SUBROGACION PARCIAL O DEFINITIVA DE LA PENSION DE JUBILACION-El solo hecho del reconocimiento de pensión de vejez por parte del ISS no exonera a la empresa de pagar el mayor valor entre las dos mesadas. T-438/10
SUBROGACION PARCIAL O DEFINITIVA DE LA PENSION DE JUBILACION-El solo hecho del reconocimiento de pensión de vejez por parte del ISS no exonera a la empresa de pagar el mayor valor entre las dos mesadas. T-438/10