DECRETO 601 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 601 DE 1994    

(marzo 18)    

por el cual se modifica el Decreto 172 del 20 de enero de 1994.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las  atribuciones conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto número 172 del 20 de enero  de 1994, el Gobierno Nacional creó la Notaría Novena  el Círculo Notarial de la ciudad de Barranquilla en el Departamento de  Atlántico, la cual fue ubicada en la comuna 18 por encontrarse alejada del  sector en donde están ubicadas las ocho notarías existentes, atendiendo de esta  forma las recomendaciones en materia de desconcentración del servicio;    

Que no obstante lo anterior, el  Registrador de Instrumentos Públicos de dicha ciudad, comisionado por esta  Superintendencia para la evaluación del local donde funcionaría la notaría  aludida, conceptúa que no existen las condiciones apropiadas para que se cumpla  la función notarial en la citada comuna, por varias razones; entre ellas, por  el incipiente desarrollo industrial, comercial y financiero que existe en la  misma, lo cual redunda en un beneficio mínimo para la comunidad;    

Que por tanto el doctor Abraham  Náder Náder recomienda la ubicación de la Notaría Novena en la comuna, 7, en la  cual se aprecia mayor desarrollo industrial, comercial y financiero, por cuanto  contempla áreas importantes de la ciudad, y además se encuentra aledaña a  sectores industriales como la vía 40, donde funcionan las empresas Cementos del  Caribe, Monómeros Colombo-Venezolanos y otras de características similares como  Dupón de Colombia, Inteco Aluminio Reynolds Uniel Quintal, etc.;    

Que de acuerdo con los análisis  efectuados, la comuna 7 es más asequible al público y al reubicarse allí la  Notaría Novena se satisface plenamente la comunidad por cuanto se puede prestar  un mejor servicio notarial;    

Que por lo anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1° El artículo 1° del Decreto 172 del 20 de enero de 1994,  quedará así:    

Créase en el Círculo notarial de  Barranquilla, Atlántico, la Notaría Novena, la cual tendrá la siguiente  ubicación:       

NOTARIA N°                    

COMUNA                    

CATEGORIA   

Novena                    

7                    

1ª      

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 18 de marzo de 1994.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO.    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

ANDRES GONZALEZ DIAZ.              

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