DECRETO 881 DE 1988

Decretos 1988

DECRETO 881 DE 1988    

(mayo 9)    

     

Por el cual se fija una tarifa especial por concepto de Derechos de  Registro de Instrumentos Públicos.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las  facultades que le confiere el artículo 64 del Decreto ley 1250  de 1970 y oída la propuesta de la Superintendencia de Notariado y Registro,  conforme lo establece el artículo 4°, literal m) del Decreto ley 1659  de 1978,    

     

CONSIDERANDO  QUE:    

     

Un grupo de  120 familias damnificadas del desastre del Nevado del Ruiz es beneficiario de  un plan de adjudicación de vivienda de la Cruz Roja Suiza, la Misión  Diplomática de dicho país y el Fondo de Reconstrucción “Resurgir” en  el Barrio Suizo del Municipio de Guayabal, Tolima, distinguido con el Registro  Catastral número 00-03-201-0028-OOO. La situación económica de las familias  beneficiarias no les permite asumir el pago de la totalidad de los derechos por  concepto de registro de instrumentos públicos,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1°  Los adjudicatarios del plan de vivienda suiza realizado por la Cruz Roja Suiza,  la Misión Diplomática y el Fondo de Reconstrucción “Resurgir”, en  Guayabal, Tolima, identificado por el Registro Catastral número  00-03-201-0028-000 “En Danubio”, únicamente cancelarán por concepto  de derechos de instrumentos públicos y por una vez el cincuenta por ciento  (50%) de la tarifa vigente, liquidados sobre el valor catastral fijado al  inmueble respectivo.    

     

Artículo 2°  El presente Decreto rige a partir de su publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en  Bogotá, D. E., a 9 de mayo de 1988.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El Ministro  de Justicia,    

ENRIQUE LOW  MURTRA.    

           

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