DECRETO 149 DE 1987
(enero 26)
por el cual se amplía el término del Servicio Militar Obligatorio en el Cuerpo Auxiliar de la Policía Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 37 de 1978
DECRETA:
Artículo 1º. Amplíase el término del Servicio Militar Obligatorio prestado en el Cuerpo Auxiliar de la Policía Nacional, de que trata el artículo 3º de la Ley 37 de 1978, para los cursos 004 y 016 de 1985, y 017, 021 y 022 de 1986, hasta por veinticuatro (24) meses.
Artículo 2º. Lo dispuesto en el artículo anterior, podrá ser aplicado a criterio del Director General de la Policía Nacional, de acuerdo a las exigencias y necesidades de mantenimiento del Orden Público.
Artículo 3º. El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de enero de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Defensa Nacional,
GENERAL RAFAEL SAMUDIO MOLINA.