DEBER DE PROTECCIÓN ANIMAL

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DEBER DE PROTECCIÓN ANIMAL – Obligación de los seres humanos de evitar el maltrato, la tortura o los actos de crueldad y velar por la protección de la vida e integridad de los animales, Derecho comparado, Se desconoce por norma que establece excepción a la prohibición de maltrato animal por razones estéticas, Ponderación – T-391-24T-236-24C-468-24C-468-24C-468-24

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