 de 2008, en caso de multiafiliación se entenderá vinculado a la administradora que haya recibido el mayor numero de cotizaciones. T-686/10

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Devolución de saldos en régimen de ahorro individual. T-338/12

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Dualidad de regímenes. T-1291/05T-972/06

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Eliminación de la excepción a los trabajadores del servicio doméstico para cotizar con base en ingresos inferiores al salario mínimo legal vigente no elimina el principio de solidaridad. C-967/03

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-En principio la facultad de modificar la base salarial de las cotizaciones es prerrogativa del legislador. C-967/03

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Exigencia de fidelidad no se le puede exigir a quien inicialmente no tenía el deber de hacerlo y que por su ahora condición de invalidez le resulta imposible cumplir. T-550/08

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Exigencia de permanencia para traslado de Régimen no vulnera derecho a la libre elección. C-030/09

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Finalidad. T-1291/05T-232/11

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Formas de afiliación. C-124/04

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Indemnización sustitutiva en régimen de prima media. T-338/12

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Indemnización sustitutiva y devolución de saldos para quienes teniendo la edad de pensión no cumplan con los demás requisitos. T-237/08T-539/09

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Línea jurisprudencial sobre indemnización sustitutiva y devolución de saldos para quienes teniendo la edad de pensión no cumplan con los demás requisitos. T-849A/09

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Mora patronal en el pago de aportes. T-008/06

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Multiafiliación simultánea a dos regímenes de pensión coexistentes en Colombia. T-698/09T-686/10

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-No derecho a cuantía determinada por incumplimiento de requisitos. C-789/02

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-No derecho a mantener edad y tiempo de servicio. C-789/02

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-No derecho a un monto de pensión predefinido. C-789/02

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Objeto. C-967/03T-349/06T-101/12

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Omisión de las entidades que lo conforman. T-1130/05

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Reconocimiento. C-967/03

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Regímenes. C-030/09T-566/09

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Regulación legal. C-967/03

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Respeto a los aportes y no extinción unilateral. T-827/99

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Salario base de cotización para trabajadores del servicio doméstico. C-967/03

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Servicio público. C-967/03

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Solidaridad. T-1291/05

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Término para traslado al Régimen de Prima Media con Prestación Definida en pensión especial de actividades de alto riesgo. C-030/09

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Unicamente las pensiones reconocidas adquieren el carácter de derechos adquiridos. C-967/03

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