BUENA FE PRECONTRACTUAL – Ante u
BUENA FE PRECONTRACTUAL – Ante un proceder irregular en la etapa precontractual por parte de la aseguradora, no hay lugar a su reparación al no existir perjuicio real y cierto dado que era indiferente para la tomadora qué padre de familia asumía tal calidad y tampoco se preocupó por corregir el eventual error de la demandada. SC10103/14
BUENA FE PRECONTRACTUAL – Declaración de asegurabilidad. 00038-01/12