PRESUNCIÓN DE BUENA FE – Excepci
PRESUNCIÓN DE BUENA FE – Excepción. Se presume -de derecho- la mala fe del poseedor contratante, que incurre en error de derecho al omitir los requisitos para la celebración de contrato de permuta. Aplicación del artículo 768 inciso 4º del Código Civil. Disposición de aplicación restringida. SC5060/16
PRESUNCIÓN DE BUENA FE. S079/96 – S038/97 – S050/98 – S067/98 – S079/98 – S060/99