DECRETO 2353 DE 1994
(octubre 20)
por el cual se adecúa a la nueva estructura del DANE, el Comité Técnico del XVI Censo Nacional de Población y V de Vivienda y se modifica su composición, reformando el Decreto 362 de 1992.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, el Decreto 1050 de 1968, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 362 del 27 de febrero de 1992 se creó la Junta Nacional y el Comité Técnico del XVI Censo Nacional de Población y V de Vivienda, fijando sus funciones y composición.
Que por Decreto 2118 del 29 de diciembre de 1993, se reestructuró el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, creando nuevas dependencias y funciones tanto generales como específicas.
Que en virtud de la actual estructura orgánica del Departamento Administrativo Nacional de Estadística y la necesidad de adecuar el equipo asesor en la etapa de evaluación del Censo, contemplada en el artículo 6°, numera l2, del Decreto 362 del 1992, se hace necesario modificar la composición del Comité Técnico del XVI Censo Nacional de Población y V de Vivienda,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificar el articulo 4° del Decreto 362 de 1992, en el sentido que el Comité Técnico del XVI Censo Nacional de Población y V de Vivienda, quedará integrado por los siguientes miembros:
1. El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
2. El Subdirector del Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
3. El Subdirector del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.
4. Un representante del Centro de Estudios sobre Desarrollo Económico,CEDE, como delegado de los Centros de lnvestigación especializados en la materia.
5. Un representante de la Corporación Centro Regional de Población.
6.El Director Técnico de Censos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
7. Cuatro (4) expertos en Población y aspectos relacionados con el Operativo de Censos, los cuales serán designados por la Dirección del Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
Parágrafo. Para todos los efectos del Decreto 362 del 27 de febrero de 1992, debe entenderse que el Director del Censo es el Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogota, D.C., a 20 de octubre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO
La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,
María Luisa Chiappe de Villa.